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Dante Sica, en conferencia de prensa confirmó que el aginaldo pagara ganancias En la gestión M, solo en 2016 el medio aguinaldo quedó exento.


El Gobierno nacional confirmó que, otra vez, el medio aguinaldo pagará impuesto a las Ganancias. Lo afirmó en conferencia de prensa el ministro de Producción y Trabajo, Dante Sica, quien así desestimó que se esté evaluando eximir al décimo tercer salario del pago del tributo a los ingresos.

Acompañado por el ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, Sica fue enfático al respecto y afirmó que «no hay ningún estudio ni evaluación al respecto».
Con excepción de 2016, el Gobierno cobró Ganancias sobre el aguinaldo siempre, contrariamente a su promesa de la campaña 2015 en la cual prometía que «ningún trabajador» iba a pagar ese impuesto.

Paradójicamente, Sica destacó el cobro del medio aguinaldo como un motor que puede empujar la economía. «El mes que viene vamos a tener el impacto de aguinaldo así que vemos una recuperación del salario real, estimamos que este año no habrá pérdida» de poder adquisitivo, evaluó el ministro.

Sin embargo, las proyecciones inflacionarias para este 2019 rondan el 40% y las paritarias se están firmando en torno al 28%, aunque habrá que ver luego de las renegociaciones cuál es el promedio final.

Este año, el Mínimo No Imponible para el soltero sin hijos es de $ 29.855,68; soltero con 1 hijo, $ 32.275,77; casado sin hijos, $ 34.654,54 y casado con dos hijos, $ 39.494,71.

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La Justicia mendocina aplicó la reforma laboral y autorizó el pago en cuotas de una indemnización

La reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei comenzó a mostrar sus primeros efectos concretos dentro de los tribunales laborales. La Justicia de Mendoza dictó una resolución inédita en la provincia al autorizar que una empresa cancelara una indemnización por despido mediante un esquema de pagos mensuales, aplicando uno de los puntos más controvertidos incorporados recientemente a la legislación laboral argentina.

La decisión fue adoptada por la Sexta Cámara del Trabajo y lleva la firma del camarista Diego Cisilotto, quien admitió el pedido formulado por una empresa de seguridad privada para abonar el capital de condena en doce cuotas consecutivas, luego de acreditar formalmente su condición de pyme.

El fallo representa el primer antecedente mendocino vinculado a la aplicación práctica de la modificación introducida en el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, reformulado tras la sanción de la Ley 27.802. La normativa habilita a las micro, pequeñas y medianas empresas a cancelar condenas judiciales laborales en hasta doce pagos mensuales, mientras que las grandes compañías pueden hacerlo en un máximo de seis cuotas.

La medida, sin embargo, permanece bajo fuerte discusión jurídica. Diversos sectores del derecho laboral cuestionan la constitucionalidad del nuevo esquema, al considerar que podría afectar el principio de protección integral del crédito alimentario que representan las indemnizaciones laborales.

La causa tuvo origen en la demanda presentada por un trabajador de seguridad privada despedido en agosto de 2023. El empleado reclamó indemnización por despido sin causa y diferencias salariales derivadas de la relación laboral mantenida con la firma demandada, que prestaba servicios en distintos establecimientos comerciales del Gran Mendoza.

Tras analizar el expediente, la Cámara declaró injustificado el despido y condenó a la empresa al pago de una indemnización actualizada de aproximadamente 9,4 millones de pesos.
Luego de conocido el veredicto, la firma solicitó acogerse al nuevo régimen previsto por la reforma laboral. Para ello presentó el certificado oficial que acreditaba su encuadramiento como pyme y acompañó el depósito correspondiente a la primera cuota del plan de pagos.

Uno de los puntos centrales del dictamen fue la interpretación realizada por el tribunal respecto del momento procesal en que puede aplicarse el beneficio. La Cámara entendió que el mecanismo sólo resulta válido mientras no se haya iniciado la etapa de ejecución forzada de la sentencia.

En este caso, el pedido fue presentado dentro del plazo fijado para cumplir voluntariamente con la condena y antes de que existieran medidas compulsivas de cobro, circunstancia que llevó al magistrado a considerar admisible la solicitud.

A partir de esa evaluación, el juez autorizó el pago fraccionado en doce cuotas mensuales consecutivas, con vencimientos programados hasta abril de 2027. El fallo también incorporó una cláusula de caducidad automática especialmente estricta: el incumplimiento de una sola cuota provocará la pérdida inmediata del beneficio y habilitará la exigibilidad total del saldo pendiente junto con los intereses correspondientes.

La resolución abre ahora un nuevo escenario dentro de la litigiosidad laboral argentina. El esquema podría comenzar a replicarse en otras jurisdicciones, particularmente entre pequeñas y medianas empresas que atraviesan dificultades financieras y buscan mecanismos para afrontar condenas judiciales sin comprometer su continuidad operativa.

Al mismo tiempo, el antecedente promete profundizar el debate jurídico y sindical alrededor de la reforma laboral y sus efectos sobre los derechos de los trabajadores. Para sectores gremiales y especialistas en derecho laboral, el fraccionamiento de indemnizaciones modifica sustancialmente la lógica histórica de reparación inmediata prevista por el sistema laboral argentino.

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El IPC fue del 2,6%, aunque transporte, tarifas y educación continúan golpeando el consumo

El Índice de Precios al Consumidor registró en abril una suba del 2,6%, según informó el INDEC. Aunque el dato mostró una desaceleración respecto de marzo, el encarecimiento de transporte, educación, energía y alquileres mantiene bajo fuerte presión el presupuesto de trabajadores y sectores medios.

La inflación volvió a mostrar en abril una desaceleración estadística, aunque la mejora numérica todavía no logra traducirse en alivio concreto para amplios sectores sociales. Según el último informe difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) registró una variación mensual del 2,6%, por debajo del 3,4% de marzo. Sin embargo, el acumulado del primer cuatrimestre alcanzó el 12,3% y la variación interanual trepó al 32,4%, confirmando que el proceso inflacionario continúa impactando de lleno sobre el poder adquisitivo.

Detrás del dato general aparece una realidad menos homogénea. Los mayores incrementos volvieron a concentrarse en rubros vinculados a gastos indispensables y servicios básicos, precisamente aquellos que ocupan una porción cada vez más significativa dentro de los presupuestos familiares.

El sector Transporte encabezó las subas del mes con un incremento del 4,4%, impulsado principalmente por los ajustes en combustibles y tarifas asociadas a movilidad. La división Educación se ubicó inmediatamente después, con una variación del 4,2%, reflejando el peso creciente de cuotas escolares y servicios educativos privados. Más atrás apareció Comunicación, con un 4,1%, producto de nuevas actualizaciones en telefonía móvil, internet y servicios digitales.

La composición del índice vuelve a mostrar una característica que se repite en los últimos meses: la desaceleración inflacionaria convive con aumentos persistentes en gastos fijos y consumos esenciales, generando una percepción social de encarecimiento permanente aun cuando el índice general reduce velocidad.

En el análisis regional, el Gran Buenos Aires registró la inflación más elevada del país con un 2,8%, influenciada principalmente por incrementos en alquileres y energía eléctrica. En el otro extremo, la región de Cuyo presentó la variación más baja, con un 2,1%, aunque incluso en esta región los servicios regulados continuaron por encima del promedio general.

Uno de los aspectos más sensibles del informe se observa en la evolución de alimentos básicos. Aunque el rubro Alimentos y bebidas no alcohólicas mostró una suba mensual de 1,5% —por debajo del nivel general—, varios productos esenciales registraron incrementos significativos.

El queso cremoso aumentó 5,3%, la leche fresca 4,8% y verduras de consumo masivo, como cebolla y lechuga, experimentaron fuertes alzas en el área metropolitana.

Estos movimientos reflejan un fenómeno cada vez más visible: el alivio estadístico no necesariamente se corresponde con la experiencia cotidiana de las familias, especialmente en hogares donde gran parte de los ingresos se destina a cubrir alimentación, transporte y servicios.
Otro dato relevante surge del comportamiento de los precios regulados, que crecieron 4,7% en abril, muy por encima del índice promedio. Allí impactaron las actualizaciones en transporte y electricidad, consolidando la tendencia de recomposición tarifaria impulsada durante los últimos meses.

En contraste, los precios estacionales permanecieron sin variación. Sin embargo, esa estabilidad respondió más a compensaciones internas que a una verdadera quietud de valores: los aumentos vinculados al cambio de temporada en indumentaria fueron neutralizados por bajas en frutas y turismo.

Por su parte, la inflación núcleo —que excluye regulados y estacionales— se ubicó en 2,3%. Dentro de ese componente continuaron destacándose los incrementos en alquileres, gastronomía y comidas fuera del hogar, rubros que sostienen una presión constante sobre el costo de vida urbano.

La mirada interanual profundiza aún más el diagnóstico. El apartado “Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles” acumuló un incremento del 47,8% en doce meses, aunque en regiones como la Patagonia la suba alcanzó el 59%. La magnitud de esos ajustes expone cómo el mayor peso de la inflación actual recae sobre gastos imposibles de postergar o sustituir.

En ese sentido, la desaceleración del índice general convive con una realidad más compleja: el ingreso disponible de trabajadores, jubilados y sectores medios continúa condicionado por aumentos persistentes en servicios esenciales que avanzan muy por encima de la evolución salarial en gran parte de la economía.

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La pobreza volvió a encarecerse: una familia necesitó más de $1.460.000 millones para llegar a fin de mes

El INDEC informó que la Canasta Básica Total aumentó 2,5% en abril y acumuló un alza interanual del 32,4%. Una familia tipo necesitó ingresos superiores a $1.460.000 para no quedar bajo la línea de pobreza, mientras que la indigencia ya exige más de $665.000 mensuales.

El costo mínimo necesario para sostener un hogar volvió a subir en abril y consolidó una realidad cada vez más exigente para trabajadores, jubilados y sectores medios. Según el último informe difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, una familia tipo necesitó $1.460.221 para no quedar por debajo de la línea de pobreza, mientras que el umbral de indigencia trepó a $665.053.

Los datos corresponden a la evolución de la Canasta Básica Total (CBT) y la Canasta Básica Alimentaria (CBA), indicadores que reflejan el ingreso mínimo requerido para cubrir bienes y servicios esenciales. Durante abril, la CBT registró un incremento mensual del 2,5%, en tanto que la CBA avanzó 1,1%.

Aunque la desaceleración inflacionaria de los últimos meses moderó parcialmente el ritmo de las subas, el impacto acumulado continúa deteriorando la capacidad de compra de amplios sectores sociales. En los primeros cuatro meses del año, ambas canastas acumularon un aumento del 12,3%, mientras que la variación interanual alcanzó el 32,4%.

Más allá de los porcentajes, el dato central vuelve a quedar expuesto en la magnitud de los ingresos necesarios para sostener condiciones básicas de vida. El valor informado por el organismo estadístico nacional implica que numerosos hogares formales ya necesitan más de un salario completo —e incluso dos ingresos— para evitar caer bajo la línea de pobreza.

El estudio toma como referencia una familia tipo compuesta por un varón de 35 años, una mujer de 31 y dos hijos menores. Sin embargo, la radiografía cambia según la composición de cada hogar y permite observar cómo el encarecimiento del costo de vida atraviesa diferentes estructuras familiares.

En el caso de un hogar de tres integrantes, integrado por una mujer de 35 años, su hijo de 18 y una madre de 61, se requirieron ingresos mensuales por $1.170.106 para no ser considerado pobre y $529.460 para cubrir únicamente la canasta alimentaria mínima.

Para una familia de cinco integrantes —dos adultos y tres niños pequeños— el umbral ascendió a $1.545.872 mensuales, mientras que la línea de indigencia quedó fijada en $699.490.

Las cifras vuelven a poner en evidencia un fenómeno que se consolidó durante el último año: el crecimiento sostenido de los gastos fijos esenciales, incluso en períodos donde el índice inflacionario general muestra cierta ralentización.

La situación adquiere especial sensibilidad en sectores asalariados informales, jubilados y trabajadores independientes, donde la capacidad de recomposición de ingresos suele quedar rezagada frente a la dinámica de precios.

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