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Modifican el proyecto original y reformularán las escalas, aumentando la progresividad del tributo

 El Gobierno nacional decidió reducir las alícuotas del impuesto a las Ganancias que deberán pagar las sociedades comerciales, lo que beneficiará a más del 90% de las pequeñas y medianas empresas, a partir de un acuerdo alcanzado para reformular el proyecto de ley enviado en marzo pasado al Congreso para su tratamiento. La nueva propuesta prevé que la tasa del 25% será abonada por las sociedades cuando la ganancia no supere los 5.000.000 de pesos anuales, alícuota que no solo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.

La decisión fue adoptada en una reunión de gabinete económico que encabezó el jefe de ministros, Santiago Cafiero, que conto con la asistencia del titular del Palacio de Hacienda, Martin Guzmán; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco,

En un comunicado, el Ministerio de Economía anunció que se enviará al Congreso el proyecto de Ganancias de Sociedades con» enmiendas que buscan robustecer su carácter progresivo». Agregó que “el proyecto implica una reducción de la carga tributaria para el 90% de las empresas, en su mayoría micro y pequeñas empresas y, al mismo tiempo, fortalece la sostenibilidad fiscal».

El Palacio de Hacienda subrayó que, «a partir del nuevo esquema propuesto, solamente el 10% de las empresas pagará una alícuota del Impuesto a las Ganancias más elevada que la actual».

La tasa del 25% comprenderá a las empresas con una ganancia de hasta 5 millones de pesos anuales. En tanto, la alícuota del 30 por ciento comprenderá a las sociedades con ganancias de entre 5 y 20 millones de peso anuales. Por su parte, las empresas con una ganancia superior a 20 millones de pesos pasarán a abonar una tasa del 35%.

También participaron de la reunión del gabinete económico los titulares de la comisiones de Presupuesto del Senado y de Diputados, Carlos Heller y Carlos Caserio; la senadora Anabel Fernández Sagasti, la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, y los secretarios de Energía Darío Martínez, y de Política Tributaria, Roberto Arias y la jefa de gabinete del Ministerio de Economía, Melina Mallamace.

El Ministerio de Economía precisó que «se mantendría la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos».

La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión, dijeron fuentes gubernamentales y legislativas.

El 11 de marzo pasado, el Poder ejecutivo envió un proyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias de las empresas, en el que establecía inicialmente que las compañías debían pagar entre el 25 y el 35 de alícuota.

Ahora, con la actualización que el Palacio de Hacienda enviará al Congreso mañana, se estableció que el 90 por ciento del total de las empresas que tributan este impuestos -en su mayoría pequeñas y medianas- abonarán la tasa más baja, del 25%.

El Gobierno fijó en 2020 una tasa del 30 por ciento, luego de que a fines del 2019 el gobierno de Mauricio Macri dispusiera la suspensión de la ley aprobada en 2017, que disminuía la tasa que debían pagar las Sociedades de Capitales.

De este modo y cuando se apruebe la reforma de Ganancias Sociedades, el porcentaje será más bajo para la mayoría de las empresas, ya que se ubicará en torno al 25 por ciento. De esta manera se modifica el proyecto original enviado en marzo y se rehacen las escalas, aumentando la progresividad del impuesto.

El proyecto que había girado el PEN establecía una alícuota del 25 por ciento para las sociedades con una ganancia de 1,3 millones de pesos anuales, cifra que ahora fue elevada a 5 millones de pesos.

En el caso de los que tienen que pagar una tasa del 30 por ciento, el proyecto original determinaba un nivel de ganancias anual de $2,6 millones, cifra que ahora pasó a estar comprendida dentro de un rango de entre 5 millones y 20 millones de pesos anuales.

En el tercer tramo se estableció que las sociedades con ganancias anuales superiores a 2,6 millones pesos pagarán una alícuota de 35 por ciento, porcentaje que el nuevo proyecto ubicó por encima de los 20 millones de pesos anual.

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El desempleo en Argentina alcanzó el 7,9% y la informalidad tocó el 45%

El mercado laboral argentino cerró el segundo trimestre con un aumento de la desocupación y un nuevo avance de la informalidad. Según los datos publicados por el INDEC, la tasa de desempleo llegó al 7,9%, dos décimas por encima del trimestre anterior y 0,3 puntos más que en igual período de 2025.

La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) relevó 31 aglomerados urbanos y registró alrededor de 1,16 millones de desocupados dentro de esa muestra. Proyectado al conjunto del país, el dato representa aproximadamente 1,73 millones de personas sin trabajo. Al mismo tiempo, la tasa de actividad alcanzó el 48,9% y la de empleo se ubicó en 45%.

El mapa territorial mostró diferencias marcadas. La región Pampeana presentó la mayor tasa de desocupación, con 9,7%, mientras que Gran Rosario encabezó el registro entre los aglomerados relevados, con 11,5%. Le siguieron Gran Córdoba, con 10,5%, y Mar del Plata, con 9,9%.

También quedaron por encima del promedio nacional Bahía Blanca-Cerri, con 9,7%; Gran La Plata, con 8,7%; Gran Santa Fe, con 8,6%; y San Nicolás-Villa Constitución, con 8,4%. En el otro extremo, el Noroeste registró una tasa regional de 4,3%, mientras Cuyo llegó al 5,9%.

Una brecha marcada entre las grandes ciudades

El tamaño de los centros urbanos también aparece asociado a diferencias en el desempleo. Los aglomerados de 500.000 habitantes o más registraron una tasa de 8,3%, frente al 6% de aquellos con menor población.

Dentro del Área Metropolitana de Buenos Aires, el promedio fue de 8,2%, aunque con una diferencia considerable entre sus dos jurisdicciones: los partidos del Gran Buenos Aires alcanzaron el 8,8%, mientras que la Ciudad de Buenos Aires registró 5,6%.

En Cuyo, donde se encuentra San Juan, la tasa regional fue de 5,9%. Gran Mendoza llegó al 8,1%, mientras Gran San Juan registró 3,2%, de acuerdo con la información difundida a partir de los datos de la EPH.

La informalidad alcanzó al 45% de los ocupados

El otro dato relevante del informe aparece en la calidad de los puestos de trabajo. La informalidad laboral alcanzó el 45% durante el segundo trimestre, con un incremento de 1,8 puntos porcentuales respecto de igual período de 2025.

La evolución desde fines de 2023 muestra además una modificación en la composición del empleo: mientras la ocupación no registrada incorporó 780.600 personas, el empleo registrado perdió 631.300 puestos en ese período. En términos relativos, la ocupación registrada acumuló una reducción cercana al 4,7%, según el análisis de los datos oficiales.

Entre los trabajadores informales también ganó participación el cuentapropismo. En el segundo trimestre, los trabajadores por cuenta propia representaron el 37,6% de los informales, frente al 34,3% un año antes, de acuerdo con el procesamiento de los datos de la EPH.

El informe deja así dos indicadores que avanzaron simultáneamente: una mayor proporción de personas que buscan empleo sin conseguirlo y un crecimiento del empleo no registrado entre quienes sí tienen una ocupación. La combinación de ambos datos permite observar no sólo la cantidad de puestos disponibles, sino también la composición y las condiciones de nuevas contrataciones que se generan en las distintas regiones del país.

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Orrego viajará a París con Milei para mostrar el potencial minero de San Juan

El gobernador de San Juan integrará la delegación que acompañará al Presidente en París entre el 30 de septiembre y el 2 de octubre. La agenda incluirá encuentros con empresarios e inversores y reuniones en la OCDE, la Agencia Internacional de Energía y la Cámara de Comercio Internacional, con especial atención en minería, energía, agroindustria, infraestructura y tecnología.

La delegación estará integrada por 12 gobernadores, entre ellos Orrego, Carlos Sadir (Jujuy), Alfredo Cornejo (Mendoza), Juan Pablo Valdés (Corrientes), Raúl Jalil (Catamarca), Gustavo Sáenz (Salta), Alberto Weretilneck (Río Negro), Ignacio Torres (Chubut), Rolando Figueroa (Neuquén), Rogelio Frigerio (Entre Ríos) y Leandro Zdero (Chaco).

Para San Juan, esta participación constituye una plataforma clave para la promoción internacional de sus proyectos productivos. La agenda se centrará en la minería, los minerales críticos y la energía, sectores estratégicos donde la provincia busca atraer inversiones para expandir su infraestructura y financiar nuevos desarrollos.

Uno de los puntos institucionales de mayor relevancia será la recepción prevista en el Palacio del Elíseo, con la presencia del presidente francés Emmanuel Macron. De este modo, una agenda inicialmente centrada en inversiones y comercio tendrá también una dimensión diplomática vinculada con la relación bilateral entre Argentina y Francia.

Para Orrego no será su primera participación en este formato. En marzo de 2026 integró la Argentina Week realizada en Nueva York, donde participó junto a autoridades nacionales, empresarios e inversores internacionales en encuentros destinados a presentar oportunidades de inversión del país. El cierre tuvo lugar en las oficinas de Microsoft en Times Square y reunió a más de 270 asistentes, según informaron los organizadores.

El acuerdo Unión Europea-Mercosur será uno de los temas centrales de la Argentina Week en París, un evento clave en un contexto donde el comercio exterior, la energía y los minerales críticos marcan la agenda bilateral. En este marco, la participación de San Juan fortalecerá la estrategia institucional del Gobierno nacional y servirá de plataforma para impulsar los proyectos locales. Para el gobernador Orrego, esta misión de tres días en la capital francesa representa una oportunidad estratégica para exponer el potencial minero, energético y productivo de la provincia ante inversores y empresas europeas.

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Un fallo pone bajo la lupa el alquiler de autos para trabajar con aplicaciones

El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 3 reconoció la existencia de una relación laboral entre deRentas y trabajadores que utilizaban sus vehículos para prestar servicios mediante aplicaciones y determinó la aplicación del Convenio Colectivo 773/2019. FAREM considera que la sentencia puede convertirse en un antecedente relevante para otras empresas del rubro.

La sentencia fue dictada por el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 3 y fue recibida por la Federación Argentina de Remises (FAREM) como un pronunciamiento de relevancia frente a las nuevas modalidades de transporte de pasajeros que utilizan aplicaciones digitales.

Para el secretario general de FAREM, Alejandro Poli, el fallo establece que la utilización de una plataforma tecnológica no modifica la naturaleza de la tarea desarrollada por el conductor. El dirigente sostuvo que cuando un trabajador recibe un pedido, se dirige a buscar a un pasajero y lo traslada hasta otro destino a cambio de una remuneración, la prestación debe quedar comprendida dentro del convenio específico de la actividad.

El punto adquiere especial importancia por la modalidad contractual utilizada por empresas que ofrecen vehículos a conductores que luego trabajan mediante aplicaciones. Según la interpretación de FAREM, presentar la relación como un simple alquiler de automóvil no alcanza para excluir las obligaciones laborales cuando, en los hechos, existe una prestación organizada y remunerada.

«Todos van a tener que cumplir el convenio colectivo 773/2019», afirmó Poli al referirse al alcance que el gremio pretende darle al pronunciamiento. El dirigente incluyó dentro de ese universo a remiseros, choferes administrativos y conductores vinculados con aplicaciones, independientemente de la denominación contractual utilizada por las empresas.

El CCT 773/2019 establece distintas categorías salariales para la actividad. FAREM sostiene que, en el caso analizado, deRentas debe encuadrar a sus conductores de acuerdo con la categoría correspondiente a una empresa de la dimensión de la firma. Poli cuestionó además los contratos mediante los cuales los trabajadores abonan semanalmente por adelantado para acceder a un vehículo y luego generar sus ingresos como conductores.

La discusión excede, de este modo, el caso particular. La expansión de las aplicaciones modificó la forma de solicitar viajes y de vincular a pasajeros con conductores, pero abrió al mismo tiempo una disputa sobre el encuadramiento laboral, las obligaciones de las empresas y los derechos que corresponden a quienes realizan los traslados.

Desde FAREM interpretan que la sentencia aporta un criterio para discutir aquellas estructuras que presentan al conductor como un mero locatario del vehículo, mientras la empresa organiza o condiciona su prestación. No obstante, el fallo corresponde al expediente de deRentas y su eventual proyección sobre otras compañías deberá definirse en cada caso concreto.

La resolución suma así un nuevo capítulo a la disputa por la regulación laboral del transporte mediante aplicaciones. Mientras las plataformas y empresas vinculadas al alquiler de vehículos desarrollan modelos contractuales adaptados a la economía digital, los representantes de los trabajadores buscan que la Justicia determine qué derechos corresponden cuando, detrás de esas nuevas formas de prestación, subsisten las características propias del transporte remunerado de pasajeros.

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