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Con un documento de fuerte contenido político difundido en la antesala del Día de la Independencia, la CGT rechazó el proyecto promovido por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado que propone modificar el régimen de propiedad de tierras rurales.

La central sindical sostiene que la iniciativa trasciende una discusión patrimonial y plantea un debate de fondo sobre el control de los recursos estratégicos, la defensa del territorio y el modelo de desarrollo que la Argentina pretende construir en las próximas décadas.

A pocos días del 9 de Julio y cuando el Senado se prepara para retomar el tratamiento de una de las reformas más sensibles impulsadas por el Gobierno nacional, la Confederación General del Trabajo decidió ingresar de lleno en una discusión que considera decisiva para el futuro del país.

Bajo el título «La tierra no es una mercancía», el Consejo Directivo Nacional de la central obrera difundió un pronunciamiento en el que exhorta a los senadores a rechazar el proyecto elaborado por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, encabezado por Federico Sturzenegger, que propone eliminar el límite vigente para la adquisición de tierras rurales por parte de personas y sociedades extranjeras.

Para la conducción cegetista, la iniciativa no constituye una simple modificación normativa sino un cambio estructural en la concepción jurídica y política del territorio nacional. En ese marco, advierte que la eventual flexibilización de las restricciones favorecería un proceso de concentración patrimonial sobre activos considerados estratégicos para el desarrollo económico y la seguridad nacional.

El documento ubica la discusión en un escenario internacional caracterizado por la presión sobre las cadenas de suministro de alimentos., agua dulce, minerales críticos, fuentes energéticas y superficies productivas. Según sostiene la CGT, ese fenómeno exige fortalecer los mecanismos de protección territorial en lugar de liberalizar el acceso a recursos cuya disponibilidad adquiere un valor geopolítico cada vez mayor.

Como ejemplo de los riesgos que, a su criterio, implicaría la reforma, la central sindical vuelve sobre el conflicto generado en torno al Lago Escondido y menciona el caso del empresario británico Joe Lewis, convertido desde hace años en uno de los símbolos del debate sobre el acceso público a bienes naturales y la propiedad extranjera de extensas superficies rurales.

La declaración incorpora además otro eje de confrontación con la administración libertaria: la concesión de la Vía Navegable Troncal del sistema Paraguay-Paraná. Para la CGT, ambos procesos responden a una misma lógica de cesión sobre infraestructuras y recursos considerados esenciales para la soberanía económica del país.

La iniciativa oficial no se limita únicamente a modificar el régimen de titularidad de las tierras. También contempla la derogación de la histórica Ley de Zonas de Frontera, vigente desde 1944, que establece restricciones específicas para preservar el dominio nacional sobre áreas consideradas estratégicas, y elimina las limitaciones que actualmente impiden comercializar terrenos afectados por incendios durante largos períodos, una protección concebida para desalentar maniobras especulativas posteriores a los siniestros forestales.

El comunicado sindical incorpora, además, argumentos elaborados por especialistas del Observatorio de Tierras de la Universidad de Buenos Aires, quienes advierten que varias jurisdicciones del país ya superan los límites previstos por la legislación vigente respecto de la participación extranjera en la propiedad rural. Según esos estudios, una eventual apertura irrestricta del mercado podría incrementar el valor de la tierra, dificultando aún más el acceso para productores nacionales y comunidades locales.

Sobre esa base, la CGT sostiene que la reforma representa un cambio de paradigma en la política territorial argentina y cuestiona que la lógica de mercado sea el único criterio para definir el destino de bienes considerados estratégicos para el desarrollo nacional.

La central obrera enmarca su posición dentro de una tradición histórica vinculada a la defensa del patrimonio público, la producción y el trabajo. En su declaración afirma que numerosos países mantienen regulaciones destinadas a proteger recursos naturales y territorios sensibles, por lo que considera que la propuesta oficial se aparta de las tendencias internacionales en materia de resguardo soberano.

Lejos de circunscribir el debate al plano jurídico, el documento establece una relación directa entre la propiedad del territorio y las posibilidades de construir un proyecto económico con autonomía productiva. Desde esa perspectiva, sostiene que la disponibilidad de tierras, agua, energía y minerales constituye un componente esencial para garantizar empleo, inversión nacional y desarrollo industrial.

La declaración concluye sintetizando esa mirada en una definición que busca condensar el posicionamiento político de la organización: la defensa de la soberanía territorial aparece inseparable de la defensa del trabajo, mientras que la preservación del trabajo es presentada como una condición indispensable para asegurar el futuro económico y social del país.

Con el tratamiento legislativo nuevamente en el centro de la agenda parlamentaria, el Senado deberá resolver una iniciativa que excede ampliamente el debate sobre la propiedad privada. Lo que comenzará a discutirse en el recinto será, en definitiva, el alcance del control estatal sobre recursos estratégicos y el modelo de inserción que la Argentina pretende asumir en un escenario internacional donde la tierra, el agua, la energía y los minerales se han convertido en algunos de los activos más disputados del siglo XXI.

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Despidos: excluyen bonos, premios y horas extras del cálculo indemnizatorio

El Gobierno nacional reglamentó un nuevo criterio para calcular las indemnizaciones por despido sin causa. Desde ahora solo se computarán el salario básico convencional y las sumas remunerativas normales, habituales y mensuales, mientras que quedarán excluidos conceptos como bonos, premios, horas extras, aguinaldo y otros adicionales. Especialistas anticipan un fuerte debate judicial por el alcance de la medida.

El Gobierno de Javier Milei avanzó con una nueva modificación de la reforma laboral al redefinir la base salarial utilizada para calcular las indemnizaciones por despido sin causa. La reglamentación introduce un criterio más restrictivo sobre los conceptos que podrán integrar la compensación por antigüedad, una decisión que reducirá el monto que percibirán numerosos asalariados y que ya genera cuestionamientos entre abogados laboralistas y organizaciones sindicales.

La indemnización continuará equivaliendo, en términos generales, a un salario por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, aunque cambia de manera sustancial la forma de determinar cuál es la remuneración que servirá como referencia para ese cálculo.

A partir de la entrada en vigencia de la norma, únicamente se considerarán el salario básico previsto en el convenio colectivo y las sumas remunerativas de percepción normal, habitual y mensual. En consecuencia, dejarán de formar parte de la base indemnizatoria los premios, bonos, horas extras, sueldo anual complementario (SAC), participación en las ganancias, plus vacacional, conceptos no remunerativos, pagos extraordinarios y cualquier otro ingreso que no reúna esas características.

La reglamentación incorpora además una cláusula de alcance amplio al establecer que también permanecerán excluidos todos aquellos conceptos que, cualquiera sea su denominación u origen jurídico, no se liquiden con carácter regular y permanente.

El impacto económico variará según la composición del salario de cada trabajador. Quienes perciban exclusivamente una remuneración fija mensual difícilmente observen diferencias relevantes. En cambio, aquellos cuyos ingresos dependan en buena medida de adicionales variables podrían recibir compensaciones considerablemente inferiores en caso de un despido sin causa.

Diversos especialistas en derecho del trabajo advirtieron que numerosas actividades incorporan de manera habitual bonos por productividad, premios, horas suplementarias o incentivos convencionales que representan una porción significativa del ingreso mensual. Al quedar excluidos del cálculo, la indemnización final podría disminuir de manera apreciable.

Desde la administración nacional sostienen que la modificación procura otorgar mayor previsibilidad a los empleadores, unificar criterios interpretativos y reducir la litigiosidad derivada de los reclamos indemnizatorios. Según la visión oficial, una definición más precisa de la base salarial contribuirá a disminuir los conflictos judiciales y favorecerá la contratación de personal al reducir la incertidumbre sobre los costos derivados de una eventual desvinculación.

La respuesta del movimiento obrero y de los laboralistas fue inmediata. Consideran que la reglamentación restringe el alcance de un derecho históricamente reconocido por la legislación argentina y disminuye el resarcimiento económico de quienes pierdan su fuente laboral. A su entender, la modificación se suma al conjunto de reformas promovidas por la Casa Rosada con el propósito de flexibilizar las relaciones laborales y reducir los costos asociados al empleo formal.

El alcance definitivo de la medida probablemente quede sujeto al análisis de los tribunales. Uno de los principales puntos de discusión será determinar qué conceptos reúnen efectivamente las condiciones de normalidad, habitualidad y periodicidad mensual, una cuestión que podría variar de acuerdo con cada convenio colectivo y con las particularidades de cada actividad.

Ese margen interpretativo anticipa una nueva etapa de controversias judiciales. Mientras el Ejecutivo presenta la reglamentación como una herramienta para aportar previsibilidad al sistema laboral, sindicatos y especialistas sostienen que su aplicación reducirá el costo de los despidos y reabrirá uno de los debates más sensibles del derecho del trabajo argentino: el alcance de la protección económica frente a la pérdida del empleo.

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Supermercados activan retiros voluntarios en San Juan y crece la preocupación gremial

El Sindicato Empleados de Comercio confirmó que las cadenas Vea y Átomo impulsan retiros voluntarios dirigidos principalmente a empleados de 57 y 58 años, con más de 30 años de antigüedad. El gremio advirtió que las propuestas, en algunos casos, representan entre el 60% y el 70% de la indemnización legal y recomendó analizar cada ofrecimiento antes de aceptar.

La persistente retracción del consumo comenzó a reflejarse con mayor intensidad en el mercado laboral sanjuanino. Las principales cadenas de supermercados iniciaron un proceso de retiros voluntarios orientado a reducir sus dotaciones, una decisión que encendió la preocupación del Sindicato Empleados de Comercio (SEC) por el alcance que podría adquirir esta modalidad en los próximos meses.

La secretaria general del gremio, Mirna Moral, confirmó que las propuestas fueron impulsadas por Vea y Átomo, aunque precisó que el mayor número de ofrecimientos corresponde a la firma perteneciente al grupo Cencosud, una de las empresas con mayor presencia en la provincia.

Según explicó la dirigente, los acuerdos están dirigidos principalmente a personas de 57 y 58 años, especialmente aquellas que ya reúnen los años de aportes requeridos para acceder a la jubilación. En la mayoría de los casos se trata de empleados con alrededor de tres décadas de servicio, cuyos ingresos incorporan adicionales convencionales que incrementan significativamente el costo salarial.

En Vea, las compensaciones ofrecidas representan entre el 60% y el 70% de la indemnización prevista por ley. Debido a la extensa trayectoria de muchos de los alcanzados, las cifras pueden oscilar entre 60 y 70 millones de pesos, montos que, si bien resultan elevados, no siempre compensan la pérdida de un ingreso estable hasta el momento del retiro definitivo de la vida laboral.

En Átomo, la operatoria también comenzó a implementarse, aunque con ofrecimientos de menor magnitud económica. De acuerdo con el SEC, esas condiciones despertaron escaso interés entre quienes fueron convocados a negociar su desvinculación.

Desde la organización sindical remarcaron que cada propuesta es analizada de manera individual. Antes de aceptar cualquier convenio, el gremio evalúa la realidad familiar, la cercanía de la jubilación, la existencia de personas a cargo y las posibilidades concretas de reinserción laboral, con el propósito de brindar un asesoramiento integral y evitar decisiones apresuradas.

Moral recordó que existen antecedentes de trabajadores que aceptaron este tipo de acuerdos atraídos por una importante compensación económica y, tiempo después, regresaron al sindicato tras agotar esos recursos sin haber logrado reincorporarse al mercado laboral.

La preocupación no es nueva. A fines del año pasado, el cierre de la sucursal de Vea Villa Krause dejó 16 personas alcanzadas por un proceso que concluyó con indemnizaciones abonadas en su totalidad, reubicaciones en otros establecimientos y retiros voluntarios.

Para el gremio, la expansión de este mecanismo constituye un nuevo indicador del deterioro que atraviesa el comercio minorista. La desaceleración de las ventas, el aumento de los costos operativos y la necesidad de las empresas de reorganizar sus estructuras comienzan a traducirse en cambios dentro de uno de los principales generadores de empleo privado de San Juan, un fenómeno que el movimiento sindical sigue con especial atención ante su posible profundización.

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El Gobierno recalibró los aportes sindicales y alivió el financiamiento de los gremios

El Decreto 612/2026 modificó la reglamentación de la reforma laboral y redefinió la base de cálculo de los aportes previstos en los convenios colectivos. La decisión amplía los conceptos salariales computables, preserva recursos para los sindicatos y excluye del tope del 2% determinadas contribuciones empresarias destinadas a prestaciones sociales, asistenciales y previsionales.

El Gobierno nacional introdujo un cambio de fuerte impacto en el sistema de relaciones laborales al publicar el Decreto 612/2026, mediante el cual modificó la reglamentación de la Ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo y estableció nuevos criterios para calcular los aportes, contribuciones y retenciones surgidos de los acuerdos paritarios.

La disposición, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, reemplaza aspectos del Decreto 407/2026, que había restringido la base de cálculo exclusivamente al salario básico convencional.

Con la nueva reglamentación, la base sobre la que se aplican las cuotas solidarias y otros aportes convencionales ya no comprenderá únicamente el salario básico, sino también las sumas remunerativas normales, habituales y de percepción mensual previstas en los convenios colectivos. Permanecen excluidos los premios, bonos, horas extras, aguinaldo, plus vacacional, participación en ganancias, conceptos no remunerativos y cualquier otro ingreso extraordinario.

Otro de los cambios relevantes consiste en diferenciar los aportes regulados por el artículo 9 de la Ley 14.250 de aquellas contribuciones que los empleadores acuerden a favor de las organizaciones sindicales. Estas últimas pasarán a regirse por la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales y deberán destinarse exclusivamente a prestaciones sociales, asistenciales, previsionales o culturales para los trabajadores representados.

La norma también obliga a que esos recursos sean administrados mediante cuentas y documentación independientes del resto del patrimonio sindical, con el propósito de reforzar los mecanismos de control y transparencia.

El decreto mantiene vigente el tope del 2% previsto para las cuotas solidarias, aunque redefine los conceptos salariales sobre los cuales se calcula ese límite. Paralelamente, deja fuera de esa restricción las contribuciones empresarias destinadas a fines específicos, una modificación que evita una reducción significativa de los ingresos que perciben numerosas organizaciones gremiales y sus obras sociales.

La decisión llegó después de intensas conversaciones entre funcionarios nacionales y la CGT, que había advertido que la reglamentación original afectaba el financiamiento del modelo sindical argentino. Entre los casos mencionados durante las negociaciones sobresalen las contribuciones empresarias destinadas a obras sociales, que en algunos gremios representan miles de millones de pesos mensuales, recursos esenciales para sostener prestaciones médicas y asistenciales.

La rectificación se oficializó además en un momento de alta sensibilidad política, cuando la central obrera prepara una nueva etapa de movilizaciones y mantiene abiertos diversos frentes de conflicto con el Gobierno por la política laboral y salarial.

La modificación del Decreto 407/2026 refleja un cambio de criterio en la aplicación de la reforma laboral impulsada por la administración nacional. Más allá de los aspectos técnicos, la medida preserva una fuente clave de financiamiento para los sindicatos, redefine el alcance de los convenios colectivos y reconfigura uno de los puntos de mayor discusión entre el Poder Ejecutivo y el movimiento obrero organizado.

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