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Este miércoles, en el primer piso del emblemático edificio ubicado en Azopardo 802, la Confederación General del Trabajo (CGT) recibió al precandidato presidencial, Sergio Massa, y al vicepresidencial, Agustín Rossi. La CGT mostró su apoyo a los dirigentes en su carrera hacia las PASO. Además, brindó un fuerte respaldo a su gestión, respondiendo a uno de los pedidos de Massa de consolidar la unidad por encima de las diferencias entre los espacios.

En este sentido, evidenció esto con la presencia del triunvirato y el acompañamiento de dirigentes sindicales como Armando Cavalieri y Hugo Moyano, dejando de lado cualquier especulación y poniéndose a disposición de la campaña de UxP. Este es el primer gesto político de la CGT, que el próximo 8 de agosto tendrá a Sergio Massa como orador en un acto que se desarrollará en el estadio DirectTV Arena, ubicado en la localidad bonaerense de Tortuguitas

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El Gobierno acelera su mapa de privatizaciones y apunta a cinco empresas públicas

La administración de Javier Milei busca concretar antes del primer semestre de 2027 nuevos procesos de privatización o concesión sobre al menos cinco compañías estatales. AySA encabeza el cronograma, seguida por Belgrano Cargas, Intercargo, ENARSA y la central termoeléctrica Vuelta de Obligado.

AySA aparece como la operación más inmediata. La apertura de ofertas por el 90% de las acciones de Agua y Saneamientos Argentinos está prevista para el 15 de septiembre. El proceso no contempla un precio base, aunque existe una valuación elaborada por el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) que funcionará como referencia para las propuestas.

Entre los empresarios mencionados como potenciales interesados figura Mauricio Filiberti, propietario de Transclor y vinculado a Daniel Vila y José Luis Manzano en Edenor. La definición quedará supeditada al proceso licitatorio y a las condiciones establecidas por el Gobierno.

El sistema ferroviario de cargas constituye otra de las apuestas centrales. El Gobierno ya lanzó la licitación para concesionar las vías y los inmuebles asociados a las líneas Belgrano, San Martín y Urquiza.

La concesión tendrá un plazo de 50 años y requeriría inversiones estimadas en alrededor de US$1.000 millones. Las empresas adjudicatarias podrán acceder además a los beneficios del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI).

El pliego incorpora una condición particular: quedan excluidas las compañías controladas directa o indirectamente por gobiernos extranjeros. Los interesados podrán formular consultas hasta el 28 de octubre y deberán presentar sus ofertas antes del 11 de noviembre a las 9.59.

El Ejecutivo también trabaja sobre Intercargo, la empresa estatal que presta servicios de asistencia en tierra y operaciones de rampa en los aeropuertos. Después de un primer proceso sin resultado definitivo, las autoridades preparan un nuevo llamado antes de fin de año, aunque todavía resta definir la modalidad.

La agenda continúa con ENARSA, compañía dedicada a la exploración, producción, transporte y comercialización de hidrocarburos y a la generación eléctrica. La administración nacional también analiza avanzar sobre los gasoductos que permanecen bajo su órbita.

A estas operaciones se suma la central termoeléctrica Vuelta de Obligado, cuyo proceso está previsto para el primer trimestre de 2027.

La secuencia revela una política sostenida de transferencia de activos y concesiones estatales al capital privado. Con AySA como primera prueba relevante, el Gobierno busca avanzar durante los próximos meses sobre infraestructura sanitaria, transporte ferroviario, servicios aeroportuarios y energía, con el objetivo de reducir la participación directa del Estado en esas áreas.

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Fallo inédito en San Juan: un repartidor de Pedidos Ya fue reconocido como trabajador

Una sentencia del Quinto Juzgado del Trabajo de San Juan reconoció la existencia de una relación laboral entre un repartidor y las empresas Pedidos Ya y Repartos Ya , y ordenó el pago de indemnizaciones derivadas del despido y de un grave accidente ocurrido mientras cumplía sus tareas. El trabajador sufrió una lesión que le provocó paraplejia. El fallo analizó geolocalización, turnos, rankings y tarifas para determinar que no se trataba de un prestador autónomo.

La resolución, dictada por el juez Gonzalo Caballero el 30 de junio y conocida públicamente en los últimos días, constituye un antecedente relevante para las relaciones laborales vinculadas con plataformas digitales. El magistrado concluyó que la prestación no reunía las características de un trabajo autónomo, sino que estaba sometida a mecanismos de organización, supervisión y control propios de una relación de dependencia.

El caso se inició a partir de un accidente ocurrido el 11 de noviembre de 2020, en la intersección de Paula Albarracín de Sarmiento y avenida Circunvalación. Luego de las lesiones, el repartidor reclamó su registración laboral y la cobertura prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo. Ante la negativa empresarial, se consideró despedido en enero de 2022 y promovió una demanda.

Pedidos Ya negó haber mantenido un vínculo laboral con el trabajador y atribuyó la relación a Repartos Ya. Esta última empresa sostuvo que se trataba de un contrato de locación de servicios de naturaleza comercial. Sin embargo, para el juzgado esa descripción no coincidió con la forma concreta en que se desarrollaban las tareas.

El veredicto tomó como elementos determinantes la evidencia testimonial, documental, informática e informativa incorporada al expediente. Entre otros aspectos, se acreditaron sistemas de geolocalización, asignación de turnos, registro de conexiones, rankings de desempeño, controles de cumplimiento y fijación unilateral de tarifas.

Para Caballero, esos mecanismos demostraron que el trabajador no actuaba por cuenta propia. La operatoria, además, se desarrollaba bajo la marca y la plataforma de Pedidos Ya, mientras que los pagos eran realizados por Repartos Ya, lo que llevó al magistrado a considerar que ambas sociedades funcionaban de manera coordinada dentro de una misma estructura económica y funcional.

El juez aplicó el principio establecido por el artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, según el cual la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato laboral, salvo que se demuestre lo contrario. En este caso, entendió que la empresa no logró acreditar la autonomía que invocaba.

Por qué no se aplicó la reforma laboral

Uno de los aspectos centrales de la resolución es su tratamiento de las reformas impulsadas durante el gobierno de Javier Milei. El magistrado señaló que las modificaciones introducidas por la Ley Bases 27.742 y posteriormente por la Ley de Modernización Laboral 27.802 no resultaban aplicables al expediente.

La razón fue temporal: el accidente ocurrió en 2020 y la extinción del vínculo se produjo en enero de 2022, antes de la entrada en vigencia de ambas normas. Caballero invocó el principio de irretroactividad previsto en el artículo 7 del Código Civil y Comercial y sostuvo que la relación debía juzgarse conforme a las normas vigentes cuando ocurrieron los hechos.

De este modo, la sentencia no implica una declaración sobre la aplicación o constitucionalidad de las nuevas disposiciones laborales a relaciones posteriores, sino que resuelve un vínculo iniciado y extinguido bajo una legislación anterior.

Indemnización por despido y accidente

El juzgado reconoció distintos rubros laborales, entre ellos la indemnización por antigüedad, falta de preaviso, aguinaldos correspondientes a 2020 y 2021 y el proporcional de 2022, además de vacaciones pendientes y proporcionales.

También contempló remuneraciones adeudadas entre noviembre de 2020 y enero de 2022 y diferencias salariales correspondientes al período comprendido entre julio y octubre de 2020, al considerar que los ingresos percibidos se encontraban por debajo de los valores establecidos por el convenio colectivo aplicable.

A ello se sumaron sanciones previstas por la Ley 24.013 por falta de registración y otras infracciones vinculadas con la relación laboral y el pago de las indemnizaciones.

Por las consecuencias del accidente, el fallo dispuso además una reparación por incapacidad laboral permanente y total, una compensación adicional de pago único, un incremento del 20% sobre las prestaciones derivadas del accidente laboral y una prestación complementaria por gran invalidez destinada a cubrir la asistencia permanente que requiere el trabajador para sus actividades esenciales.

El demandante había estimado el reclamo en más de $106 millones. No obstante, el monto definitivo todavía no está establecido: algunos rubros fueron rechazados y la liquidación deberá practicarse una vez que la sentencia quede firme.

La decisión ya fue apelada y actualmente se encuentra bajo revisión de la Cámara Laboral de San Juan. Por esa razón, el pronunciamiento todavía no constituye una decisión definitiva.

El dictamen instala así un nuevo antecedente provincial sobre el modo en que deben calificarse las relaciones entre trabajadores y plataformas digitales cuando la organización efectiva de las tareas revela mecanismos de dirección, control y dependencia. Su alcance definitivo dependerá ahora de lo que resuelva la instancia superior.

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Adultos mayores: casi la mitad de los hogares no alcanza a cubrir sus necesidades básicas

Un informe reveló que el 46% de los hogares con personas de 60 años o más tuvo ingresos insuficientes durante 2024-2025. Es el registro más elevado desde el inicio de la serie, en 2017, y las mayores carencias se concentran entre las familias de menores recursos.

La insuficiencia de ingresos alcanzó un máximo histórico en la serie del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la Universidad Católica Argentina. Durante 2024-2025, el 46% de los hogares con al menos una persona de 60 años o más no logró reunir recursos suficientes para cubrir sus gastos básicos, cinco puntos porcentuales por encima del registro correspondiente a 2022-2023.

El deterioro se profundiza a medida que disminuyen los ingresos. Entre los hogares del estrato socioeconómico muy bajo, la proporción llega al 71,1%, mientras que en el nivel bajo alcanza el 55,2%. El relevamiento contempló dimensiones vinculadas con alimentación, vivienda, servicios, asistencia social y acceso a la atención sanitaria.

Uno de los indicadores más sensibles es la alimentación. La inseguridad alimentaria entre las personas mayores pasó del 12,3% en 2017-2019 al 18,4% en 2024-2025. La distancia entre grupos sociales resulta particularmente pronunciada: afecta al 39,1% de los adultos mayores del estrato muy bajo, frente al 1,1% entre quienes pertenecen al nivel medio alto.

La falta de recursos también repercute sobre los servicios esenciales. Casi uno de cada cinco hogares con personas mayores dejó de pagar alguna factura por dificultades económicas. Entre las familias del estrato muy bajo, el porcentaje trepa al 39,4%.

Salud y medicamentos, entre las principales dificultades

La atención sanitaria aparece como otro de los puntos críticos. El 35,2% de los hogares con adultos mayores postergó consultas médicas o la compra de medicamentos durante 2024-2025 por falta de dinero. Es el valor más alto de la serie y representa un incremento cercano a diez puntos respecto de 2022-2023.

La brecha vuelve a ser considerable entre los distintos niveles sociales: en los hogares más vulnerables, el indicador alcanza al 55%.

El informe también analizó durante 2025 el vínculo de las personas afiliadas con PAMI. Cerca del 74% recurrió al organismo para consultas médicas y alrededor del 70% utilizó sus prestaciones para acceder a medicamentos.

La evaluación de esas prestaciones, sin embargo, presenta diferencias. El 61,7% valoró favorablemente la atención médica, mientras que la aprobación descendió al 49,7% cuando se consultó por la cobertura de medicamentos.

Vivienda y asistencia

Las condiciones habitacionales constituyen otra dimensión de la desigualdad. El 11,8% de las personas mayores reside en viviendas que no reúnen condiciones adecuadas; entre los grupos socioeconómicos más desfavorecidos, la proporción asciende al 27,5%.

La asistencia estatal tampoco alcanza a todos los hogares con necesidades económicas. Aunque el 71,1% de las familias del estrato muy bajo registra ingresos insuficientes, solo el 42,4% recibe algún programa de transferencia de ingresos o asistencia alimentaria.

En el conjunto de los hogares con adultos mayores, la cobertura de estos programas cayó del 30,6% registrado durante la pandemia de Covid-19 al 26,8% en 2024-2025.

Los datos del ODSA-UCA muestran un deterioro marcado en distintas dimensiones de la vida cotidiana de las personas mayores. Ingresos insuficientes, dificultades alimentarias, incumplimiento de servicios y postergación de gastos sanitarios convergen en una población para la que la capacidad de recomponer ingresos suele ser más limitada.

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