Reducen el impuesto a las ganancias a las empresas
Modifican el proyecto original y reformularán las escalas, aumentando la progresividad del tributo

El Gobierno nacional decidió reducir las alícuotas del impuesto a las Ganancias que deberán pagar las sociedades comerciales, lo que beneficiará a más del 90% de las pequeñas y medianas empresas, a partir de un acuerdo alcanzado para reformular el proyecto de ley enviado en marzo pasado al Congreso para su tratamiento. La nueva propuesta prevé que la tasa del 25% será abonada por las sociedades cuando la ganancia no supere los 5.000.000 de pesos anuales, alícuota que no solo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.
La decisión fue adoptada en una reunión de gabinete económico que encabezó el jefe de ministros, Santiago Cafiero, que conto con la asistencia del titular del Palacio de Hacienda, Martin Guzmán; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco,
En un comunicado, el Ministerio de Economía anunció que se enviará al Congreso el proyecto de Ganancias de Sociedades con» enmiendas que buscan robustecer su carácter progresivo». Agregó que “el proyecto implica una reducción de la carga tributaria para el 90% de las empresas, en su mayoría micro y pequeñas empresas y, al mismo tiempo, fortalece la sostenibilidad fiscal».
El Palacio de Hacienda subrayó que, «a partir del nuevo esquema propuesto, solamente el 10% de las empresas pagará una alícuota del Impuesto a las Ganancias más elevada que la actual».
La tasa del 25% comprenderá a las empresas con una ganancia de hasta 5 millones de pesos anuales. En tanto, la alícuota del 30 por ciento comprenderá a las sociedades con ganancias de entre 5 y 20 millones de peso anuales. Por su parte, las empresas con una ganancia superior a 20 millones de pesos pasarán a abonar una tasa del 35%.
También participaron de la reunión del gabinete económico los titulares de la comisiones de Presupuesto del Senado y de Diputados, Carlos Heller y Carlos Caserio; la senadora Anabel Fernández Sagasti, la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, y los secretarios de Energía Darío Martínez, y de Política Tributaria, Roberto Arias y la jefa de gabinete del Ministerio de Economía, Melina Mallamace.
El Ministerio de Economía precisó que «se mantendría la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos».
La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión, dijeron fuentes gubernamentales y legislativas.
El 11 de marzo pasado, el Poder ejecutivo envió un proyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias de las empresas, en el que establecía inicialmente que las compañías debían pagar entre el 25 y el 35 de alícuota.
Ahora, con la actualización que el Palacio de Hacienda enviará al Congreso mañana, se estableció que el 90 por ciento del total de las empresas que tributan este impuestos -en su mayoría pequeñas y medianas- abonarán la tasa más baja, del 25%.
El Gobierno fijó en 2020 una tasa del 30 por ciento, luego de que a fines del 2019 el gobierno de Mauricio Macri dispusiera la suspensión de la ley aprobada en 2017, que disminuía la tasa que debían pagar las Sociedades de Capitales.
De este modo y cuando se apruebe la reforma de Ganancias Sociedades, el porcentaje será más bajo para la mayoría de las empresas, ya que se ubicará en torno al 25 por ciento. De esta manera se modifica el proyecto original enviado en marzo y se rehacen las escalas, aumentando la progresividad del impuesto.
El proyecto que había girado el PEN establecía una alícuota del 25 por ciento para las sociedades con una ganancia de 1,3 millones de pesos anuales, cifra que ahora fue elevada a 5 millones de pesos.
En el caso de los que tienen que pagar una tasa del 30 por ciento, el proyecto original determinaba un nivel de ganancias anual de $2,6 millones, cifra que ahora pasó a estar comprendida dentro de un rango de entre 5 millones y 20 millones de pesos anuales.
En el tercer tramo se estableció que las sociedades con ganancias anuales superiores a 2,6 millones pesos pagarán una alícuota de 35 por ciento, porcentaje que el nuevo proyecto ubicó por encima de los 20 millones de pesos anual.
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Las empresas proyectan aumentos salariales del 22% para 2027
Las empresas argentinas presupuestan aumentos salariales del 22,8% para 2027, con una previsión de inflación del 22,4%, según una encuesta de la consultora WTW. El relevamiento, presentado durante su Seminario Anual sobre Compensaciones y Beneficios, muestra que las compañías comenzaron a definir sus pautas de actualización para el personal fuera de convenio, con incrementos que, en esta primera etapa, se mantienen prácticamente alineados con los precios esperados. El 76% prevé distribuir los aumentos en dos o tres instancias, mientras que la mayoría no planea modificar los presupuestos de 2026.
El 56% de las empresas ya trabaja en el presupuesto salarial para el próximo año, mientras que el 44% todavía no inició esa tarea. Entre las compañías que avanzaron con las estimaciones, tanto la inflación proyectada como los ajustes salariales tienen una mediana del 22%, aunque los promedios se ubican en 22,4% y 22,8%, respectivamente.
Dos o tres aumentos concentrarían la mayoría de los ajustes
La modalidad de actualización también comienza a definirse. El 76% de las compañías prevé aplicar dos o tres incrementos durante 2027: el 38% contempla dos revisiones y otro 38%, tres.
Para el primer trimestre, la mediana del aumento acumulado previsto es del 10%, mientras que para el primer semestre alcanza el 10,1%. La referencia anual se mantiene en el 22%, aunque los porcentajes finales dependerán de la evolución económica y de las decisiones que adopte cada empleador.
Las previsiones presentan diferencias según la rama de actividad. Los servicios profesionales encabezan las estimaciones, con una mediana del 24%. Consumo, química, plásticos y pintura, y alta tecnología proyectan subas del 23%. En el extremo inferior, energía prevé un 20% y bancos y entidades financieras, un 21%.
Cautela para el cierre de 2026
Las decisiones pendientes sobre los salarios de este año reflejan una conducta más conservadora. El 58% de las empresas no prevé modificar el presupuesto salarial de 2026, mientras que el 34% todavía evalúa posibles cambios y apenas el 8% anticipa una revisión.
También permanece abierta la posibilidad de aplicar un ajuste compensatorio —conocido como catch up— al comienzo de 2027 para recuperar diferencias frente a la inflación. El 49% de las compañías descarta esa alternativa, el 39% la mantiene bajo análisis y el 12% confirmó que la implementará. Entre estas últimas, la mediana del incremento adicional previsto es del 5%.
Las cifras de WTW corresponden a proyecciones empresariales y no constituyen aumentos acordados ni garantizados para el conjunto de los trabajadores. Su evolución estará condicionada por la inflación efectiva, el desempeño de cada compañía y las decisiones que se adopten durante las negociaciones salariales.
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El Gobierno redujo a seis los medicamentos esenciales y excluyó fármacos de uso frecuente
La Resolución 1447/2026 del Ministerio de Salud derogó el listado aprobado en 2021 y estableció seis principios activos como referencia para la planificación y provisión de medicamentos. Quedaron excluidos fármacos para la diabetes, el hipotiroidismo, el asma y las infecciones, además de anticonceptivos. El alcance sobre la entrega efectiva dependerá de cómo se implemente el nuevo esquema.
Entre los medicamentos que quedaron fuera de la nueva nómina figuran la levotiroxina, utilizada para tratar el hipotiroidismo; la metformina, indicada para la diabetes tipo 2; la amoxicilina, un antibiótico de uso extendido; y el salbutamol, empleado para aliviar episodios de broncoespasmo, entre ellos los asociados al asma. También fueron excluidos el fluconazol, la loratadina y los anticonceptivos.
Los seis principios activos seleccionados
El nuevo listado incorpora ácido acetilsalicílico, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina. Se trata de medicamentos utilizados, según cada indicación clínica, para reducir el colesterol, controlar la presión arterial y prevenir complicaciones cardiovasculares.
La cartera sanitaria fundamentó la selección en la necesidad de priorizar tratamientos frente a la carga que representan las enfermedades vasculares para el sistema de salud. La resolución establece que la nómina servirá como referencia para organizar las compras, la planificación y la provisión de medicamentos en los efectores públicos.
Qué implica para Remediar
El cambio se vincula con la política de medicamentos esenciales, pero es necesario distinguir la modificación del vademécum de la disponibilidad efectiva de cada fármaco. La exclusión de un medicamento del nuevo listado no demuestra, por sí sola, que haya dejado de entregarse por todas las vías del sistema público.
Creado para facilitar el acceso gratuito a tratamientos mediante centros de atención primaria, Remediar constituye una herramienta de provisión para personas que dependen de la atención estatal. Por eso, el efecto concreto de la modificación estará determinado por las compras que se realicen, los mecanismos de distribución y las alternativas que permanezcan disponibles para cada tratamiento.
La prioridad sanitaria: las enfermedades vasculares
La actualización coincide con el anuncio del Plan Nacional de Abordaje Integral de Salud Vascular 2026-2030, orientado a fortalecer la prevención, la detección temprana y la atención de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, incluidos los infartos y los accidentes cerebrovasculares.
La resolución señala, además, que la modificación no requiere gastos presupuestarios adicionales para el Ministerio de Salud. Sin embargo, la reducción del listado abre interrogantes sobre la continuidad del acceso a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas, afecciones respiratorias e infecciones.
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En plena marcha universitaria, la Justicia suspendió las sanciones al Gobierno
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal aceptó una queja del Ministerio de Capital Humano y suspendió provisoriamente la multa de $100.000 diarios que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli. La Cámara deberá revisar la apelación del Gobierno, mientras continúa la disputa por la actualización de los salarios universitarios y los fondos para becas.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió las multas diarias contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión de la Sala III se conoció este jueves, mientras estudiantes, docentes, no docentes y organizaciones sociales participaban de la quinta Marcha Federal Universitaria en distintos puntos del país.
El tribunal hizo lugar a una presentación del Ministerio de Capital Humano y dispuso que la apelación del Gobierno se tramite con efecto suspensivo. De ese modo, quedó temporalmente frenada la aplicación de las astreintes, fijadas en $100.000 por día, hasta que avance la revisión judicial. La resolución no determina que el Ejecutivo haya cumplido con sus obligaciones ni resuelve el fondo de la controversia.
La sanción había sido dispuesta el miércoles por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11. El magistrado consideró que existía un incumplimiento de la cautelar que ordenaba actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales y garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles.
El fallo se había producido después de reiteradas intimaciones al Ejecutivo. El 22 de septiembre, Cormick había otorgado un plazo de cinco días para aplicar la ley bajo apercibimiento de sanciones económicas. Ante la falta de cumplimiento que tuvo por acreditada, el juez hizo efectiva la advertencia y dispuso la multa contra el titular de la Jefatura de Gabinete.
La representación legal del Estado cuestionó esa decisión y sostuvo que la cautelar ya se encontraba íntegramente cumplida. La Sala III, integrada por los jueces Sergio Gustavo Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, admitió el recurso de queja y ordenó tramitar la apelación con efecto suspensivo.
El pronunciamiento modifica, por ahora, el alcance inmediato de la sanción económica, pero no elimina la obligación que originó la cautelar ni cierra la discusión sobre la aplicación de la ley. La controversia judicial continuará con el análisis de los argumentos del Gobierno y de los reclamos vinculados con el financiamiento universitario.
La coincidencia entre la resolución judicial y la protesta visibilizó dos dimensiones de una misma disputa: la exigencia de la comunidad universitaria de contar con recursos y salarios actualizados, y la discusión en los tribunales sobre los mecanismos para hacer cumplir las decisiones judiciales El próximo avance del expediente será determinante para establecer si se mantiene la suspensión de las multas y cómo continúa el reclamo por la ejecución de la ley.
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