SATSAID realizará paros de 3 horas por turno
El sindicato de la televisión Satsaid llevó el debate sobre la medida de fuerza prevista para este miércoles a las asambleas de todo el país. Se realizarán paros de 3 horas por turno. No hubo que fue de un 15% para junio. El gremio reclama un 21% de incremento para este mes y un 26% sobre todos los conceptos salariales remunerativo y no remunerativos vigente a junio 2023 para el primer trimestre de la paritaria 2023-2024.
El sindicato de la televisión SATSAID realizó en todas las empresas del país cuyos trabajadores y trabajadoras se encuentran encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 223/75, de las TIC, telecomunicaciones, video y conectividad.
Discutieron y organizaron las medidas de fuerza programadas para mañana, miércoles 28 de junio, que consistirán en paros de tres horas por turno.
Tras una reunión fallida en el marco de la revisión paritaria del convenio de las telecomunicaciones, el Satsaid solicitó a la cámara empresaria ATVC aplicar un reajuste para el mes de Junio 2023 del 21%; y un incremento del 26% para el primer trimestre de la paritaria 2023-2024 sobre todos los conceptos salariales remunerativo y no remunerativos vigente a junio 2023.
El sector empresario ofreció incrementar los salarios para el mes de junio 2023 un 15%, siendo esta oferta rechazada por ser considerada «insuficiente para solucionar la perdida salarial sufrida» y esto derivó en la decisión de llevar a cabo la medida de fuerza.
El pedido del gremio de recomposición salarial para el mes de Junio 2023 es del 21%; y un incremento del 26% sobre todos los conceptos salariales remunerativo y no remunerativos vigente a junio 2023 para el primer trimestre de la paritaria 2023-2024.
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“Guardianes de la Constitución”: la Justicia justifica el freno a la reforma laboral
El magistrado laboral Raúl Ojeda sostuvo que la suspensión provisoria de artículos de la reforma responde a la necesidad de evitar posibles vulneraciones a derechos constitucionales. La disputa se encamina hacia la Corte Suprema.
La controversia en torno a la reforma laboral sumó un nuevo capítulo con fuerte impacto institucional. El juez laboral Raúl Horacio Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo N.º 63, defendió públicamente la medida cautelar que suspendió 82 artículos de la normativa impulsada por el Gobierno, en respuesta a un amparo presentado por la CGT. Su argumentación se apoya en un eje central: la obligación del Poder Judicial de garantizar que toda legislación respete los principios consagrados en la Constitución Nacional.
“ Nuestro trabajo es ser guardianes de la Constitución Nacional. Debemos velar porque las leyes se ajusten a ella”, afirmó el magistrado, en una definición que sintetiza el enfoque jurídico de la resolución y, al mismo tiempo, delimita el alcance de la intervención judicial frente a decisiones del Congreso.
Lejos de tratarse de un pronunciamiento definitivo, Ojeda aclaró que la medida tiene carácter preventivo. Su objetivo es suspender la aplicación inmediata de disposiciones que, en una evaluación preliminar, podrían afectar derechos laborales y garantías sindicales. En ese sentido, la cautelar busca evitar consecuencias irreversibles mientras se dirime la cuestión de fondo.
Uno de los pilares del fallo es el principio de no regresividad en materia social, contemplado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, incorporado al ordenamiento jurídico argentino con jerarquía constitucional tras la reforma de 1994. Según explicó el juez, este principio impide que las reformas normativas impliquen retrocesos en derechos previamente reconocidos. “Lo que sostengo en el fallo es que habría una violación a ese principio”, indicó, subrayando el carácter provisorio de la evaluación.
La resolución también pone el foco en la libertad sindical, otro de los ejes sensibles de la reforma. Ojeda advirtió que ciertos artículos podrían afectar el funcionamiento interno de las organizaciones gremiales y limitar su capacidad de acción. Este derecho, recordó, cuenta con respaldo constitucional y en convenios internacionales, entre ellos el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), lo que refuerza su protección jurídica.
El trasfondo del conflicto no se agota en la discusión técnica. La medida judicial reaviva el debate sobre los límites entre los poderes del Estado, en un ámbito donde las reformas estructurales impulsadas por el Ejecutivo encuentran resistencias tanto en el ámbito sindical como en sectores del Poder Judicial. Frente a las críticas por una supuesta intromisión en facultades legislativas, Ojeda fue categórico al rechazar esa interpretación y reafirmar el rol de control de constitucionalidad que le compete a la Justicia.
Desde una perspectiva institucional, la cautelar introduce un elemento de pausa en un escenario de alta conflictividad. Al suspender la aplicación de los artículos cuestionados, busca otorgar previsibilidad a trabajadores y empleadores, evitando una implementación inmediata que podría derivar en una ola de litigios y presiones en el ámbito laboral.
El propio magistrado anticipó el recorrido que seguirá el caso. “Esta medida trae paz social hasta que se dicte un fallo definitivo”, sostuvo, al tiempo que consideró inevitable que la cuestión sea finalmente resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Allí se definirá no solo la validez de los artículos suspendidos, sino también el alcance de la reforma en su conjunto.
La decisión del juez Ojeda y su defensa pública del fallo colocan en primer plano una discusión que excede la reforma laboral en sí misma. En el centro del debate aparece el delicado equilibrio entre la potestad legislativa, la implementación de políticas públicas y el control de constitucionalidad.
La cautelar no clausura el conflicto, pero establece un límite claro: cualquier transformación en materia laboral deberá ajustarse a los estándares constitucionales y a los compromisos internacionales asumidos por el país. En ese marco, la intervención judicial no se presenta como un obstáculo, sino como una instancia de resguardo institucional.
El desenlace quedará en manos de la Corte Suprema, que tendrá la responsabilidad de fijar un criterio definitivo. Hasta entonces, la reforma laboral transitará un terreno de incertidumbre, donde la legalidad, los derechos y la política volverán a cruzarse en un debate que definirá buena parte del futuro del mundo del trabajo en la Argentina.
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La Justicia exige al Estado nacional aplicar la ley de financiamiento universitario
En medio de un conflicto que escala tanto en el plano político como en el académico, la Justicia federal asestó un golpe significativo al Gobierno al ordenar el cumplimiento de la Ley N.º 27.795 de Financiamiento Universitario. La resolución, firmada por el juez Marcelo Rebequi, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N.º 11, hace lugar a una medida cautelar impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y restituye la plena vigencia de la norma.
El fallo declara inaplicable el decreto que había suspendido la ejecución de la ley bajo el argumento de la falta de previsión presupuestaria, y dispone que el Estado nacional garantice los recursos necesarios para el funcionamiento del sistema universitario. La decisión introduce un elemento jurídico de peso en una disputa que hasta ahora se desarrollaba principalmente en el terreno político y gremial.
En su resolución, el magistrado sostiene que la suspensión de la ley no puede sostenerse sin generar un perjuicio concreto e inmediato sobre el sistema universitario, lo que habilita la intervención cautelar. En esa línea, ordena al Ejecutivo abstenerse de cualquier acción u omisión que implique incumplir la normativa sancionada por el Congreso, reafirmando el principio de legalidad que rige el funcionamiento del Estado.
La medida tiene efectos inmediatos y alcance sobre el conjunto de las universidades nacionales, al reconocer el carácter colectivo del derecho involucrado. En términos prácticos, implica la obligación de recomponer las partidas presupuestarias y atender la crítica situación salarial que atraviesan docentes y trabajadores del sector.
El trasfondo del conflicto es conocido: la caída del poder adquisitivo de los salarios universitarios, la insuficiencia de los recursos para sostener el funcionamiento cotidiano y la falta de actualización presupuestaria en un contexto inflacionario. En ese escenario, la estrategia judicial adoptada por las universidades aparece como una vía para forzar definiciones en un terreno donde las negociaciones políticas no lograron avances sustantivos.
Desde el ámbito gremial, la resolución fue recibida como un respaldo explícito. Pablo Perazzi, secretario general de FEDUBA, sostuvo que el fallo “es claro” al establecer que el Gobierno no puede desatender una ley vigente y que debe garantizar el financiamiento del sistema. En la misma línea, Federico Montero, dirigente de CONADU, subrayó que la medida “restituye un principio básico del Estado de Derecho”, al obligar al cumplimiento de una norma sancionada por el Congreso.
Más allá de las valoraciones sectoriales, la decisión judicial introduce una dimensión institucional relevante. La controversia no se limita a una disputa presupuestaria, sino que pone en discusión la relación entre el Poder Ejecutivo y el marco legal vigente. En ese sentido, el fallo delimita con claridad los márgenes de acción del Gobierno frente a leyes que, aun en contextos de restricción fiscal, conservan plena validez jurídica.
El impacto potencial trasciende el ámbito universitario. El sistema público de educación superior no solo cumple funciones académicas, sino que constituye un pilar en la producción científica, la formación profesional y la movilidad social. Cualquier alteración en su financiamiento repercute de manera directa en múltiples dimensiones del desarrollo nacional.
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Nafta sin freno: sube más que la inflación y agrava la pérdida de ingresos
La liberalización del mercado de combustibles y la adopción de ajustes dinámicos atados al precio internacional del crudo reconfiguran el sistema energético argentino. Con aumentos que superan ampliamente la inflación y los salarios, el nuevo esquema presiona sobre el consumo, la producción y el ingreso disponible de los hogares.
Desde la asunción del presidente Javier Milei, el mercado de combustibles atraviesa una transformación estructural marcada por la desregulación y la reducción de la intervención estatal. En este nuevo escenario, las petroleras adoptaron un esquema de actualización permanente de precios —denominado en el sector como “micropricing”— que replica con mayor rapidez las fluctuaciones del mercado internacional del petróleo.
El resultado es una aceleración sostenida en los surtidores. A fines de marzo, el litro de nafta supera los 2.000 pesos, consolidando una cadena de aumentos que, según un informe del Instituto Argentina Grande, acumula una suba del 514% desde el cambio de gobierno, con un incremento real del 56,9%. El dato contrasta con una inflación acumulada del 291,9% y un crecimiento de los salarios privados registrados del 288%, evidenciando un deterioro relativo del poder adquisitivo frente al costo energético.
La tendencia no sólo se mantiene sino que se profundiza. En lo que va del año, el precio de los combustibles aumentó un 18,7%, prácticamente el doble del ritmo inflacionario del período, mientras que los salarios avanzaron apenas un 6,7%. La brecha entre ingresos y costos energéticos se amplía, consolidando un escenario de presión sobre el consumo y la actividad.
El contexto internacional actúa como catalizador de este proceso. La escalada de tensiones en Medio Oriente —particularmente el conflicto entre Estados Unidos e Irán— impactó en el precio del barril de crudo, trasladando volatilidad a los mercados globales. En el plano local, la decisión oficial de acompañar esas variaciones sin mecanismos de amortiguación amplifica su impacto directo en los precios internos.
Desde el IAG cuestionan la ausencia de una estrategia para desacoplar los valores locales de las fluctuaciones externas, y comparan el enfoque con políticas de menor regulación como las impulsadas durante la presidencia de Donald Trump en Estados Unidos.
El peso en el bolsillo
El encarecimiento de los combustibles excede su impacto directo en el gasto cotidiano. Se trata de un insumo transversal cuya incidencia se extiende a toda la estructura de costos de la economía. Transporte, logística, alimentos y producción industrial absorben estos incrementos y los trasladan —con distinta intensidad— al resto de los precios.
En este sentido, los ingresos muestran un rezago persistente. El informe del IAG señala una caída real del 3,5% en los salarios privados, mientras que en el sector público nacional el retroceso alcanza el 37,2% respecto de los niveles previos al cambio de gestión. A su vez, los gastos fijos —entre ellos tarifas y transporte— duplicaron su peso en el salario mediano, pasando del 4,8% al 10,8%.
Este deterioro impacta en el ingreso disponible de los hogares, que descendió del 80,1% al 76% del salario en trabajadores registrados. Como contracara, crece el endeudamiento: el 47% de las familias recurre a financiamiento para sostener el consumo, mientras que el 13,9% mantiene deudas con entidades financieras. La morosidad, en tanto, alcanzó al 10,6% en enero de 2026, el nivel más alto en veinte años.
A este panorama se suma la carga impositiva. El impuesto a los combustibles incrementó su participación en el precio final, pasando del 10% en 2022 al 22% en marzo de 2026. Según el ministro bonaerense Gabriel Katopodis, esto implica que cerca de 400 pesos de cada litro corresponden a tributos, lo que reabre el debate sobre el destino y la eficiencia de esos recursos.
El esquema vigente combina tres factores que potencian la presión sobre los precios: liberalización del mercado, alta carga impositiva y plena exposición a las variaciones internacionales. Esta tríada configura un sistema sensible a shocks externos y con escasos mecanismos de contención interna.
El “micropricing” introduce, además, un cambio cualitativo en la dinámica inflacionaria. Al permitir ajustes más frecuentes, reduce los rezagos entre costos y precios, pero al mismo tiempo incrementa la percepción de inestabilidad y dificulta la planificación tanto para consumidores como para empresas.
En términos macroeconómicos, el encarecimiento del combustible actúa como un factor de segunda ronda: no sólo impacta directamente en el índice de precios, sino que se filtra en toda la cadena productiva, amplificando sus efectos sobre la inflación general.
El precio de los combustibles se convirtió en una variable clave del actual esquema económico. Su evolución, cada vez más atada al mercado internacional y menos regulada a nivel local, redefine el costo de vida y tensiona la relación entre ingresos y gastos. La discusión de fondo —el rol del Estado en la regulación de un insumo estratégico— permanece abierta en un marco donde la energía no sólo mueve la economía, sino que también condiciona su estabilidad social.
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