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EL Sindicato de Prensa de Buenos Aires cerró un nuevo acuerdo salarial para los trabajadores de prensa escrita, de diarios, sitios web periodísticos, revistas y agencias de noticias nacionales e internacionales bajo el CCT 301/75, es por cinco meses y barca septiembre-octubre-noviembre-diciembre.

El acuerdo sellado por el SIPREBA llegó tras casi dos meses de lucha, varias jornadas de asambleas en las redacciones y la votación unánime del plenario de delegados y delegadas, que dieron como resultado un acuerdo “una recomposición de hasta el 23,48% para los sueldos en diarios, revistas y agencias”.

En este marco, el SiPreBA detalló que la nueva recomposición salarial garantiza hasta 23,48% en la rama diarios y de hasta 25,26% para la revistas, sobre los salarios de agosto con tramos que van desde septiembre 2024 hasta enero 2025.

  •  Básicos de grillas salariales de convenio: 7% en octubre + 7% en diciembre sobre la base de agosto.
  •  Salarios reales: 6% en octubre + 4% en diciembre sobre la base de agosto.
  •  Gratificación extraordinaria de $40.000. Esta suma se liquidará de manera preferente durante diciembre. Con carácter de excepción, se podrá pagar la gratificación extraordinaria hasta el 31 de diciembre en caso que sean vouchers de supermercado, o bien podrá liquidarse hasta el 31 de enero, en caso de que se abone en dinero.
  •  Incorporación de los $40.000 a los salarios básicos a partir del 1 de enero.
  •  Colaboradores permanentes: 6% en octubre + 4% en diciembre sobre el valor de las colaboraciones de agosto.
  • Se pagará la gratificación por única vez tomando como base de cálculo el promedio del total de los ingresos brutos de las colaboraciones pagadas en los meses septiembre, octubre y noviembre. Si el promedio es igual o mayor al salario básico de redactor/a, se pagarán los $40.000, o su proporcional en caso de que sea menor.
  • El valor que se haya abonado en relación al concepto por gratificación por única vez para los colaboradores, se volverá a otorgar con una suma igual -que no se incorporarán de manera definitiva- que se pagará en las liquidaciones de enero.

El valor final de las colaboraciones que regirán a partir de enero 2025 se discutirá en la revisión del período paritario.

En este sentido desde el gremio que conduce Agustín Lecchi explicaron que: “Esta recomposición se alcanza luego de una compleja negociación que llevó más de dos meses de audiencias e incluyó un acuerdo parcial en agosto. Hubo asambleas, plenarios y jornadas de lucha con campañas, ceses de tareas, paros y movilizaciones, como las que nos llevaron hasta las sedes de Página/12 y de La Nación. Tal como en los tramos anteriores de este 2024, desde el plenario y la comisión directiva del SiPreBA -priorizamos concretar recomposiciones acordes a la inflación esperada y con características que permitan que sueldos más atrasados puedan recuperar puntos en términos reales. Nuestro objetivo es frenar la pérdida de poder adquisitivo y evitar una profundización de la crisis salarial que atravesamos hace muchos años y que empeoró con las medidas del gobierno nacional-“.

Para finalizar, informaron que la continuidad del período salarial 2024/2025 se discutirá a partir de la primera semana de febrero y en este sentido expresaron que desde “el SiPreBA insistimos en cada tramo paritario que las trabajadoras y los trabajadores de prensa debemos percibir un salario mínimo equivalente a la canasta básica total (CBT) y tener sueldos acordes a la tarea desempeñada por nuestros compañeros y compañeras.

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Día del Empleado de Comercio: supermercados, shoppings y grandes cadenas permanecen cerrados

Los empleados de comercio celebran este lunes 28 de septiembre su día, luego de que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias acordaran trasladar la conmemoración originalmente prevista para el sábado 26. La jornada tiene los mismos efectos laborales que un feriado nacional para quienes están comprendidos en la actividad mercantil.

Por esa razón, supermercados, shoppings, grandes tiendas y otras cadenas comerciales permanecen cerrados, salvo aquellos establecimientos cuyos trabajadores sean convocados a prestar servicios bajo las condiciones previstas por la legislación vigente.

La fecha está contemplada por la Ley 26.541, sancionada en 2009, que estableció el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio y dispuso que la jornada tenga carácter de feriado nacional obligatorio para sus trabajadores.

El traslado al lunes no modifica esos derechos. Si un empleado debe trabajar, corresponde aplicar las condiciones previstas para un feriado en materia de remuneración. Además, la jornada no puede ser utilizada como franco compensatorio del descanso semanal, una precisión que adquiere particular relevancia al coincidir la fecha original con un sábado.

La conmemoración tiene un antecedente histórico que se remonta a 1934, cuando el Congreso sancionó la Ley 11.729, impulsada por el diputado socialista Enrique Dickmann. La norma modificó disposiciones del Código de Comercio e incorporó derechos que marcaron una etapa decisiva en la legislación laboral argentina, entre ellos indemnizaciones por despido, vacaciones pagas, aguinaldo y disposiciones vinculadas con accidentes de trabajo y maternidad.

Aquel proceso se inscribió en una etapa de expansión de los derechos laborales que también había incorporado el descanso dominical, sancionado en 1905, y la regulación de la jornada laboral. Para el sindicalismo mercantil, esas conquistas constituyen parte de una tradición que comenzó mucho antes de la creación de la actual normativa específica.

El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que regula las condiciones laborales de los trabajadores, incorporó posteriormente el 26 de septiembre como jornada de celebración del gremio. Décadas después, la Ley 26.541 otorgó a esa fecha el alcance laboral que conserva actualmente.

A casi un siglo de aquella reforma, el Día del Empleado de Comercio mantiene una doble dimensión: constituye una jornada de descanso para millones de trabajadores mercantiles y, al mismo tiempo, funciona como una referencia histórica sobre la evolución de la legislación laboral argentina y el papel que tuvieron las organizaciones sindicales en su construcción.

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Estatales sanjuaninos cobrarán sus haberes de septiembre este miércoles

Los empleados de la Administración Pública Provincial de San Juan tendrán acreditados sus haberes correspondientes a septiembre este miércoles 30, según informó el Ministerio de Economía, Finanzas y Hacienda de la provincia.

A partir de esa fecha, los trabajadores podrán disponer de sus salarios mediante los cajeros automáticos, que permanecen habilitados durante las 24 horas. De esta manera, una vez efectivizado el depósito, cada agente podrá retirar o utilizar sus fondos sin necesidad de esperar el inicio de la jornada bancaria.

El Gobierno recordó la vigencia del servicio Visa Extra Cash, que permite retirar dinero en efectivo con tarjeta de débito en comercios adheridos como supermercados y estaciones de servicio.

La acreditación comprende a los trabajadores de la Administración Pública Provincial y corresponde a los haberes del mes de septiembre de 2026. La fecha fue comunicada oficialmente por la cartera económica, que de este modo estableció el cronograma de disponibilidad de los salarios estatales.

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Docentes universitarios profundizan la protesta y convocan a un paro desde el 30 de septiembre

Universidades: rechazo al 3%, nuevo paro y una quinta Marcha Federal en octubre
Paritaria universitaria: los docentes reclaman una recomposición del 33,4%
El conflicto universitario suma otro paro y queda atravesado por una disputa judicial
Universidades nacionales: paro desde el miércoles y presión para aplicar la Ley 27.795
Docentes universitarios vuelven al paro antes de la Marcha Federal de octubre

CONADU resolvió un paro total de actividades de entre 48 y 72 horas desde el miércoles 30 de septiembre. La medida quedó condicionada a que el Gobierno aplique antes del martes 29 la recomposición salarial que los gremios reclaman en el marco de la Ley 27.795. La disputa también llegó a la Justicia, que intimó al Ejecutivo a cumplir una cautelar en cinco días.

La huelga, sin embargo, quedó sujeta a una condición: los gremios anticiparon que podría levantarse si el Gobierno nacional efectiviza antes del martes 29 la recomposición salarial del 33,4% que reclaman en aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La última propuesta oficial había sido del 3%, porcentaje rechazado por las organizaciones sindicales.

La Ley 27.795, sancionada en 2025 luego de que el Congreso insistiera con dos tercios de los votos frente al veto presidencial, establece en su artículo 5 la actualización de los salarios docentes y no docentes tomando como referencia la variación del IPC desde diciembre de 2023. También dispone actualizaciones periódicas en las negociaciones paritarias. El artículo 6 establece la recomposición de las becas estudiantiles según la evolución de los precios.

La disputa incorporó en los últimos días un nuevo capítulo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, intimó al Estado nacional a cumplir en un plazo de cinco días con la medida cautelar vinculada con los artículos 5 y 6 de la ley, bajo apercibimiento de aplicar multas por cada jornada de demora.

El Gobierno, en cambio, sostiene que ya cumplió con la cautelar y anunció que apelará la última resolución ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La controversia judicial se suma así a una negociación paritaria que permanece sin acuerdo.

Para Clara Chevalier, secretaria general de CONADU, la respuesta sindical debe sostener la organización colectiva frente a la fragmentación que, según afirmó, caracteriza el momento político y laboral. Su planteo acompañó la decisión de profundizar las medidas hasta la próxima movilización nacional.

El paro se inscribe además en una secuencia de protestas que tendrá otro punto central el 15 de octubre, cuando se realizará la quinta Marcha Federal Universitaria. Los gremios prevén llevar allí el reclamo salarial, la aplicación de la Ley 27.795 y la discusión sobre el financiamiento de las universidades en el Presupuesto 2027.

De este modo, el conflicto universitario llega a una nueva instancia con tres frentes simultáneos: una paritaria sin acuerdo, una disputa judicial por la aplicación de una ley sancionada por el Congreso y un calendario gremial que se extenderá hasta octubre. La definición sobre el aumento salarial antes del martes 29 determinará si el paro comienza el miércoles o si las partes encuentran una salida de último momento.

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