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El secretario general de UPCN San Juan José Pepe Villa evoluciona favorablemente después de sufrir complicaciones tras una cirugía.

Evolucionando de poco a poco», así describieron el estado de salud de José Pepe Villa, el líder de UPCN local quien pasa por una un difícil momento de salud debido a una complicación tras someterse a una cirugía.

Cuando se hizo pública esta situación, Laura Villa hija del gremialista , había mostrado su alegría por la respuesta de su padre al tratamiento médico diciendo que «sigue bien, evolucionando, ayer a las 17 se cumplieron 72 horas de su segunda operación que fue la que estuvo complicada, ahora es paciencia y seguir esperando pero ha sido muy importante que no haya tenido una recaída en esas 72 horas, gracias a Dios y la Virgen, ahora es solo paciencia y que vaya saliendo de a poquito pero parece que tenemos Pepe para rato».

El dirigente, de 77 años de edad, permanece alojado en una clínica privada. Todo a mediados de febrero con una operación de vesícula que se complicó y el cuadro generó una segunda intervención.


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Fallo inédito en San Juan: un repartidor de Pedidos Ya fue reconocido como trabajador

Una sentencia del Quinto Juzgado del Trabajo de San Juan reconoció la existencia de una relación laboral entre un repartidor y las empresas Pedidos Ya y Repartos Ya , y ordenó el pago de indemnizaciones derivadas del despido y de un grave accidente ocurrido mientras cumplía sus tareas. El trabajador sufrió una lesión que le provocó paraplejia. El fallo analizó geolocalización, turnos, rankings y tarifas para determinar que no se trataba de un prestador autónomo.

La resolución, dictada por el juez Gonzalo Caballero el 30 de junio y conocida públicamente en los últimos días, constituye un antecedente relevante para las relaciones laborales vinculadas con plataformas digitales. El magistrado concluyó que la prestación no reunía las características de un trabajo autónomo, sino que estaba sometida a mecanismos de organización, supervisión y control propios de una relación de dependencia.

El caso se inició a partir de un accidente ocurrido el 11 de noviembre de 2020, en la intersección de Paula Albarracín de Sarmiento y avenida Circunvalación. Luego de las lesiones, el repartidor reclamó su registración laboral y la cobertura prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo. Ante la negativa empresarial, se consideró despedido en enero de 2022 y promovió una demanda.

Pedidos Ya negó haber mantenido un vínculo laboral con el trabajador y atribuyó la relación a Repartos Ya. Esta última empresa sostuvo que se trataba de un contrato de locación de servicios de naturaleza comercial. Sin embargo, para el juzgado esa descripción no coincidió con la forma concreta en que se desarrollaban las tareas.

El veredicto tomó como elementos determinantes la evidencia testimonial, documental, informática e informativa incorporada al expediente. Entre otros aspectos, se acreditaron sistemas de geolocalización, asignación de turnos, registro de conexiones, rankings de desempeño, controles de cumplimiento y fijación unilateral de tarifas.

Para Caballero, esos mecanismos demostraron que el trabajador no actuaba por cuenta propia. La operatoria, además, se desarrollaba bajo la marca y la plataforma de Pedidos Ya, mientras que los pagos eran realizados por Repartos Ya, lo que llevó al magistrado a considerar que ambas sociedades funcionaban de manera coordinada dentro de una misma estructura económica y funcional.

El juez aplicó el principio establecido por el artículo 23 de la Ley de Contrato de Trabajo, según el cual la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato laboral, salvo que se demuestre lo contrario. En este caso, entendió que la empresa no logró acreditar la autonomía que invocaba.

Por qué no se aplicó la reforma laboral

Uno de los aspectos centrales de la resolución es su tratamiento de las reformas impulsadas durante el gobierno de Javier Milei. El magistrado señaló que las modificaciones introducidas por la Ley Bases 27.742 y posteriormente por la Ley de Modernización Laboral 27.802 no resultaban aplicables al expediente.

La razón fue temporal: el accidente ocurrió en 2020 y la extinción del vínculo se produjo en enero de 2022, antes de la entrada en vigencia de ambas normas. Caballero invocó el principio de irretroactividad previsto en el artículo 7 del Código Civil y Comercial y sostuvo que la relación debía juzgarse conforme a las normas vigentes cuando ocurrieron los hechos.

De este modo, la sentencia no implica una declaración sobre la aplicación o constitucionalidad de las nuevas disposiciones laborales a relaciones posteriores, sino que resuelve un vínculo iniciado y extinguido bajo una legislación anterior.

Indemnización por despido y accidente

El juzgado reconoció distintos rubros laborales, entre ellos la indemnización por antigüedad, falta de preaviso, aguinaldos correspondientes a 2020 y 2021 y el proporcional de 2022, además de vacaciones pendientes y proporcionales.

También contempló remuneraciones adeudadas entre noviembre de 2020 y enero de 2022 y diferencias salariales correspondientes al período comprendido entre julio y octubre de 2020, al considerar que los ingresos percibidos se encontraban por debajo de los valores establecidos por el convenio colectivo aplicable.

A ello se sumaron sanciones previstas por la Ley 24.013 por falta de registración y otras infracciones vinculadas con la relación laboral y el pago de las indemnizaciones.

Por las consecuencias del accidente, el fallo dispuso además una reparación por incapacidad laboral permanente y total, una compensación adicional de pago único, un incremento del 20% sobre las prestaciones derivadas del accidente laboral y una prestación complementaria por gran invalidez destinada a cubrir la asistencia permanente que requiere el trabajador para sus actividades esenciales.

El demandante había estimado el reclamo en más de $106 millones. No obstante, el monto definitivo todavía no está establecido: algunos rubros fueron rechazados y la liquidación deberá practicarse una vez que la sentencia quede firme.

La decisión ya fue apelada y actualmente se encuentra bajo revisión de la Cámara Laboral de San Juan. Por esa razón, el pronunciamiento todavía no constituye una decisión definitiva.

El dictamen instala así un nuevo antecedente provincial sobre el modo en que deben calificarse las relaciones entre trabajadores y plataformas digitales cuando la organización efectiva de las tareas revela mecanismos de dirección, control y dependencia. Su alcance definitivo dependerá ahora de lo que resuelva la instancia superior.

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ASIJEMIN crea un espacio de apoyo psicológico adaptado al trabajo minero

El Sindicato Jerárquico Minero ASIJEMIN amplió las prestaciones destinadas a sus afiliados con la incorporación de un servicio de acompañamiento psicológico virtual para trabajadores y sus familias. La propuesta fue impulsada por la Secretaría de Salud, Seguridad y Medio Ambiente, encabezada por Maximiliano Arias, y estará a cargo de la licenciada en Psicología Virginia Pantano (MP 15.686).

La modalidad fue diseñada teniendo en cuenta las particularidades de la actividad minera, especialmente los períodos de trabajo y descanso que atraviesan muchos trabajadores. Los turnos podrán coordinarse de manera virtual para facilitar el acceso a la atención profesional independientemente del lugar donde se encuentre el el operario.

ASIJEMIN cubrirá el costo de la primera consulta. La continuidad del tratamiento, nuevas sesiones o eventuales derivaciones serán acordadas posteriormente entre la profesional y el trabajador o su grupo familiar.

Desde la organización remarcaron además que las consultas tendrán carácter privado y confidencial. El objetivo es generar un espacio profesional en el que los afiliados puedan expresar sus preocupaciones, ser escuchados y recibir orientación ante distintas circunstancias personales o familiares.

Arias destacó que la iniciativa parte de una concepción integral del acompañamiento sindical. “Detrás de cada trabajador hay una persona, una familia y una realidad”, señaló, al remarcar que la tarea gremial también implica atender necesidades que exceden las cuestiones estrictamente laborales, señaló Arias.

La psicóloga Virginia Pantano, responsable del servicio, explicó que la propuesta busca ofrecer escucha y acompañamiento profesional mediante una modalidad compatible con las características de las jornadas y los períodos de permanencia de los trabajadores mineros.

Mediante esta herramienta, ASIJEMIN robustece el catálogo de prestaciones destinadas al desarrollo integral de sus afiliados, maximizando el impacto de sus programas de asistencia.

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Departamentales

Garrafa Hogar amplía los operativos y llegará a seis departamentos

El programa provincial recorrerá Santa Lucía, 9 de Julio, Chimbas, Rawson, Calingasta y 25 de Mayo entre el 31 de agosto y el 4 de septiembre. Ya se comercializaron más de 16.000 unidades, frente a las 10.000 de todo 2025.

La próxima semana, los puntos de comercialización estarán distribuidos en Santa Lucía, 9 de Julio, Chimbas, Rawson, Calingasta y 25 de Mayo, con precios de $20.000 para la garrafa de 10 kilos y $30.000 para la de 15 kilos.

La continuidad de la iniciativa responde a la elevada demanda registrada durante los últimos meses. Según datos de la Dirección de Defensa al Consumidor, ya fueron comercializadas más de 16.000 garrafas, mientras que durante todo 2025 se habían vendido unas 10.000 unidades.

El recorrido comenzará el lunes 31 de agosto en Santa Lucía, con atención de 9 a 11 en la Unión Vecinal Villa Balcarce y de 11.30 a 13.30 en el SUM de Villa Alba.

El martes 1 de septiembre será el turno de 9 de Julio, con puestos en la Plaza Chacritas, de 10 a 11, y en la Plaza Independencia de Villa Cabecera, de 11.30 a 12.30.

El miércoles 2, el operativo llegará a Chimbas, con paradas en la Plaza San Cayetano y la Unión Vecinal Villa El Salvador.

Rawson concentrará cuatro puntos de venta el jueves 3 de septiembre: Unión Vecinal Villa San Miguel, calle Florida 174 del barrio Güemes, Plaza Serranías del Sur y Plaza Villa San Damián.

El viernes 4, la propuesta se trasladará a Calingasta, donde habrá cinco puntos de atención entre Villa Calingasta, Tamberías, Sorocayense y Barreal. Ese mismo día, dentro del operativo San Juan Cerca, se venderán garrafas de 11 a 12 en la Escuela Florencia Nightingale de La Chimbera, en 25 de Mayo.

Con la ampliación del cronograma, el Gobierno provincial busca sostener una alternativa de acceso al gas envasado a valores inferiores a los habituales de mercado, mientras la demanda mantiene un ritmo superior al registrado durante el año pasado.

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