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Se confirmaron los salarios de la actividad para los próximos meses, tras el acuerdo paritario firmado por la FAECYS y las cámaras empresarias.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) confirmó las escalas salariales que regirán en la actividad hasta abril próximo tras el acuerdo celebrado con las cámaras empresarias del sector.

En el cierre de la paritaria anual para los trabajadores de comercio, se fijó un incremento adicional al salario básico de convenio del 22,9%.

La revisión sube el piso de los sueldos desde los $ 139.000 actuales hasta $ 182.700. Una cifra que implica, sumada la paritaria original más la renegociación, un aumento total anual que trepa hasta el 101%.
El convenio al que arribaron todas las partes se hará efectivo en dos tramos: por un lado, en febrero el salario básico incluido el presentismo será de $ 165.900; mientras que por otra parte, en marzo el sueldo básico alcanzará los $ 182.700.
Si bien en abril pasado se había arreglado una paritaria anual del 59,5% a pagarse en siete cuotas (6% en cada mes entre abril y junio; 10% en agosto y otro 10% en septiembre; 11% en noviembre; y 10,5% en enero de este año, la inflación galopante obligó a adelantar las cuotas.


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Varias provincias se posicionan en contra del DNU70/23 y la nueva Ley de Bases

Los ministros de trabajo de las provincias de Buenos Aires, Formosa, La Rioja, Santiago del Estaro, Tierra del Fuego y La Pampa, se posicionaron en contra de los postulados en materia laboral del DNU 70/2023 y el proyecto de Ley de Bases que se votará esta madrugada en la cámara de Diputados de la Nación.

Los funcionarios se comprometieron a trabajar coordinadamente a fin de “evitar la sanción de toda norma que indique un avasallamiento de los derechos sociales y laborales reseñados que redunde en la satisfacción de las necesidades del pueblo trabajador, objetivo primario de la actividad política y de la función pública”.

El manifiesto, además, enumera una serie de derechos que se intentan vulnerar con la norma y describe el impacto negativo que han tenido para los trabajadores, cada una de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de trabajo.

Las autoridades laborales consideraron que “el contenido del DNU 70/2023 en su Título IV denominado ‘Trabajo’ así como el proyecto original de la denominada Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en su Capítulo IV ‘Empleo Público’ colisionan definitivamente con los derechos constitucionales y con los principios que ilustran el Derecho del Trabajo y del Empleo Público, pues implican una regresión inadmisible en nuestro ordenamiento jurídico e institucional, marcado a fuego por el Principio de Progresividad”.

Por otra parte, el texto resalta que “a más de 4 meses de asumido el nuevo Gobierno Nacional, las condiciones materiales de vida de los sectores merecedores constitucionalmente de tutela diferenciada se han visto ostensiblemente deterioradas”, subrayaron.

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Alerta máxima en Correo Argentino por despidos de 500 trabajadores

La Federación Obreros y Empleados de Correos y Telecomunicaciones alertó por la ola de despidos en el Correo Argentino, que alcanza a 500 trabajadores cesanteados.

La Federación Obreros y Empleados de Correos y Telecomunicaciones (FOECYT) manifestó su preocupación por los despidos en el Correo Argentino que alcanzaron a 500 empleados que recibieron sus telegramas en el último tiempo.

El secretario general de FOECYT, Alberto Cejas, apuntó a la gestión gubernamental del Correo y señaló que los despidos son parte de “un patrón más amplio de desmantelamiento de recursos humanos en empresas estatales” y explicó que los despidos son resultado de una gestión ineficiente que llevó a la firma a una situación precaria en materia económica.

A su vez, advirtió que están ocurriendo cierres de oficinas en áreas rurales, que impactan de forma negativa en las comunidades que dependen del servicio postal para el acceso a servicios básicos.

Cejas advirtió además que la situación forma parte de una preparación del gobierno nacional para crear las condiciones para privatizar la empresa, que se encuentra dentro de las firmas estatales “sujetas a privatización” en el proyecto de Ley de Bases que se debate hoy en el Congreso de la Nación por iniciativa del gobierno de Javier Milei.

Desde FOECYT remarcaron que la empresa alegó “cuestiones de reestructuración y de reorganización interna” para definir los despidos, por lo que la Federación solicitó “rever esta medida ya que la consideramos absolutamente injusta. No son, ni jamás deberán ser los trabajadores las variables de ajuste, sobre todo tratándose de sujetos que cumplieron una función esencial durante la reciente pandemia”, esgrimió la entidad en una carta dirigida al director general del Correo, Camilo Baldini.

Finalmente, la organización gremial pidió “discutir las transformaciones que posibiliten garantizar el fortalecimiento del Correo para el bien común”, exigió FOECYT.

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Presentan proyecto para establecer una jubilación diferenciada para mineros

La iniciativa busca establecer un régimen diferenciado para los trabajadores mineros. Propone que puedan jubilarse a los 50 años los hombres y a los 47 las mujeres. Tiene apoyo sindical y el respaldo de la bancada de los diputados de extracción gremial.

La Asociación Sindical del Personal Jerárquico, Profesional y Técnico de la Actividad Minera Argentina (Asijemin), junto con un grupo de diputados nacionales encabezados por Hugo Yasky, Sergio Palazzo, Pablo Carro, Eduardo Toniolli y Carlos Castagneto, presentó en el Congreso un proyecto de ley sobre “jubilación minera”.

La iniciativa busca establecer “un régimen de jubilación diferenciada para los trabajadores mineros de Argentina, reconociendo las difíciles y peligrosas condiciones de trabajo en este sector”. Asimismo, tiene como objetivo principal “brindar una jubilación digna y justa para los hombres y las mujeres que trabajan en la minería”.

De aprobarse, la normativa regirá en todo el territorio nacional y se integrará al Sistema Único de Seguridad Social (SUSS).

Además, establece edades de jubilación ordinaria más bajas, de modo que la mínima sería de 55 años para los hombres y de 52 para las mujeres que trabajan en minas a cielo abierto, canteras y cementeras; mientras, la edad mínima será de 50 años para los hombres y de 47 para las mujeres que desempeñen tareas en minas subterráneas.

En paralelo a las edades diferenciadas, el proyecto busca establecer requisitos específicos vinculados con los años de servicio y las contribuciones adicionales tanto para empleadores como para trabajadores.

Aquellas personas que cumplan funciones en minas a cielo abierto, canteras y cementeras deberán acreditar 15 años de trabajo continuo o 20 años de labor discontinua, en tanto que para quienes se desempeñen en minas subterráneas se requerirán 20 años de trabajo continuo o 25 años de labor discontinua.

También hay medidas especiales para los trabajadores en las diferentes etapas hacia la jubilación. Aquellos que alcancen la edad jubilatoria y no cuenten con los años suficientes de aportes podrán acordar con su empresa una moratoria; mientras que aquellos que hayan cumplido la mitad de los requisitos tendrán derecho al 100% de los beneficios y los que no alcancen el 50% podrán optar por una moratoria con su empresa para completar los aportes requeridos.

En lo referido a las jubilaciones por invalidez, enfermedad laboral o enfermedad terminal, el proyecto buscar establecer que los trabajadores que sufran un accidente laboral que los deje imposibilitados para continuar trabajando, que padezcan una enfermedad que les impida realizar sus tareas habituales o que se les diagnostique una enfermedad terminal podrán jubilarse de inmediato, independientemente de los años de aportes y de trabajo en la actividad.

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