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La Provincia reglamentó la nueva ley de transporte y endurece los requisitos para operar

El Gobierno de San Juan reglamentó la Ley Provincial N.º 2799-A, que reorganiza integralmente el sistema de transporte de pasajeros y cargas. La normativa crea un registro digital obligatorio para empresas, conductores y vehículos, incorpora nuevas herramientas de fiscalización, endurece los requisitos para operar y establece mayores estándares de seguridad, trazabilidad y control sobre la prestación de los servicios.
San Juan dio un paso decisivo hacia la modernización del sistema de transporte con la reglamentación de la Ley N.º 2799-A, una norma que redefine las condiciones de funcionamiento del transporte público de pasajeros, taxis, remises, servicios especiales, transporte escolar y de cargas dentro del territorio provincial.
La reglamentación, publicada en el Boletín Oficial, busca concentrar en un único régimen jurídico las obligaciones de empresas, prestadores y conductores, incorporando procedimientos digitales destinados a fortalecer el control estatal y mejorar la calidad del servicio para los usuarios.
Uno de los pilares de la nueva normativa es la creación del Registro Provincial de Transporte (Re.Pro.Tran.), una plataforma digital que reunirá toda la información vinculada con la actividad. Allí deberán inscribirse obligatoriamente las empresas habilitadas, los vehículos afectados a los distintos servicios y los conductores autorizados.
Cada operador contará con un legajo electrónico que concentrará licencias, pólizas de seguro, revisiones técnicas, habilitaciones, antecedentes administrativos y toda la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad. La digitalización permitirá a la autoridad de aplicación verificar en tiempo real el cumplimiento de las exigencias legales y agilizar los procedimientos de fiscalización.
Para acceder a una habilitación, las empresas deberán acreditar domicilio legal en San Juan, CUIT activo, inscripción tributaria y especificar la modalidad de transporte que desarrollan. También estarán obligadas a informar la nómina de vehículos y choferes afectados al servicio, quienes deberán poseer las licencias profesionales correspondientes y cumplir con las condiciones psicofísicas exigidas por la legislación vigente.
En el caso del transporte público regular de pasajeros, las concesionarias deberán respetar estrictamente los recorridos, frecuencias, horarios y cuadros tarifarios autorizados por la autoridad provincial. Asimismo, el Gobierno tendrá acceso permanente a información operativa vinculada con la cantidad de pasajeros transportados, kilómetros recorridos, niveles de cumplimiento y demás indicadores que permitan evaluar el desempeño de cada empresa.
Esos datos no sólo servirán para supervisar la prestación del servicio, sino también para respaldar futuros análisis sobre la distribución de subsidios y compensaciones económicas, una herramienta cada vez más utilizada por las jurisdicciones para optimizar la asignación de recursos públicos destinados al transporte.
La reglamentación también incorpora nuevas exigencias vinculadas con la seguridad y la transparencia. Las unidades deberán mantener condiciones adecuadas de higiene, accesibilidad y mantenimiento mecánico, además de exhibir sistemas de identificación que permitan a los usuarios consultar información del vehículo, verificar su habilitación y canalizar reclamos mediante herramientas digitales.
Uno de los aspectos más innovadores es la incorporación obligatoria de sistemas de geolocalización para los servicios no regulares de pasajeros. Estos dispositivos deberán permanecer activos durante toda la prestación y transmitir la información que determine la autoridad de aplicación, fortaleciendo la capacidad de control sobre los recorridos y la trazabilidad de cada viaje.
Aunque la reglamentación no hace referencia expresa a plataformas digitales de transporte como Uber o DiDi, la incorporación de una regulación específica para los servicios no regulares podría constituir un instrumento normativo que permita ordenar futuras modalidades de movilidad bajo parámetros comunes de habilitación y fiscalización.
En materia de transporte de cargas, la legislación establece que todos los transportistas que operen dentro de la provincia deberán inscribirse en el registro oficial e informar las unidades utilizadas. Los vehículos deberán acreditar la documentación obligatoria, cobertura de seguros, revisiones técnicas y el cumplimiento de las normas sobre pesos y dimensiones fijadas por la legislación nacional y provincial.
El Ejecutivo también quedó facultada para establecer corredores específicos, restricciones horarias y limitaciones de circulación para determinados tipos de cargas, en función del estado de la infraestructura vial, la seguridad del tránsito y la preservación de las rutas provinciales.
El nuevo régimen amplía además las facultades de fiscalización mediante auditorías, inspecciones y controles permanentes. Las sanciones previstas abarcan apercibimientos, multas económicas, suspensión de habilitaciones e incluso la retención preventiva de vehículos cuando se detecten infracciones graves.
En cuanto al régimen tarifario, la autoridad provincial conservará la potestad exclusiva para aprobar los cuadros de tarifas del transporte público. Cualquier modificación deberá sustentarse en estudios técnicos de costos y las empresas tendrán prohibido aplicar valores distintos de los oficialmente autorizados.
Para el servicio de colectivos se ratifican exigencias vinculadas con la revisión técnica obligatoria, seguros, condiciones mecánicas y estándares mínimos de funcionamiento. La reglamentación mantiene una antigüedad máxima de diez años para las unidades, aunque contempla excepciones expresamente previstas por la normativa para casos particulares.
Otro aspecto de relevancia institucional es la continuidad del servicio. Si una empresa concesionaria decide cesar sus operaciones o pierde la concesión, la Provincia podrá ordenar la prestación transitoria hasta concretar una nueva adjudicación, evitando interrupciones que afecten a miles de usuarios que dependen diariamente del transporte público.
La entrada en vigencia de la reglamentación de la Ley N.º 2799-A marca una transformación significativa en la política de movilidad de San Juan. La incorporación de herramientas digitales, el fortalecimiento de los mecanismos de control y la actualización de los requisitos para operar buscan adecuar el sistema provincial a los nuevos desafíos del transporte moderno, privilegiando la seguridad, la transparencia y la eficiencia en la prestación de un servicio esencial para la conectividad y el desarrollo económico de la provincia.