El Gobierno de San Juan confirmó un nuevo aumento en el boleto de colectivo
El Ministerio de Gobierno de San Juan informó que a partir del martes 18 de junio de 2024, comenzará a regir oficialmente un aumento en el boleto de colectivo, de acuerdo a lo acordado con las empresas de transporte público.
En este sentido, la primera sección tendrá un valor de $560, el escolar costará $187 y el boleto docente $280. Esta nueva tarifa se verá impactada en el sistema SUBE en un plazo aproximado de 15 días.
Asimismo, solicitaron a los estudiantes de todos los niveles de instituciones públicas y privadas registrar su tarjeta SUBE para poder tener el beneficio del boleto diferenciado (estudiantes pagarán $187 y docentes $280) en la página www.boletoescolar.gob.ar
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Revés para el Gobierno: La Justicia del Trabajo retiene la causa de la reforma laboral
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 rechazó el intento oficial de trasladar la causa al fuero contencioso administrativo y ratificó que el conflicto por la Ley 27.802 debe resolverse en la Justicia del Trabajo. La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En una resolución de alto impacto institucional, el juez Raúl Ojeda desestimó la estrategia del Gobierno nacional para desplazar la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo reafirma que la controversia debe tramitar en el ámbito laboral, al considerar que el núcleo del litigio está directamente vinculado con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
La decisión desactiva el intento del Ejecutivo de radicar el expediente en el fuero contencioso administrativo federal bajo el argumento de que la norma cuestionada pertenece al derecho público. El magistrado fue categórico al rechazar ese planteo: la competencia no se define por la calidad de las partes involucradas, sino por la materia en discusión. Bajo ese criterio, sostuvo que el caso involucra institutos centrales del derecho del trabajo, como convenios colectivos, derecho de huelga, régimen indemnizatorio, período de prueba y libertad sindical.
El pronunciamiento introduce, además, un razonamiento de fondo que excede la cuestión formal. Al caracterizar la materia como “exclusivamente de derecho social”, el juez refuerza la especialidad del fuero laboral y delimita el terreno en el que deberá dirimirse la controversia.
Esa definición no es menor: implica que cualquier análisis sobre la validez de la reforma deberá contemplar estándares propios del derecho laboral y de los tratados internacionales que protegen estos derechos.
La estrategia oficial, sin respaldo judicial
El Estado nacional había promovido la inhibitoria con el objetivo de modificar el ámbito de resolución del expediente. Sin embargo, el fallo desmonta ese intento con un argumento central: la presencia del Ejecutivo como parte no altera la naturaleza del conflicto. En esa línea, la resolución deja en claro que el debate gira en torno a derechos laborales sustantivos, lo que vuelve improcedente su tratamiento fuera del fuero especializado.
A su vez, el magistrado advierte que el traslado del expediente en esta instancia implicaría una alteración significativa del proceso en curso. La causa ya se encuentra inscripta en el registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agrupa múltiples presentaciones de sindicatos y federaciones. Un cambio de jurisdicción, sostiene, afectaría la economía procesal y podría generar incertidumbre jurídica.
Reforma en revisión judicial
Aunque la resolución no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de la Ley 27.802, introduce consideraciones que anticipan la dificultad del debate. La demanda impulsada por la CGT cuestiona una serie de artículos por presunta regresión en derechos laborales y sindicales, en posible contradicción con garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el país.
En ese aspecto, el fallo deja abierta la discusión sobre principios como la progresividad de los derechos sociales, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical. Incluso desliza que eventuales modificaciones orientadas a limitar la competencia del fuero laboral podrían enfrentar objeciones desde el control de constitucionalidad y convencionalidad.
El juez natural, en el centro del debate
Otro de los ejes relevantes del pronunciamiento es la defensa del principio de juez natural. El magistrado advierte que apartar la causa del fuero laboral podría comprometer garantías esenciales del debido proceso. Para sostener esta posición, recurre a estándares internacionales que subrayan la necesidad de tribunales especializados en materia laboral, una exigencia vinculada al acceso efectivo a la justicia. La advertencia no es menor: una eventual desviación de esos parámetros podría exponer al Estado argentino a responsabilidades en el plano internacional.
Definición pendiente
Con el rechazo de la inhibitoria, la controversia sobre la competencia será ahora resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Su dictamen marcará el rumbo inmediato del expediente y condicionará el desarrollo del litigio en torno a la reforma laboral.
El fallo consolida la centralidad del fuero laboral en el tratamiento de la Ley 27.802 y redefine el tablero judicial en el que se disputará su validez. Más allá del resultado final, la resolución fija un criterio claro: los conflictos que involucran derechos del trabajo deben ser analizados por los tribunales especializados en la materia. En ese terreno se jugará, de ahora en más, el destino de una de las reformas más controvertidas del actual Gobierno.
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Per saltum y pulseada institucional: el Gobierno busca reactivar su reforma laboral en la Corte
El Ejecutivo presentó un recurso extraordinario por per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir la medida cautelar que suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral. Cuestiona la competencia del fuero laboral y la legitimación de la CGT.
El Gobierno de Javier Milei decidió acelerar el frente judicial y solicitó la intervención directa del máximo tribunal para restablecer la vigencia de la Ley N.º 27.802, eje de su programa de reformas en materia laboral. A través de un per saltum —una herramienta excepcional que permite eludir instancias intermedias— el Ejecutivo busca dejar sin efecto la cautelar dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que frenó aspectos centrales de la norma.
La presentación, impulsada por la Procuración del Tesoro, pone el foco en la necesidad de una resolución urgente. Según el escrito, la continuidad de la medida judicial implica un perjuicio institucional y económico de magnitud, al impedir la aplicación de modificaciones consideradas estratégicas por la administración nacional. Entre ellas se destacan cambios en el régimen de indemnizaciones, la ampliación de la jornada laboral bajo ciertos esquemas y nuevas regulaciones sobre la actividad sindical.
El Ejecutivo sostiene que la apelación concedida por la justicia laboral tuvo efecto devolutivo —es decir, sin suspender la vigencia de la ley—, por lo que entiende que la cautelar carece de sustento para paralizar su implementación. En ese sentido, plantea que la intervención de la Corte constituye la única vía eficaz para restablecer el orden jurídico que, a su criterio, fue alterado.
El escrito también despliega una batería de cuestionamientos al trámite judicial. Se mencionan obstáculos en el acceso al expediente, notificaciones incompletas y plazos considerados exiguos, además de inconsistencias en el tratamiento de cuestiones de competencia y legitimación. Uno de los puntos más controvertidos es la crítica a la capacidad de la CGT para representar al conjunto de los trabajadores sin acreditar una afectación concreta, lo que —según el Gobierno— debilita la validez de la acción colectiva.
Asimismo, se objeta la conducta del magistrado interviniente, quien modificó parcialmente su propia resolución pocos días después de haberla dictado. Para el Ejecutivo, ese giro refleja apresuramiento y falta de solidez en los fundamentos iniciales.
La decisión de recurrir al per saltum no es menor. Se trata de un mecanismo utilizado en contadas ocasiones dentro del sistema judicial argentino y reservado para situaciones que, por su trascendencia institucional, requieren una definición inmediata del máximo tribunal. Con este movimiento, la administración Milei busca no solo revertir el freno judicial, sino también obtener un pronunciamiento que siente precedente sobre los alcances del control judicial en reformas estructurales.
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Impacto ambiental: La Rioja suspende actividades en Josemaría y condiciona un proyecto clave para San Juan
Una resolución de la Justicia de La Rioja dispuso la suspensión por 30 días de las actividades vinculadas al proyecto minero Josemaría. La medida obliga a la empresa a presentar estudios ambientales en territorio riojano y genera incertidumbre sobre uno de los desarrollos extractivos más relevantes del país.
Una decisión judicial adoptada en La Rioja alteró el curso de uno de los emprendimientos mineros más ambiciosos de la región cuyana. La jueza María Greta Decker ordenó la paralización por 30 días de las tareas vinculadas al proyecto Josemaría, a partir de una presentación impulsada por el gobierno riojano.
La resolución alcanza a la firma operadora Vicuña S.A. y establece como condición indispensable la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental que contemple las implicancias del emprendimiento sobre territorio de la provincia vecina. Sin ese requisito aprobado, no podrán retomarse las actividades.
El fallo se apoya en el principio preventivo y se instrumentó mediante una medida autosatisfactiva, una herramienta jurídica que permite actuar con rapidez frente a la posibilidad de daños ambientales. Desde la administración riojana argumentaron que la empresa no cumplió con requerimientos previos vinculados al uso de infraestructura local, especialmente el corredor vial que conecta con el yacimiento.
El secretario de Ambiente de esa provincia, Santiago Azulay, sostuvo que los efectos del proyecto exceden los límites geográficos y podrían impactar en comunidades como Guandacol y Villa Unión. Entre los puntos señalados figuran el tránsito intensivo de vehículos pesados, la dispersión de partículas y la contaminación sonora.
La medida judicial también dispuso restricciones sobre el camino de Guandacol, principal vía logística hacia el emprendimiento, actualmente bajo control policial. Esta limitación genera un cuello de botella operativo que afecta la planificación de obras y el movimiento de equipos.
Un proyecto estratégico bajo presión
El desarrollo de Josemaría forma parte del denominado distrito Vicuña, un conglomerado minero de escala internacional que incluye también el yacimiento Filo del Sol. Ubicado en San Juan, el proyecto prevé inversiones millonarias y una proyección productiva significativa en cobre, oro y plata durante varias décadas.
Para San Juan, la paralización representa un contratiempo relevante en términos económicos y de generación de empleo, dado el peso estratégico que la actividad minera tiene en su matriz productiva. A su vez, la decisión introduce un elemento de complejidad institucional al involucrar competencias ambientales de distintas jurisdicciones.
Desde La Rioja no descartan avanzar hacia instancias judiciales superiores en caso de incumplimiento, lo que podría derivar en la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina.
La suspensión dispuesta por la Justicia riojana reconfigura el futuro inmediato de un proyecto central para la minería argentina. Más allá del plazo fijado, el episodio instala un debate de fondo sobre la coordinación interprovincial en materia ambiental y la necesidad de reglas claras para emprendimientos de gran escala. El desenlace de este proceso no solo definirá el avance de Josemaría, sino que también sentará precedentes sobre el equilibrio entre desarrollo productivo y resguardo ambiental en el país.
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