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La caída laboral debe leerse en el contexto de una crisis económica generada por el Macrismo y la aparición de la pandemia.

La tasa de desocupación subió hasta el 13,1% al término del segundo trimestre del año, con un incremento de 2,5 puntos porcentuales respecto al 10,6% de igual período de 2019, informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Además, la tasa de desocupación demandante se ubicó en el 5% en el segundo trimestre de este año contra el 9,2.% de igual período anterior, y la desocupación no demandante subió hasta el 4,6% contra el 3,9% del lapso previo. La caída del empleo no está directamente relacionada por el plan económico que lleva adelante el gobierno de Alberto Fernández quien, además de la crisis generada por el macrismo, se sumó la pandemia que alteró la situación financiera y laboral en todo el mundo.

El nivel de desempleo registrado en el segundo trimestre del año -de 13,1%- también se ubicó por encima de la medición del primer trimestre, cuando se ubicó en el 10.4%.

Este aumento en la tasa de desocupación se dio a la par de una caída del Producto Bruto Interno (PBI) durante el segundo trimestre, fuertemente afectado por la cuarentena para combatir la Covid-19, que alcanzó al 19,1% interanual, y del 16,2% respecto al primer trimestre.

En base a los números informados por el Indec, la de desocupación del segundo trimestre no resultó mayor debido a que menos gente salió a buscar trabajo en medio de las restricciones fijadas para la circulación por el coronavirus.

Esto último se reflejó en la tasa de actividad, calculada como porcentaje de personas en condiciones de trabajar sobre el total de la población, que bajó al 38,4% el el segundo trimestre frente al 47,7% del período anterior.

Incluso, la tasa de desocupación demandante bajó al 5% en el segundo trimestre de este año contra el 9,2% de igual lapso de 2019, mientras que la no demandante aumentó al 4,6% contra el 3,9% anterior.

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PAMI: un paro de 48 horas afecta a jubilados y pensionados en San Juan

Clínicas, sanatorios y hospitales privados de San Juan, Buenos Aires, Córdoba y Mendoza suspenden durante 48 horas las prestaciones programadas a afiliados del PAMI. Los prestadores reclaman una actualización de los aranceles, regularización de pagos y una recomposición frente al aumento de los costos.

Las clínicas, sanatorios y hospitales privados adheridos al sistema de atención del PAMI en San Juan y otras tres provincias llevan adelante un paro de 48 horas este jueves 27 y viernes 28 de agosto, en reclamo por el deterioro de los ingresos que reciben de la obra social y las demoras en los pagos.

De acuerdo con los representantes de las instituciones, la diferencia acumulada entre los valores de las prestaciones y la inflación supera el 70% en términos reales. A esa pérdida se suman demoras en la liquidación de las cápitas, el sistema mediante el cual se establece un monto por afiliado atendido.

Los establecimientos advierten que los ingresos actuales resultan insuficientes para afrontar gastos indispensables, entre ellos salarios, medicamentos, insumos descartables y materiales utilizados en prácticas de mayor complejidad.

La situación adquiere particular relevancia en San Juan, donde las instituciones privadas constituyen una parte importante de la red utilizada por los afiliados de la obra social para consultas, estudios, internaciones y procedimientos médicos.

Qué atención queda suspendida

Durante las 48 horas de la protesta quedan suspendidas las consultas programadas, los turnos de consultorios externos y las prácticas o intervenciones que no tengan carácter urgente.

El esquema no implica el cierre absoluto de los establecimientos. Las guardias permanecen operativas para atender urgencias y emergencias, con prioridad para los pacientes cuya condición implique riesgo inmediato para la vida.

De esta manera, una consulta previamente asignada, un estudio médico programado o una práctica que pueda ser postergada no será realizada durante la medida, mientras que las situaciones que requieran asistencia inmediata continuarán siendo atendidas.

Los prestadores sostienen que el objetivo de la huelga no es interrumpir la atención de los adultos mayores, sino reclamar condiciones económicas que permitan sostener la red asistencial en el tiempo.

El reclamo de fondo

El planteo de las instituciones privadas combina dos demandas principales: una actualización de los valores de las prestaciones y el cumplimiento de los plazos de pago.

Los prestadores sostienen que el aumento de los costos médicos, laborales y de insumos avanzó a una velocidad muy superior a la actualización de los aranceles. En ese escenario, aseguran que mantener los actuales valores compromete la capacidad de los establecimientos para reponer materiales, afrontar obligaciones salariales y sostener la infraestructura sanitaria.

Las cápitas constituyen otro de los puntos cuestionados. Al tratarse de pagos asociados a la cantidad de afiliados, las demoras en su percepción afectan directamente el flujo de fondos de las instituciones y dificultan la planificación financiera.

La demanda llega, además, en un momento de fuerte presión sobre el sistema de salud privado, donde el incremento de medicamentos, equipamiento, insumos y remuneraciones elevó los costos de funcionamiento.

Una disputa que impacta en los jubilados

La medida de fuerza vuelve a poner bajo discusión el financiamiento de las prestaciones médicas destinadas a los afiliados del PAMI. Para los jubilados y pensionados, la principal consecuencia inmediata es la reprogramación de consultas y prácticas que no sean consideradas urgentes.

En San Juan, la evolución del conflicto dependerá de las respuestas que puedan surgir durante las próximas horas entre la obra social y las instituciones prestadoras. Una eventual continuidad de las diferencias económicas podría derivar en nuevas medidas y afectar la regularidad de las prestaciones.

El paro expone así un litigio que excede la negociación puntual por aranceles: la capacidad de las clínicas y sanatorios para sostener sus servicios depende de que los valores reconocidos por el PAMI acompañen los costos reales de la atención y de que los pagos se concreten dentro de los plazos acordados.

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La Justicia declaró inconstitucional un artículo clave de la reforma laboral

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802, al considerar que establece una reducción de hasta el 33% sobre determinados créditos laborales judicializados. El tribunal sostuvo que la norma vulnera derechos protegidos por la Constitución Nacional.

La resolución fue dictada por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez en la causa “Mendiguren, Maximiliano Hernán c/ Lavadero Torino S.A. s/ Despido”. El tribunal entendió que la disposición vulnera los artículos 16, 17 y 18 de la Constitución Nacional, vinculados con la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad y el derecho de acceso a la Justicia.

El cuestionamiento apunta específicamente al tratamiento de los créditos laborales que ya se encontraban judicializados cuando entró en vigencia la reforma. Según la sentencia, el artículo 55 establece un piso equivalente al 67% del resultado que surgiría de actualizar el crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC), más una tasa de interés pura del 3% anual.

Para la Cámara, esa diferencia no constituye simplemente una modificación en la forma de calcular intereses o actualizaciones, sino una reducción efectiva del valor económico de la acreencia. En su voto, Catani sostuvo que la norma “impone una verdadera quita legal” sobre el crédito del trabajador.

Los argumentos del tribunal

Uno de los principales cuestionamientos se relaciona con el derecho de propiedad, porque la reducción impactaría sobre un crédito reconocido a favor del trabajador y beneficiaría al deudor que incumplió originalmente con su obligación.

La Cámara también consideró vulnerado el principio de igualdad ante la ley, al establecer un tratamiento diferente para quienes llevaron su reclamo a los tribunales respecto de aquellos cuyos créditos no fueron judicializados.

El tercer argumento se vincula con el derecho de peticionar ante las autoridades. Para los jueces, establecer una consecuencia económica negativa por haber recurrido a la Justicia puede desalentar el ejercicio de una acción destinada a obtener el reconocimiento de un derecho laboral.

Una reforma con fallos enfrentados

La decisión vuelve a exhibir las diferencias que existen dentro de la Justicia laboral respecto de la constitucionalidad del artículo 55.

La Sala VI ya había adoptado un criterio similar, mientras que las Salas II y VIII consideraron constitucional la disposición y rechazaron planteos formulados por trabajadores.

La coexistencia de decisiones contrapuestas deja abierta una disputa que excede el expediente particular y podría terminar requiriendo una definición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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Cuatro listas competirán por la conducción nacional de la UTA

La Junta Electoral de la Unión Tranviarios Automotor oficializó las cuatro listas que competirán en los comicios nacionales de octubre. Roberto Fernández buscará continuar al frente del gremio, mientras que Maximiliano Escriba, Alberto Patiño y Claudio Gómez disputarán la conducción.

La Unión Tranviarios Automotor (UTA) tendrá cuatro listas en competencia para las elecciones nacionales del 7 y 8 de octubre de 2026, en las que los afiliados elegirán a la conducción que estará al frente del sindicato durante los próximos cuatro años.

La Junta Electoral oficializó este miércoles las agrupaciones que cumplieron con los requisitos estatutarios y legales, luego de analizar los avales, candidaturas y documentación presentada por cada espacio.

Las listas habilitadas son la Celeste y Blanca, encabezada por el actual secretario general Roberto Fernández; la Negra, que lleva como candidato a Maximiliano Escriba; la Marrón, liderada por Alberto Patiño; y la Bordó, con Claudio Gómez como postulante.

La oficialización cierra una etapa marcada por cuestionamientos de distintos espacios opositores sobre las condiciones de participación y el desarrollo del proceso electoral.

Finalmente, las cuatro agrupaciones que acreditaron los avales y la documentación requerida quedaron habilitadas para disputar los comicios.

De acuerdo con la resolución de la Junta Electoral, el procedimiento se desarrolló conforme a las disposiciones del Estatuto de la UTA y de la Ley de Asociaciones Sindicales, con la correspondiente verificación de los requisitos exigidos a cada lista.

La elección se realizará durante dos jornadas, 7 y 8 de octubre, y definirá la conducción nacional de uno de los principales sindicatos del transporte argentino. La lista ganadora asumirá el 2 de enero de 2027 y ejercerá un mandato de cuatro años.

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