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La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad una ley que regula de manera provisoria distintas herramientas del proceso penal juvenil. La norma incorpora reglas para la conciliación, reparación integral, suspensión del proceso a prueba y juicio abreviado, hasta que San Juan adecue su legislación procesal a la Ley Nacional 27.801.

La iniciativa fue tratada durante la Tercera Sesión Especial, luego de que el cuerpo legislativo se constituyera en comisión para analizar el expediente 2250. El despacho recibió primero dictamen unánime y posteriormente fue aprobado por la totalidad de los diputados presentes. La sesión estuvo encabezada por el vicegobernador y presidente nato de la Cámara, Fabián Martín.

Esta nueva regulación establece mecanismos alternativos a la imposición de una pena y fija las condiciones bajo las cuales pueden aplicarse en causas que involucren a adolescentes. Entre las principales herramientas aparecen la conciliación, la reparación integral del perjuicio, la suspensión del proceso a prueba y el juicio abreviado.

En materia de conciliación, la norma permite acuerdos entre el adolescente imputado y la víctima en determinados delitos de contenido patrimonial cometidos sin grave violencia y en hechos culposos que no hayan provocado lesiones gravísimas ni la muerte. Quedan excluidos, entre otros, los delitos cuyo máximo de prisión supere los seis años y aquellos contra la vida, la integridad sexual y los poderes públicos y el orden constitucional.

El acuerdo deberá ser presentado ante el Juez Penal de Niñez y Adolescencia para su homologación. Si se acredita su cumplimiento, la acción penal se extinguirá; mientras tanto, el expediente permanecerá reservado. Ante un incumplimiento, el magistrado podrá disponer la continuidad del proceso o adoptar otra medida prevista por la legislación.

La reparación integral tendrá aplicación en un conjunto determinado de delitos, entre ellos lesiones leves, hurto y robo simple, determinadas estafas y defraudaciones, daño simple y encubrimiento. La resolución judicial deberá precisar la propuesta de reparación, la opinión de las partes y los criterios utilizados para establecer la obligación que deberá cumplir el adolescente. Una vez satisfecha, corresponderá el sobreseimiento.

Otro de los institutos regulados es la suspensión del proceso a prueba, que podrá ser solicitada desde la audiencia de indagatoria y hasta la de debate, con las excepciones previstas ante una eventual modificación de la calificación jurídica durante el juicio. El juez deberá resolver dentro de los cinco días posteriores a la audiencia y establecer, cuando corresponda, las reglas de conducta y la reparación simbólica.

El seguimiento estará a cargo del Equipo Técnico y del Supervisor que corresponda. La víctima deberá ser informada sobre el cumplimiento de las reglas impuestas y, si el adolescente cumple las condiciones establecidas, el magistrado declarará extinguida la acción penal conforme a la legislación de fondo. El incumplimiento podrá derivar en la revocación del beneficio y la continuidad del procedimiento ordinario.

La ley también habilita el juicio abreviado para los delitos de acción pública, siempre que exista un acuerdo escrito entre el fiscal, el adolescente, su defensor y el Asesor Penal de la Niñez y Adolescencia respecto del hecho, la participación y la calificación legal. El fiscal deberá formular el pedido de pena y las demás partes prestar su conformidad.

El control judicial constituye un requisito central. El juez podrá admitir el acuerdo y dictar sentencia o rechazarlo mediante una resolución fundada. En este último caso, las admisiones o conformidades expresadas por el adolescente no podrán utilizarse posteriormente en su contra como reconocimiento de culpabilidad, mientras que el pedido de pena del fiscal tampoco lo condicionará durante el debate.

La norma dispone además que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, o el organismo que eventualmente la reemplace, tendrá a su cargo la designación del Supervisor transitorio y la aplicación de las medidas previstas, en articulación con la Ley Nacional 26.061 y las disposiciones que resulten pertinentes de la Ley 27.801.

El régimen tendrá carácter estrictamente transitorio. Su vigencia se extenderá hasta que San Juan complete la adecuación de su legislación procesal, tal como establece el artículo 49 de la Ley Nacional 27.801. De esta manera, la provincia incorpora reglas específicas para resolver y acompañar los procesos que involucren a adolescentes sin esperar a la reforma integral de su sistema procesal juvenil.

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El acceso al gas de red, una de las principales deudas de infraestructura urbana

El relevamiento del primer semestre de 2026, realizado en 31 aglomerados urbanos, registró una cobertura de gas natural del 64,6%. También identificó brechas en las conexiones cloacales y desigualdades en las condiciones habitacionales.

Más de 3,6 millones de hogares urbanos no cuentan con conexión a la red de gas natural. El dato surge del último informe sobre condiciones de vida difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), que relevó durante el primer semestre de 2026 a 10,2 millones de hogares distribuidos en 31 aglomerados.

La cobertura de este servicio alcanza al 64,6% de las viviendas incluidas en la medición, mientras que el 35,4% permanece fuera de la red. La brecha adquiere mayor dimensión al compararla con otros servicios esenciales: el agua corriente llega al 90,9% de los hogares, pero la conexión cloacal alcanza al 73,1%. En consecuencia, el 26,9% de las viviendas relevadas carece de acceso al sistema formal de desagües.

Los indicadores muestran que la disponibilidad de infraestructura básica presenta diferencias considerables incluso dentro de los principales conglomerados urbanos del país. Aunque el agua corriente registra una cobertura ampliamente mayoritaria, el acceso al gas y a las cloacas continúa condicionado por déficits de extensión de las redes.

El relevamiento también examinó la calidad de las viviendas. El 81,3% de los hogares reside en inmuebles construidos con materiales considerados suficientes; el 12,5% presenta condiciones parcialmente insuficientes y el 6,2% restante habita unidades con materiales inadecuados.

En cuanto a las instalaciones sanitarias, el 88,4% dispone de condiciones adecuadas, frente a un 11,6% que no alcanza ese estándar. La medición del hacinamiento, en tanto, indica que el 86,1% de los hogares tiene menos de dos personas por habitación. Otro 12% registra entre dos y tres ocupantes por cuarto, mientras que el 1,8% supera esa proporción y queda comprendido en la categoría de hacinamiento crítico.

La encuesta también permite observar cómo se distribuye la tenencia de las viviendas: el 61,7% de los hogares es propietario tanto del inmueble como del terreno, el 20,9% alquila y el 17,4% restante utiliza otras modalidades de ocupación.

En materia de cobertura sanitaria, el 61,1% cuenta con prepaga, obra social o mutual. El 17,8% depende exclusivamente del sistema público, mientras que en otro 21,1% de los hogares al menos uno de sus integrantes se encuentra en esa condición.

Sin importar las diferencias en los números, la falta de gas de red y cloacas en muchas zonas demuestra un retraso en las obras públicas. Esta situación golpea el día a día de los vecinos y hace necesarias inversiones continuas para expandir los servicios.

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La cordillera registró hasta 2,50 metros de nieve en las estaciones relevadas

San Juan completó el relevamiento aéreo de nieve en la cordillera, una instancia clave para anticipar la disponibilidad de agua que tendrán los ríos provinciales durante el próximo ciclo hidrológico. Las mediciones abarcaron siete estaciones de alta montaña y registraron una acumulación promedio de 1,33 metros, con un máximo de 2,50 metros en Calderón.

El operativo, denominado Ventana Andina, fue coordinado por la Secretaría de Recursos Hídricos y Energías Renovables, dependiente del Ministerio de Infraestructura, Agua y Energía. Los vuelos en helicóptero recorrieron distintos puntos de las cuencas de los ríos Jáchal y San Juan, de norte a sur. La tarea requirió condiciones meteorológicas favorables para trabajar con seguridad en zonas de elevada altitud.

Los registros mostraron diferencias significativas entre las estaciones. Después de Calderón, con 2,50 metros, se ubicaron Teatinos, con 1,60; El Carmen y Pachón, con 1,50 cada una; Castaños Norte y Pantanosa, con 80 centímetros; y Corrales de Alambre, con 60 centímetros.

En el relevamiento participaron los técnicos provinciales Lucio Mercado y Facundo Busso, integrante de la división de Hidrología de la Dirección de Hidráulica, junto con Enrique Villar y Federico Villar, de EVARSA. Los equipos realizaron los cateos que permiten determinar la cantidad de nieve acumulada y aportar información para los cálculos posteriores.

Sin embargo, la altura registrada no alcanza por sí sola para establecer cuánta agua llegará a los ríos. Los especialistas también deben calcular la superficie cubierta y la densidad de la nieve, un factor que permite estimar su contenido de agua. Una acumulación de igual espesor puede representar reservas hídricas diferentes según su grado de compactación. También se contempla la sublimación, proceso por el cual parte de la nieve pasa directamente a vapor sin convertirse en agua líquida.

Concluida la etapa de campo, la información será procesada junto con imágenes satelitales, herramientas de análisis estadístico y modelos de redes neuronales. La integración de esas variables permitirá elaborar el pronóstico hídrico anual, que estima el volumen de agua proveniente del deshielo en las cuencas de los ríos Jáchal y San Juan.

El resultado tendrá incidencia directa en la planificación de la distribución del recurso, tanto para el abastecimiento como para el riego y los distintos usos productivos. En una provincia cuya disponibilidad depende en gran medida de la nieve acumulada en los Andes, conocer con mayor precisión las reservas cordilleranas constituye una herramienta central para administrar el agua.

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El Gobierno postergó hasta diciembre la privatización de Belgrano Cargas

El Gobierno nacional extendió hasta el 21 de diciembre el plazo para presentar ofertas por la concesión de Belgrano Cargas y Logística y reformuló las condiciones de participación para las empresas interesadas. La decisión, oficializada por el Ministerio de Economía mediante la Resolución 1914/2026, desplazó más de un mes la apertura prevista para el 11 de noviembre y modificó requisitos centrales de los pliegos.

La prórroga respondió a solicitudes de potenciales oferentes, que reclamaron tiempo adicional para estudiar la documentación, inspeccionar la infraestructura ferroviaria y calcular las inversiones necesarias. Algunos plantearon la necesidad de contar con hasta 90 días más para completar esas evaluaciones. Economía justificó los cambios en la necesidad de ampliar la concurrencia y favorecer una competencia efectiva.

El procedimiento comprende la concesión de las vías y los inmuebles vinculados a las líneas General Belgrano, General San Martín y General Urquiza, además de la posibilidad de adquirir material rodante. El proceso había comenzado con la Resolución 1049/2025 y recibió autorización para avanzar con el llamado a licitación en agosto de 2026.

Entre las modificaciones más relevantes figura la exigencia de acreditar índices de solvencia y liquidez iguales o superiores a uno, junto con un patrimonio neto que alcance la suma de los montos requeridos para cada línea incluida en la propuesta. El requisito patrimonial podrá integrarse con el respaldo de hasta dos socios financieros, cuyos balances también serán considerados.

En el plano técnico, los pliegos ampliaron las alternativas para acreditar experiencia: podrán computarse antecedentes de la propia firma, de sus controlantes, controladas o sociedades bajo control común. También se permitirá presentar una carta de intención o un acuerdo con una empresa contratista para ejecutar las obras obligatorias y optativas previstas en caso de adjudicación.

El nuevo calendario establece que las consultas podrán formularse hasta el 3 de diciembre a las 10. La recepción de ofertas cerrará el 21 de diciembre a las 9.59 y la apertura de la primera etapa comenzará un minuto después.

La resolución incorporó, además, precisiones sobre las propuestas económicas y la documentación exigida en la plataforma CONTRAT.AR. Cada participante podrá presentar una Oferta A o una Oferta B por línea, sin combinar ambas modalidades, salvo la alternativa asociada al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). También se admitirá expresar los valores máximos de peaje con hasta cinco decimales en dólares por tonelada-kilómetro bruta.

La comisión evaluadora que analizará las propuestas también tendrá una integración modificada. Con estos ajustes, el Ejecutivo busca adecuar las condiciones del concurso a las observaciones de los interesados, mientras posterga la instancia decisiva para definir quiénes competirán por la explotación de una parte sustancial de la red ferroviaria de cargas.

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