Farmacéuticos en alerta por la Ley de Receta Electrónica
Roque Garzón y Miguel Lombardo coincidieron en rechazar el artículo 2 de la nueva ley de recetas electrónicas y elevar al Senado los cuestionamientos.

Las autoridades de la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia (FATFA) manifestaron su preocupación y alerta sobre las consecuencias negativas que podría traer la sanción de la Ley de Receta Electrónica sobre los trabajadores del sector, dado que deja abierta la posibilidad de que los medicamentos puedan ser expendidos fuera del ámbito de la farmacia, tal como lo habilita el artículo 2 del proyecto.
“Observamos que la aplicación de la ley tal como fue aprobada en Diputados pondrá en riesgo muchos puestos laborales”, explicó Roque Garzón secretario general de FATFA.
En este sentido Garzón impulsó una acción conjunta con la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias (FACAF), que preside Miguel Lombardo, donde acordaron elevar este planteo a todos los senadores nacionales, requiriéndoles una modificación al texto de la ley, que será tratada en las próximas sesiones de ese cuerpo legislativo.
El proyecto de ley que regula la prescripción de medicamentos y estudios médicos a través de recetas electrónicas fue aprobado por la Cámara de Diputados de la Nación y enviada al Senado en mayo pasado.
El artículo 2 define: “La presente ley será de aplicación para toda receta o prescripción médica, odontológica o de otros profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos ámbitos de asistencia sanitaria y atención farmacéutica pública y privada. Los medicamentos prescriptos en receta en formato electrónico o digital podrán ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados para tal fin, acorde a las disposiciones vigentes”.
“Como está redactado hoy el proyecto de ley permitiría que sectores de la salud sin ser oficinas de farmacia puedan dispensar medicamentos. Esto generaría pérdida de empleos y el cierre de establecimientos farmacéuticos en todo el país. Este artículo del proyecto se opone directamente a la ley vigente donde claramente los medicamentos deben ser dispensados solo en farmacias y provocaría además un descontrol en un sector que ha demostrado tener un funcionamiento muy eficiente”, coincidieron los dirigentes, quienes acordaron asimismo continuar planteando ante los legisladores su rechazo a esta legislación que distorsiona el funcionamiento de la cadena de comercialización del medicamento.
En ese orden, poco más de un mes atrás, la FACAF junto a la Federación Farmacéutica nacional (FEFARA) y la Asociación de Farmacias Mutuales, Sindicales de Argentina (AFMSRA), realizó una presentación ante la comisión de Salud del Senado donde pidió cambios en la norma para garantizar un mayor control profesional y evitar un vacío legal.
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La Rioja endurece su posición en la disputa territorial con San Juan
El gobernador Ricardo Quintela promulgó la ley que desconoce la delimitación interprovincial fijada en 1968 y habilita una batería de gestiones ante el Congreso y los tribunales para reivindicar áreas que actualmente integran la jurisdicción sanjuanina. La decisión reabre uno de los litigios federales más sensibles del oeste argentino, donde convergen intereses institucionales, recursos estratégicos y proyectos mineros de escala internacional.
La decisión del Gobierno de La Rioja volvió a colocar en el centro del debate una discusión que permaneció latente durante décadas. Con la entrada en vigencia de la Ley Provincial N.º 10.876, la administración encabezada por Ricardo Quintela dio respaldo legal a una estrategia destinada a cuestionar la delimitación vigente con San Juan y trasladar la discusión a los ámbitos parlamentario y judicial.
La iniciativa, aprobada por amplia mayoría en la Legislatura riojana, sostiene que la Ley Nacional N.º 18.004, sancionada durante el gobierno de facto de Juan Carlos Onganía en 1968, alteró de manera unilateral la configuración geográfica entre ambas provincias sin la intervención constitucional del Congreso Nacional. Sobre esa interpretación, el Ejecutivo riojano considera que corresponde revisar la situación y recuperar sectores que entiende como propios.
Al anunciar la promulgación, Quintela afirmó que la defensa de la soberanía provincial constituye una política irrenunciable y anticipó que la nueva legislación será el punto de partida para impulsar todas las herramientas institucionales disponibles con el propósito de obtener una redefinición de los límites actualmente reconocidos.
La norma encomienda al Poder Ejecutivo promover iniciativas ante el Congreso de la Nación para procurar una revisión del trazado interprovincial y, paralelamente, instruye a la Fiscalía de Estado a promover las acciones judiciales que resulten pertinentes. También autoriza la solicitud de medidas cautelares destinadas a impedir cualquier intervención sobre recursos hídricos, mineros, arqueológicos y ambientales comprendidos dentro del área objeto del diferendo.
El trasfondo de la discusión trasciende la cuestión cartográfica. Dentro de la superficie alcanzada por el planteo se encuentran sectores de enorme relevancia económica, entre ellos el entorno del cerro El Potro, donde se desarrolla el proyecto Josemaría, integrado al distrito minero Vicuña, uno de los emprendimientos metalíferos de mayor proyección en la región andina. A ello se suma la histórica reivindicación sobre el área de Ischigualasto, uno de los patrimonios naturales más emblemáticos del país.
La ofensiva riojana encuentra un antecedente reciente en la resolución dictada por una magistrada de Chilecito, que ordenó la suspensión transitoria de actividades vinculadas al proyecto Vicuña y restringió la utilización de caminos emplazados en territorio riojano utilizados como acceso logístico al campamento Batidero. Aquella decisión judicial fortaleció la posición política del gobierno provincial y revitalizó una discusión que permanecía prácticamente inactiva.
Desde San Juan, la respuesta fue categórica. El gobernador Marcelo Orrego descartó cualquier posibilidad de revisar la delimitación vigente y recordó que el trazado interprovincial cuenta con respaldo normativo desde hace más de medio siglo, además de haber sido ratificado por el Congreso de la Nación en 2014.
El mandatario sostuvo que ninguna jurisdicción puede modificar unilateralmente una cuestión limítrofe mediante legislación local y remarcó que cualquier definición debe ajustarse al procedimiento previsto por la Constitución Nacional, argumento que, incluso, reconoce la propia ley sancionada por la Legislatura riojana al remitir la cuestión a los poderes federales.
La posición sanjuanina recibió además un respaldo político poco habitual. El Partido Justicialista de San Juan, pese a compartir espacio partidario con Quintela, manifestó su acompañamiento a la defensa de los intereses provinciales y afirmó que la preservación del territorio constituye una política de Estado que trasciende las diferencias partidarias.
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Un fallo pone límites a la reforma laboral y resguarda recursos sindicales
La Justicia Nacional del Trabajo suspendió la aplicación de artículos de la Ley N.º 27.802 y de su decreto reglamentario al considerar que podrían vulnerar la autonomía sindical, alterar la negociación colectiva y comprometer el financiamiento de prestaciones sociales previstas en el Convenio Colectivo de Camioneros. La resolución representa un nuevo revés para la reforma laboral y amplía la disputa judicial sobre sus principales disposiciones.
La reforma laboral volvió a encontrar un límite en los tribunales. En una resolución con proyección sobre uno de los convenios colectivos de mayor peso del país, el Juzgado Nacional del Trabajo dispuso la suspensión cautelar de normas que modificaban el esquema de financiamiento de beneficios administrados por el Sindicato de Camioneros, al advertir que su aplicación podría producir un perjuicio inmediato sobre derechos surgidos de la negociación colectiva.
La medida fue dictada por el juez Herman Mendel, en la víspera de hacer efectiva su renuncia, al hacer lugar a la acción promovida por la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, conducida por Hugo Moyano. La resolución dejó sin efecto, de manera provisoria, la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802, así como de los artículos 5, 6 y 7 del Decreto Reglamentario 407/2026, hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del litigio.
El pronunciamiento alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo 40/89, columna vertebral de la actividad del transporte automotor de cargas, y preserva el financiamiento de un conjunto de prestaciones incorporadas durante décadas mediante acuerdos paritarios. Entre ellas figuran el seguro de sepelio, subsidios para familiares de trabajadores fallecidos, ampliaciones de la cobertura sanitaria, programas de formación profesional, actividades sociales y culturales y distintos mecanismos de asistencia destinados al personal del sector.
Un cuestionamiento al alcance del decreto
Uno de los puntos centrales del fallo radica en la severa objeción formulada contra la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo.
Para el magistrado, el Decreto 407/2026 excede las facultades reglamentarias previstas por la Constitución al introducir restricciones que no fueron contempladas por el propio Congreso al sancionar la ley. En ese sentido, sostuvo que la norma reglamentaria no se limita a precisar el alcance de la legislación aprobada, sino que modifica sustancialmente su contenido, alterando el equilibrio alcanzado por la negociación colectiva.
La resolución remarca que ese exceso reglamentario podría vulnerar principios constitucionales vinculados con la libertad sindical, la autonomía de las organizaciones gremiales, la ultraactividad de los convenios colectivos y el derecho de las partes a determinar, mediante negociación, los mecanismos de sostenimiento de las prestaciones acordadas.
Un daño inmediato y no una hipótesis
El fallo también descartó que el perjuicio invocado por el sindicato fuera meramente potencial.
Según Mendel, la reducción de recursos comenzaría a producirse desde el momento en que las empresas adecuaran sus liquidaciones salariales al nuevo régimen, afectando de manera directa el financiamiento de beneficios sociales que integran el sistema convencional del sector.
Esa conclusión resultó determinante para conceder la medida cautelar, al considerar acreditado el riesgo de un daño actual sobre prestaciones destinadas a miles de trabajadores comprendidos en la actividad.
Respaldo constitucional e internacional
La decisión judicial también encuentra sustento en normas nacionales e internacionales que protegen la actividad sindical.
Entre ellas, el magistrado invocó los Convenios 87, 98 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que garantizan la libertad sindical y la negociación colectiva, además del artículo 43 de la Constitución Nacional y el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumentos que reconocen la especial tutela jurídica de los derechos laborales colectivos.
Un conflicto que trasciende a Camioneros
La suspensión cautelar alcanza a todas las empresas comprendidas en el Convenio Colectivo 40/89, motivo por el cual fueron notificadas las principales cámaras empresarias del transporte, entre ellas FADEEAC, FAETYL y CATAC, que deberán adecuar su conducta mientras la medida permanezca vigente.
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La Red Tulum ajusta sus horarios por el receso escolar
La Provincia implementó un esquema especial de circulación por el receso invernal. Ante la reducción de pasajeros durante las próximas dos semanas, varias empresas ajustaron sus frecuencias y el Gobierno recomendó utilizar las plataformas digitales que permiten consultar recorridos, horarios y el arribo de las unidades en tiempo real.
La modificación alcanza a distintas líneas, cuyas empresas adecuaron la frecuencia de los servicios para acompañar la disminución del movimiento diario de estudiantes, docentes y trabajadores vinculados a la actividad educativa.
Frente a este escenario, el Ministerio de Gobierno aconsejó a los pasajeros verificar previamente los horarios antes de iniciar cada viaje, ya que las variaciones pueden diferir según la empresa y el recorrido.
Para facilitar esa consulta, recordaron que existen diversas aplicaciones gratuitas que brindan información actualizada sobre el funcionamiento del transporte público y permiten planificar los desplazamientos con mayor previsibilidad.
Entre las principales herramientas se encuentran Google Maps, que ofrece recorridos, paradas, horarios programados y navegación paso a paso con indicaciones sobre combinaciones y tiempo estimado de llegada.
Wara San Juan: brinda información en tiempo real sobre el arribo de las unidades a cada parada mediante datos dinámicos.
Treep (Web y App): ofrece información detallada sobre recorridos y horarios programados de toda la red provincial.
Moovit (Web y App internacional): combina planificación de rutas con información de arribo y permite guardar paradas favoritas para una consulta más ágil.
Bus2 (Android, iOS y Web): presenta una interfaz cartográfica para identificar líneas y paradas de manera visual.
OpenStreetMaps (Web y App): utiliza datos estáticos para mostrar la infraestructura de la red sobre mapas colaborativos de código abierto.
Desde el Ejecutivo remarcaron que estas plataformas constituyen la herramienta más eficiente para conocer el funcionamiento actualizado de cada línea durante el receso invernal y evitar demoras derivadas de los cambios temporales en la prestación del servicio.
Las frecuencias especiales permanecerán vigentes durante las dos semanas de vacaciones y el sistema retomará su cronograma habitual una vez reanudado el ciclo lectivo en toda la provincia.
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