
Desde el 1 de abril entra en vigencia la ley de teletrabajo
No tiene aplicación cuando las actividades se realicen en dependencias de los empleadores ni en las tercerizadas

El Gobierno nacional estableció que el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, previsto por la Ley Nº 27.555, entrará en vigencia el 1 de abril próximo, según una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial. Así quedó establecido mediante la Resolución 54/2021 del Ministerio de Trabajo. El régimen fue aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado y regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan.
La reglamentación de la Ley 27.555 había sido publicada el mes pasado en el Boletín Oficial a través del Decreto 27/2021, con las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
El primer artículo establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular».
Tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».
En tanto, en el anexo publicado, se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar.
El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».
«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)», dice la normativa y aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión». Y agrega que «los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos».
En cuanto a las tareas de cuidado, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza. «En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva», agrega el artículo 6°.
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La UTA anunció un paro de colectivos en todo el país para el 6 de mayo

La Unión Tranviarios Automotor (UTA) confirmó un paro de colectivos de 24 horas en todo el país para el próximo martes 6 de mayo, tras el fracaso en las negociaciones salariales con las empresas del sector y el vencimiento del período de conciliación obligatoria dictado por el Gobierno nacional.
La medida de fuerza fue anunciada oficialmente por el Consejo Directivo Nacional del gremio, que aseguró que «pese a las gestiones realizadas, no se ha podido mejorar el ofrecimiento empresarial y se ha agotado el período de Conciliación Laboral Obligatoria». Por lo tanto, se resolvió el paro a partir de las 00:00 horas del martes en todas las empresas de transporte de pasajeros de corta y media distancia del país.
En San Juan, el secretario general de la UTA local, Héctor Maldonado, confirmó que la provincia se suma a la medida: «Es paro nacional, por lo que San Juan como todo el país para».
El paro de colectivos es un claro ejemplo de la máxima tensión entre los trabajadores y las empresas del sector. La UTA reclama un aumento salarial significativo, mientras que las empresas argumentan que el esquema vigente de tarifas y subsidios las deja en una posición de desfinanciamiento estructural.
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Otro golpe al bolsillo: El servicio de agua y cloaca aumenta un 9% en mayo

La empresa Obras Sanitarias Sociedad del Estado (OSSE) anunció un aumento del 9% en las tarifas de agua y cloaca, que regirá a partir de mayo. El servicio de agua y cloaca pasará a costar $30.020, lo que implica un incremento significativo para los usuarios.
Según se publicó en el Boletín Oficial de la provincia, OSSE ajustará su régimen tarifario a partir del periodo 05-2025, lo que tendrá impacto a partir de mayo. La empresa argumenta que el aumento se debe al incremento en los costos por prestación del servicio, producidos desde la última actualización de las tarifas.
El incremento anterior se dio en el mes de marzo, por lo que este significa el tercer reajuste en las boletas del servicio en lo que va del 2025. Los usuarios de OSSE deberán afrontar un aumento significativo en sus facturas, lo que puede generar un impacto en sus economías familiares.
La suba en las tarifas de OSSE se acumulan a otros incrementos en servicios básicos que ya están afectando a los usuarios en los últimos meses. La pregunta es si podrán absorber estos aumentos y si la empresa podrá garantizar la calidad y eficiencia en la prestación del servicio.
Impacto en los usuarios:
- El servicio de agua y cloaca pasará a costar $30.020, lo que implica un incremento del 9% respecto al valor anterior.
- El servicio de agua sola pasará de $12.429,75 a $16.393,99, lo que implica un incremento del 32% respecto al valor anterior.
La actualización de las tarifas de OSSE es un golpe más para sus abonados, que ya están sufriendo el impacto de la inflación y la pérdida de poder adquisitivo. Es fundamental que la empresa garantice la calidad y eficiencia en la atención al cliente y que los usuarios puedan acceder a un suministro básico como el agua y la cloaca sin que se les impongan aumentos desmedidos.
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El Gobierno oficializó aumentos en luz, gas y otros servicios básicos

El Gobierno nacional oficializó un aumento en las tarifas de luz y gas que regirá a partir de mayo, con un impacto final en las facturas que se ubicará entre el 2,5% y el 3%. La medida se suma a otros aumentos pautados en servicios como agua, transporte y prepagas.
La Secretaría de Energía y los entes reguladores de electricidad y gas publicaron en el Boletín Oficial las resoluciones que establecen los aumentos en las tarifas de luz y gas. Según fuentes oficiales, el incremento se debe a la revisión tarifaria quinquenal y la actualización del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST) y el Precio de Ingreso al Sistema de Transporte de Gas (PIST).
La Revisión Quinquenal de Tarifas (RQT) implicará un aumento en la remuneración para las empresas transportistas y distribuidoras de luz y gas, además de un esquema de actualización periódica automática. En mayo, las facturas finales se verán incrementadas entre 2,5% y 3% debido a la combinación de estos factores.
El aumento en las tarifas de luz y gas se suma a otros aumentos pautados para mayo en servicios básicos como agua, y prepagas. Esto implica un impacto significativo en los bolsillos de las familias argentinas, que ya están sintiendo desde hace meses el peso de la inflación y la pérdida de poder adquisitivo.
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