Reducen el impuesto a las ganancias a las empresas
Modifican el proyecto original y reformularán las escalas, aumentando la progresividad del tributo

El Gobierno nacional decidió reducir las alícuotas del impuesto a las Ganancias que deberán pagar las sociedades comerciales, lo que beneficiará a más del 90% de las pequeñas y medianas empresas, a partir de un acuerdo alcanzado para reformular el proyecto de ley enviado en marzo pasado al Congreso para su tratamiento. La nueva propuesta prevé que la tasa del 25% será abonada por las sociedades cuando la ganancia no supere los 5.000.000 de pesos anuales, alícuota que no solo abarcará a las pymes sino también a la mayoría de las medianas empresas.
La decisión fue adoptada en una reunión de gabinete económico que encabezó el jefe de ministros, Santiago Cafiero, que conto con la asistencia del titular del Palacio de Hacienda, Martin Guzmán; el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa; y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco,
En un comunicado, el Ministerio de Economía anunció que se enviará al Congreso el proyecto de Ganancias de Sociedades con» enmiendas que buscan robustecer su carácter progresivo». Agregó que “el proyecto implica una reducción de la carga tributaria para el 90% de las empresas, en su mayoría micro y pequeñas empresas y, al mismo tiempo, fortalece la sostenibilidad fiscal».
El Palacio de Hacienda subrayó que, «a partir del nuevo esquema propuesto, solamente el 10% de las empresas pagará una alícuota del Impuesto a las Ganancias más elevada que la actual».
La tasa del 25% comprenderá a las empresas con una ganancia de hasta 5 millones de pesos anuales. En tanto, la alícuota del 30 por ciento comprenderá a las sociedades con ganancias de entre 5 y 20 millones de peso anuales. Por su parte, las empresas con una ganancia superior a 20 millones de pesos pasarán a abonar una tasa del 35%.
También participaron de la reunión del gabinete económico los titulares de la comisiones de Presupuesto del Senado y de Diputados, Carlos Heller y Carlos Caserio; la senadora Anabel Fernández Sagasti, la titular de la AFIP, Mercedes Marco del Pont, y los secretarios de Energía Darío Martínez, y de Política Tributaria, Roberto Arias y la jefa de gabinete del Ministerio de Economía, Melina Mallamace.
El Ministerio de Economía precisó que «se mantendría la alícuota del 7% para dividendos distribuidos en todos los casos».
La nueva iniciativa reformula la reforma tributaria sancionada en 2017, instrumentada por el Gobierno de Juntos por el Cambio, que tuvo un carácter regresivo, debilitó al fisco y no tuvo un impacto positivo en términos de aumentar la producción, el empleo y la inversión, dijeron fuentes gubernamentales y legislativas.
El 11 de marzo pasado, el Poder ejecutivo envió un proyecto de ley para reformar el impuesto a las Ganancias de las empresas, en el que establecía inicialmente que las compañías debían pagar entre el 25 y el 35 de alícuota.
Ahora, con la actualización que el Palacio de Hacienda enviará al Congreso mañana, se estableció que el 90 por ciento del total de las empresas que tributan este impuestos -en su mayoría pequeñas y medianas- abonarán la tasa más baja, del 25%.
El Gobierno fijó en 2020 una tasa del 30 por ciento, luego de que a fines del 2019 el gobierno de Mauricio Macri dispusiera la suspensión de la ley aprobada en 2017, que disminuía la tasa que debían pagar las Sociedades de Capitales.
De este modo y cuando se apruebe la reforma de Ganancias Sociedades, el porcentaje será más bajo para la mayoría de las empresas, ya que se ubicará en torno al 25 por ciento. De esta manera se modifica el proyecto original enviado en marzo y se rehacen las escalas, aumentando la progresividad del impuesto.
El proyecto que había girado el PEN establecía una alícuota del 25 por ciento para las sociedades con una ganancia de 1,3 millones de pesos anuales, cifra que ahora fue elevada a 5 millones de pesos.
En el caso de los que tienen que pagar una tasa del 30 por ciento, el proyecto original determinaba un nivel de ganancias anual de $2,6 millones, cifra que ahora pasó a estar comprendida dentro de un rango de entre 5 millones y 20 millones de pesos anuales.
En el tercer tramo se estableció que las sociedades con ganancias anuales superiores a 2,6 millones pesos pagarán una alícuota de 35 por ciento, porcentaje que el nuevo proyecto ubicó por encima de los 20 millones de pesos anual.
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Revés para la CGT: la Cámara habilita la vigencia de la reforma laboral mientras sigue el litigio
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la cautelar que frenaba parte de la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. La decisión restituye la vigencia de los artículos cuestionados mientras se analiza el fondo del caso.
La disputa judicial por la reforma laboral sumó un giro determinante. La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió otorgar efecto suspensivo al recurso presentado por el Estado nacional, lo que implica que la medida cautelar que había frenado la aplicación de una parte sustancial de la ley pierde vigencia de manera inmediata.
El fallo, firmado por los jueces María Dora González y Víctor Arturo Pesino, modifica el encuadre inicial del expediente y redefine el escenario jurídico. Hasta ahora, la cautelar dictada por el juez Enrique Ojeda mantenía suspendidos 83 artículos de la norma. Con la nueva resolución, esos puntos vuelven a regir mientras el tribunal analiza la cuestión de fondo.
El eje de la decisión radica en la interpretación de la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Según el tribunal, cuando una resolución judicial suspende los efectos de una ley sancionada por el Congreso, la apelación debe tramitar con efecto suspensivo, salvo situaciones excepcionales vinculadas a derechos de especial protección. En este caso, los camaristas consideraron que no se verificaban esas condiciones.
La causa, iniciada por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina, cuestiona aspectos centrales de la Ley 27.802. El planteo sindical apunta a modificaciones en el régimen de indemnizaciones, cambios en las condiciones de contratación, ajustes en la jornada laboral y alteraciones en la representación gremial. Desde esa perspectiva, la central obrera sostiene que la norma implica un retroceso en derechos laborales consolidados.
En primera instancia, el magistrado había considerado acreditados los requisitos para dictar la cautelar, en particular la verosimilitud del derecho invocado y el riesgo de daño irreparable. Esa evaluación fue ahora revisada en términos procesales por la Cámara, que no ingresó aún en el análisis de fondo, pero sí redefinió el alcance de la medida.
Por su parte, el Estado nacional —a través de la Procuración del Tesoro— cuestionó tanto la procedencia de la cautelar como la legitimación de la CGT para impulsar la acción. Además, sostuvo que no existía un caso concreto que justificara la suspensión de una ley aprobada por el Congreso, argumento que encontró eco en la decisión de la Sala VIII.
La estrategia oficial incluye, además, un recurso extraordinario por “per saltum” ante la Corte Suprema, con el objetivo de acelerar una definición definitiva. De este modo, el conflicto transita simultáneamente distintos niveles del sistema judicial, lo que anticipa una resolución de alto impacto institucional.
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Sin datos, sin vuelos: trabajadores del SMN anunccian “apagón informativo” y denuncian despidos masivos
Trabajadores del Servicio Meteorológico Nacional realizarán un paro con cese de tareas este 24 de abril. Denuncian despidos masivos y advierten que la medida afectará la operatividad aérea y la emisión de alertas climáticas.
El sistema de monitoreo climático argentino enfrenta una interrupción que trasciende lo gremial. La decisión de los trabajadores del Servicio Meteorológico Nacional de llevar adelante un “apagón informativo” durante este viernes 24 de abril introduce un elemento de riesgo que impacta tanto en la seguridad aérea como en la capacidad del Estado para emitir alertas tempranas.
La medida, impulsada por la Asociación de Trabajadores del Estado, surge como respuesta a una nueva tanda de despidos que, según denuncian, alcanza a 140 trabajadores y podría ampliarse a 250 en el corto plazo. Estas cesantías se suman a las registradas durante 2024, en un proceso de reducción de personal que, de acuerdo con los propios empleados, compromete la operatividad del organismo.
El impacto inmediato de la protesta es concreto. La ausencia de datos meteorológicos oficiales limita la planificación y ejecución de vuelos, una actividad que depende de información precisa y constante sobre condiciones atmosféricas. “Sin monitoreo, las operaciones no pueden realizarse con garantías”, advirtió Ana Saralegui, delegada de ATE en el organismo, al explicar que la seguridad aérea requiere un sistema activo de observación y análisis.
La situación interna del SMN expone un deterioro significativo. Con una planta que ronda los 600 trabajadores —cuando el propio organismo estima que se necesitan al menos 1.200 para un funcionamiento adecuado—, la reducción de recursos humanos impacta en la calidad de los pronósticos y en la capacidad de respuesta ante eventos climáticos extremos. La consecuencia, advierten, es una población menos protegida frente a contingencias que requieren información oportuna.
Desde el sindicato también cuestionan la justificación oficial basada en la incorporación de tecnología. El Gobierno sostiene que la modernización del sistema permitirá optimizar recursos mediante estaciones meteorológicas automáticas. Sin embargo, los trabajadores señalan que ese proceso exige etapas de validación técnica que demandan tiempo y supervisión especializada. “No se trata de reemplazos inmediatos; sin personal capacitado, la tecnología no resuelve el problema”, sostienen.
El conflicto se inscribe en una política más amplia de reducción del gasto estatal impulsada por la administración de Javier Milei. En esa línea, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, vinculó la situación del SMN con recortes en otros organismos de ciencia y técnica, como el INTI, donde también se proyectan reducciones significativas de personal.
La discusión, en este punto, trasciende el ámbito laboral. El funcionamiento del Servicio Meteorológico no sólo responde a una lógica administrativa, sino que constituye un componente central en la prevención de riesgos, la planificación productiva y la seguridad en múltiples actividades. La interrupción de sus servicios, incluso por unas horas, deja en evidencia la dependencia estructural de estos sistemas.
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La comunidad universitaria fijó para el 12 de mayo una nueva Marcha Federal
El sistema universitario nacional volverá a ocupar el centro de la escena pública con una nueva movilización de alcance federal. La convocatoria, prevista para el 12 de mayo frente a la Casa Rosada, tiene como eje principal el reclamo al Gobierno para que cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario, una norma que permanece sin aplicación efectiva pese a los fallos judiciales que ordenaron su implementación.
La iniciativa surge de un amplio entramado de actores que incluye a la Federación Universitaria Argentina, el Consejo Interuniversitario Nacional y el Frente Gremial Universitario, junto a federaciones docentes y nodocentes. La consigna excede el ámbito académico: busca articular una expresión más amplia que incorpore a sectores sociales que enfrentan un deterioro sostenido de sus ingresos.
En ese sentido, Daniel Ricci, titular de la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), planteó que la convocatoria apunta a trascender el universo universitario. “La universidad pública es de todos los argentinos. La movilización reunirá a distintos sectores que ven afectados sus derechos y su poder adquisitivo”, sostuvo, en una definición que busca ampliar la base social del reclamo.
El conflicto tiene como punto central la falta de cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario, que establece la recomposición de salarios, la actualización de partidas y el sostenimiento de programas clave como las becas. Desde el entorno académico advierten que la ausencia de estos recursos compromete el funcionamiento de las casas de estudio y profundiza la pérdida salarial de docentes y trabajadores.
Por su parte, el Gobierno nacional, encabezado por Javier Milei, sostiene una posición firme en torno a la inviabilidad de la norma. El Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema con el objetivo de evitar su aplicación, argumentando que el cumplimiento de la ley implicaría una reasignación presupuestaria de magnitud tal que afectaría el funcionamiento general del Estado.
Según la postura oficial, la implementación plena de la norma requeriría redirigir una porción significativa de los recursos destinados a gastos primarios, lo que —afirman— podría comprometer áreas sensibles como seguridad, justicia y servicios básicos. Esta interpretación marca una línea de confrontación directa con los sectores universitarios, que consideran que el financiamiento educativo debe ser una prioridad estratégica.
En este aspecto, el Gobierno también impulsó planteos en el ámbito judicial vinculados a la integración de la Corte Suprema en este expediente, solicitando que algunos de sus miembros se aparten de la causa por su vinculación con el sistema universitario. La discusión jurídica se entrelaza así con una disputa política de mayor alcance, donde se dirime el rol del Estado en el sostenimiento de la educación pública.
La convocatoria a la Marcha Federal se inscribe en una secuencia de protestas que han logrado visibilidad y adhesión social en los últimos meses. En esta oportunidad, los organizadores buscan ampliar la participación y consolidar una señal contundente frente a lo que consideran un retroceso en materia de derechos educativos y laborales.
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