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El gobierno de Javier Milei promulgó la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, aprobada por el Congreso el 27 de febrero, que introduce modificaciones profundas en el régimen laboral del sector privado. La norma, publicada mediante el Decreto 137/2026 en el Boletín Oficial, incorpora nuevas modalidades de jornada laboral, crea fondos de cese, redefine el cálculo de indemnizaciones y establece incentivos para la formalización del empleo.

La nueva legislación, impulsada por el Poder Ejecutivo y aprobada por el Parlamento, apunta —según su fundamentación oficial— a “modernizar las relaciones de trabajo” y adaptar el marco normativo a las transformaciones productivas y tecnológicas del mercado laboral.

La mayoría de sus disposiciones entra en vigencia desde su publicación oficial, aunque algunos mecanismos centrales, como el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) y determinadas modificaciones operativas, comenzarán a regir el 1° de junio de 2026. El Poder Ejecutivo conserva la facultad de extender ese plazo por hasta seis meses adicionales durante el proceso de reglamentación.

El alcance de la reforma se circunscribe al empleo privado formal, dejando fuera a sectores regulados por regímenes específicos, como el empleo público, el trabajo doméstico y el sector agrario.

Jornadas más flexibles y banco de horas

Uno de los cambios más relevantes es la flexibilización de la jornada laboral. La ley habilita la posibilidad de extender el tiempo de trabajo diario hasta un máximo de 12 horas mediante acuerdo escrito entre empleador y trabajador.

La normativa incorpora además la figura del “banco de horas”, un sistema voluntario que permite compensar horas extraordinarias con períodos de descanso en lugar de remuneración adicional inmediata. Este mecanismo deberá formalizarse por escrito y respetar el descanso mínimo obligatorio de 12 horas entre turnos laborales.

El objetivo declarado de esta herramienta es dotar de mayor flexibilidad organizativa a las empresas, aunque desde sectores sindicales ya anticiparon que su aplicación podría generar controversias en convenios colectivos.

Fondo de Asistencia Laboral y cambios en indemnizaciones

La ley también introduce un nuevo esquema de cobertura frente al despido mediante la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este instrumento se financiará con aportes patronales obligatorios equivalentes al 1% de las remuneraciones en grandes empresas y al 2,5% en el caso de las pequeñas y medianas.

El fondo funcionará como un complemento para afrontar indemnizaciones por despido, al tiempo que habilita a los convenios colectivos a establecer sistemas de capitalización individual como alternativa al régimen indemnizatorio tradicional.

En este aspecto, el cálculo de la indemnización por despido sin causa se redefine sobre la base de la remuneración mensual, normal y habitual del trabajador, excluyendo conceptos como aguinaldo, vacaciones, propinas o premios. Además, se fija un tope equivalente a tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable, con actualización por inflación más un adicional del 3% anual.

Para las pymes se habilita la posibilidad de cancelar esas indemnizaciones en cuotas o sustituirlas parcialmente por los fondos de cese.

Salarios dinámicos y cambios en las vacaciones

Otra innovación incorporada por la reforma es el denominado “salario dinámico”, una modalidad que podrá pactarse en convenios colectivos y que permite vincular parte de la remuneración al rendimiento o mérito individual del trabajador.

En materia de licencias, la ley flexibiliza el régimen de vacaciones, permitiendo que se otorguen fuera del período tradicional —comprendido entre el 1° de octubre y el 30 de abril— mediante acuerdo entre las partes. También habilita el fraccionamiento en períodos mínimos de siete días consecutivos, siempre con una notificación previa de al menos 30 días.

Incentivos al blanqueo y cambios administrativos

La normativa incorpora un Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), destinado a promover la regularización de trabajadores no registrados. El esquema prevé una reducción temporal de contribuciones patronales al 8% para nuevas contrataciones de empleados que estuvieran en situación informal al 10 de diciembre de 2025, así como para ex monotributistas o ex trabajadores del sector público.

Entre las medidas administrativas complementarias se incluye la digitalización obligatoria de registros laborales, el pago de salarios preferentemente por medios bancarios y un límite máximo del 2% para los aportes sindicales.

Asimismo, la ley introduce restricciones al ejercicio de huelga en determinados sectores, estableciendo servicios mínimos obligatorios del 75% en actividades consideradas esenciales y del 50% en las denominadas trascendentales.

Sectores excluidos de la reforma

El nuevo régimen no alcanza a trabajadores de la Administración Pública, personal de casas particulares, trabajadores rurales ni prestadores independientes de plataformas tecnológicas. Tampoco se aplica a contratistas regulados exclusivamente por el Código Civil y Comercial, salvo que una disposición específica determine lo contrario.

La promulgación de la Ley 27.802 abre una nueva etapa en la regulación del mercado laboral argentino. El Gobierno sostiene que las modificaciones permitirán promover la formalización, mejorar la productividad y adaptar el sistema a las nuevas dinámicas del empleo.

Sin embargo, la reforma también anticipa un escenario de debate intenso. Mientras el oficialismo destaca su potencial para dinamizar el mercado de trabajo, sectores sindicales y especialistas advierten que algunos cambios podrían alterar el equilibrio histórico entre flexibilidad empresarial y protección laboral. En ese terreno se jugará, en los próximos meses, la verdadera dimensión de su impacto.

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Las empresas proyectan aumentos salariales del 22% para 2027

Las empresas argentinas presupuestan aumentos salariales del 22,8% para 2027, con una previsión de inflación del 22,4%, según una encuesta de la consultora WTW. El relevamiento, presentado durante su Seminario Anual sobre Compensaciones y Beneficios, muestra que las compañías comenzaron a definir sus pautas de actualización para el personal fuera de convenio, con incrementos que, en esta primera etapa, se mantienen prácticamente alineados con los precios esperados. El 76% prevé distribuir los aumentos en dos o tres instancias, mientras que la mayoría no planea modificar los presupuestos de 2026.

El 56% de las empresas ya trabaja en el presupuesto salarial para el próximo año, mientras que el 44% todavía no inició esa tarea. Entre las compañías que avanzaron con las estimaciones, tanto la inflación proyectada como los ajustes salariales tienen una mediana del 22%, aunque los promedios se ubican en 22,4% y 22,8%, respectivamente.

Dos o tres aumentos concentrarían la mayoría de los ajustes

La modalidad de actualización también comienza a definirse. El 76% de las compañías prevé aplicar dos o tres incrementos durante 2027: el 38% contempla dos revisiones y otro 38%, tres.

Para el primer trimestre, la mediana del aumento acumulado previsto es del 10%, mientras que para el primer semestre alcanza el 10,1%. La referencia anual se mantiene en el 22%, aunque los porcentajes finales dependerán de la evolución económica y de las decisiones que adopte cada empleador.

Las previsiones presentan diferencias según la rama de actividad. Los servicios profesionales encabezan las estimaciones, con una mediana del 24%. Consumo, química, plásticos y pintura, y alta tecnología proyectan subas del 23%. En el extremo inferior, energía prevé un 20% y bancos y entidades financieras, un 21%.

Cautela para el cierre de 2026

Las decisiones pendientes sobre los salarios de este año reflejan una conducta más conservadora. El 58% de las empresas no prevé modificar el presupuesto salarial de 2026, mientras que el 34% todavía evalúa posibles cambios y apenas el 8% anticipa una revisión.
También permanece abierta la posibilidad de aplicar un ajuste compensatorio —conocido como catch up— al comienzo de 2027 para recuperar diferencias frente a la inflación. El 49% de las compañías descarta esa alternativa, el 39% la mantiene bajo análisis y el 12% confirmó que la implementará. Entre estas últimas, la mediana del incremento adicional previsto es del 5%.

Las cifras de WTW corresponden a proyecciones empresariales y no constituyen aumentos acordados ni garantizados para el conjunto de los trabajadores. Su evolución estará condicionada por la inflación efectiva, el desempeño de cada compañía y las decisiones que se adopten durante las negociaciones salariales.

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El Gobierno redujo a seis los medicamentos esenciales y excluyó fármacos de uso frecuente

La Resolución 1447/2026 del Ministerio de Salud derogó el listado aprobado en 2021 y estableció seis principios activos como referencia para la planificación y provisión de medicamentos. Quedaron excluidos fármacos para la diabetes, el hipotiroidismo, el asma y las infecciones, además de anticonceptivos. El alcance sobre la entrega efectiva dependerá de cómo se implemente el nuevo esquema.

Entre los medicamentos que quedaron fuera de la nueva nómina figuran la levotiroxina, utilizada para tratar el hipotiroidismo; la metformina, indicada para la diabetes tipo 2; la amoxicilina, un antibiótico de uso extendido; y el salbutamol, empleado para aliviar episodios de broncoespasmo, entre ellos los asociados al asma. También fueron excluidos el fluconazol, la loratadina y los anticonceptivos.

Los seis principios activos seleccionados

El nuevo listado incorpora ácido acetilsalicílico, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina. Se trata de medicamentos utilizados, según cada indicación clínica, para reducir el colesterol, controlar la presión arterial y prevenir complicaciones cardiovasculares.

La cartera sanitaria fundamentó la selección en la necesidad de priorizar tratamientos frente a la carga que representan las enfermedades vasculares para el sistema de salud. La resolución establece que la nómina servirá como referencia para organizar las compras, la planificación y la provisión de medicamentos en los efectores públicos.

Qué implica para Remediar

El cambio se vincula con la política de medicamentos esenciales, pero es necesario distinguir la modificación del vademécum de la disponibilidad efectiva de cada fármaco. La exclusión de un medicamento del nuevo listado no demuestra, por sí sola, que haya dejado de entregarse por todas las vías del sistema público.

Creado para facilitar el acceso gratuito a tratamientos mediante centros de atención primaria, Remediar constituye una herramienta de provisión para personas que dependen de la atención estatal. Por eso, el efecto concreto de la modificación estará determinado por las compras que se realicen, los mecanismos de distribución y las alternativas que permanezcan disponibles para cada tratamiento.

La prioridad sanitaria: las enfermedades vasculares

La actualización coincide con el anuncio del Plan Nacional de Abordaje Integral de Salud Vascular 2026-2030, orientado a fortalecer la prevención, la detección temprana y la atención de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, incluidos los infartos y los accidentes cerebrovasculares.

La resolución señala, además, que la modificación no requiere gastos presupuestarios adicionales para el Ministerio de Salud. Sin embargo, la reducción del listado abre interrogantes sobre la continuidad del acceso a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas, afecciones respiratorias e infecciones.

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Marcha universitaria: una multitud reclamó en San Juan que Milei cumpla la ley de financiamiento

Miles de manifestantes recorrieron el centro de San Juan para reclamar que el Gobierno de Javier Milei cumpla la Ley de Financiamiento Universitario y garantice los recursos necesarios para sostener la educación superior pública. La quinta Marcha Federal Universitaria congregó a estudiantes, docentes, no docentes, autoridades académicas, gremios, organizaciones sociales y referentes políticos, en una protesta que combinó la defensa presupuestaria con el reclamo por los salarios y las condiciones de funcionamiento de las instituciones.

La movilización comenzó en la plaza 25 de Mayo alrededor de las 17:00 y avanzó por Ignacio de la Roza, Alem, avenida Libertador, Aberastain y Mitre, hasta llegar al Rectorado de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ). Allí se realizó el acto de cierre, con discursos de representantes de la comunidad universitaria.

El decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Marcelo Lucero, reclamó que el Gobierno nacional aplique la normativa aprobada por el Congreso y aseguró que las universidades continuarán movilizadas hasta obtener una respuesta. La exigencia comprende tanto la recomposición de los ingresos del personal como la recuperación de los fondos necesarios para sostener las tareas académicas y científicas.

Durante la marcha también se escucharon testimonios sobre el impacto cotidiano del deterioro presupuestario. Algunos estudiantes apoyaron la movilización y manifestaron que, pese a las medidas de fuerza, algunos profesores mantienen las clases y continúan al frente de sus cursos. El relato puso el foco en el esfuerzo de los docentes para sostener la enseñanza aun cuando las condiciones laborales se deterioran.+

En el acto frente al Rectorado, Tadeo Berenguer endureció sus críticas. Describió un proceso de deterioro que, según afirmó, alcanza al presupuesto, los salarios, el empleo, la infraestructura y los proyectos de investigación. Para el rector, la continuidad de esas restricciones amenaza las capacidades que las universidades necesitan para cumplir sus funciones de enseñanza, producción científica y extensión.

El titular de la UNSJ también se refirió al reclamo de padres de estudiantes de los colegios preuniversitarios por los paros y a la presentación judicial impulsada por algunas familias.

Berenguer defendió la pertenencia de esos establecimientos a la universidad y sostuvo que las autoridades no permanecerán al margen de la disputa. “No somos el problema, sino la solución”, afirmó.

Desde la perspectiva académica, la discusión excede la mera actualización de fondos: afecta directamente la viabilidad de la oferta académica, la permanencia del cuerpo docente y científico, y el futuro de la formación profesional.

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