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A diferencia del Potenciar Trabajo, los nuevos programas no ajustan sus montos por inflación. conocé cuáles son los requisitos.

El gobierno de Javier Milei tiene por lo menos un par de premisas básicas para reemplazar al

El gobierno de Milei tiene por lo menos un par de premisas básicas para reemplazar al Potenciar Trabajo: dividir en dos las asistencias, bajo las denominaciones Volver al Trabajo y Acompañamiento Social, con gastos licuados por inflación y sin próximos aumentos. Todo al mando de Capital Humano, el ministerio de Sandra Pettovello.

Fuentes oficiales precisaron que los beneficiarios cobrarán $78.000 en abril, es decir, el mismo monto que en marzo pagó el Potenciar Trabajo y confirmaron que no hay aumentos en estos programas porque se desliga la suba de esta asignación del Salario Mínimo Vital y Móvil (el Potenciar Trabajo era equivalente al 50% de este).

En febrero de este año desde el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, se anunció la redefinición y segmentación del Plan Potenciar Trabajo en dos programas especializados: “Volver al Trabajo» y el «Programa de Acompañamiento Social», con el objetivo de optimizar la estrategia de inclusión social y laboral.

Qué pasa con los que ya están

Cabe mencionar que quienes estén en el programa Potenciar Trabajo no tendrán que reempadronarse, ya que el propio sistema los derivará a “Volver al Trabajo” o “Acompañamiento Social”.

Los principales cambios que presentan estos nuevos programas es que implementarán mecanismos que disminuyan la posibilidad de control y manejo discrecional de los recursos que tenían las Unidades de Gestión encargadas de coordinar y administrar las prestaciones y proyectos del programa.

Según se detalló desde el propio Ministerio de Capital Humano, con Potenciar Trabajo, estas unidades recibían alrededor de U$D 34 millones anuales para la realización de actividades y cursos que, de acuerdo con lo que informaron en la cartera conducida por Pettovello «no resultaron eficientes para la generación de empleo».

Además se eliminan las planillas de asistencia que permitían a las unidades ejercer un control sobre quién recibía los pagos.

«Volver al trabajo», el nuevo Potenciar Trabajo

Este programa, según el Ministerio, apunta a «fortalecer las habilidades laborales y mejorar la empleabilidad, con el fin de incorporar a las personas al trabajo formal y al mercado».

«Busca proporcionar asistencia y orientación para la búsqueda de empleo; intermediación entre los beneficiarios y quienes sean potenciales empleadores; capacitaciones y cursos orientados a mejorar las habilidades laborales, certificaciones, prácticas formativas y promoción de emprendimientos. Además, con Volver al Trabajo se garantiza la terminalidad de la educación formal», indicaron.

Otra novedad es que este refuerzo puede ser complementado con un trabajo con ingresos menores a tres Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a $540.000 mensuales, y el beneficiario mantendrá la ayuda social por dos años. Los requisitos para acceder al mismo: tener entre 18 y 49 años.

Acompañamiento Social

En este programa, el foco está destinado a personas que se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad social y que anteriormente eran beneficiarios del programa Potenciar Trabajo.

El objetivo es poder proporcionarles asistencia inmediata, así como también acompañarlos en la construcción de capacidades y en el fortalecimiento familiar.

Podrán acceder a este programa sujetos mayores de 50 años, madres de cuatro o más hijos, así como adultos mayores que enfrentan problemas de salud. Las familias que formen parte del mismo tendrán que realizarse controles de salud y educación.

En Acompañamiento Social se organizarán talleres sobre educación, salud, nutrición, y derechos humanos; se ayudará en la identificación y aprovechamiento de oportunidades económicas con el fin de ayudar al incremento de ingresos en la familia.

Además se brindará asistencia técnica para motivar emprendimientos socio-productivos, así como el apoyo financiero y técnico para proyectos que fomenten la economía solidaria.

Además, se brindará asesoramiento para el proceso jubilatorio y la implementación de prestaciones para asegurar la nutrición adecuada del hogar.

Dicho programa tendrá una duración de dos años, pero podrán prorrogarlo en función de su éxito y eficacia. Es necesario destacar que los beneficiarios de alguno de los dos programas pueden participar del otro, independientemente de la segmentación que se llevó a cabo, de acuerdo con la información que brinda la web oficial del ministerio.

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Sube el colectivo en San Juan: el boleto mínimo costará $1.300

El transporte público en San Juan vuelve a encarecerse. A partir de la última resolución oficial, el valor del boleto mínimo se fijó en $1.300, en una decisión adoptada por la Secretaría de Tránsito y Transporte dependiente del Ministerio de Gobierno provincial.

La actualización constituye el segundo ajuste tarifario en lo que va del año. El antecedente inmediato se remonta al 1 de enero, cuando el pasaje había experimentado un incremento significativo del 34%, llevando la tarifa a $1.070. Con la nueva suba, el acumulado en apenas cuatro meses supera el 21%, consolidando un encarecimiento sostenido del servicio.

Desde el Ejecutivo explicaron que la medida responde a la evolución de los costos operativos del sistema. Entre los factores determinantes se destacan el encarecimiento de los combustibles y la actualización de los salarios del personal, dos variables que inciden de manera directa en la estructura económica del transporte.

La suba de los combustibles, influido por la volatilidad internacional del petróleo, repercutió con fuerza en los gastos de las empresas prestatarias. A su vez, los acuerdos salariales del sector contribuyeron a elevar los costos laborales, otro componente clave en la ecuación del servicio.

Las autoridades señalaron que la actualización tarifaria busca garantizar la continuidad y calidad de las prestaciones, en un sistema que requiere ajustes periódicos para sostener su operatividad. En ese sentido, indicaron que se mantiene un monitoreo permanente sobre la evolución de los costos y el funcionamiento del transporte público.

Sin embargo, el impacto sobre los usuarios es inmediato. El encarecimiento del boleto se suma a otros incrementos registrados en servicios esenciales, configurando una carga creciente sobre los ingresos, especialmente en los sectores que dependen del transporte urbano para sus actividades cotidianas.

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¿Si cae el precio del petróleo, por qué no bajan los combustibles en en país?


La cotización internacional del petróleo registró una fuerte caída tras anuncios vinculados al Estrecho de Ormuz. Sin embargo, en Argentina no se esperan reducciones inmediatas en los precios de naftas y gasoil, condicionados por factores locales y la volatilidad global.

El mercado energético global vivió una jornada de alta sensibilidad tras conocerse la supuesta reapertura del Estrecho de Ormuz, una vía clave por donde circula cerca del 20% del petróleo mundial. La reacción inicial fue contundente: el barril de crudo tipo Brent llegó a desplomarse casi un 13% en las primeras horas de negociación.

Sin embargo, el entusiasmo inicial se moderó con rapidez. Reportes internacionales advirtieron que la navegabilidad en la zona dista de estar plenamente garantizada. La presencia de minas en el corredor marítimo y los elevados costos de los seguros —producto del riesgo latente— mantienen la operatoria bajo condiciones de alta incertidumbre. En ese marco, la cotización del Brent recortó pérdidas y cerró la jornada en torno a los 92 dólares, recuperando parte del terreno cedido.

La evolución del precio del crudo también está condicionada por factores geopolíticos más amplios. La tregua entre Israel y el Líbano, junto con las negociaciones en curso entre Estados Unidos e Irán, introduce un elemento de transitoriedad que limita cualquier previsión de estabilidad en el corto plazo.

En este tablero global, la pregunta que surge en el mercado local es inmediata: ¿puede esta baja trasladarse a los surtidores argentinos? La respuesta, al menos por ahora, es negativa.

Fuentes del sector energético coinciden en que los precios internos todavía no reflejan plenamente los valores internacionales. Durante marzo, los combustibles registraron incrementos superiores al 20%, aunque aún por debajo del ajuste que hubiera implicado una alineación completa con el mercado global.

A esta brecha se suma una decisión reciente de YPF, que estableció un congelamiento de precios por 45 días a partir de abril. Bajo este esquema, el valor de referencia del barril en el mercado interno se ubica en torno a los 85 dólares, lo que introduce un ancla adicional frente a eventuales variaciones externas.

Los analistas advierten que una ocasional reducción en los precios locales requeriría un escenario más consistente de baja en el crudo, con valores sostenidos por debajo de los 80 dólares. Hoy, esa posibilidad aparece lejana, en un entorno atravesado por oscilaciones permanentes y riesgos geopolíticos latentes.

En aspecto, proyecciones de organismos internacionales anticipan un año marcado por la volatilidad, con rangos estimados entre 80 y 90 dólares por barril. Este comportamiento errático del mercado global refuerza la cautela de las petroleras al momento de definir ajustes en el plano doméstico.

La reciente caída del petróleo ofrece un alivio parcial en el tablero internacional, pero no alcanza para modificar, en lo inmediato, la ecuación local de los combustibles. La combinación de precios internos aún desfasados, decisiones empresariales y un escenario global inestable configura un panorama donde las variaciones externas no se traducen automáticamente en beneficios para el consumidor.

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Revés para el Gobierno: La Justicia del Trabajo retiene la causa de la reforma laboral

El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 rechazó el intento oficial de trasladar la causa al fuero contencioso administrativo y ratificó que el conflicto por la Ley 27.802 debe resolverse en la Justicia del Trabajo. La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

En una resolución de alto impacto institucional, el juez Raúl Ojeda desestimó la estrategia del Gobierno nacional para desplazar la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo reafirma que la controversia debe tramitar en el ámbito laboral, al considerar que el núcleo del litigio está directamente vinculado con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.

La decisión desactiva el intento del Ejecutivo de radicar el expediente en el fuero contencioso administrativo federal bajo el argumento de que la norma cuestionada pertenece al derecho público. El magistrado fue categórico al rechazar ese planteo: la competencia no se define por la calidad de las partes involucradas, sino por la materia en discusión. Bajo ese criterio, sostuvo que el caso involucra institutos centrales del derecho del trabajo, como convenios colectivos, derecho de huelga, régimen indemnizatorio, período de prueba y libertad sindical.

El pronunciamiento introduce, además, un razonamiento de fondo que excede la cuestión formal. Al caracterizar la materia como “exclusivamente de derecho social”, el juez refuerza la especialidad del fuero laboral y delimita el terreno en el que deberá dirimirse la controversia.

Esa definición no es menor: implica que cualquier análisis sobre la validez de la reforma deberá contemplar estándares propios del derecho laboral y de los tratados internacionales que protegen estos derechos.

La estrategia oficial, sin respaldo judicial

El Estado nacional había promovido la inhibitoria con el objetivo de modificar el ámbito de resolución del expediente. Sin embargo, el fallo desmonta ese intento con un argumento central: la presencia del Ejecutivo como parte no altera la naturaleza del conflicto. En esa línea, la resolución deja en claro que el debate gira en torno a derechos laborales sustantivos, lo que vuelve improcedente su tratamiento fuera del fuero especializado.

A su vez, el magistrado advierte que el traslado del expediente en esta instancia implicaría una alteración significativa del proceso en curso. La causa ya se encuentra inscripta en el registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agrupa múltiples presentaciones de sindicatos y federaciones. Un cambio de jurisdicción, sostiene, afectaría la economía procesal y podría generar incertidumbre jurídica.

Reforma en revisión judicial

Aunque la resolución no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de la Ley 27.802, introduce consideraciones que anticipan la dificultad del debate. La demanda impulsada por la CGT cuestiona una serie de artículos por presunta regresión en derechos laborales y sindicales, en posible contradicción con garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el país.

En ese aspecto, el fallo deja abierta la discusión sobre principios como la progresividad de los derechos sociales, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical. Incluso desliza que eventuales modificaciones orientadas a limitar la competencia del fuero laboral podrían enfrentar objeciones desde el control de constitucionalidad y convencionalidad.

El juez natural, en el centro del debate

Otro de los ejes relevantes del pronunciamiento es la defensa del principio de juez natural. El magistrado advierte que apartar la causa del fuero laboral podría comprometer garantías esenciales del debido proceso. Para sostener esta posición, recurre a estándares internacionales que subrayan la necesidad de tribunales especializados en materia laboral, una exigencia vinculada al acceso efectivo a la justicia. La advertencia no es menor: una eventual desviación de esos parámetros podría exponer al Estado argentino a responsabilidades en el plano internacional.

Definición pendiente

Con el rechazo de la inhibitoria, la controversia sobre la competencia será ahora resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Su dictamen marcará el rumbo inmediato del expediente y condicionará el desarrollo del litigio en torno a la reforma laboral.

El fallo consolida la centralidad del fuero laboral en el tratamiento de la Ley 27.802 y redefine el tablero judicial en el que se disputará su validez. Más allá del resultado final, la resolución fija un criterio claro: los conflictos que involucran derechos del trabajo deben ser analizados por los tribunales especializados en la materia. En ese terreno se jugará, de ahora en más, el destino de una de las reformas más controvertidas del actual Gobierno.

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