CONÉCTATE CON NOSOTROS

La Cámara alta aprobó el nuevo piso de tributación de $150.000 pesos y también la reforma en la transición entre el monotributo y el régimen general

El Senado aprobó hoy la ley que reforma el impuesto a las Ganancias y lleva el mínimo no imponible a 150 mil pesos mensuales brutos y el cambio en el régimen de monotributo, tras un extenso debate con reproches cruzados, a pesar del consenso alcanzado sobre el tema.

Con 66 votos a favor y una abstención (de Esteban Bullrich, del PRO), la Cámara alta convirtió en ley ambas iniciativas, aunque el punto central del debate fue el tema Ganancias, impulsado por el Gobierno que estima que el nuevo esquema beneficiará a cerca de 1.500.000 trabajadores y alrededor de 400 mil jubilados que actualmente tributan.

La nueva norma eleva el mínimo no imponible a 150 mil pesos brutos y, en el caso de los jubilados, comenzará a pagarse a partir de los ocho haberes mínimos y ya no de los seis, al tiempo que contempla nuevas exenciones.

En este punto, deja de estar alcanzado el sueldo anual complementario de quienes ganen hasta 150 mil pesos y también salario que perciban los trabajadores en relación de dependencia en concepto de bono hasta un monto equivalente al 40% de la ganancia no imponible cuando la remuneración bruta no supere los 300 mil pesos mensuales.

Además, prorroga hasta el 30 de septiembre de 2021 la exención para las remuneraciones por guardias y horas extras a los profesionales, técnicos auxiliares (gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de del sistema de salud y recolectores de residuos en virtud de la emergencia sanitaria.

La ley amplía la deducción para cónyuges, al alcanzar a dos personas convivientes que compartan una relación afectiva pública, notoria y estable independientemente del género de ambas, y establece que las asignaciones mensuales y vitalicias de los ex presidentes y vicepresidentes van a estar alcanzadas por el impuesto.

El Ministerio de Trabajo estima que alrededor de 1.300.000 trabajadores dejarán de pagar este impuesto y otras 200 mil personas, cuyos ingresos estén entre los 150 mil y los 173 mil pesos, verán reducida la carga tributaria actual a través de una deducción especial.

Continúe Leyendo

destacada

Las empresas proyectan aumentos salariales del 22% para 2027

Las empresas argentinas presupuestan aumentos salariales del 22,8% para 2027, con una previsión de inflación del 22,4%, según una encuesta de la consultora WTW. El relevamiento, presentado durante su Seminario Anual sobre Compensaciones y Beneficios, muestra que las compañías comenzaron a definir sus pautas de actualización para el personal fuera de convenio, con incrementos que, en esta primera etapa, se mantienen prácticamente alineados con los precios esperados. El 76% prevé distribuir los aumentos en dos o tres instancias, mientras que la mayoría no planea modificar los presupuestos de 2026.

El 56% de las empresas ya trabaja en el presupuesto salarial para el próximo año, mientras que el 44% todavía no inició esa tarea. Entre las compañías que avanzaron con las estimaciones, tanto la inflación proyectada como los ajustes salariales tienen una mediana del 22%, aunque los promedios se ubican en 22,4% y 22,8%, respectivamente.

Dos o tres aumentos concentrarían la mayoría de los ajustes

La modalidad de actualización también comienza a definirse. El 76% de las compañías prevé aplicar dos o tres incrementos durante 2027: el 38% contempla dos revisiones y otro 38%, tres.

Para el primer trimestre, la mediana del aumento acumulado previsto es del 10%, mientras que para el primer semestre alcanza el 10,1%. La referencia anual se mantiene en el 22%, aunque los porcentajes finales dependerán de la evolución económica y de las decisiones que adopte cada empleador.

Las previsiones presentan diferencias según la rama de actividad. Los servicios profesionales encabezan las estimaciones, con una mediana del 24%. Consumo, química, plásticos y pintura, y alta tecnología proyectan subas del 23%. En el extremo inferior, energía prevé un 20% y bancos y entidades financieras, un 21%.

Cautela para el cierre de 2026

Las decisiones pendientes sobre los salarios de este año reflejan una conducta más conservadora. El 58% de las empresas no prevé modificar el presupuesto salarial de 2026, mientras que el 34% todavía evalúa posibles cambios y apenas el 8% anticipa una revisión.
También permanece abierta la posibilidad de aplicar un ajuste compensatorio —conocido como catch up— al comienzo de 2027 para recuperar diferencias frente a la inflación. El 49% de las compañías descarta esa alternativa, el 39% la mantiene bajo análisis y el 12% confirmó que la implementará. Entre estas últimas, la mediana del incremento adicional previsto es del 5%.

Las cifras de WTW corresponden a proyecciones empresariales y no constituyen aumentos acordados ni garantizados para el conjunto de los trabajadores. Su evolución estará condicionada por la inflación efectiva, el desempeño de cada compañía y las decisiones que se adopten durante las negociaciones salariales.

Continúe Leyendo

destacada

El Gobierno redujo a seis los medicamentos esenciales y excluyó fármacos de uso frecuente

La Resolución 1447/2026 del Ministerio de Salud derogó el listado aprobado en 2021 y estableció seis principios activos como referencia para la planificación y provisión de medicamentos. Quedaron excluidos fármacos para la diabetes, el hipotiroidismo, el asma y las infecciones, además de anticonceptivos. El alcance sobre la entrega efectiva dependerá de cómo se implemente el nuevo esquema.

Entre los medicamentos que quedaron fuera de la nueva nómina figuran la levotiroxina, utilizada para tratar el hipotiroidismo; la metformina, indicada para la diabetes tipo 2; la amoxicilina, un antibiótico de uso extendido; y el salbutamol, empleado para aliviar episodios de broncoespasmo, entre ellos los asociados al asma. También fueron excluidos el fluconazol, la loratadina y los anticonceptivos.

Los seis principios activos seleccionados

El nuevo listado incorpora ácido acetilsalicílico, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina. Se trata de medicamentos utilizados, según cada indicación clínica, para reducir el colesterol, controlar la presión arterial y prevenir complicaciones cardiovasculares.

La cartera sanitaria fundamentó la selección en la necesidad de priorizar tratamientos frente a la carga que representan las enfermedades vasculares para el sistema de salud. La resolución establece que la nómina servirá como referencia para organizar las compras, la planificación y la provisión de medicamentos en los efectores públicos.

Qué implica para Remediar

El cambio se vincula con la política de medicamentos esenciales, pero es necesario distinguir la modificación del vademécum de la disponibilidad efectiva de cada fármaco. La exclusión de un medicamento del nuevo listado no demuestra, por sí sola, que haya dejado de entregarse por todas las vías del sistema público.

Creado para facilitar el acceso gratuito a tratamientos mediante centros de atención primaria, Remediar constituye una herramienta de provisión para personas que dependen de la atención estatal. Por eso, el efecto concreto de la modificación estará determinado por las compras que se realicen, los mecanismos de distribución y las alternativas que permanezcan disponibles para cada tratamiento.

La prioridad sanitaria: las enfermedades vasculares

La actualización coincide con el anuncio del Plan Nacional de Abordaje Integral de Salud Vascular 2026-2030, orientado a fortalecer la prevención, la detección temprana y la atención de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, incluidos los infartos y los accidentes cerebrovasculares.

La resolución señala, además, que la modificación no requiere gastos presupuestarios adicionales para el Ministerio de Salud. Sin embargo, la reducción del listado abre interrogantes sobre la continuidad del acceso a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas, afecciones respiratorias e infecciones.

Continúe Leyendo

destacada

En plena marcha universitaria, la Justicia suspendió las sanciones al Gobierno

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal aceptó una queja del Ministerio de Capital Humano y suspendió provisoriamente la multa de $100.000 diarios que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli. La Cámara deberá revisar la apelación del Gobierno, mientras continúa la disputa por la actualización de los salarios universitarios y los fondos para becas.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió las multas diarias contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión de la Sala III se conoció este jueves, mientras estudiantes, docentes, no docentes y organizaciones sociales participaban de la quinta Marcha Federal Universitaria en distintos puntos del país.

El tribunal hizo lugar a una presentación del Ministerio de Capital Humano y dispuso que la apelación del Gobierno se tramite con efecto suspensivo. De ese modo, quedó temporalmente frenada la aplicación de las astreintes, fijadas en $100.000 por día, hasta que avance la revisión judicial. La resolución no determina que el Ejecutivo haya cumplido con sus obligaciones ni resuelve el fondo de la controversia.

La sanción había sido dispuesta el miércoles por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11. El magistrado consideró que existía un incumplimiento de la cautelar que ordenaba actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales y garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles.

El fallo se había producido después de reiteradas intimaciones al Ejecutivo. El 22 de septiembre, Cormick había otorgado un plazo de cinco días para aplicar la ley bajo apercibimiento de sanciones económicas. Ante la falta de cumplimiento que tuvo por acreditada, el juez hizo efectiva la advertencia y dispuso la multa contra el titular de la Jefatura de Gabinete.

La representación legal del Estado cuestionó esa decisión y sostuvo que la cautelar ya se encontraba íntegramente cumplida. La Sala III, integrada por los jueces Sergio Gustavo Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, admitió el recurso de queja y ordenó tramitar la apelación con efecto suspensivo.

El pronunciamiento modifica, por ahora, el alcance inmediato de la sanción económica, pero no elimina la obligación que originó la cautelar ni cierra la discusión sobre la aplicación de la ley. La controversia judicial continuará con el análisis de los argumentos del Gobierno y de los reclamos vinculados con el financiamiento universitario.

La coincidencia entre la resolución judicial y la protesta visibilizó dos dimensiones de una misma disputa: la exigencia de la comunidad universitaria de contar con recursos y salarios actualizados, y la discusión en los tribunales sobre los mecanismos para hacer cumplir las decisiones judiciales El próximo avance del expediente será determinante para establecer si se mantiene la suspensión de las multas y cómo continúa el reclamo por la ejecución de la ley.

Continúe Leyendo

Tendencias