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Luego de que el Ministerio de Trabajo de la Nación establezca en la Resolución 1133/2023 del Boletín Oficial, la UOM informó que las empresas de las actividades, que no contemplen en su Convenio Colectivo de Trabajo la absorción del bono en los aumentos salariales, deberán pagar la suma dispuesta en el Decreto 438/23.

La Unión Obrera Metalúrgica (UOM), que lidera Abel Furlán, informó a sus afiliados que conforme a lo informado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, el bono de $60.000 anunciado por el Ministro de Economía, Sergio Massa, no podrá ser absorbido en los aumentos estipulados en las paritarias, puesto que no está previsto en el Convenio Colectivo de Trabajo.

De esta manera, las empresas comprendidas en la actividad deberán abonar la asignación no remunerativa que figura en el Decreto en los términos establecidos por el mismo. En un comunicado difundido por el gremio, se aclara que puesto que “el acuerdo paritario suscripto el 24/7/2023 no establece cláusula de absorción con respecto a la gratificación extraordinaria pactada por el día del metalúrgico” las empresas del sector “ deberán abonar la asignación no remunerativa establecida en el mencionado Decreto en los términos y con los alcances allí previstos”.

Durante el día de ayer, el Ministerio de Trabajo de la Nación, a través del Boletín Oficial, publicó la Resolución 1133/2023 que establece los alcances y las posibilidades de absorción del bono en cuestión para los trabajadores que se desarrollan en el sector privado.

En la Resolución, la cartera de Trabajo explicó que los beneficiarios serán aquellos trabajadores con relaciones laborales declaradas hasta el 31 de agosto de 2023. Además, aclaró que para que el bono “no afecte la dinámica de la negociación colectiva” podrá ser absorbido “en concepto de los aumentos salariales” solo en los casos que esté previsto en las cláusulas de los Convenios Colectivos de Trabajo vigentes.

En este sentido, la Seccional Capital de la UOM aclaró que conforme a lo establecido por el DNU, el bono tendrá un tope máximo de $400.000 y un margen a partir de $370.000. Es decir que un trabajador que perciba un salario de $360.000 recibirá una suma de $30.000, pero en el caso de que el asalariado perciba $380.000, el bono será de $20.000 y así sucesivamente.

Además, la Seccional informa que el primer tramo del bono, correspondiente al mes de agosto, será cobrado dentro de los primeros 15 días hábiles del mes de septiembre. Mientras que el segundo tramo, estipulado para el mes corriente, se liquidará en los términos legales de la normativa en vigencia.

El gremio homologó la paritaria la semana pasada a instancias del ministerio de Trabajo, estableciendo un aumento del 20% en julio, un 9% en agosto y 9% en septiembre, todos de carácter acumulativos por lo que determina una suba total del 42,5%.

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Fracasó la paritaria de la UOM y se declaró en libertad de acción

La UOM se volvió a encontrar con la Cámara Argentina del Acero para negociar una actualización paritaria. Los empresarios siderúrgicos se mantuvieron intransigentes y el sindicato convocó a un Congreso de delegados para evaluar los pasos a seguir.

El sindicato que nuclea a los trabajadores siderúrgicos UOM anunció que se declara en libertad de acción tras otra negociación paritaria fracasada. La Cámara Argentina del Acero, anclada por el Grupo Techint, se volvió a negar este jueves a otorgar un aumento salarial a trabajadores que reciben el mismo sueldo desde noviembre de 2023, mientras la inflación se sigue comiendo su poder adquisitivo.

El gremio, ya declarado en libertad de acción, convocó entonces a un Congreso siderúrgico para el lunes a las 11 horas. Allí, los delegados determinarán un plan de lucha que posiblemente incluya paralización de plantas de todo el país en forma escalonada.

La Secretaría de Trabajo de todas formas convocó a una nueva reunión para el jueves 2 de mayo. Aún así ya no hay opción para dictar conciliación obligatoria, por lo que las medidas de fuerzas se decidirán en forma independiente.

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Lanzan campaña para derogar el DNU del gobierno

La CTA Autónoma que encabeza Hugo “Cachorro” lanza la campaña 1 millón de firmas para derogar el DNU 70/23 que actualmente continúa en disputa. 

En el día de hoy se reunió la Comisión Ejecutiva Nacional de la CTA Autónoma para avanzar, definir y ratificar el plan de lucha con paros, movilizaciones, actividades callejeras y campañas para ponerle un freno al gobierno nacional.

Encabezada por el Secretario General, Hugo “Cachorro” Godoy, la reunión definió realizar una campaña denominada “1 millón de firmas para derogar el DNU”, iniciativa que pondrá en funcionamiento la militancia y el activismo de la CTA para derogar y anular el DNU que expresa una reforma constitucional de facto. La campaña será callejera y digital y se pondrá en funcionamiento a partir de la semana que viene.

Luego de poner en valor la inmensa movilización protagonizada el martes pasado por gran parte de la sociedad, en todo el país, en defensa de la educación y la universidad pública, se resolvió movilizar el próximo 1º de Mayo al Monumento al Trabajo en una acción unificada junto a las demás centrales sindicales y la UTEP. Además de respaldar todas las iniciativas que se realizarán en cada una de las provincias.

En ese marco, también se ratificó el Paro Nacional del 9 de Mayo ya anunciado por todo el arco del campo popular.

Previamente, el día 30 de abril, se realizará una jornada Nacional de Lucha del Frente de Sindicatos Estatales y Gremios de Empresas Públicas en la cual se instalarán mesas y gacebos frente al Congreso de la Nación.

Para el mismo día, el gobierno nacional convocó al Consejo del Salario para definir el nuevo monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Recordemos que en la anterior reunión llevada a cabo en el mes de febrero, la secretaría de Trabajo montó una farsa junto al sector empresarial y no hubo acuerdo entre las partes. En esta oportunidad, la CTA Autónoma volverá a plantear una suma importante ante la permanente caída de los salarios.

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Presentan proyecto para establecer una jubilación diferenciada para mineros

La iniciativa busca establecer un régimen diferenciado para los trabajadores mineros. Propone que puedan jubilarse a los 50 años los hombres y a los 47 las mujeres. Tiene apoyo sindical y el respaldo de la bancada de los diputados de extracción gremial.

La Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina (Asijemin), junto con un grupo de diputados nacionales encabezados por Hugo Yasky, Sergio Palazzo, Pablo Carro, Eduardo Toniolli y Carlos Castagneto, presentó en el Congreso un proyecto de ley sobre “jubilación minera”.

La iniciativa busca establecer “un régimen de jubilación diferenciada para los trabajadores mineros de Argentina, reconociendo las difíciles y peligrosas condiciones de trabajo en este sector”. Asimismo, tiene como objetivo principal “brindar una jubilación digna y justa para los hombres y las mujeres que trabajan en la minería”.

De aprobarse, la normativa regirá en todo el territorio nacional y se integrará al Sistema Único de Seguridad Social (SUSS).

Además, establece edades de jubilación ordinaria más bajas, de modo que la mínima sería de 55 años para los hombres y de 52 para las mujeres que trabajan en minas a cielo abierto, canteras y cementeras; mientras, la edad mínima será de 50 años para los hombres y de 47 para las mujeres que desempeñen tareas en minas subterráneas.

En paralelo a las edades diferenciadas, el proyecto busca establecer requisitos específicos vinculados con los años de servicio y las contribuciones adicionales tanto para empleadores como para trabajadores.

Aquellas personas que cumplan funciones en minas a cielo abierto, canteras y cementeras deberán acreditar 15 años de trabajo continuo o 20 años de labor discontinua, en tanto que para quienes se desempeñen en minas subterráneas se requerirán 20 años de trabajo continuo o 25 años de labor discontinua.

También hay medidas especiales para los trabajadores en las diferentes etapas hacia la jubilación. Aquellos que alcancen la edad jubilatoria y no cuenten con los años suficientes de aportes podrán acordar con su empresa una moratoria; mientras que aquellos que hayan cumplido la mitad de los requisitos tendrán derecho al 100% de los beneficios y los que no alcancen el 50% podrán optar por una moratoria con su empresa para completar los aportes requeridos.

En lo referido a las jubilaciones por invalidez, enfermedad laboral o enfermedad terminal, el proyecto buscar establecer que los trabajadores que sufran un accidente laboral que los deje imposibilitados para continuar trabajando, que padezcan una enfermedad que les impida realizar sus tareas habituales o que se les diagnostique una enfermedad terminal podrán jubilarse de inmediato, independientemente de los años de aportes y de trabajo en la actividad.

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