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Hoy vence la propuesta de la cementera que implica más de 130 cesantías y reducir la jornada y los salarios a la mitad


Ayer venció el plazo de conciliación obligatoria entre la empresa Loma Negra, la principal cementera del país, y los empleados de su planta Barker, ubicada en la localidad homónima en el partido bonaerense de Benito Juárez. A comienzos de mayo, la compañía había anunciado un plan de reducción de su nómina, que podía incluir unos 140 despidos, e incluso la posibilidad de cierre de la fábrica.

Barker es una pequeña localidad que nació hace más de 40 años como consecuencia de la instalación de la planta de Loma Negra. Hoy tiene unos 7.000 habitantes, de los cuales unos 275 trabajan en la planta.
Del total de la nómina de Loma Negra 136 son empleados de Loma Negra representados por el sindicato por la Asociación Obrera Minera Argentina, 61 son empleados tercerizados y el resto están fuera de convenio (supervisores, empleados de seguridad y de limpieza).

En la última audiencia comprendida dentro de la Conciliación Obligatoria, que contó con la presencia de los representantes de Loma Negra, los delegados sindicales y autoridades políticas, fue presentada una propuesta por parte del Ministerio de Trabajo de la Provincia, con 9 puntos, entre los que figuran un pedido a la cementera «para que la Planta Barker continúe funcionando como planta de molienda, embolsado y despacho» y la gestión de un «Fondo de Desempleo Ampliado para los trabajadores egresados».

La oferta complementaria presentada por Loma Negra consiste en «el mantenimiento de hasta 136 operarios en tres turnos de 4 horas cada uno, que incluyen personal propio, tercerizados, dentro y fuera de Convenio de AOMA y otros terceros no representados por este Sindicato».

Para el caso de las indemnizaciones ofrecen entre el 150% y 180% y la posibilidad de que el trabajador se pueda desvincular por mutuo acuerdo, «percibiendo en concepto de gratificación por cese, 24 cuotas mensuales equivalentes cada una al 70% de su salario».

El secretario General de AOMA adelantó en la última asamblea realizada que «lo que nos ofrecen no sirve y nos pone en una encrucijada en donde tendríamos que decidir si aceptamos eso o prácticamente cierran fábrica. Nos están pidiendo que trabajemos media jornada y reducir a la mitad nuestro sueldo y está la otra alternativa, la del retiro voluntario».

La propuesta presentada por Loma Negra y que parece ser la definitiva, se mantiene vigente hasta las 14 horas del día de hoy, momento en que los trabajadores deberán entregar su respuesta por escrito en la oficina de Recursos Humanos de la Planta Barker.

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Conflicto sin tregua: la principal central obrera boliviana mantiene la presión sobre el Gobierno

La crisis política y social que atraviesa Bolivia ingresó en una etapa de mayor confrontación luego de que el secretario ejecutivo de la Central Obrera Boliviana (COB), Mario Argollo, difundiera un mensaje desde la clandestinidad en el que ratificó su respaldo a las movilizaciones y rechazó cualquier posibilidad de negociación que no contemple previamente el levantamiento de las acciones judiciales en su contra.

La declaración del máximo referente de la principal organización sindical del país añade un nuevo factor de incertidumbre a un entorno ya marcado por casi un mes de protestas, bloqueos de rutas y parálisis de actividades económicas en distintas regiones bolivianas.

Argollo sostuvo que no tomará decisiones al margen de las organizaciones que representa y afirmó que cualquier eventual participación en una mesa de diálogo dependerá exclusivamente de la voluntad de las bases sindicales y sociales movilizadas. En ese sentido, remarcó que no está dispuesto a adoptar posiciones que contradigan los reclamos expresados en las calles.

La postura del dirigente se produce mientras el gobierno del presidente Rodrigo Paz intenta abrir canales de negociación para desactivar un conflicto que afecta el abastecimiento, el transporte de mercancías y el normal funcionamiento de diversas actividades productivas.

Sin embargo, el principal obstáculo continúa siendo la situación judicial que involucra al titular de la COB. La orden de aprehensión y las causas penales impulsadas en su contra siguen vigentes, una circunstancia que limita cualquier participación presencial en eventuales instancias de diálogo institucional.

En este aspecto, Argollo elevó el tono de sus críticas hacia la administración nacional. Acusó al Ejecutivo de concentrar decisiones mediante decretos y de alejarse de los compromisos asumidos durante la campaña electoral. Según planteó, existe un gran malestar social que alcanza incluso a sectores que respaldaron al actual gobierno en las urnas.

Un conflicto que impacta en toda la economía

Las protestas ya superan las cuatro semanas y mantienen bloqueos en corredores estratégicos del país. La situación afecta especialmente a las ciudades de La Paz y El Alto, donde las restricciones al tránsito y las dificultades logísticas comenzaron a repercutir sobre la actividad comercial, industrial y de transporte.

Mientras las organizaciones sindicales sostienen las medidas de presión, distintos sectores empresariales reclaman una intervención más firme del Estado para garantizar la libre circulación y restablecer condiciones de normalidad económica.

Desde Santa Cruz de la Sierra, referentes cívicos manifestaron su preocupación por las consecuencias que los bloqueos generan sobre la producción y el abastecimiento, y exigieron el cumplimiento de las resoluciones judiciales vigentes.

La COB, un actor clave en la disputa política

La Central Obrera Boliviana ocupa históricamente un lugar central en la vida política y sindical del país. Su capacidad de movilización y su influencia sobre amplios sectores laborales la convierten en un actor determinante en cualquier proceso de negociación destinado a encauzar la actual crisis.

Por esa razón, la imposibilidad de que su principal dirigente participe plenamente de una mesa de diálogo agrega complejidad a una situación que continúa escalando y que, por el momento, no muestra señales concretas de resolución.

Con el Gobierno insistiendo en la necesidad de alcanzar acuerdos, la dirigencia sindical ratificando las protestas y la Justicia manteniendo las causas contra referentes gremiales, Bolivia permanece atrapada en una pulseada de alta intensidad política cuyo desenlace continúa abierto y con profundas implicancias para la estabilidad institucional y económica del país.

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La UOM denunció violación a la autonomía sindical y apeló contra el fallo judicial

La organización metalúrgica presentó un recurso extraordinario para dejar sin efecto la intervención por 180 días dictada por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. El gremio denunció afectación de la autonomía sindical, irregularidades procesales y un desconocimiento de los mecanismos internos previstos en su estatuto.

La disputa institucional que atraviesa a la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) ingresó en una nueva fase de alta tensión judicial. La conducción del sindicato presentó un recurso de reposición “in extremis” ante la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con el objetivo de revertir la intervención judicial por 180 días dispuesta la semana pasada y cuestionó con dureza la actuación de los magistrados que impulsaron la medida.

La presentación fue encabezada por Daniel Daporta, delegado administrador designado por el Consejo Directivo del gremio, órgano que sesionó el pasado 26 de mayo para adoptar una serie de resoluciones orientadas a encauzar la situación institucional de la organización en el marco de las facultades contempladas por el estatuto sindical.

En el escrito, la UOM solicitó que se declaren nulos los puntos centrales de la sentencia firmada por los jueces Víctor Pesino y María Dora González, particularmente aquellos vinculados con la intervención del sindicato y la designación de un interventor judicial.

La Institución sostuvo que el fallo incurre en una interpretación arbitraria al desconocer los mecanismos internos previstos en el estatuto gremial para resolver eventuales situaciones de acefalía o reordenamiento institucional. Según argumentó el sindicato, la Ley de Asociaciones Sindicales únicamente habilita la designación de funcionarios normalizadores cuando la entidad carece de herramientas estatutarias propias para resolver ese tipo de contingencias.

Desde la conducción metalúrgica remarcaron que los artículos 21 y 22 del estatuto facultan expresamente al Consejo Directivo Nacional para designar delegados administradores tanto en seccionales como en el propio Secretariado Nacional cuando las circunstancias así lo requieran.

Para la UOM, la sentencia omitió deliberadamente considerar esas disposiciones internas y avanzó sobre facultades propias de la organización sindical, configurando —según señalaron— un “error manifiesto” que justifica el planteo excepcional presentado ante la Cámara.

El gremio también enfatizó que el mecanismo estatutario ya se encuentra en funcionamiento. El Consejo Directivo Nacional, integrado por representantes de las seccionales de todo el país, aprobó la Resolución N.º 5/2026 mediante la cual designó delegados administradores para conducir el proceso de normalización institucional.

En ese contexto, la conducción metalúrgica sostiene que la intervención judicial carece de sustento jurídico debido a que el órgano competente del sindicato nunca fue desplazado ni intervenido formalmente, y continúa ejerciendo plenamente sus atribuciones estatutarias.

La ofensiva judicial de la UOM no se limitó únicamente al pedido de nulidad. El sindicato además presentó un planteo de inconstitucionalidad sobre lo actuado por la Cámara laboral y reclamó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar el procedimiento llevado adelante por los magistrados cuestionados.

Dentro de los argumentos expuestos, la organización sindical afirmó que la resolución contradice jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de autonomía sindical.

Como antecedente central, el escrito cita el fallo “García” de 2023, donde el máximo tribunal sostuvo un criterio restrictivo respecto de las facultades estatales y judiciales para intervenir organizaciones gremiales, reafirmando la protección establecida por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La UOM también cuestionó la legitimidad procesal de la sentencia y denunció presuntas irregularidades vinculadas al trámite de recusaciones presentadas contra integrantes de la Sala VIII.

Según expuso el sindicato, al momento de dictarse el fallo todavía no se encontraba firme el rechazo de las recusaciones planteadas contra dos magistrados del tribunal, situación que —a criterio de la organización— afectó garantías elementales del debido proceso y del principio del juez natural.

En este sentido, la conducción dejó planteada la reserva del caso federal y anticipó que agotará todas las instancias recursivas disponibles para intentar revertir la intervención.

El conflicto adquiere una dimensión política y sindical de alto impacto dentro del movimiento obrero. La UOM no solo representa uno de los gremios industriales más influyentes del país, sino que además se convirtió en uno de los principales focos de resistencia contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.

Por eso, la decisión de la Cámara laboral y la posterior reacción del sindicato exceden el plano estrictamente jurídico. Detrás de la disputa subyace una discusión de fondo sobre los límites de la intervención judicial en la vida interna de las organizaciones sindicales, la autonomía gremial y el alcance de las reformas institucionales promovidas en el nuevo escenario político argentino.

Mientras la batalla judicial continúa escalando, la conducción metalúrgica apuesta a transformar el expediente en un caso testigo sobre la defensa de la autonomía sindical frente al avance de decisiones judiciales que considera incompatibles con la legislación vigente y con los principios históricos del derecho colectivo del trabajo.

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UOCRA acordó un aumento acumulativo del 6,1% y sumas fijas para el segundo tramo paritario de 2026

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) alcanzó un nuevo acuerdo salarial con la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) para el segundo tramo de la negociación paritaria correspondiente al período abril 2026-marzo 2027. El entendimiento contempla incrementos escalonados, pagos extraordinarios y nuevos aportes destinados al sostenimiento de la actividad gremial y de la obra social.

El convenio, rubricado el pasado 19 de mayo, tendrá vigencia hasta el 31 de agosto y establece una actualización acumulativa del 6,1% sobre los salarios básicos del sector. Las partes volverán a reunirse el próximo 20 de julio para discutir la pauta salarial que comenzará a regir desde septiembre.

El esquema acordado prevé una suba del 2,1% para junio calculada sobre los salarios básicos vigentes al 31 de mayo, incorporando además la absorción parcial de la suma no remunerativa abonada durante ese mes. En julio se aplicará un incremento adicional del 2% sobre los haberes actualizados de junio, mientras que en agosto se añadirá otro 1,9% sobre las escalas vigentes al 31 de julio, junto con la absorción correspondiente de los pagos extraordinarios liquidados previamente.

A su vez, el acta salarial contempla sumas fijas no remunerativas diferenciadas según las categorías laborales, cuyos montos oscilan entre $50.000 y $72.900. Estos adicionales serán abonados en dos cuotas quincenales y estarán sujetos a aportes y contribuciones destinados a la obra social del sector.

El acuerdo también ratificó la continuidad de mecanismos de financiamiento sindical y empresarial vinculados a la actividad. En ese marco, los empleadores deberán retener un aporte solidario equivalente al 2% mensual de los salarios sujetos a aportes legales durante junio, julio y agosto. Ese fondo será destinado al sostenimiento de la negociación colectiva, acción social y funcionamiento de equipos técnicos y gremiales de la organización sindical. Los trabajadores afiliados a UOCRA quedarán exceptuados de esa retención debido a que el aporte se encuentra absorbido por la cuota sindical.

Simultaneamente, las empresas deberán efectuar una contribución patronal adicional del 2% mensual calculada sobre las remuneraciones alcanzadas por aportes previsionales, medida que también regirá durante el segundo tramo del entendimiento salarial.

Aunque el entendimiento todavía aguarda la homologación formal por parte de la Secretaría de Trabajo, desde el ámbito gremial consideran que la actualización permitirá sostener parcialmente los ingresos frente al persistente encarecimiento del costo de vida y la presión inflacionaria que continúa afectando a los salarios registrados.

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