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La medida cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda no solo suspendió un conjunto amplio de artículos, sino que impactó directamente sobre los ejes estructurales de la reforma laboral. Indemnizaciones, negociación colectiva, poder sindical, jornada laboral y teletrabajo quedaron bajo revisión judicial en una decisión que redefine, al menos temporalmente, el alcance de la ley.

El fallo de la Justicia Nacional del Trabajo no se limitó a un cuestionamiento formal de la Ley 27.802: avanzó sobre su arquitectura central. La suspensión cautelar recae sobre disposiciones consideradas estratégicas por el Gobierno, lo que en la práctica neutraliza los principales vectores de transformación del sistema laboral argentino.

Indemnizaciones y sistema de despido: suspensión total del nuevo esquema

Uno de los núcleos más relevantes alcanzados por la cautelar es el Título II (artículos 58 a 77), que establecía la creación de los Fondos de Asistencia Laboral. Este mecanismo buscaba reemplazar o complementar el régimen tradicional de indemnizaciones por despido mediante sistemas de capitalización sectorial o empresarial.

La suspensión implica que continúa vigente el esquema clásico de indemnización por antigüedad previsto en la Ley de Contrato de Trabajo, desactivando uno de los instrumentos clave diseñados para reducir la litigiosidad y previsibilidad de costos laborales.

Principios rectores del derecho laboral: se mantienen sin alteraciones

El fallo también deja sin efecto modificaciones a principios estructurales del derecho del trabajo, contenidos en múltiples artículos (entre ellos, 1, 3, 6, 9 y concordantes). En consecuencia, permanecen inalterados:

El principio de irrenunciabilidad de derechos.
El criterio interpretativo “in dubio pro operario”.
La presunción de existencia de relación laboral frente a situaciones dudosas.
La suspensión de estas reformas impide, por el momento, cualquier reinterpretación normativa que pudiera flexibilizar estos pilares históricos de protección al trabajador.

Responsabilidad empresaria y tercerización: continuidad del régimen vigente

Quedaron también en suspenso los artículos que modificaban la responsabilidad solidaria en casos de tercerización y en estructuras de grupos económicos. Esto implica que se mantiene el criterio amplio de responsabilidad del empleador principal frente a incumplimientos laborales en cadenas productivas, un punto central en la disputa entre sectores sindicales y empresariales.

Negociación colectiva y poder sindical: freno a la reconfiguración del sistema

La cautelar impacta de lleno en el capítulo sindical (artículos 131 a 149), que proponía cambios sustanciales en el funcionamiento de la negociación colectiva. Entre los aspectos más relevantes que quedaron suspendidos se destacan:

La limitación o modificación del régimen de ultraactividad de los convenios colectivos.
La prioridad de convenios de empresa por sobre los de actividad.
Cambios en los aportes sindicales y mecanismos de financiamiento.
Reformas en la integración y funcionamiento de las comisiones paritarias.

La decisión judicial preserva, así, el esquema tradicional de negociación colectiva, evitando una descentralización que podía alterar el equilibrio de poder entre empleadores y sindicatos.

Derecho de huelga: se mantiene el marco actual

El artículo 101, que ampliaba los servicios esenciales y restringía el alcance de las medidas de fuerza, también fue suspendido. En consecuencia, continúan vigentes los criterios actuales sobre el ejercicio del derecho de huelga, sin las nuevas limitaciones previstas por la reforma.

Jornada laboral y condiciones de trabajo: sin cambios en la regulación vigente

Los artículos 100 y 208, que introducían modificaciones en la jornada de trabajo y eliminaban ciertas disposiciones preventivas frente a abusos, quedaron sin efecto provisional. Esto implica que se mantienen los límites y protecciones tradicionales en materia de duración del trabajo.

Teletrabajo y nuevas modalidades: se preserva la normativa vigente

La suspensión del artículo 199 impide la derogación de la ley de teletrabajo, por lo que continúan vigentes las regulaciones específicas sobre esta modalidad, incluyendo derechos vinculados a la desconexión digital y provisión de herramientas.

Competencia judicial: se sostiene el fuero laboral

El artículo 79, que pretendía trasladar determinadas causas al fuero contencioso administrativo cuando el Estado fuera parte, también quedó suspendido. De este modo, la Justicia del Trabajo conserva su competencia natural en estos conflictos.

Sectores específicos: casas particulares y trabajo agrario

La cautelar alcanza además reformas sensibles en regímenes particulares:
En casas particulares (artículo 107), queda sin efecto la ampliación del período de prueba.
En trabajo agrario (artículo 111), se mantiene el esquema vigente de responsabilidad solidaria.

Normas antifraude y litigiosidad: continúan las sanciones vigentes

Finalmente, la suspensión del artículo 207 preserva las sanciones frente a conductas temerarias o dilatorias del empleador en juicio, un instrumento clave para desalentar prácticas abusivas en el ámbito judicial.

La medida cautelar no solo detiene la aplicación de artículos aislados, sino que desactiva —al menos de manera transitoria— los ejes vertebrales de la reforma laboral. Indemnizaciones, negociación colectiva, poder sindical y regulación del conflicto quedan, así, bajo un régimen de continuidad normativa.

El proceso judicial que se abre a partir de este fallo será determinante: no solo definirá la constitucionalidad de la ley, sino también el modelo de relaciones laborales que regirá en la Argentina en los próximos años.

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ADICUS alertó que el desfinanciamiento amenaza el normal funcionamiento de la UNSJ

El secretario adjunto de ADICUS, Sergio Castro, sostuvo que la apelación del Ejecutivo no anula la obligación de cumplir la medida judicial vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. Denunció una pérdida salarial de entre el 34% y el 35%, alertó sobre el deterioro presupuestario y convocó a acompañar la marcha federal del 15 de octubre.

La puja por el financiamiento de las universidades nacionales entró en una instancia decisiva. ADICUS sostiene que el Gobierno nacional debe cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario pese a haber apelado la resolución judicial que ordenó su aplicación. Al mismo tiempo, advierte que la pérdida de poder adquisitivo de los docentes y la insuficiencia de recursos amenazan tanto las condiciones laborales como la calidad académica de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ).

Castro explicó que la decisión judicial inicialmente alcanzó los artículos vinculados con la recomposición salarial y las becas, pero luego avanzó sobre el cumplimiento integral de la norma. Según su interpretación, la aceptación de la apelación del Ejecutivo no dejó sin efecto la obligación establecida en primera instancia.

«Hasta tanto se analice la apelación del Gobierno, tiene que salir a pagar lo que adeuda», sostuvo el dirigente, quien cuestionó que los compromisos asumidos previamente no se hayan traducido en una respuesta suficiente para las necesidades de las universidades.

Una pérdida salarial que ronda el 35%

El representante sindical afirmó que los docentes universitarios de San Juan atraviesan una situación similar a la del resto del país, debido a que comparten el convenio colectivo de trabajo y el nomenclador salarial. En ese marco, señaló que las federaciones docentes y no docentes calculan una pérdida del poder adquisitivo de entre el 34% y el 35%.

Castro consideró insuficiente la propuesta salarial del Gobierno y sostuvo que la recuperación de los ingresos debe formar parte de una solución más amplia, que contemple también los recursos necesarios para sostener las actividades académicas y administrativas.

La preocupación gremial excede, por lo tanto, la discusión paritaria. Castro advirtió que las restricciones presupuestarias obligan a las instituciones a postergar o dejar de realizar tareas por falta de fondos, mientras las previsiones para el presupuesto universitario de 2027 anticipan, según su evaluación, nuevas limitaciones.

El riesgo para la calidad académica

El secretario adjunto de ADICUS alertó que la combinación de salarios deteriorados y recursos insuficientes dificulta garantizar un ciclo lectivo normal y con estándares adecuados de enseñanza. En su análisis, el problema compromete las condiciones de trabajo de docentes y no docentes, pero también las oportunidades de formación de los estudiantes.

Castro atribuyó la política de ajuste a una orientación del Gobierno nacional que, a su entender, debilita la educación y la salud públicas. Frente a ese diagnóstico, convocó a la comunidad universitaria y a la ciudadanía a participar de la movilización prevista para el 15 de octubre, en defensa del financiamiento de las universidades.

El dirigente también confirmó que la Intersindical de San Juan acompañará la marcha con las organizaciones que la integran. Para ADICUS, la defensa de la universidad pública involucra a toda la sociedad, porque la formación profesional constituye una vía de movilidad social para las familias.

En el tramo final de la entrevista, Castro pidió unidad entre las organizaciones gremiales y participación ciudadana para respaldar los reclamos. Su planteo enlaza la disputa judicial con una discusión de mayor alcance: la capacidad del sistema universitario para sostener salarios, becas y condiciones de enseñanza sin un financiamiento acorde con sus obligaciones.

La marcha del 15 de octubre encontrará así a los gremios universitarios con dos reclamos centrales: el cumplimiento efectivo de la ley y una recomposición de los recursos salariales y presupuestarios. Para ADICUS, la resolución de esa disputa será determinante para el futuro inmediato de la UNSJ y de la universidad pública argentina.

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Departamentales

Caucete tendrá dos jornadas gratuitas de atención oftalmológica

El programa provincial «Te veo bien» llegará a Caucete con dos jornadas gratuitas de atención oftalmológica, destinadas a personas desde los seis años, sin límite de edad, que no cuenten con cobertura de obra social.

El operativo se desarrollará el martes 13 y el miércoles 14 de octubre, de 8 a 12, en el salón del sindicato de Luz y Fuerza, ubicado en Diagonal Sarmiento 380. La iniciativa se gestiona a través de la Dirección de Asistencia y busca facilitar el acceso a controles visuales y elementos de corrección.

La atención comprenderá una revisión de la vista para determinar si cada paciente necesita anteojos. En los casos indicados, el programa contempla la elección de los marcos y la confección de los lentes con la graduación correspondiente, tanto para visión cercana como lejana.

Requisitos para acceder

Las personas interesadas deberán presentar DNI y una copia del certificado de negativa de ANSES. La atención se brindará por orden de llegada, sin necesidad de turno previo.

La propuesta forma parte de una política provincial que busca extender los servicios de salud visual a los distintos departamentos y reducir las barreras económicas que dificultan el acceso a controles y anteojos.

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destacada

La CGT defendió las raíces originarias y la identidad latinoamericana frente a la decisión oficial

La Confederación General del Trabajo (CGT) rechazó la decisión del Gobierno de restituir la denominación Día de la Raza para el 12 de octubre y la calificó de «provocación burda». La central obrera ratificó su adhesión al Día del Respeto a la Diversidad Cultural, nombre adoptado oficialmente en 2010, y cuestionó la ausencia de fundamentos históricos que, a su entender, respalden el cambio.

En un comunicado, la organización sostuvo que la denominación original no había surgido de una concepción biologicista o racista. Recordó que el expresidente Hipólito Yrigoyen instituyó la fecha como fiesta nacional con la intención de estrechar los vínculos de hispanidad entre los pueblos latinoamericanos, en contraposición a la influencia imperialista anglosajona.

La central obrera también recuperó un discurso pronunciado por Juan Domingo Perón el 12 de octubre de 1947, en el que el entonces mandatario cuestionó las formas de subordinación económica y cultural que, según planteó, favorecían intereses imperialistas. Con esa referencia, la central buscó inscribir la discusión en una tradición política vinculada con la soberanía y la identidad regional.

Sin embargo, el mensaje remarcó que la interpretación de la fecha fue evolucionando hacia una concepción más amplia de la identidad latinoamericana, que reconoce el aporte de los pueblos originarios y la diversidad de raíces que conforman la cultura del continente.

Desde 2010, la denominación oficial es Día del Respeto a la Diversidad Cultural, un cambio orientado a promover una mirada que reconozca las identidades indígenas y la pluralidad cultural. La CGT defendió esa definición por considerarla acorde con los principios constitucionales y los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por la Argentina.

La postura sindical suma una dimensión política e histórica a la discusión sobre el significado del 12 de octubre. Mientras el Gobierno recupera una denominación asociada a la tradición hispánica, la CGT sostiene que la conmemoración debe preservar el reconocimiento de los pueblos originarios y de la diversidad cultural como componentes centrales de la identidad nacional.

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