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El hecho Sucedió en la planta Llavallol. Los despedidos denuncian “causas inventadas” y persecución gremial.

Lucas Suárez y Hugo Fiorini son trabajadores despedidos de la planta Llavallón de Lomas de Zamora de la empresa Dánica en plena pandemia y a pesar de la vigencia del decreto que prohíbe los despidos.

Los empleados relataron la situación en una carta dirigida a sus compañeros para solicitar apoyo en el reclamo de reincoporación ante las autoridades de la empresa.

El hecho tiene una particularidad: Suárez y Fiorini ya habían sido despedidos en abril pasado por no aceptar realizar horas extras. Tras la lucha colectiva los reincorporaron, y hoy están otra vez en la calle por “causas inventadas”.

En el escrito, al que tuvo acceso Mundo Gremial, los trabajadores apuntan contra el Grupo Beltram, propietario de Dánica Llavallol, por despedir de “manera injusta” y “perseguir” a empleados por ejercer el derecho de representación sindical.

“Fuimos despedidos por segunda vez, en menos de tres meses, nuevamente de manera injusta, sin ningún motivo que justifique nuestros despidos y haciendo caso omiso tanto del decreto presidencial como de la “paz social” firmada con el sindicato unas semanas antes, solo podemos decir que a la empresa les molestamos, por el simple hecho de reclamar por nuestros derechos y el todos ustedes”, expresaron en la carta.

La paz social fue celebrada entre Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria Aceitera (Soeia) y las autoridades de la empresa en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 329/20 y sus respectivas extensiones, dictado por el gobierno nacional que prohibe los despidos sin causa justa.

Pero en Dánica Llavallol no se cumplió, según denunciaron los trabajadores. “Esto que hace la empresa no es nuevo, cada uno de ustedes recuerdan los 63 despidos, las rebajas salariales que sufrimos este último año y medio, y los “retiros voluntarios” que no son otra cosa que despidos encubiertos, algo que la empresa hizo desde el principio acá en LLavallol.

Suárez y Fiorini hacen referencia al conflicto suscitada en abril de 2019 con el despido de 63 trabajadores de Dánica; 33 en Llavallol y otros 30 en Villa Mercedes San Luis.

“Hoy compañeros nos toca a nosotros, que al igual que muchos de ustedes tenemos una familia a la cual llevarle el plato de comida, tenemos que pagar el alquiler y tantas otras cosas y la empresa sin importarle absolutamente nada quiere dejarnos sin ese sustento, que para nosotros al igual que para ustedes es lo único que tenemos”, señalaron en la carta.

En ese marco, piden el apoyo “para ser escuchados, para golpear más fuerte y para revertir esta situación”, pero aclaran: “necesitamos de todos ustedes”

“Hoy somos nosotros dos pero mañana puede ser cualquiera de ustedes, por eso no vamos a quedarnos de brazos cruzados y vamos a seguir peleando para ser reincorporados a nuestros puestos de trabajo, porque mientras hay un decreto presidencial que prohíbe los despidos, la empresa viola sin empacho la prohibición de despedir”.

El próximo lunes 3 de agosto habrá una tercera audiencia en el ministerio de Trabajo, donde los trabajadores exigirán la reincorporación, “ya que nuestros despidos son por muchos factores totalmente ilegales”, concluyeron.

Fuente:Lunes 3 de agosto 2020 Mundo Gremial

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Asociaciones civiles: cuáles son los requisitos para convocar una asamblea extraordinaria con aval oficial

El Ministerio de Gobierno difundió el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización previa de la Inspección General de Personería Jurídica. El trámite, obligatorio para garantizar la legalidad de las decisiones institucionales, exige presentar la documentación con al menos ocho días de anticipación e incluye requisitos estatutarios, administrativos y de fiscalización.

Con el objetivo de fortalecer la transparencia, la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil, el Ministerio de Gobierno recordó el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización de una Asamblea General Extraordinaria ante la Inspección General de Personería Jurídica, requisito indispensable para otorgar plena validez a las resoluciones que adopten sus órganos de conducción.

La autorización previa constituye uno de los principales mecanismos de fiscalización del Estado sobre las entidades civiles, ya que permite verificar que la convocatoria respete las disposiciones estatutarias y que las decisiones se adopten bajo condiciones de legalidad, representación y participación de los asociados.

El trámite comienza con la presentación de una nota dirigida al inspector o inspectora general solicitando la autorización para celebrar la asamblea. La documentación debe consignar el domicilio legal de la institución, la fecha prevista para la reunión, el horario de la primera y segunda convocatoria, el lugar de realización y el orden del día que será sometido a consideración de los asociados. Asimismo, la solicitud debe estar suscripta por el presidente y el secretario de la entidad.

Entre los requisitos exigidos también figura la presentación de la convocatoria confeccionada conforme a las previsiones del estatuto social y el Libro de Registro de Asociados debidamente actualizado al mes inmediato anterior a la asamblea, documentación que permite constatar la legitimidad del padrón habilitado para participar de las deliberaciones.

Otro aspecto central del procedimiento es el plazo de presentación. La solicitud deberá ingresarse con una anticipación mínima de ocho días corridos, requisito que posibilita a la autoridad de control analizar la documentación y autorizar formalmente la realización del acto institucional.

Las asociaciones también deberán abonar el derecho de inspección correspondiente, cuyo monto se determina de acuerdo con el patrimonio neto de cada institución. No obstante, la normativa vigente contempla la exención de ese arancel para las bibliotecas populares y las uniones vecinales, en reconocimiento de la función social que desarrollan dentro de sus comunidades.

Toda la documentación debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Inspección General de Personería Jurídica, ubicada en Santa Fe 54 Oeste, segundo piso, ala sur, donde se realiza el control administrativo previo a la emisión de la autorización.

Desde el organismo recordaron que la gestión reviste carácter exclusivo para la entidad interesada, por lo que la responsabilidad de iniciar el trámite, aportar la documentación exigida y cumplir los plazos establecidos recae íntegramente sobre las autoridades de cada asociación.

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El CIN celebró la decisión de la Corte: «Se hizo justicia con la universidad pública»

El máximo tribunal dejó firme la medida cautelar que ordena cumplir los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario. El Consejo Interuniversitario Nacional consideró que la resolución consolida el reclamo impulsado por la comunidad académica, aunque advirtió que el desafío ahora será garantizar su cumplimiento efectivo.

La disputa por el financiamiento de las universidades nacionales sumó un capítulo decisivo. La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida cautelar que ordena aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, una resolución que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) definió como un hito para el sistema público de educación superior y un respaldo institucional al reclamo sostenido durante los últimos años por universidades, docentes, nodocentes y estudiantes.

A través de un comunicado, el organismo que reúne a los rectores de las universidades nacionales sostuvo que el fallo representa «un avance institucional de enorme trascendencia» porque ratifica las decisiones adoptadas por las instancias judiciales inferiores y consolida la vigencia de los mecanismos previstos por la ley para garantizar el financiamiento de salarios docentes, nodocentes y becas estudiantiles.

El pronunciamiento del máximo tribunal llega después de un prolongado conflicto entre el sistema universitario y el Gobierno nacional por el sostenimiento presupuestario. Durante los últimos meses, la comunidad académica protagonizó movilizaciones masivas, cuatro Marchas Federales Universitarias y una intensa estrategia judicial y parlamentaria para exigir el cumplimiento de una norma que había sido sancionada por el Congreso y posteriormente quedó envuelta en una fuerte controversia política.

Desde el CIN destacaron que el resultado no puede interpretarse únicamente como una victoria judicial. En su mensaje, atribuyeron el desenlace al compromiso colectivo de rectoras, rectores, docentes, trabajadores nodocentes, estudiantes y al acompañamiento de amplios sectores de la sociedad, cuya participación consideraron determinante para mantener vigente el reclamo en defensa de la universidad pública.

Para las autoridades universitarias, la decisión de la Corte también fortalece el principio de autonomía institucional y reafirma que la educación superior constituye una política pública protegida por el orden constitucional. En ese sentido, remarcaron que la defensa del sistema universitario logró respaldo en los tres poderes del Estado: el Congreso, a través de la sanción de la ley; la Justicia, mediante el sostenimiento de las medidas cautelares; y la sociedad, que convirtió el financiamiento universitario en una de las principales demandas del ámbito educativo.

No obstante, el Consejo Interuniversitario advirtió que el pronunciamiento no clausura el conflicto. Si bien la resolución representa un paso de gran relevancia, sostuvo que aún resta garantizar la ejecución plena de la Ley de Financiamiento Universitario y asegurar que los recursos lleguen efectivamente a las universidades nacionales conforme a los mecanismos previstos por la norma.

El organismo concluyó que el fallo marca uno de los antecedentes institucionales más significativos para la universidad pública en los últimos años, aunque insistió en que la estabilidad del sistema dependerá de que las decisiones judiciales se traduzcan en políticas presupuestarias sostenibles. Con ese objetivo, ratificó su decisión de continuar impulsando todas las acciones institucionales necesarias para consolidar un modelo de educación superior con financiamiento adecuado, previsibilidad presupuestaria y capacidad para sostener las funciones de enseñanza, investigación y extensión que desarrollan las universidades nacionales.

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Con nuevos mínimos salariales, el personal de casas particulares continúa perdiendo terreno frente a la inflación

Comenzó a aplicarse el último tramo de la paritaria del personal de casas particulares. Las remuneraciones mínimas alcanzan a todas las categorías del régimen, con pisos que superan los $505.000 mensuales para trabajadoras sin retiro. Sin embargo, la actualización no logra revertir el deterioro acumulado del poder de compra en una actividad marcada por la informalidad y la precarización laboral.

Las trabajadoras y trabajadores del Régimen de Personal de Casas Particulares comenzaron a percibir desde julio los nuevos salarios mínimos establecidos en el último acuerdo de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. La actualización comprende a todas las categorías del convenio, incorpora al básico parte de las sumas no remunerativas liquidadas en meses anteriores y fija nuevos pisos salariales en todo el país. No obstante, organizaciones sindicales sostienen que la mejora continúa siendo insuficiente frente al avance del costo de vida y advierten que el sector mantiene una pérdida significativa del poder adquisitivo.

La nueva escala impacta sobre supervisores, caseros, personal para tareas específicas, asistentes y cuidadores de personas, además de quienes realizan tareas generales, la categoría que concentra la mayor cantidad de trabajadoras registradas. En este último caso, el salario mínimo quedó fijado en $3.733,72 por hora para personal con retiro y $3.996,45 para quienes cumplen funciones sin retiro. En la modalidad mensual, los ingresos mínimos ascienden a $458.053,22 con retiro y $505.302,76 sin retiro.

La actualización constituye el último tramo de la negociación salarial vigente y también incorpora al salario básico una parte de las sumas extraordinarias otorgadas durante los meses anteriores. Sin embargo, desde las organizaciones que representan al personal doméstico consideran que el incremento no alcanza para compensar el deterioro acumulado de los ingresos, especialmente en una actividad donde la evolución de los salarios quedó rezagada respecto de la inflación durante los últimos años.

El esquema salarial también mantiene el adicional por zona desfavorable del 31%, destinado a quienes prestan servicios en las provincias patagónicas y en el partido bonaerense de Carmen de Patagones, reconociendo el mayor costo de vida en esas regiones.

Más allá de la actualización nominal, el servicio doméstico continúa exhibiendo algunos de los mayores niveles de vulnerabilidad del mercado laboral argentino. La elevada informalidad, la rotación permanente del empleo y la dificultad para acceder a una registración plena siguen condicionando los ingresos de cientos de miles de trabajadoras, cuya actividad representa uno de los principales nichos de ocupación femenina del país.

En ese escenario, las entidades gremiales insisten en la necesidad de abrir nuevas instancias de negociación que permitan recomponer los salarios por encima de la inflación y evitar que las remuneraciones vuelvan a perder capacidad de compra. El planteo apunta, además, a fortalecer la registración laboral y ampliar la cobertura de derechos en un universo donde una parte significativa de las trabajadoras continúa desempeñándose fuera del sistema formal.

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