Alimentación logró un acuerdo por paritarias
La FTIA logró imponer sus pretensiones y cerró la actualización de los salarios de Alimentación tras lograr un acuerdo con la patronal.
La Federación de Industrias de Productos Alimenticios y Afines y los paritarios de Alimentación acordaron la actualización salarial del CCT 244/94 por un periodo trimestral, tal como lo venían reclamando los principales referentes del gremio, Rodolfo Daer y Héctor Morcillo.
El comunicado emitido por la Federación destaca el esfuerzo y el apoyo de las trabajadoras y trabajadores de Alimentación que respaldaron las gestiones de los paritarios durante el duro proceso de negociación con los representantes empresarios.
Acuerdo por el periodo mayo – julio
La FTIA ratificó en la sede del Ministerio de Trabajo, la actualización del Convenio Colectivo que rige para las trabajadoras y trabajadores de Alimentación.
La FTIA logró un acuerdo trimestral del 35%.
El aumento trimestral correspondiente al periodo mayo – julio del 2023 será del 35% a pagar en tres cuotas.
La primera será del 15%, retroactiva a mayo, el aumento de junio será del 9% y el correspondiente al mes de julio, del 11%.
El acuerdo determina que los representantes de Alimentación y la parte empresaria deben volver a negociar a partir de la segunda quincena de julio.
Un acuerdo que protege el poder de compra de los salarios
El acuerdo trimestral tiene como objeto proteger el poder de compra de los salarios y no dilatar las negociaciones en un contexto inflacionario como el que atraviesa la economía Argentina.
Los porcentajes de actualización se fijaron en función de la inflación proyectada para los próximos tres meses.
En caso de que los incrementos de precios sean mayores al 35%, los paritarios tendrán la posibilidad de revisar los aumentos en julio.
Alimentación cerró una paritaria trimestral del 35%.
El acuerdo obtenido por Alimentación se ubica entre los mejores del periodo 2023, considerando el porcentaje y que es por un periodo trimestral.
Entre los acuerdos más destacados se encuentran los de UPCN, que alcanzó un 33% para el periodo junio – agosto, o Petroleros cerró un 23% para el trimestre abril-junio.
Algunos de los acuerdos semestrales, como Bancarios (66% retroactiva a enero último y hasta julio próximo) o Sanidad (50% para el periodo abril-septiembre), pueden ser superados si en julio la Federación mantiene la línea de negociación y sostiene la lucha para que los salarios sigan creciendo por encima de la inflación.
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¿Si cae el precio del petróleo, por qué no bajan los combustibles en en país?
La cotización internacional del petróleo registró una fuerte caída tras anuncios vinculados al Estrecho de Ormuz. Sin embargo, en Argentina no se esperan reducciones inmediatas en los precios de naftas y gasoil, condicionados por factores locales y la volatilidad global.
El mercado energético global vivió una jornada de alta sensibilidad tras conocerse la supuesta reapertura del Estrecho de Ormuz, una vía clave por donde circula cerca del 20% del petróleo mundial. La reacción inicial fue contundente: el barril de crudo tipo Brent llegó a desplomarse casi un 13% en las primeras horas de negociación.
Sin embargo, el entusiasmo inicial se moderó con rapidez. Reportes internacionales advirtieron que la navegabilidad en la zona dista de estar plenamente garantizada. La presencia de minas en el corredor marítimo y los elevados costos de los seguros —producto del riesgo latente— mantienen la operatoria bajo condiciones de alta incertidumbre. En ese marco, la cotización del Brent recortó pérdidas y cerró la jornada en torno a los 92 dólares, recuperando parte del terreno cedido.
La evolución del precio del crudo también está condicionada por factores geopolíticos más amplios. La tregua entre Israel y el Líbano, junto con las negociaciones en curso entre Estados Unidos e Irán, introduce un elemento de transitoriedad que limita cualquier previsión de estabilidad en el corto plazo.
En este tablero global, la pregunta que surge en el mercado local es inmediata: ¿puede esta baja trasladarse a los surtidores argentinos? La respuesta, al menos por ahora, es negativa.
Fuentes del sector energético coinciden en que los precios internos todavía no reflejan plenamente los valores internacionales. Durante marzo, los combustibles registraron incrementos superiores al 20%, aunque aún por debajo del ajuste que hubiera implicado una alineación completa con el mercado global.
A esta brecha se suma una decisión reciente de YPF, que estableció un congelamiento de precios por 45 días a partir de abril. Bajo este esquema, el valor de referencia del barril en el mercado interno se ubica en torno a los 85 dólares, lo que introduce un ancla adicional frente a eventuales variaciones externas.
Los analistas advierten que una ocasional reducción en los precios locales requeriría un escenario más consistente de baja en el crudo, con valores sostenidos por debajo de los 80 dólares. Hoy, esa posibilidad aparece lejana, en un entorno atravesado por oscilaciones permanentes y riesgos geopolíticos latentes.
En aspecto, proyecciones de organismos internacionales anticipan un año marcado por la volatilidad, con rangos estimados entre 80 y 90 dólares por barril. Este comportamiento errático del mercado global refuerza la cautela de las petroleras al momento de definir ajustes en el plano doméstico.
La reciente caída del petróleo ofrece un alivio parcial en el tablero internacional, pero no alcanza para modificar, en lo inmediato, la ecuación local de los combustibles. La combinación de precios internos aún desfasados, decisiones empresariales y un escenario global inestable configura un panorama donde las variaciones externas no se traducen automáticamente en beneficios para el consumidor.
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Revés para el Gobierno: La Justicia del Trabajo retiene la causa de la reforma laboral
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 rechazó el intento oficial de trasladar la causa al fuero contencioso administrativo y ratificó que el conflicto por la Ley 27.802 debe resolverse en la Justicia del Trabajo. La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En una resolución de alto impacto institucional, el juez Raúl Ojeda desestimó la estrategia del Gobierno nacional para desplazar la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo reafirma que la controversia debe tramitar en el ámbito laboral, al considerar que el núcleo del litigio está directamente vinculado con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
La decisión desactiva el intento del Ejecutivo de radicar el expediente en el fuero contencioso administrativo federal bajo el argumento de que la norma cuestionada pertenece al derecho público. El magistrado fue categórico al rechazar ese planteo: la competencia no se define por la calidad de las partes involucradas, sino por la materia en discusión. Bajo ese criterio, sostuvo que el caso involucra institutos centrales del derecho del trabajo, como convenios colectivos, derecho de huelga, régimen indemnizatorio, período de prueba y libertad sindical.
El pronunciamiento introduce, además, un razonamiento de fondo que excede la cuestión formal. Al caracterizar la materia como “exclusivamente de derecho social”, el juez refuerza la especialidad del fuero laboral y delimita el terreno en el que deberá dirimirse la controversia.
Esa definición no es menor: implica que cualquier análisis sobre la validez de la reforma deberá contemplar estándares propios del derecho laboral y de los tratados internacionales que protegen estos derechos.
La estrategia oficial, sin respaldo judicial
El Estado nacional había promovido la inhibitoria con el objetivo de modificar el ámbito de resolución del expediente. Sin embargo, el fallo desmonta ese intento con un argumento central: la presencia del Ejecutivo como parte no altera la naturaleza del conflicto. En esa línea, la resolución deja en claro que el debate gira en torno a derechos laborales sustantivos, lo que vuelve improcedente su tratamiento fuera del fuero especializado.
A su vez, el magistrado advierte que el traslado del expediente en esta instancia implicaría una alteración significativa del proceso en curso. La causa ya se encuentra inscripta en el registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agrupa múltiples presentaciones de sindicatos y federaciones. Un cambio de jurisdicción, sostiene, afectaría la economía procesal y podría generar incertidumbre jurídica.
Reforma en revisión judicial
Aunque la resolución no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de la Ley 27.802, introduce consideraciones que anticipan la dificultad del debate. La demanda impulsada por la CGT cuestiona una serie de artículos por presunta regresión en derechos laborales y sindicales, en posible contradicción con garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el país.
En ese aspecto, el fallo deja abierta la discusión sobre principios como la progresividad de los derechos sociales, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical. Incluso desliza que eventuales modificaciones orientadas a limitar la competencia del fuero laboral podrían enfrentar objeciones desde el control de constitucionalidad y convencionalidad.
El juez natural, en el centro del debate
Otro de los ejes relevantes del pronunciamiento es la defensa del principio de juez natural. El magistrado advierte que apartar la causa del fuero laboral podría comprometer garantías esenciales del debido proceso. Para sostener esta posición, recurre a estándares internacionales que subrayan la necesidad de tribunales especializados en materia laboral, una exigencia vinculada al acceso efectivo a la justicia. La advertencia no es menor: una eventual desviación de esos parámetros podría exponer al Estado argentino a responsabilidades en el plano internacional.
Definición pendiente
Con el rechazo de la inhibitoria, la controversia sobre la competencia será ahora resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Su dictamen marcará el rumbo inmediato del expediente y condicionará el desarrollo del litigio en torno a la reforma laboral.
El fallo consolida la centralidad del fuero laboral en el tratamiento de la Ley 27.802 y redefine el tablero judicial en el que se disputará su validez. Más allá del resultado final, la resolución fija un criterio claro: los conflictos que involucran derechos del trabajo deben ser analizados por los tribunales especializados en la materia. En ese terreno se jugará, de ahora en más, el destino de una de las reformas más controvertidas del actual Gobierno.
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Bancarios marcan el pulso salarial: sueldos por encima de $2,2 millones y bono récord
El gremio bancario acordó una nueva actualización salarial atada a la inflación que eleva el ingreso inicial a casi $2,3 millones. También se incrementó el bono por el Día del Bancario, que supera los $2 millones. El mecanismo se proyecta para los próximos meses.
En un presente donde predominan acuerdos salariales rezagados frente al avance de los precios, el sector bancario vuelve a destacarse con un esquema de recomposición que ajusta los ingresos de manera periódica. La Asociación Bancaria, aplicó en marzo una actualización del 3,4% que impacta sobre el conjunto de las remuneraciones y consolida un modelo de negociación diferenciado.
Como resultado de esta política, el sueldo inicial de la actividad quedó fijado en $2.259.305,03, posicionándose entre los más elevados del mercado laboral argentino. La actualización alcanza tanto a los componentes remunerativos como a aquellos adicionales contemplados en los convenios, lo que refuerza el alcance integral de la mejora.
El mecanismo acordado con las cámaras empresariales permite una revisión constante de los ingresos en función de la evolución inflacionaria. Durante el primer trimestre del año, el incremento acumulado alcanza el 9,4% respecto de los valores de diciembre de 2025, lo que contribuye a sostener la capacidad de compra en un entorno económico exigente.
En la misma línea, el tradicional bono por el Día del Bancario también fue ajustado bajo este esquema, elevando su piso a $2.014.092,28. Este monto, además, continuará sujeto a futuras actualizaciones, replicando la lógica aplicada a los salarios mensuales.
El entendimiento contempla la continuidad de este sistema durante abril y mayo, con el compromiso de las partes de mantener el mismo criterio de ajuste automático. Asimismo, se estableció una nueva instancia de negociación para la segunda quincena de junio, donde se evaluará la evolución de las variables económicas y se definirán eventuales adecuaciones.
Desde el sindicato subrayaron que esta modalidad busca resguardar los ingresos de los trabajadores frente al comportamiento de la inflación, evitando el deterioro que afecta a otros sectores. La estrategia combina revisiones frecuentes con una cobertura amplia de los conceptos salariales, lo que permite una respuesta más ágil ante cambios en el nivel de precios.
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