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Modifican el proyecto original y reformularán las escalas, aumentando la progresividad del tributo

 El Gobierno nacional decidió reducir las alícuotas del impuesto a las Ganancias que deberán pagar las sociedades comerciales, lo que beneficiará a más del 90% de las pequeñas y medianas empresas, a partir de un acuerdo alcanzado para reformular el proyecto de ley enviado en marzo pasado al Congreso para su tratamiento. La nueva propuesta prevé que la tasa del 25% será abonada por las sociedades cuando la ganancia no supere los 5.000.000 de pesos anuales, alícuota que no solo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.

La decisión fue adoptada en una reunión de gabinete económico que encabezó el jefe de ministros, Santiago Cafiero, que conto con la asistencia del titular del Palacio de Hacienda, Martin Guzmán; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco,

En un comunicado, el Ministerio de Economía anunció que se enviará al Congreso el proyecto de Ganancias de Sociedades con» enmiendas que buscan robustecer su carácter progresivo». Agregó que “el proyecto implica una reducción de la carga tributaria para el 90% de las empresas, en su mayoría micro y pequeñas empresas y, al mismo tiempo, fortalece la sostenibilidad fiscal».

El Palacio de Hacienda subrayó que, «a partir del nuevo esquema propuesto, solamente el 10% de las empresas pagará una alícuota del Impuesto a las Ganancias más elevada que la actual».

La tasa del 25% comprenderá a las empresas con una ganancia de hasta 5 millones de pesos anuales. En tanto, la alícuota del 30 por ciento comprenderá a las sociedades con ganancias de entre 5 y 20 millones de peso anuales. Por su parte, las empresas con una ganancia superior a 20 millones de pesos pasarán a abonar una tasa del 35%.

También participaron de la reunión del gabinete económico los titulares de la comisiones de Presupuesto del Senado y de Diputados, Carlos Heller y Carlos Caserio; la senadora Anabel Fernández Sagasti, la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, y los secretarios de Energía Darío Martínez, y de Política Tributaria, Roberto Arias y la jefa de gabinete del Ministerio de Economía, Melina Mallamace.

El Ministerio de Economía precisó que «se mantendría la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos».

La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión, dijeron fuentes gubernamentales y legislativas.

El 11 de marzo pasado, el Poder ejecutivo envió un proyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias de las empresas, en el que establecía inicialmente que las compañías debían pagar entre el 25 y el 35 de alícuota.

Ahora, con la actualización que el Palacio de Hacienda enviará al Congreso mañana, se estableció que el 90 por ciento del total de las empresas que tributan este impuestos -en su mayoría pequeñas y medianas- abonarán la tasa más baja, del 25%.

El Gobierno fijó en 2020 una tasa del 30 por ciento, luego de que a fines del 2019 el gobierno de Mauricio Macri dispusiera la suspensión de la ley aprobada en 2017, que disminuía la tasa que debían pagar las Sociedades de Capitales.

De este modo y cuando se apruebe la reforma de Ganancias Sociedades, el porcentaje será más bajo para la mayoría de las empresas, ya que se ubicará en torno al 25 por ciento. De esta manera se modifica el proyecto original enviado en marzo y se rehacen las escalas, aumentando la progresividad del impuesto.

El proyecto que había girado el PEN establecía una alícuota del 25 por ciento para las sociedades con una ganancia de 1,3 millones de pesos anuales, cifra que ahora fue elevada a 5 millones de pesos.

En el caso de los que tienen que pagar una tasa del 30 por ciento, el proyecto original determinaba un nivel de ganancias anual de $2,6 millones, cifra que ahora pasó a estar comprendida dentro de un rango de entre 5 millones y 20 millones de pesos anuales.

En el tercer tramo se estableció que las sociedades con ganancias anuales superiores a 2,6 millones pesos pagarán una alícuota de 35 por ciento, porcentaje que el nuevo proyecto ubicó por encima de los 20 millones de pesos anual.

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Revés para la reforma laboral: un tribunal mantuvo en el fuero laboral una demanda contra el Estado

Una de las modificaciones procesales introducidas por la Ley 27.802 de Modernización Laboral quedó bajo fuerte cuestionamiento judicial. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional e inconvencional la norma que desplazaba hacia el fuero Contencioso Administrativo Federal los juicios laborales en los que el Estado nacional o sus organismos fueran parte.

El pronunciamiento se originó en una demanda de un trabajador contra el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) por créditos salariales e indemnizatorios derivados de una relación laboral que, según el demandante, se extendió desde noviembre de 2003 hasta su despido en agosto de 2024.

El juzgado laboral que recibió inicialmente el expediente había rechazado su competencia y ordenado remitirlo a la Justicia Contencioso Administrativa Federal. El trabajador apeló y planteó la inconstitucionalidad de la nueva regla. La Cámara revocó esa decisión y dispuso que la causa continúe en el fuero laboral.

Qué modificó la reforma

La controversia se concentra en el artículo 20 de la Ley 18.345, de Organización y Procedimiento de la Justicia Nacional del Trabajo, cuya redacción fue modificada por el artículo 79 de la Ley 27.802.

La nueva disposición estableció que la Justicia Nacional del Trabajo no puede intervenir en determinadas causas cuando el Estado nacional o alguno de sus entes sea parte o tercero interesado, derivando esos procesos al fuero Contencioso Administrativo Federal.

Para la Sala I, esa modificación no puede aplicarse al reclamo analizado porque afecta las garantías constitucionales vinculadas con la protección del trabajador y con el acceso a una jurisdicción especializada.

Los jueces Gabriela Alejandra Vázquez y Enrique Catani señalaron que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional coloca al trabajador bajo una protección especial y que esa tutela no se limita al reconocimiento de derechos sustantivos: también comprende las condiciones procesales necesarias para hacerlos valer ante los tribunales.

El argumento central de la Cámara

El tribunal puso el acento en las características propias de la Justicia laboral. Entre ellas mencionó las reglas probatorias específicas, el principio in dubio pro operario y la existencia de un procedimiento diseñado para resolver controversias derivadas de relaciones de trabajo.

Desde esa perspectiva, trasladar automáticamente estos litigios al fuero Contencioso Administrativo Federal supone, según el razonamiento de la Cámara, privar al trabajador de herramientas procesales vinculadas con la tutela especial que reconoce la Constitución.

El fallo también recurrió a estándares internacionales de protección laboral, entre ellos los desarrollados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto del acceso a la justicia y la necesidad de contar con procedimientos adecuados para resolver controversias relacionadas con derechos laborales.

Un fallo de alcance concreto

El pronunciamiento tiene una consecuencia inmediata sobre el expediente contra el ENRE: la demanda deberá continuar en la Justicia Nacional del Trabajo.

Pero la resolución no elimina por sí misma la disposición incorporada por la Ley 27.802 para todos los casos. Se trata de un control de constitucionalidad efectuado dentro de un expediente concreto, por lo que su efecto directo alcanza a esa causa.

El fallo, sin embargo, incorpora un nuevo antecedente judicial a la discusión sobre la reforma laboral. La cuestión adquiere particular relevancia porque el desplazamiento de competencia afecta potencialmente a los litigios laborales promovidos por trabajadores contra organismos y entidades del Estado nacional.

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La CGT reunió a especialistas y gremios para discutir el futuro de la seguridad social

La CGT reunió a dirigentes sindicales y especialistas en Seguridad Social para analizar el presente y el futuro del régimen previsional. Durante el encuentro cuestionaron el deterioro de las condiciones de vida de los jubilados, reclamaron solidaridad y sostenibilidad y advirtieron sobre cambios que, según plantearon, podrían debilitar la protección estatal.

La seguridad social volvió a ocupar un lugar central en la agenda sindical con la realización de un Foro Federal sobre el Sistema Previsional en la sede de la CGT, donde dirigentes gremiales y especialistas analizaron el funcionamiento del régimen jubilatorio y plantearon la necesidad de preservar los derechos de los adultos mayores.

El encuentro reunió a representantes del movimiento obrero y abogados especializados en Seguridad Social, en una discusión que tuvo como principales ejes la sostenibilidad del sistema, el papel del Estado y las condiciones de vida de quienes acceden a una jubilación.

«Durante el encuentro, se remarcó la importancia de incluir a los jubilados en el debate previsional y se alertó sobre iniciativas que puedan vulnerar sus derechos».

La discusión también incorporó una dimensión laboral. Para los dirigentes sindicales, el funcionamiento del régimen previsional no puede analizarse separado de la evolución del empleo registrado, los niveles salariales y el financiamiento de la Seguridad Social.

Reclamo por solidaridad y sostenibilidad

Fabián Montaño, secretario general de APOPS, uno de los sindicatos que representan a trabajadores de ANSES, pidió combinar solidaridad y sostenibilidad para garantizar la continuidad del sistema previsional.

El dirigente sostuvo que esa discusión resulta indispensable para preservar el futuro de la previsión social y vinculó el reclamo con una concepción más amplia de soberanía y justicia social.

En la misma jornada, los secretarios generales de la CGT Octavio Argüello y Cristian Jerónimo remarcaron la importancia de incorporar una mirada política al debate sobre la Seguridad Social.

Argüello planteó la necesidad de construir un camino que permita recuperar expectativas para los argentinos, mientras que Jerónimo cuestionó las políticas económicas del Gobierno nacional y sostuvo que existe una transferencia de recursos desde los sectores de menores ingresos hacia los grupos de mayor poder económico.

Las afirmaciones corresponden a la posición expresada por los dirigentes durante el foro y forman parte del debate sindical sobre las prioridades de la política económica y social.

El papel del Estado, bajo discusión

Los especialistas convocados incorporaron una mirada jurídica y estructural sobre el régimen previsional.

El abogado Gabriel Yamuni, especialista en Seguridad Social, señaló que el sistema atraviesa una etapa de vulnerabilidad y reclamó recuperar su función como instrumento estatal orientado a la distribución de ingresos. En su exposición cuestionó además políticas que, según su interpretación, reproducen lineamientos asociados a organismos financieros internacionales.

A su turno, la abogada Adriana Micale vinculó las dificultades previsionales con la transformación del mercado laboral y el crecimiento del empleo informal. Su planteo apuntó a una de las cuestiones estructurales del financiamiento previsional: cuanto menor es el nivel de registración laboral, menor resulta la base de aportes sobre la que se sostiene el sistema contributivo.

La vida cotidiana de los jubilados

Uno de los planteos más fuertes estuvo relacionado con el poder adquisitivo de los adultos mayores.

El especialista Dr. Bustos puso el foco en las decisiones que deben afrontar diariamente muchos jubilados y sostuvo que cuando una persona debe optar entre comprar alimentos o medicamentos, su libertad efectiva queda severamente condicionada. También aludió a situaciones extremas de angustia vinculadas con la imposibilidad de sostener los gastos familiares.

La exposición trasladó la discusión desde las variables financieras del sistema hacia sus efectos concretos: medicamentos, alimentación, vivienda y otros gastos esenciales que inciden de manera directa sobre los ingresos de los adultos mayores.

El Foro Federal dejó planteada, de ese modo, una discusión que continuará atravesando al movimiento sindical: cómo garantizar un régimen previsional sostenible sin convertir el equilibrio financiero en el único criterio para definir el nivel de protección de quienes llegan a la vejez.

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YPF aplicó una nueva suba y la nafta súper ya cuesta $2.169 en San Juan

La petrolera aplicó desde las 0 de este sábado un incremento promedio del 1% en todo el país. En San Juan, la nafta súper quedó en $2.169 por litro, la Infinia en $2.365, el diésel en $2.319 y el Infinia Diesel en $2.469. La actualización llegó después de aumentos de hasta 5% en otras compañías.

Con la nueva modificación, los valores por litro en las estaciones YPF de San Juan quedaron establecidos de la siguiente manera:

Combustible
Precio por litro

Nafta Súper
$2.169
Infinia Nafta
$2.365
Diesel
$2.319
Infinia Diesel
$2.469

Los nuevos importes comenzaron a regir este sábado 26 de septiembre y representan un nuevo incremento en el costo de movilidad para los conductores sanjuaninos. Los precios pueden presentar diferencias puntuales entre estaciones debido al sistema de precios diferenciados que aplica la compañía.

YPF se sumó después de las petroleras privadas

La actualización de YPF llegó después de los movimientos registrados durante la semana en otras marcas. Shell, Axion y Puma habían aplicado incrementos de entre 2% y 5%, con diferencias según el tipo de combustible y la estación.

La petrolera que concentra alrededor del 55% del mercado minorista de combustibles, optó por una corrección menor, aunque finalmente también trasladó parte de la presión generada por la evolución del petróleo internacional.

El ajuste se produce mientras el Brent, referencia internacional para el mercado argentino, se mantiene por encima de los US$100 por barril, una variable que impacta sobre la estructura de costos de las petroleras.

El “buffer” y el micropricing

YPF explicó que la modificación forma parte del denominado “buffer de precios”, mecanismo que la compañia implementa desde abril para amortiguar las variaciones internacionales del crudo y evitar trasladarlas de manera inmediata a los consumidores.

La empresa señaló que el esquema continúa vigente debido a la volatilidad generada por el conflicto en Medio Oriente y sus efectos sobre el precio internacional del petróleo. La firma había mantenido sus valores generales sin cambios mientras otras compañías avanzaban con incrementos mayores.

Al mismo tiempo, YPF mantiene su sistema de micropricing, que permite realizar ajustes específicos de acuerdo con variables como oferta y demanda, competencia, corredores viales, ubicación geográfica y franjas horarias. Por esa razón, pueden existir diferencias entre los precios de distintas estaciones de una misma provincia.

La nueva actualización llega, además, en un mercado que atraviesa varios meses de retroceso en las ventas. En agosto, el expendio de combustibles al público registró una caída interanual del 2,19%, con lo que acumuló siete meses consecutivos de bajas.

El movimiento de los precios agrega así otro factor a la evolución del gasto de los hogares y las empresas. En San Juan, desde este sábado, cargar un tanque completo requiere un desembolso mayor, mientras las petroleras continúan ajustando sus pizarras entre la evolución del crudo internacional, la competencia local y el comportamiento de la demanda.

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