CONÉCTATE CON NOSOTROS

Diputados nacionales presentaron una acción de amparo para que la Justicia declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del DNU 941/2025, que reforma la Ley de Inteligencia sin intervención del Congreso. Denuncian que la norma habilita prácticas de espionaje, elimina controles democráticos y otorga a la Side facultades que vulneran garantías constitucionales.

Un grupo de legisladores nacionales presentó este lunes una acción de amparo judicial para que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo modificó de manera sustancial la Ley Nacional de Inteligencia y amplió las facultades de la Secretaría de Inteligencia del Estado (Side).

La presentación fue realizada por los diputados Maximiliano Ferraro y Mónica Frade, de la Coalición Cívica, y Esteban Paulón, del bloque Provincias Unidas, quienes advirtieron que el decreto configura un grave retroceso institucional al alterar el sistema de inteligencia sin debate parlamentario y habilitar un entramado de acciones que, según sostienen, carecería de controles efectivos.

“Junto a Mónica Frade y Esteban Paulón presentamos una acción de amparo contra el DNU 941/2025 sobre la Ley de Inteligencia, solicitando que se declare su inconstitucionalidad y la nulidad absoluta e insanable”, expresó Ferraro a través de la red social X, donde además remarcó la gravedad del avance del Ejecutivo sobre facultades que corresponden al Congreso.

Cuestionamientos al uso del DNU

En el escrito judicial, los legisladores sostienen que no existieron ni existen razones de necesidad y urgencia que justifiquen el dictado del decreto. Subrayan que el Congreso se encuentra en condiciones de sesionar y que una reforma de esta magnitud requiere un debate democrático profundo.

“Eludir este procedimiento debilita la legitimidad democrática de la norma”, señalan, y remarcan que la modificación del sistema de inteligencia es una materia sensible que exige deliberación, equilibrio institucional y control parlamentario, principios que —afirman— fueron deliberadamente soslayados.

El amparo sostiene que el DNU viola el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, que limita el uso de decretos de necesidad y urgencia, así como el artículo 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al habilitar prácticas que podrían afectar derechos y libertades fundamentales.

Facultades controvertidas y alarma institucional

Entre los puntos más cuestionados del DNU 941/2025 se encuentra la habilitación a los agentes de la Side para realizar detenciones, una facultad que hasta ahora estaba expresamente prohibida por la Ley 25.520 y que corresponde exclusivamente a fuerzas policiales, siempre bajo orden judicial.

Además, el decreto establece que todas las actividades del organismo de inteligencia pasen a ser consideradas “encubiertas”, lo que, según los diputados, elimina de hecho los mecanismos de supervisión y control previstos por la legislación vigente.

Otro aspecto central es la autorización para que los organismos de inteligencia de las Fuerzas Armadas produzcan información sobre “organizaciones no estatales de interés”, una redacción amplia y ambigua que, advierten, podría derivar en tareas de espionaje interno sobre actores sociales, políticos o sindicales.

Argumentos jurídicos del amparo

En su presentación, los legisladores enfatizan que el decreto cuestionado invade materias expresamente vedadas para los DNU, como las de carácter penal o procesal penal. En particular, destacan que la habilitación de aprehensiones por parte del personal de inteligencia constituye una violación directa a los límites constitucionales.

“La disposición del Poder Ejecutivo no cumple con los presupuestos para el dictado de un DNU, toda vez que en sus fundamentos no se invocaron razones de urgencia alguna”, afirman en el escrito, al tiempo que alertan sobre el riesgo de un uso discrecional del aparato de inteligencia sin control judicial ni parlamentario.

La presentación del amparo reabre un debate de fondo sobre el alcance del poder presidencial y el uso recurrente de decretos para modificar marcos normativos sensibles. En particular, el sistema de inteligencia ha sido históricamente un área atravesada por cuestionamientos, abusos y reformas orientadas a limitar su opacidad.

La ampliación de facultades de la Side por vía de un DNU, sin control legislativo y con habilitaciones que rozan el terreno penal, despierta alarmas no solo en la oposición política, sino también en sectores especializados en derechos humanos e institucionalidad democrática.

destacada

Universidades: FATUN confirmó movilizaciones y una nueva Marcha Federal


La federación que representa al personal nodocente rechazó la propuesta oficial de un aumento del 3% para octubre y ratificó nuevas acciones junto al Frente Sindical Universitario. Habrá una jornada nacional el 15 de septiembre, una concentración frente al Palacio Pizzurno el 17 y una nueva Marcha Federal Universitaria durante la primera semana de octubre.

El conflicto salarial de las universidades nacionales sumará nuevas jornadas de protesta. La Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN) ratificó el cronograma de medidas acordado con el Frente Sindical Universitario y anticipó una escalada de movilizaciones ante la falta de acuerdo con el Gobierno.

La decisión fue adoptada después del rechazo a la última propuesta oficial, que contempló un incremento salarial del 3% para octubre. Para la organización que representa a los trabajadores nodocentes, ese porcentaje resulta insuficiente frente al deterioro acumulado de los ingresos y no responde al reclamo de recomposición salarial.

El reclamo gremial también incorpora la aplicación efectiva de la Ley de Financiamiento Universitario, sancionada para garantizar recursos destinados al funcionamiento de las instituciones de educación superior. Las organizaciones universitarias sostienen que la discusión presupuestaria no puede quedar separada de la actualización de los salarios, las becas y los fondos necesarios para sostener las universidades públicas.

La primera fecha del nuevo cronograma será el 15 de septiembre, cuando se desarrollará la jornada nacional denominada “La universidad en la calle”, con actividades en espacios públicos de todo el país destinadas a visibilizar las demandas de docentes y nodocentes.

Dos días después, el 17 de septiembre, las organizaciones concentrarán sus reclamos frente al Palacio Pizzurno, sede de la Secretaría de Educación. La movilización coincidirá con las mesas paritarias convocadas para docentes y nodocentes, por lo que el encuentro será una instancia relevante para medir si el Gobierno modifica su propuesta salarial.

La protesta tendrá continuidad durante la primera semana de octubre, con la convocatoria a la quinta Marcha Federal Universitaria. Las organizaciones que integran el frente sindical buscarán volver a reunir a trabajadores, estudiantes y autoridades universitarias para reclamar una recomposición de los ingresos y mayores recursos para el sistema público de educación superior.

El nuevo calendario se suma al paro nacional del 8 de septiembre, que afectó las tareas académicas, administrativas y de servicios en las universidades. La medida expresó un reclamo que excede la discusión salarial e incluye el financiamiento institucional y la actualización de las becas estudiantiles.

FATUN, sostiene que la negociación colectiva requiere una propuesta que permita recuperar capacidad adquisitiva y una discusión con el Poder Ejecutivo que contemple la evolución real del costo de vida. El gremio también reclama el cumplimiento de las disposiciones vinculadas con el financiamiento universitario.

La federación integra el Frente Sindical Universitario junto con FEDUN, CONADU, CONADU Histórica, UDA, FAGDUT y CTERA, una articulación que permitió unificar las principales medidas de fuerza de la comunidad universitaria.

Continúe Leyendo

destacada

La reforma laboral avanza con nuevos topes para las indemnizaciones

El Gobierno oficializó nuevos topes indemnizatorios para cuatro convenios colectivos vinculados con trabajadores de la construcción y de entidades deportivas y civiles. Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial por la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo y fijan valores que llegan hasta $7.473.092,40.

La medida no establece cuánto puede cobrar como máximo una persona despedida. El límite se aplica sobre la remuneración mensual utilizada como base para calcular la indemnización por antigüedad, conforme al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. El monto final depende, entre otros factores, de los años trabajados.

Para los empleados representados por la Unión de Empleados de la Construcción y Afines de la República Argentina (UECARA), los topes vigentes desde diciembre de 2025 fueron establecidos en $3.578.828,88 para la Zona Norte, $4.046.423,40 para la Zona Centro, $4.440.490,47 para la Zona Nor Patagónica Desfavorable, $6.435.877,65 para la Zona Sur Patagónica Desfavorable y $7.473.092,40 para la Zona Austral.

En los convenios correspondientes a UTEDYC, los valores dependen del empleador y de las condiciones de cada convenio. Para la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires, el límite quedó en $1.118.778,87.

En el convenio con la Academia de Medicina de Buenos Aires, los topes oscilan entre $2.064.729,27 y $3.313.884,99, de acuerdo con la jornada laboral. Para el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), los valores van de $2.697.975 a $5.418.618,54.

La actualización forma parte de la aplicación de la Ley de Modernización Laboral 27.802, promulgada en marzo de 2026, que modificó distintos aspectos del régimen de indemnizaciones. Entre sus disposiciones incorporó nuevos criterios para determinar la remuneración computable y excluyó determinados conceptos que no tengan carácter mensual.

La reforma también creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a facilitar el pago de indemnizaciones cuando las empresas no puedan afrontar esas obligaciones con recursos propios. A su vez, habilitó mecanismos de cancelación en cuotas: hasta 18 para pequeñas y medianas empresas y hasta 12 para grandes compañías.

Otro cambio relevante alcanzó la actualización de los créditos laborales, que quedó vinculada a la inflación más un adicional del 3% anual.

El alcance de estas modificaciones generó cuestionamientos desde el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), que advirtió que la reforma reduce los conceptos considerados para determinar la indemnización y mencionó, entre otros, aguinaldo, vacaciones, horas extras, premios y comisiones.

La discusión adquiere especial relevancia porque los nuevos topes trasladan a la negociación colectiva y a las disposiciones administrativas una parte sustancial de la determinación de la base indemnizatoria. La autoridad laboral quedó facultada para establecer estos valores en función de los promedios salariales de cada convenio, sin que cada actualización requiera una nueva intervención legislativa.

Continúe Leyendo

destacada

La canasta básica trepó a $1,6 millones y profundizó la brecha con los salarios

Una familia de cuatro integrantes necesitó $1.605.497 en agosto para superar la línea de pobreza, mientras que el salario mínimo quedó en $383.800. La Canasta Básica Alimentaria alcanzó $726.469 y también superó ampliamente un ingreso mínimo. La distancia entre ambos valores vuelve a colocar el poder adquisitivo en el centro de las discusiones salariales.

El costo de sostener una familia volvió a ampliar su distancia respecto del salario mínimo. Según los datos difundidos por el INDEC, un hogar compuesto por cuatro integrantes necesitó $1.605.497 durante agosto para cubrir la Canasta Básica Total (CBT) y superar el umbral que determina la línea de pobreza.

El dato adquiere mayor dimensión al compararlo con el Salario Mínimo, Vital y Móvil, fijado en $383.800. Un solo ingreso mínimo representa apenas el 23,9% del costo de la canasta familiar, por lo que una familia tipo requiere el equivalente a más de cuatro salarios mínimos para alcanzar ese nivel de consumo.

La brecha también aparece en los alimentos. La Canasta Básica Alimentaria (CBA) llegó a $726.469, monto necesario para que un hogar de cuatro personas cubra los requerimientos alimentarios considerados por el organismo estadístico y no quede por debajo de la línea de indigencia. El salario mínimo alcanza para cubrir apenas el 52,8% de ese valor.

Incluso para un adulto equivalente, el ingreso mínimo resulta insuficiente. La CBT individual fue valuada en $519.578, por encima de los $383.800 del SMVM. Es decir, un trabajador que percibe el mínimo no a cubrir siquiera el conjunto de bienes y servicios contemplados por la medición para una persona.

La evolución de agosto agrega otro elemento a la discusión. Las canastas registraron un incremento mensual del 2,6%, superior al 1,7% que marcó el Índice de Precios al Consumidor. En términos interanuales, la CBA aumentó 39,6%, mientras que la CBT acumuló una suba del 38,3%.

La diferencia responde, entre otros factores, al comportamiento de algunos rubros que tienen una incidencia significativa en el presupuesto doméstico. En agosto, Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles encabezó las divisiones del IPC con un incremento del 2,8%, seguida por Educación, con 2,5%, y Salud, con 2,4%.

Los alimentos, en tanto, avanzaron 1,7% en el mes, aunque algunos productos mostraron aumentos considerablemente mayores. En Cuyo, por ejemplo, las verduras, tubérculos y legumbres acumularon incrementos anuales de hasta 86,3%, una evolución que impacta con mayor intensidad sobre los hogares de menores ingresos.

El cuadro vuelve a colocar los salarios en el centro de la discusión laboral. Con una canasta familiar que supera los $1,6 millones y un salario mínimo que representa menos de una cuarta parte de ese monto, las próximas negociaciones paritarias estarán atravesadas por la necesidad de recuperar capacidad de compra y evitar que los aumentos nominales queden rezagados frente al costo efectivo de los hogares.

Las organizaciones sindicales cuestionan, en ese sentido, las pautas de actualización cercanas al 1,5% o 2% mensual y reclaman mecanismos de recomposición que contemplen la evolución concreta de los gastos familiares. Entre las alternativas planteadas aparecen sumas fijas, cláusulas de revisión y aumentos que permitan corregir las diferencias acumuladas.

Los números oficiales ofrecen así una referencia que excede la discusión sobre la inflación mensual: el principal problema para los ingresos mínimos es la distancia que mantienen respecto del costo necesario para vivir. En agosto, esa brecha quedó nuevamente expuesta por una canasta familiar que superó los $1,6 millones mientras el salario mínimo permaneció por debajo de los $400.000.

Continúe Leyendo

Tendencias