Alarma en la comunidad médica por el cierre del Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas que salvó miles de vidas infantiles
Sin anuncio oficial, el Gobierno nacional desarticuló el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas, despidió a sus siete profesionales hiperespecializados y dejó sin coordinación estatal a la red que garantizaba la atención de unos 4.000 bebés que nacen cada año con estas afecciones. La medida generó conmoción en el ámbito sanitario y fuertes cuestionamientos por su impacto directo en la mortalidad infantil.
El Gobierno de Javier Milei decidió desarticular el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas (PNCC), una política pública clave del sistema de salud argentino que durante 15 años coordinó la atención, derivación y tratamiento de niños con cardiopatías congénitas en todo el país. La medida se ejecutó sin comunicación previa y se tradujo en el despido de los siete profesionales hiperespecializados que conducían el programa.
El equipo estaba integrado por Willy Conejeros Parodi, Paula Campana, Carlos Fernando Rosental, Silvina Rosellot, Mariana Fernández, Tomás Schwaller y María Eugenia Olivetti, quienes fueron notificados de manera verbal o mediante un escueto mensaje administrativo que informaba la no renovación de sus contratos para 2026. Ante esa decisión, el resto de los integrantes dio por finalizada su relación laboral.
La desvinculación del equipo técnico, columna vertebral del programa, provocó una inmediata alarma en la comunidad médica, dado que el PNCC recibía y gestionaba derivaciones de familias de alrededor de 4.000 bebés que nacen cada año con cardiopatías congénitas, de los cuales el 50% requiere cirugía, muchas veces en las primeras horas de vida.
Un programa federal que salvó miles de vidas
Creado en 2008 y respaldado por una ley sancionada en 2023, el PNCC surgió con el objetivo de reducir la mortalidad infantil asociada a las cardiopatías congénitas, que constituyen la tercera causa de muerte en niños y niñas en la Argentina.
“El programa nació por iniciativa de Guillermo Kreutzer y Horacio Capelli para dar respuesta a una demanda crítica del sistema de salud”, explicó Willy Conejeros Parodi, uno de los coordinadores despedidos. “Se creó una red federal de centros de distintas complejidades para asistir a los pacientes, disminuir los tiempos de espera y reducir la morbimortalidad. Hoy tenemos una sobrevida cercana al 95%, comparable con la de países del Primer Mundo”.
El PNCC articulaba 15 centros categorizados según niveles de complejidad y funcionaba como un nodo central que, a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SIISA), evaluaba cada caso y definía la mejor derivación posible.
Derivación urgente, atención especializada
La tarea del equipo era decisiva. “Si el niño estaba en Salta y el caso era de baja complejidad, se resolvía en la provincia. Si era más complejo, se derivaba a Córdoba o Tucumán, y si era de alta complejidad, a Buenos Aires”, detalló Conejeros. En la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires operan los cinco centros de mayor complejidad del país.
El programa también capacitó profesionales en todas las provincias, fortaleció el diagnóstico prenatal, orientó la estabilización de pacientes críticos y garantizó derivaciones en tiempo récord. “En muchas provincias no hay diagnóstico prenatal. Si no se interviene rápido, el bebé puede morir. Nosotros interveníamos para que llegara estabilizado al lugar adecuado”, subrayó el especialista.
Resultados concretos y reconocimiento internacional
El PNCC realizaba alrededor de 800 cirugías por año, recibía más de 6.000 notificaciones anuales, eliminó la lista de espera quirúrgica y ayudó a equipar hospitales con bombas de circulación extracorpórea, instrumental quirúrgico y equipos de hemodinamia.
Además, fue considerado un programa modelo en la región y presentado como experiencia exitosa ante organismos internacionales como el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En 2023, la sanción de la Ley Integral de Atención del Paciente Cardiópata, aún sin reglamentar, consolidó su marco normativo y garantizó la continuidad de la atención más allá de los 18 años.
Denuncias y críticas
Desde las redes sociales, el médico y diputado Pablo Yedlin advirtió que el desmantelamiento del programa “es ilegal y constituye un grave error del Ministerio de Salud”, al tiempo que recordó que el PNCC permitía que bebés nacidos en cualquier punto del país accedieran al centro de complejidad que necesitaban.
La situación fue definida por sus protagonistas como un vaciamiento deliberado. “Funcionábamos las 24 horas, los 365 días del año, incluso durante la pandemia. No lo hacíamos por el sueldo, sino por los chicos”, afirmó Conejeros. Y alertó: “Los más perjudicados no son los grandes hospitales, sino los niños que nacen lejos de los centros de alta complejidad”.
Una red que se apaga
Hoy, del programa solo quedan seis empleados administrativos y un asesor médico del Hospital Garrahan. La estructura técnica que garantizaba coordinación, seguimiento y decisión clínica fue eliminada.
En una carta abierta, Alejandra Villa, primera coordinadora del PNCC, sintetizó el alcance de lo perdido: “No se trata de cargos ni de estructuras. Se trata de personas, de familias y de un modelo que demostró que cuando el Estado y los equipos de salud trabajan en red, los resultados salvan vidas”.
El cierre del Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas representa mucho más que un ajuste administrativo: implica la desarticulación de una política pública federal que redujo la mortalidad infantil y garantizó equidad en el acceso a la salud. La decisión del Gobierno abre un interrogante profundo sobre el futuro de miles de bebés que nacen cada año con estas afecciones y vuelve a colocar en el centro del debate el rol del Estado en la protección de la vida desde el inicio.
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CGT y CTA preparan una ofensiva judicial contra la nueva legislación laboral
Con la inminente sanción de la reforma impulsada por el presidente Milei, las centrales sindicales anticipan una batería de presentaciones judiciales. Especialistas en derecho laboral y constitucional advierten sobre un escenario complejo: la disputa podría fragmentarse en litigios individuales y recorrer un largo derrotero hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin garantías de un fallo con efectos generales.
Apenas la ley sea promulgada, la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) acudirán a los tribunales. Así lo confirmaron sus dirigentes, entre ellos Jorge Sola y el diputado sindical Hugo Yasky, quienes anticiparon que la estrategia combinará planteos por inconstitucionalidad, afectación de derechos individuales y vulneración de derechos colectivos.
El cuestionamiento central se apoya en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional —que consagra el principio protectorio del trabajo— y en tratados internacionales con jerarquía constitucional, incluidos los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según los especialistas consultados por distintos medios, la reforma introduciría una regresión en estándares mínimos de tutela laboral, lo que chocaría con el principio de progresividad de los derechos sociales.
- Amparo colectivo en la Justicia del Trabajo
La primera vía probable es la presentación de un amparo colectivo ante la Justicia Nacional del Trabajo. Esta herramienta permitiría impugnar la constitucionalidad de la norma en su conjunto o de artículos específicos —como los vinculados al banco de horas, la fragmentación de vacaciones o el Fondo de Asistencia Laboral— con el objetivo de obtener una declaración de invalidez general.
Sin embargo, el antecedente del DNU 70/2023 dejó una señal ambigua. Si bien la Cámara Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral, la cuestión terminó diluyéndose en un laberinto procesal que reforzó la tendencia a analizar cada conflicto en forma individual. La clave será si los jueces reconocen legitimación amplia a las centrales sindicales o restringen la discusión a casos concretos. - Demandas individuales “caso por caso”
Aquí aparece la principal apuesta del oficialismo: que cualquier controversia se dirima únicamente cuando exista un trabajador afectado en un conflicto específico —por ejemplo, ante un despido o la aplicación de una jornada extendida—.
En ese escenario, la discusión se atomiza. Cada trabajador debería iniciar su propio juicio, atravesar primera y segunda instancia, eventualmente llegar a una corte provincial y recién después aspirar a la revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El proceso sería largo, costoso y con efectos limitados al caso particular.
El riesgo señalado por constitucionalistas es evidente: aun cuando un artículo sea declarado inconstitucional en un expediente puntual, la estructura general de la ley seguiría vigente para el resto de las relaciones laborales. - Fuero Contencioso Administrativo
Otra alternativa es accionar en el fuero Contencioso Administrativo Federal, sobre todo si se cuestionan actos reglamentarios del Poder Ejecutivo o la validez formal del proceso legislativo. Esta vía podría habilitar planteos más amplios, aunque también enfrenta el escollo de la legitimación y la posible fragmentación de criterios entre tribunales. - Planteos sectoriales y derechos colectivos
Sindicatos específicos ya analizan acciones focalizadas. El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA), por ejemplo, prepara un planteo por la derogación del Estatuto del Periodista, alegando regresividad e irrazonabilidad normativa. La estrategia apunta a defender derechos colectivos como la negociación paritaria, la huelga y la libertad sindical.
En estos casos, la discusión podría adquirir mayor densidad constitucional, ya que involucra garantías que trascienden la esfera individual y afectan la estructura de representación gremial.
El factor Corte y el nuevo mapa judicial
Un elemento adicional complejiza el panorama: tras el precedente “Levinas”, el tribunal revisor de la Cámara Nacional del Trabajo pasó a ser el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires antes de la eventual intervención de la Corte nacional. Este rediseño institucional altera la dinámica tradicional y podría influir en los tiempos y alcances de los fallos.
En la práctica, cualquier definición de fondo podría tardar años en consolidarse. Y aun así, el máximo tribunal podría optar por resolver únicamente sobre el caso concreto, sin invalidar la norma en abstracto.
Un conflicto de fondo
La discusión judicial no será meramente técnica. En juego está la tensión entre el principio protectorio del derecho laboral y la potestad del Congreso para redefinir el marco normativo de las relaciones de trabajo.
Para el movimiento obrero, la reforma implica una regresión estructural incompatible con el mandato constitucional. Para el oficialismo, en cambio, se trata de modernizar un esquema que consideran rígido y disfuncional.
Las vías judiciales existen y ya están en preparación. Amparos colectivos, demandas individuales y planteos sectoriales conformarán una ofensiva legal que buscará frenar o al menos limitar la aplicación de la reforma laboral. Sin embargo, el escenario es incierto.
Si los tribunales optan por el “caso por caso”, la disputa se fragmentará y se extenderá en el tiempo, reduciendo el impacto general de cualquier fallo favorable a los trabajadores. El desenlace dependerá, en última instancia, de cómo el Poder Judicial interprete su rol frente a una ley que redefine —y para muchos recorta— el alcance de los derechos consagrados en el artículo 14 bis.
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Educación privada: nuevo ajuste en las cuotas desde marzo
La Dirección de Educación Privada dispuso un nuevo incremento sobre el valor vigente a diciembre de 2025. Los establecimientos deberán presentar una declaración jurada antes del 31 de marzo para poder aplicar el ajuste. La medida completa el esquema de actualización previsto para el ciclo 2025.
A días del inicio del ciclo lectivo 2026, la Dirección de Educación Privada confirmó el aumento en las cuotas de los colegios de gestión privada. El ajuste será del 5,80% y comenzará a regir con la cuota correspondiente a marzo, según lo establece la Disposición N° 009-DEP-2026.
La resolución se inscribe en el cuarto tramo del esquema de actualización arancelaria definido para el ciclo 2025. Durante el año pasado ya se habían autorizado tres subas: en mayo, del 9,04%; en agosto, del 7,49%; y en noviembre, del 7,47%. Con el porcentaje dispuesto ahora, la autoridad educativa completa el cronograma previsto para acompañar el impacto inflacionario y los mayores costos operativos que afrontan las instituciones.
La suba alcanza a todos los establecimientos públicos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial. No obstante, la aplicación del nuevo valor no será automática. Cada institución deberá presentar, antes del 31 de marzo de 2026, una declaración jurada ante el organismo de control para formalizar la actualización.
Ese documento deberá consignar el valor de la matrícula, el monto actualizado de la cuota, el porcentaje de aporte estatal que recibe el establecimiento, la cantidad de alumnos matriculados, la fecha prevista de implementación y la constancia de que la medida fue debidamente comunicada a padres o tutores.
La presentación deberá estar firmada por el representante legal del colegio. Solo una vez cumplido ese requisito administrativo quedará habilitada la aplicación del nuevo arancel.
Desde el sector educativo privado argumentan que los incrementos buscan preservar la sustentabilidad del sistema, especialmente ante el aumento de salarios docentes, servicios y mantenimiento edilicio. Sin embargo, para los hogares con ingresos medios y medios bajos, cada ajuste representa un desafío adicional para sostener la continuidad educativa en instituciones aranceladas.
La dinámica de aumentos escalonados —cuatro tramos en menos de un año— refleja el delicado equilibrio entre la necesidad de garantizar la prestación del servicio y la capacidad de pago de las familias.
Con la oficialización del incremento del 5,80%, el esquema de actualización arancelaria correspondiente al ciclo 2025 queda formalmente completado. Ahora, el foco se traslada al cumplimiento de los requisitos administrativos por parte de las instituciones y al impacto concreto que el nuevo cuadro tarifario tendrá en la economía doméstica al comenzar el año escolar 2026.
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Reforma laboral: el Senado define una pulseada decisiva el 27 de febrero
Tras las modificaciones introducidas por Diputados —entre ellas la eliminación del artículo 44 sobre licencias médicas—, la iniciativa volvió al Senado para su definición final. El oficialismo confía en reunir los votos necesarios y cerrar el trámite parlamentario antes de fin de mes.
El Senado afronta en los próximos días una instancia clave para el futuro de la reforma laboral. Luego de que la Cámara de Diputados aprobara el proyecto con cambios sustanciales, el texto regresó a la Cámara alta, que ahora debe optar entre aceptar las modificaciones o insistir con su redacción original.
El procedimiento legislativo es taxativo. Si el Senado convalida los cambios introducidos por Diputados, la ley queda sancionada con esa versión. En cambio, si decide insistir con el texto que había aprobado inicialmente, necesitará reunir la misma mayoría —o una superior— a la alcanzada por la Cámara revisora. De no lograr ese respaldo, prevalecerá la redacción votada en Diputados. El reglamento impide, en esta etapa, rechazar integralmente el proyecto o incorporar nuevas alteraciones.
El oficialismo ya obtuvo dictamen en un plenario de las comisiones de Trabajo y Presupuesto y prevé llevar la iniciativa al recinto el viernes 27 de febrero. Desde la conducción parlamentaria confirmaron que el Senado aceptará la eliminación del artículo 44, una señal que despeja uno de los principales focos de controversia y allana el camino hacia la sanción definitiva.
Ese artículo establecía que el empleador debía abonar durante tres meses el 50% del salario en caso de enfermedad o accidente laboral, o el 75% cuando el trabajador tuviera cargas de familia. Su supresión fue uno de los puntos más debatidos en Diputados y funcionó como gesto político para facilitar acuerdos.
Más allá de ese recorte, el proyecto mantiene cambios estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo. Introduce modificaciones en el esquema indemnizatorio, redefine el cálculo de vacaciones y horas extras, revisa aportes patronales y fija nuevas pautas sobre el ejercicio del derecho de huelga en actividades consideradas esenciales. También incorpora el denominado Fondo de Asistencia Laboral, un mecanismo destinado a financiar indemnizaciones con recursos administrados por la Anses, aspecto que abrió una fuerte discusión política.
Durante el debate en comisión se registraron cruces intensos entre senadores del peronismo y de La Libertad Avanza. Desde Unión por la Patria cuestionaron el impacto de la reforma en las condiciones laborales y advirtieron sobre el eventual destino de los fondos involucrados. El oficialismo, por su parte, rechazó irregularidades, defendió la legalidad del procedimiento y sostuvo que la iniciativa moderniza el mercado de trabajo y fomenta la formalización.
En este aspecto el Gobierno aspira a tratar en la misma semana otros expedientes sensibles: el Régimen Penal Juvenil, la reforma de la Ley de Glaciares y el pliego diplomático de Fernando Iglesias, en una agenda que combina reformas estructurales con definiciones políticas de alto voltaje.
Con el dictamen firmado y los votos comprometidos, el oficialismo apuesta a cerrar el capítulo legislativo antes de que concluya febrero. La decisión final quedará en manos del Senado: si acepta las modificaciones, la reforma laboral será ley; si insiste con el texto original sin reunir la mayoría necesaria, prevalecerá la versión de Diputados. En cualquiera de los escenarios, la Cámara alta se dispone a protagonizar una de las votaciones más trascendentes del período extraordinario, con impacto directo sobre el entramado laboral argentino.
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