La CGT advierten que si la negociación con el Gobierno no da resultados «iremos al conflicto»
El secretario adjunto de la CGT y titular de UPCN, Andrés Rodríguez, se refirió a la reglamentación del Impuesto a las Ganancias decretada este lunes por el gobierno nacional y a la relación de la central con el Ejecutivo a cargo de Javier Milei tras la reunión de la cúpula de la central con el secretario de Trabajo, Julio Cordero.
Rodríguez explicó que “como la CGT como entidad de tercer grado no puede colectivamente representar todos los casos en el tema de Ganancias, pero sí cada sindicato que tiene en sus filas trabajadores afectados por este alcance del impuesto, por lo tanto los gremios están presentando causas judiciales y también lo puede hacer cualquier trabajador”, explicó y afirmó que la estrategia fue “analizada y aprobada por la CGT”.
En esa línea, sostuvo que desde el gremio que conduce, “vamos a evaluar qué cantidad de trabajadores alcanzados hay, ya que si es mínima no tendría tanto sentido iniciar la acción judicial”, subrayó.
Consultado por Futurock, acerca de si el gobierno había incumplido lo pactado en la reunión de la semana pasada con Cordero respecto a la reglamentación de Ganancias, el dirigente estatal aseguró que “no hicimos un pedido por la reglamentación de Ganancias, sino que fuimos a ver cómo se iba a reglamentar la reforma laboral de la Ley de Bases para participar en esa reglamentación”, expresó.
A su vez, aclaró que desde la CGT, “estamos esperando porque supuestamente esta semana el secretario de Trabajo iba a tener una reunión con los empresarios y de ahí surgiría una mesa tripartita para analizar el tema”, afirmó.
Sobre Ganancias, explicó que el reclamo llevado a la reunión había sido, “para que por lo menos se levantarán los pisos del impuesto, porque esas cifras que surgieron fueron analizadas en enero y hubo un proceso inflacionario lo suficientemente importante como para actualizarlo, lo que lamentablemente no fue escuchado”, remarcó.
Rodríguez también respondió a los recientes dichos del secretario general de la CGT, Pablo Moyano quién aseguró que “hay debate dentro de la CGT” en torno a la relación y el diálogo con el gobierno, “No es como dijo Pablo, la CGT está unida y tiene matices como tiene cualquier organización, pero la central se viene reuniendo con todos sus integrantes, representan a los grandes gremios o los más chicos, y se vienen debatiendo las políticas adecuadas para enfrentar la realidad”, manifestó.
El gremialista aclaró que, dentro del universo gremial, “todos estamos en contra de un montón de realidades que genera el gobierno en materia laboral, lo hemos ejercido y declarado entre todos”, aseguró.
Asimismo, aclaró que el debate actual en la central es en torno a una “medida táctica y coyuntural”, pero que, “lo que está en juego no es una disidencia interna, sino una política lo más acertadamente posible para neutralizar muchas de las medidas laborales que lamentablemente tiene este gobierno en contra de los trabajadores”, subrayó.
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Nafta sin freno: sube más que la inflación y agrava la pérdida de ingresos
La liberalización del mercado de combustibles y la adopción de ajustes dinámicos atados al precio internacional del crudo reconfiguran el sistema energético argentino. Con aumentos que superan ampliamente la inflación y los salarios, el nuevo esquema presiona sobre el consumo, la producción y el ingreso disponible de los hogares.
Desde la asunción del presidente Javier Milei, el mercado de combustibles atraviesa una transformación estructural marcada por la desregulación y la reducción de la intervención estatal. En este nuevo escenario, las petroleras adoptaron un esquema de actualización permanente de precios —denominado en el sector como “micropricing”— que replica con mayor rapidez las fluctuaciones del mercado internacional del petróleo.
El resultado es una aceleración sostenida en los surtidores. A fines de marzo, el litro de nafta supera los 2.000 pesos, consolidando una cadena de aumentos que, según un informe del Instituto Argentina Grande, acumula una suba del 514% desde el cambio de gobierno, con un incremento real del 56,9%. El dato contrasta con una inflación acumulada del 291,9% y un crecimiento de los salarios privados registrados del 288%, evidenciando un deterioro relativo del poder adquisitivo frente al costo energético.
La tendencia no sólo se mantiene sino que se profundiza. En lo que va del año, el precio de los combustibles aumentó un 18,7%, prácticamente el doble del ritmo inflacionario del período, mientras que los salarios avanzaron apenas un 6,7%. La brecha entre ingresos y costos energéticos se amplía, consolidando un escenario de presión sobre el consumo y la actividad.
El contexto internacional actúa como catalizador de este proceso. La escalada de tensiones en Medio Oriente —particularmente el conflicto entre Estados Unidos e Irán— impactó en el precio del barril de crudo, trasladando volatilidad a los mercados globales. En el plano local, la decisión oficial de acompañar esas variaciones sin mecanismos de amortiguación amplifica su impacto directo en los precios internos.
Desde el IAG cuestionan la ausencia de una estrategia para desacoplar los valores locales de las fluctuaciones externas, y comparan el enfoque con políticas de menor regulación como las impulsadas durante la presidencia de Donald Trump en Estados Unidos.
El peso en el bolsillo
El encarecimiento de los combustibles excede su impacto directo en el gasto cotidiano. Se trata de un insumo transversal cuya incidencia se extiende a toda la estructura de costos de la economía. Transporte, logística, alimentos y producción industrial absorben estos incrementos y los trasladan —con distinta intensidad— al resto de los precios.
En este sentido, los ingresos muestran un rezago persistente. El informe del IAG señala una caída real del 3,5% en los salarios privados, mientras que en el sector público nacional el retroceso alcanza el 37,2% respecto de los niveles previos al cambio de gestión. A su vez, los gastos fijos —entre ellos tarifas y transporte— duplicaron su peso en el salario mediano, pasando del 4,8% al 10,8%.
Este deterioro impacta en el ingreso disponible de los hogares, que descendió del 80,1% al 76% del salario en trabajadores registrados. Como contracara, crece el endeudamiento: el 47% de las familias recurre a financiamiento para sostener el consumo, mientras que el 13,9% mantiene deudas con entidades financieras. La morosidad, en tanto, alcanzó al 10,6% en enero de 2026, el nivel más alto en veinte años.
A este panorama se suma la carga impositiva. El impuesto a los combustibles incrementó su participación en el precio final, pasando del 10% en 2022 al 22% en marzo de 2026. Según el ministro bonaerense Gabriel Katopodis, esto implica que cerca de 400 pesos de cada litro corresponden a tributos, lo que reabre el debate sobre el destino y la eficiencia de esos recursos.
El esquema vigente combina tres factores que potencian la presión sobre los precios: liberalización del mercado, alta carga impositiva y plena exposición a las variaciones internacionales. Esta tríada configura un sistema sensible a shocks externos y con escasos mecanismos de contención interna.
El “micropricing” introduce, además, un cambio cualitativo en la dinámica inflacionaria. Al permitir ajustes más frecuentes, reduce los rezagos entre costos y precios, pero al mismo tiempo incrementa la percepción de inestabilidad y dificulta la planificación tanto para consumidores como para empresas.
En términos macroeconómicos, el encarecimiento del combustible actúa como un factor de segunda ronda: no sólo impacta directamente en el índice de precios, sino que se filtra en toda la cadena productiva, amplificando sus efectos sobre la inflación general.
El precio de los combustibles se convirtió en una variable clave del actual esquema económico. Su evolución, cada vez más atada al mercado internacional y menos regulada a nivel local, redefine el costo de vida y tensiona la relación entre ingresos y gastos. La discusión de fondo —el rol del Estado en la regulación de un insumo estratégico— permanece abierta en un marco donde la energía no sólo mueve la economía, sino que también condiciona su estabilidad social.
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Semana Santa segura: San Juan despliega un operativo con 2.800 efectivos en toda la provincia
Desde el 1 al 5 de abril, la Policía de San Juan implementará un operativo integral con controles viales, patrullajes permanentes y cobertura especial en zonas turísticas y eventos masivos. El objetivo es garantizar la seguridad de residentes y visitantes durante uno de los fines de semana más convocantes del año.
En el marco del fin de semana de Semana Santa, la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público puso en marcha un amplio dispositivo preventivo que abarcará todo el territorio provincial. El operativo comenzará el miércoles 1 de abril y se extenderá hasta el domingo 5, con una presencia activa y sostenida de las fuerzas de seguridad en rutas, zonas urbanas y puntos turísticos estratégicos.
El despliegue contará con la participación de 2.800 efectivos policiales, quienes llevarán adelante controles viales, patrullajes permanentes y tareas de prevención. La estrategia apunta a ordenar la circulación vehicular, reducir riesgos y acompañar el desarrollo de las múltiples actividades previstas durante estas jornadas, caracterizadas por un importante flujo de turistas.
Uno de los ejes centrales será el refuerzo de controles en rutas provinciales y accesos principales, donde se intensificarán las verificaciones de documentación y los test de alcoholemia. Estas medidas buscan desalentar conductas imprudentes y garantizar traslados seguros para quienes se movilicen dentro y fuera de la provincia.
En este aspecto, los departamentos con mayor afluencia turística contarán con una presencia policial reforzada para asegurar el normal desarrollo de eventos religiosos, culturales y recreativos. Entre los puntos destacados figura el paraje Difunta Correa, uno de los centros de peregrinación más importantes del país, donde se implementará un plan especial de cobertura y asistencia sobre las rutas 20 y 141 ante la llegada masiva de fieles.
Asimismo, habrá dispositivos de seguridad en áreas como Sierras Azules y en la localidad de Rodeo, donde se desarrollará el evento de kitesurf Big Air, una de las propuestas deportivas que también convocan a visitantes durante estas fechas.
De manera complementaria, el operativo incluirá patrullajes barriales las 24 horas en el Gran San Juan, cobertura en fiestas gauchas organizadas en distintos departamentos y presencia en el cierre del campeonato de ciclismo en ruta, consolidando un esquema integral de prevención.
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Suspensión de artículos estratégicos: impacto directo en indemnizaciones, sindicatos y derecho de huelga
La medida cautelar dictada por el juez Raúl Ojeda no solo suspendió un conjunto amplio de artículos, sino que impactó directamente sobre los ejes estructurales de la reforma laboral. Indemnizaciones, negociación colectiva, poder sindical, jornada laboral y teletrabajo quedaron bajo revisión judicial en una decisión que redefine, al menos temporalmente, el alcance de la ley.
El fallo de la Justicia Nacional del Trabajo no se limitó a un cuestionamiento formal de la Ley 27.802: avanzó sobre su arquitectura central. La suspensión cautelar recae sobre disposiciones consideradas estratégicas por el Gobierno, lo que en la práctica neutraliza los principales vectores de transformación del sistema laboral argentino.
Indemnizaciones y sistema de despido: suspensión total del nuevo esquema
Uno de los núcleos más relevantes alcanzados por la cautelar es el Título II (artículos 58 a 77), que establecía la creación de los Fondos de Asistencia Laboral. Este mecanismo buscaba reemplazar o complementar el régimen tradicional de indemnizaciones por despido mediante sistemas de capitalización sectorial o empresarial.
La suspensión implica que continúa vigente el esquema clásico de indemnización por antigüedad previsto en la Ley de Contrato de Trabajo, desactivando uno de los instrumentos clave diseñados para reducir la litigiosidad y previsibilidad de costos laborales.
Principios rectores del derecho laboral: se mantienen sin alteraciones
El fallo también deja sin efecto modificaciones a principios estructurales del derecho del trabajo, contenidos en múltiples artículos (entre ellos, 1, 3, 6, 9 y concordantes). En consecuencia, permanecen inalterados:
El principio de irrenunciabilidad de derechos.
El criterio interpretativo “in dubio pro operario”.
La presunción de existencia de relación laboral frente a situaciones dudosas.
La suspensión de estas reformas impide, por el momento, cualquier reinterpretación normativa que pudiera flexibilizar estos pilares históricos de protección al trabajador.
Responsabilidad empresaria y tercerización: continuidad del régimen vigente
Quedaron también en suspenso los artículos que modificaban la responsabilidad solidaria en casos de tercerización y en estructuras de grupos económicos. Esto implica que se mantiene el criterio amplio de responsabilidad del empleador principal frente a incumplimientos laborales en cadenas productivas, un punto central en la disputa entre sectores sindicales y empresariales.
Negociación colectiva y poder sindical: freno a la reconfiguración del sistema
La cautelar impacta de lleno en el capítulo sindical (artículos 131 a 149), que proponía cambios sustanciales en el funcionamiento de la negociación colectiva. Entre los aspectos más relevantes que quedaron suspendidos se destacan:
La limitación o modificación del régimen de ultraactividad de los convenios colectivos.
La prioridad de convenios de empresa por sobre los de actividad.
Cambios en los aportes sindicales y mecanismos de financiamiento.
Reformas en la integración y funcionamiento de las comisiones paritarias.
La decisión judicial preserva, así, el esquema tradicional de negociación colectiva, evitando una descentralización que podía alterar el equilibrio de poder entre empleadores y sindicatos.
Derecho de huelga: se mantiene el marco actual
El artículo 101, que ampliaba los servicios esenciales y restringía el alcance de las medidas de fuerza, también fue suspendido. En consecuencia, continúan vigentes los criterios actuales sobre el ejercicio del derecho de huelga, sin las nuevas limitaciones previstas por la reforma.
Jornada laboral y condiciones de trabajo: sin cambios en la regulación vigente
Los artículos 100 y 208, que introducían modificaciones en la jornada de trabajo y eliminaban ciertas disposiciones preventivas frente a abusos, quedaron sin efecto provisional. Esto implica que se mantienen los límites y protecciones tradicionales en materia de duración del trabajo.
Teletrabajo y nuevas modalidades: se preserva la normativa vigente
La suspensión del artículo 199 impide la derogación de la ley de teletrabajo, por lo que continúan vigentes las regulaciones específicas sobre esta modalidad, incluyendo derechos vinculados a la desconexión digital y provisión de herramientas.
Competencia judicial: se sostiene el fuero laboral
El artículo 79, que pretendía trasladar determinadas causas al fuero contencioso administrativo cuando el Estado fuera parte, también quedó suspendido. De este modo, la Justicia del Trabajo conserva su competencia natural en estos conflictos.
Sectores específicos: casas particulares y trabajo agrario
La cautelar alcanza además reformas sensibles en regímenes particulares:
En casas particulares (artículo 107), queda sin efecto la ampliación del período de prueba.
En trabajo agrario (artículo 111), se mantiene el esquema vigente de responsabilidad solidaria.
Normas antifraude y litigiosidad: continúan las sanciones vigentes
Finalmente, la suspensión del artículo 207 preserva las sanciones frente a conductas temerarias o dilatorias del empleador en juicio, un instrumento clave para desalentar prácticas abusivas en el ámbito judicial.
La medida cautelar no solo detiene la aplicación de artículos aislados, sino que desactiva —al menos de manera transitoria— los ejes vertebrales de la reforma laboral. Indemnizaciones, negociación colectiva, poder sindical y regulación del conflicto quedan, así, bajo un régimen de continuidad normativa.
El proceso judicial que se abre a partir de este fallo será determinante: no solo definirá la constitucionalidad de la ley, sino también el modelo de relaciones laborales que regirá en la Argentina en los próximos años.
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