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El Juzgado Federal N°2 de San Martín aceptó el amparo presentado por el exdirector de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Pablo Martínez Carignano, contra el decreto de Javier Milei que ordena el cierre del organismo.

La decisión de la Justicia federal de San Martín de dar curso al recurso de amparo presentado por el exdirector ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Pablo Martínez Carignano, causó un gran impacto en la opinión pública. La medida busca frenar la disolución del organismo dispuesta por el presidente Javier Milei mediante el decreto 461/2025. La presentación sostiene que la medida representa un retroceso peligroso en materia de seguridad vial y vulnera derechos fundamentales protegidos por la Constitución.

En este sentido, el abogado Federico Paruolo, patrocinante de Martínez Carignano, argumentó que el decreto presidencial viola el principio de legalidad y derechos como la vida, la salud, la circulación y la igualdad ante la ley, reconocidos por la Constitución Nacional y por tratados internacionales de derechos humanos. «Esto no es una reforma: es un retroceso brutal. La Justicia debe evitar el desastre», publicó Carignano en la red social X.

La ANSV fue creada con el objetivo de reducir la cantidad de muertes viales en el país. Desde su implementación, logró reducir un 30% las muertes por siniestros viales. Además, tenía presencia en las 23 provincias y en la Ciudad de Buenos Aires. La eliminación de la ANSV, según los críticos del decreto, dejaría desprotegida a la población frente a un flagelo que, año tras año, se cobra más de 5.000 vidas en el país.

Solo en la última semana de julio, al menos 10 personas fallecieron en distintos accidentes ocurridos en rutas de Río Negro y Santa Fe. En paralelo, el presidente de la Fundación Profesional para el Transporte, Sergio Ruppel, advirtió que las rutas argentinas están en «emergencia total», y cuestionó cualquier intento del Estado de abandonar sus responsabilidades en zonas con baja densidad poblacional. “Hay lugares donde el retorno de inversión no justifica la presencia privada, y el Estado no puede desentenderse”, sostuvo.

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La Justicia concedió la apelación del Gobierno, pero mantiene la obligación de financiar a las universidades

El juez Martín Cormick concedió el recurso presentado por el Gobierno nacional contra el fallo que ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario, pero dispuso que continúe la ejecución de la medida cautelar. La Cámara deberá revisar la resolución mientras los gremios sostienen la marcha federal del 15 de octubre.

La disputa por el financiamiento universitario sumó una nueva instancia judicial sin modificar, por ahora, la obligación del Gobierno de cumplir con la cautelar vigente. El juez federal Martín Cormick concedió la apelación del Poder Ejecutivo contra la resolución que ordenó aplicar la Ley 27.795, pero dispuso que continúe el trámite para hacer efectiva esa medida mientras interviene la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

La resolución mantiene abierto el reclamo por la actualización de los salarios docentes y nodocentes, las partidas para el funcionamiento de las universidades nacionales y las becas estudiantiles. El tribunal de segunda instancia deberá determinar si confirma o revoca el fallo de primera instancia, mientras el expediente continúa su curso.

Los argumentos del Gobierno

El Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, cuestionó la medida por considerar que provoca perjuicios institucionales y compromete el equilibrio fiscal. En su presentación, sostuvo que la aplicación de la ley tendría efectos presupuestarios de gran magnitud sin identificar una fuente de financiamiento específica y suficiente.

La cartera también objetó la utilización del amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). Según su planteo, la vía judicial elegida no sería adecuada para resolver una controversia que requiere establecer montos, fuentes de recursos y alcances normativos.

El Ejecutivo argumentó, además, que el financiamiento debería instrumentarse mediante reasignaciones presupuestarias y advirtió que esa alternativa comprometería una proporción significativa de los créditos disponibles para gastos primarios. Para fundamentar su posición, invocó las leyes 24.629, 24.156 y 27.798, vinculadas con la administración y ejecución del gasto público.

La discusión enfrenta así dos cuestiones centrales: el alcance de una ley aprobada por el Congreso y la posición oficial de que su cumplimiento debe ajustarse a las reglas presupuestarias y a la disponibilidad de recursos.

Los gremios ratificaron la marcha del 15 de octubre

Mientras avanza la revisión judicial, las federaciones universitarias confirmaron la Quinta Marcha Federal Universitaria del 15 de octubre. La convocatoria se mantiene ante la falta de certezas sobre la aplicación efectiva de la ley y la recomposición de los ingresos del personal.

El titular de la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), Daniel Ricci, ratificó la movilización. La Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), que representa al personal nodocente, también anunció que sostendrá las medidas gremiales, incluidos paros escalonados en distintas instituciones.

Según las cifras difundidas por las organizaciones sindicales, el Gobierno habría cancelado el 21,3% de los montos reclamados, mientras que seguiría pendiente un 33,4% de la recomposición salarial y un 20% de los fondos vinculados con presupuesto y becas.

Con la concesión del recurso de apelación y la subsistencia de la medida cautelar, la controversia se eleva a la Cámara sin que se haya dirimido la cuestión presupuestaria. Simultáneamente, las entidades gremiales sostienen las medidas de fuerza como mecanismo de presión, demandando que la resolución judicial impacte de manera efectiva en el sistema universitario nacional.

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Milei y Sturzenegger avanzan con un nuevo plan de retiros voluntarios en el Estado

El Gobierno de Javier Milei prepara un nuevo régimen de retiros voluntarios para reducir la dotación de personal de la Administración Pública Nacional (APN). El proyecto, elaborado por la Secretaría de Transformación del Estado, a cargo de Maximiliano Fariña, bajo la conducción del ministro Federico Sturzenegger.

La iniciativa contempla compensaciones diferenciadas por edad y antigüedad, la eliminación de las vacantes y una prohibición de reingreso al Estado durante ocho años. La iniciativa también exige renunciar a la representación sindical y deja la aprobación de cada solicitud en manos de las autoridades de cada organismo.

La plan todavía debe completar su trámite para convertirse en una norma vigente. Entre sus principales condiciones figura la supresión del cargo presupuestario de cada trabajador que se retire, con la prohibición de cubrir esa vacante durante al menos dos años. El mecanismo busca que las desvinculaciones se traduzcan en una reducción efectiva de la estructura estatal.

El régimen alcanzaría al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. Quedarían excluidos, entre otros, integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad, personal del Servicio Exterior, organismos de inteligencia y cargos docentes. Tampoco podrían adherir quienes afronten determinados sumarios disciplinarios o procesos judiciales, ni quienes ya estén en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria.

Tres modalidades de compensación

El borrador divide a los posibles beneficiarios en tres grupos, con fórmulas de pago diferentes:
Próximos a la edad jubilatoria: mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no reúnan los aportes necesarios. Podrían optar por una prestación mensual equivalente al 60% del sueldo bruto habitual hasta alcanzar la edad jubilatoria, con un máximo de 36 meses, o por un pago calculado a razón de un sueldo por año de antigüedad, hasta 18 remuneraciones.

Con edad y aportes para jubilarse: mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 que reúnan los años de servicio requeridos. La compensación sería de un sueldo por año de antigüedad, con un tope de 18 salarios, más un adicional equivalente a cinco sueldos.

Trabajadores de menor edad: mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. Recibirían un sueldo por año trabajado, con un máximo de 20 remuneraciones, más una compensación adicional de cuatro o cinco sueldos según la antigüedad.

En los casos previstos de pago en cuotas, el proyecto establece desembolsos mensuales consecutivos y fija un límite de $20 millones para cada uno de los dos primeros pagos, con cancelación del saldo restante en una tercera cuota.

Restricciones para volver al Estado

Uno de los puntos centrales del borrador es la prohibición de reingresar al Sector Público Nacional durante ocho años desde la desvinculación. La restricción abarcaría distintas formas de contratación, incluidos cargos jerárquicos, asesorías y programas financiados por organismos internacionales. La excepción contemplada corresponde a la docencia en universidades nacionales.

Si una persona incumpliera esa condición, debería devolver la totalidad de la compensación recibida, actualizada por el índice de precios al consumidor (IPC), más un interés anual del 3%.

El texto también establece una condición que podría generar cuestionamientos sindicales: los empleados con mandato gremial vigente deberían renunciar a su condición de delegados y acreditar esa decisión al solicitar el retiro. La exigencia se extendería a quienes se hubieran postulado como candidatos sindicales.

La facultad de decisión final corresponderá a cada entidad

La incorporación al régimen tendrá carácter voluntario pero requerirá aprobación expresa. Los ministros, secretarios de la Presidencia y demás autoridades competentes estarán facultados para admitir o denegar las solicitudes por necesidades del servicio, conforme al procedimiento establecido en la propuesta.

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Minicuotas Ribeiro bajó la persiana definitiva y dejó a extrabajadores sin cobrar

La cadena de electrodomésticos cerró su local de Villa Mercedes, San Luis, donde había nacido en 1910. Llegó a contar con 87 sucursales y unos 2.500 empleados, pero su crisis financiera derivó en cierres, despidos y salarios pagados en cuotas. Años después, numerosos extrabajadores todavía reclaman las indemnizaciones adeudadas.

El deterioro financiero comenzó a hacerse visible con fuerza durante el gobierno de Mauricio Macri y, hacia fines de 2018, la compañía empezó a fraccionar el pago de los salarios en cuotas. La modalidad que había dado nombre a su negocio se convirtió así en una expresión de la incertidumbre que atravesaba su propia plantilla.

De la expansión al derrumbe

La historia de Ribeiro comenzó como un comercio de joyería, relojería y óptica fundado por Manuel Ribeiro. Con el paso de las décadas, incorporó electrodomésticos y desarrolló un sistema de financiación dirigido a personas que, por sus ingresos o su situación laboral, encontraban dificultades para acceder al crédito tradicional.

Las minicuotas comenzaron como experiencia piloto en 2001 y se lanzaron oficialmente en 2006. El mecanismo permitió ampliar la clientela y sostener la expansión territorial, pero no logró evitar el deterioro posterior de las cuentas de la empresa.

En 2019, Ribeiro solicitó un Procedimiento Preventivo de Crisis, cerró establecimientos y avanzó con despidos mientras buscaba un inversor que permitiera sostener la operación. La incorporación de un socio no se concretó y la reducción de la estructura comercial continuó.

La crisis también estuvo marcada por episodios que reflejaron la desesperación de los trabajadores ante la falta de pago. En Tartagal, una empleada llegó a iniciar una huelga de hambre para reclamar sus haberes. Ese mismo año, otro hecho ocurrido en una sucursal de Caballito expuso el grado de deterioro que atravesaban las relaciones laborales.

Una deuda que sobrevive al cierre

El final comercial de Ribeiro deja una cuenta pendiente: las indemnizaciones que numerosos exempleados todavía esperan cobrar. Durante el proceso de desvinculación, parte de los trabajadores recibió propuestas de pago en cuotas, pero las obligaciones denunciadas permanecieron sin resolución para quienes continúan reclamando.

Para esas familias, la desaparición de la marca no representa el cierre definitivo de la historia. A la pérdida del empleo se sumaron salarios adeudados, incertidumbre económica y años de espera por compensaciones que debían afrontar las consecuencias de los despidos.

El final de Ribeiro encierra una ironía dolorosa. La emblemática cadena, famosa por facilitar el consumo en pequeños pagos, claudicó al no poder afrontar sus propios compromisos con su personal. Hoy, tras el cierre definitivo de su última tienda tras un siglo de historia, el capítulo sigue abierto y amargo para los trabajadores que aún esperan el pago de sus deudas.

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