Se levantó el paro de colectivos
El Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria por cinco días en el conflicto de los choferes de colectivos de corta y media distancia, que habían dispuesto un paro nacional de 24 horas para este viernes, por lo cual mañana esos servicios funcionarán normalmente.
De acuerdo con la medida, la cartera que conduce Raquel «Kelly» Olmos dispuso «dar por iniciado un período de conciliación obligatoria por el término de cinco (5) días hábiles (…) debiendo retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio». Además, la cartera de Estado citó a una reunión de las partes para el próximo martes 23.
La Unión Tranviarios Automotor (UTA), que conduce Roberto Fernández, había dispuesto un paro nacional de 24 horas de choferes de colectivos de corta y media distancia a partir de esta medianoche en reclamo de mejoras salariales. Trabajo indicó que ante la declaración de la huelga se debía «promover una solución pacífica y legal al conflicto planteado» y «otorgarse especial consideración al interés general como principio rector de las relaciones desarrolladas en la materia y por cuya protección esta administración debe velar».
El Ministerio recordó que «por imperio de lo establecido constitucionalmente a partir de la reforma del año 1994, los derechos colectivos del trabajo fundamentales y los de protección al conjunto de la comunidad deben ser interpretados armónicamente». También destacó que la conciliación obligatoria procura que las partes «lleguen a un acuerdo», así como «garantizar la paz social atendiendo a la necesidad pública de contrarrestar eventuales desbordes que pudieran suscitar las acciones de las partes».
La disposición de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo -que conduce Raúl Ferrara- dispuso en ese marco «intimar» a la UTA y a los trabajadores «a dejar sin efecto, durante el período indicado (…) toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual».
A la vez, «intimar a las empresas de transporte que se desempeñan en el ámbito Región Metropolitana de Buenos Aires» involucradas en el conflicto «a abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado, así como también a otorgar tareas en forma normal y habitual a su personal». En caso de que las partes no cumplan con lo prescripto se les aplicarán sanciones, tal como lo prevé la ley, se advirtió.
Tras exhortar a las empresas y a la UTA a «mantener la mejor predisposición y apertura para negociar», Trabajo ratificó una audiencia fijada para el martes 23 de mayo a las 13 mediante plataforma virtual, para evaluar el avance de las negociaciones y el acatamiento de lo ordenado».
La ministra Olmos había anticipado a Télam que ante el anuncio del paro se iba a dictar la conciliación «para garantizar el servicio de colectivos y que las trabajadoras y los trabajadores puedan trasladarse mañana como cualquier día normal».
El secretario de prensa de la UTA, Mario Calegari, había dicho que la huelga dependía de la declaración o no de la conciliación. La UTA informó en un comunicado que había resuelto un plan de lucha «en la búsqueda de la mejora de nuestros salarios». Y denunció que «las empresas niegan la posibilidad de aumento salarial, tanto en el AMBA (Área Metropolitana Buenos Aires) como en el interior del país».
«La medida de fuerza es empujada por quienes tienen la responsabilidad de solucionar la grave crisis en la que están poniendo al transporte, por todos los efectos «dañosos» que causan, afectando a los 10 millones de usuarios diarios del AMBA y 9 millones en el interior del país, poniendo seriamente en riesgo la seguridad pública», alertó el gremio.
«La posición es clara, los salarios de los trabajadores requieren un aumento urgente», enfatizó el sindicato
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Las 62 Organizaciones vuelven a escena y reclaman un lugar central en el armado electoral del peronismo
Con roles protagónicos de Moyano y Ledesma, las 62 Organizaciones exigen recuperar protagonismo en el armado electoral del peronismo Dirigentes de las “62 Organizaciones“ advirtieron que buscan dejar de ser ”convidados de piedra“ y demandaron ocupar el espacio legado por Perón y Evita en el armado de las listas del 2027. Asistieron Hugo Moyano, Julio Ledesma y Octavio Arguello. Reafirmaron la conducción de José Ibarra.
En una marcada impronta por la unidad y un reclamo claro de protagonismo político, se llevó a cabo un masivo encuentro nacional y regional de representantes gremiales nucleados en las 62 Organizaciones Peronistas, en la sede del barrio porteño de Caballito.
En el marco del proceso de normalización de sus regionales que atraviesa el brazo político del movimiento obrero, el plenario funcionó como una demostración de fuerza sindical orientada al armado político para las próximas elecciones.
Por intermedio del nucleamiento, los gremios buscan consolidar su estructura territorial y programática para influir de manera directa en las listas del peronismo o en un armado propio de cara a las próximas elecciones. De hecho, fue sintomática la presencia de Julio Rubén Ledesma, secretario general del SEOCA Zona Oeste y líder de la estructura partidaria CoPeBo. El encuentro contó con una fuerte presencia de la primera línea de Camioneros, encabezada por Hugo Moyano, Jerónimo Moyano y Octavio Argüello, dirigente integrante de la conducción de la CGT. La participación de Argüello significó un guiño importante por parte de la Confederación General del Trabajo al proceso de reorganización de “las 62”.
«La conducción de Ibarra es la única representación histórica y legal de las 62, con legitimidad jurídica e institucional para actuar como el brazo político del movimiento obrero organizado y convocar a todos los sectores a construir la propuesta de país que los trabajadores necesitan», señalaron.
«El objetivo es llegar a un punto de encuentro respecto a la participación del movimiento obrero a través de las 62 Organizaciones Peronistas», afirmó Ledesma en declaraciones vertidas en el plenario.
Estuvieron presentes Juan Carlos Murgo (Caucho), Rubén Grimaldi (UTERA), Marcelo Dávila (Guincheros), Julio Estévez (UPSAFIP), Adolfo Villafañe (Chacinados), Dante Camaño (gastronómicos), Cacho García (Estaciones de Servicio), Guillermo Lugones (Personal Jerárquico Banco Provincia), Julio Schiantarelli (SUPEH), Marcelo Barrios (Remiseros), Guillermo Mangone (Gas), Gonzalo Salum (Judiciales), Roberto Villalba (Madera), José Ibarra (Taxistas) y Fabián García (SOECRA). Guillermo Lugones (Personal Jerárquico Banco Provincia), Marcelo Barrios (SURYA), Roberto Villalva (Madera), Karina Álvarez (Comercio), Ángel García (Seguridad), Walter Vázquez (SECASFPI), Jorge Mancini (AGOEC), Luis Pandolfi (Tintoreros), Alejandro Poli (FAREM), Gustavo González ( Locutores), Ezequiel Tosco (AGC), Facundo Moyano (Peajes), Gonzalo Castaño (Caddies), Joaquín Santucho (62 Morón-Ituzaingó-Hurlingham), Jorge Fernández (Regional Tuyú), Luis Orbelli (62 Mendoza), Marcela Ludueña (62 Esteban Echeveria – Ezeiza Cañuelas), Marco Orellana (Puerto Deseado – Chubut), Mariana de Alba (62 rama femenina), Nico Ferro (Turf), Paris Barrera (Cantantes), Ricardo Prado (USAFIP), Ricardo Serafini (Jerárquicos del Gas), Sergio Gelman (Locutores), Julio Carrizo (62 Almirante Brown), Claudio Toledo (62 Avellaneda-Lanús), Marcelo Ibarra (Juventud 62), Julio Rodríguez (62 Tucumán) y Camilo Gómez (Vareadores), entre otros.
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Un fallo pone límites a la reforma laboral y resguarda recursos sindicales
La Justicia Nacional del Trabajo suspendió la aplicación de artículos de la Ley N.º 27.802 y de su decreto reglamentario al considerar que podrían vulnerar la autonomía sindical, alterar la negociación colectiva y comprometer el financiamiento de prestaciones sociales previstas en el Convenio Colectivo de Camioneros. La resolución representa un nuevo revés para la reforma laboral y amplía la disputa judicial sobre sus principales disposiciones.
La reforma laboral volvió a encontrar un límite en los tribunales. En una resolución con proyección sobre uno de los convenios colectivos de mayor peso del país, el Juzgado Nacional del Trabajo dispuso la suspensión cautelar de normas que modificaban el esquema de financiamiento de beneficios administrados por el Sindicato de Camioneros, al advertir que su aplicación podría producir un perjuicio inmediato sobre derechos surgidos de la negociación colectiva.
La medida fue dictada por el juez Herman Mendel, en la víspera de hacer efectiva su renuncia, al hacer lugar a la acción promovida por la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, conducida por Hugo Moyano. La resolución dejó sin efecto, de manera provisoria, la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, así como de los artículos 5, 6 y 7 del Decreto Reglamentario 407/2026, hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del litigio.
El pronunciamiento alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo 40/89, columna vertebral de la actividad del transporte automotor de cargas, y preserva el financiamiento de un conjunto de prestaciones incorporadas durante décadas mediante acuerdos paritarios. Entre ellas figuran el seguro de sepelio, subsidios para familiares de trabajadores fallecidos, ampliaciones de la cobertura sanitaria, programas de formación profesional, actividades sociales y culturales y distintos mecanismos de asistencia destinados al personal del sector.
Un cuestionamiento al alcance del decreto
Uno de los puntos centrales del fallo radica en la severa objeción formulada contra la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo.
Para el magistrado, el Decreto 407/2026 excede las facultades reglamentarias previstas por la Constitución al introducir restricciones que no fueron contempladas por el propio Congreso al sancionar la ley. En ese sentido, sostuvo que la norma reglamentaria no se limita a precisar el alcance de la legislación aprobada, sino que modifica sustancialmente su contenido, alterando el equilibrio alcanzado por la negociación colectiva.
La resolución remarca que ese exceso reglamentario podría vulnerar principios constitucionales vinculados con la libertad sindical, la autonomía de las organizaciones gremiales, la ultraactividad de los convenios colectivos y el derecho de las partes a determinar, mediante negociación, los mecanismos de sostenimiento de las prestaciones acordadas.
Un daño inmediato y no una hipótesis
El fallo también descartó que el perjuicio invocado por el sindicato fuera meramente potencial.
Según Mendel, la reducción de recursos comenzaría a producirse desde el momento en que las empresas adecuaran sus liquidaciones salariales al nuevo régimen, afectando de manera directa el financiamiento de beneficios sociales que integran el sistema convencional del sector.
Esa conclusión resultó determinante para conceder la medida cautelar, al considerar acreditado el riesgo de un daño actual sobre prestaciones destinadas a miles de trabajadores comprendidos en la actividad.
Respaldo constitucional e internacional
La decisión judicial también encuentra sustento en normas nacionales e internacionales que protegen la actividad sindical.
Entre ellas, el magistrado invocó los Convenios 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que garantizan la libertad sindical y la negociación colectiva, además del artículo 43 de la Constitución Nacional y el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumentos que reconocen la especial tutela jurídica de los derechos laborales colectivos.
Un conflicto que trasciende a Camioneros
La suspensión cautelar alcanza a todas las empresas comprendidas en el Convenio Colectivo 40/89, motivo por el cual fueron notificadas las principales cámaras empresarias del transporte, entre ellas FADEEAC, FAETYL y CATAC, que deberán adecuar su conducta mientras la medida permanezca vigente.
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ASIJEMIN acordó una suba salarial del 16,86% para el personal jerárquico de Gualcamayo
La organización sindical y la empresa alcanzaron un entendimiento para la paritaria 2026 que contempla una recomposición salarial acumulativa del 16,86%, distribuida en tres etapas. El convenio refleja el avance de las negociaciones en un sector estratégico para la economía y reafirma el papel de la negociación colectiva como herramienta para preservar el poder adquisitivo de los trabajadores.
La negociación paritaria en el sector minero alcanzó una instancia decisiva con el acuerdo entre la Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina (ASIJEMIN) y la empresa Gualcamayo. Tras las reuniones desarrolladas en el ámbito de la negociación colectiva, ambas partes consensuaron una actualización salarial acumulativa del 16,86% para el período 2026, distribuida en tres tramos y destinada al personal comprendido en el convenio.
En representación del sindicato participaron el secretario general, Marcelo Mena Muñoz, y el director regional Centro, Humberto Coria, mientras que por la compañía intervino el gerente de Recursos Humanos, Fernando Moncho. El entendimiento alcanzado es el resultado de un proceso de diálogo entre las partes, orientado a establecer una recomposición de los ingresos acorde con la evolución de la actividad.
El esquema acordado contempla un incremento del 6% a partir del 1.º de junio, un 5% desde el 1.º de agosto y otro 5% desde el 1.º de octubre. Aplicados de manera acumulativa, estos porcentajes conforman una mejora total del 16,86% sobre las remuneraciones de los trabajadores comprendidos en la negociación.
La firma de este convenio adquiere relevancia en un panorama donde las discusiones por salarios continúan ocupando un lugar central en la agenda laboral argentina. La minería, uno de los sectores con mayores perspectivas de expansión e inversión, mantiene una dinámica de negociación permanente para compatibilizar la evolución de los sueldos con las condiciones económicas de la rubro y la necesidad de sostener relaciones laborales estables.
Desde ASIJEMIN señalaron que lo convenido también expresa el compromiso de los trabajadores y el acompañamiento del cuerpo de delegados de base durante todo el proceso paritario. La organización sindical destacó que la participación activa de la representación sindical resulta determinante para consolidar negociaciones que permitan fortalecer las condiciones laborales del personal jerárquico, profesional y técnico de la actividad minera.
Con este entendimiento, Gualcamayo incorpora una nueva referencia dentro del calendario paritario del sector, ratificando el valor del diálogo entre empresa y sindicato como mecanismo para alcanzar consensos y brindar previsibilidad tanto a los trabajadores como a la actividad productiva.
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