La Justicia frenó un artículo de la reforma laboral al considerar que perjudica a quienes recurren a la Justicia
La Justicia laboral de Tucumán dictó la primera sentencia que declara inconstitucional una de las disposiciones medulares de la Ley N.º 27.802. El fallo invalidó el artículo 55, que modificó el sistema de actualización de los créditos laborales judicializados, al considerar que genera un trato desigual entre trabajadores y provoca una pérdida sustancial del valor de las indemnizaciones. La resolución introduce un precedente con proyección nacional y anticipa una nueva disputa judicial sobre uno de los pilares de la reforma impulsada por el Gobierno.
La reforma laboral comenzó a atravesar su primer examen de constitucionalidad en los tribunales. En una decisión que podría extender sus efectos mucho más allá del caso analizado, el Juzgado del Trabajo de Tucumán declaró inaplicable el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 al entender que vulnera garantías constitucionales al imponer un mecanismo de actualización que deteriora el crédito de los trabajadores que debieron acudir a la Justicia para reclamar derechos incumplidos.
La sentencia, firmada por el juez Carlos Frascarolo, constituye el primer pronunciamiento de estas características en la provincia y se incorpora a una corriente de decisiones que comienza a emerger en distintos tribunales del país respecto de algunos aspectos de la reforma laboral. El eje del cuestionamiento no se concentra únicamente en la metodología de actualización monetaria, sino en el tratamiento diferencial que la norma dispensa a quienes judicializaron sus reclamos frente a empleadores que incumplieron sus obligaciones.
Un litigio individual que derivó en un debate constitucional
El expediente tuvo origen en la demanda presentada por un embalador de citrus que trabajó durante más de dos décadas bajo la modalidad de empleo temporario en establecimientos ubicados en García Fernández y Lules. En noviembre de 2023, mientras atravesaba el receso propio de la actividad citrícola, recibió un preaviso de despido que puso fin a una relación laboral superior a los veinte años.
La empresa abonó inicialmente $962.000 en concepto de liquidación final. El trabajador aceptó ese pago ante la necesidad inmediata de ingresos, aunque posteriormente promovió una demanda al sostener que existían importantes diferencias salariales e indemnizatorias derivadas de una incorrecta registración laboral.
Durante la tramitación del juicio, la producción de prueba modificó sustancialmente el panorama del expediente. Declaraciones testimoniales y pericias contables respaldaron la antigüedad invocada por el demandante, mientras que la negativa empresaria a exhibir registros digitales y planillas de asistencia terminó operando en su contra. El fallo también concluyó que el operario percibía remuneraciones inferiores a las previstas por la normativa aplicable para la actividad.
El artículo 55, bajo la lupa
La controversia adquirió una dimensión institucional con la entrada en vigencia de la Ley N.º 27.802, promulgada el 6 de marzo de 2026, que reformuló distintos aspectos del régimen laboral argentino.
Entre sus modificaciones, el artículo 55 estableció que los créditos laborales sometidos a proceso judicial debían actualizarse mediante la aplicación de la tasa pasiva del Banco Central. Según el magistrado, ese mecanismo produce un deterioro significativo del valor real de las acreencias en un escenario de inflación persistente y termina afectando exclusivamente a quienes se vieron obligados a litigar para obtener el reconocimiento de sus derechos.
En su resolución, Frascarolo sostuvo que la disposición introduce una diferenciación incompatible con el principio de igualdad previsto en el artículo 16 de la Constitución Nacional, ya que trabajadores que poseen créditos de idéntica naturaleza reciben un tratamiento diferente únicamente por haber recurrido a la vía judicial.
El juez también consideró que el esquema cuestionado restringe indirectamente el acceso a la jurisdicción, al imponer una consecuencia económica desfavorable para quien decide reclamar judicialmente frente al incumplimiento patronal.
Una pérdida superior al 25% sobre créditos alimentarios
Uno de los aspectos de mayor peso argumental de la sentencia fue la cuantificación del perjuicio que generaba la aplicación del artículo impugnado. De acuerdo con los cálculos incorporados al expediente, la utilización de la tasa prevista por la reforma hubiera reducido más del 25% el monto que finalmente correspondía percibir al trabajador.
Para el magistrado, semejante disminución resulta incompatible con la tutela reforzada que la Constitución Nacional otorga a los créditos laborales mediante el artículo 14 bis, por tratarse de acreencias de naturaleza alimentaria.
En esa línea, rechazó trasladar al derecho del trabajo doctrinas elaboradas para contextos de emergencia económica, como la denominada teoría del «esfuerzo compartido», al entender que los principios protectores que rigen la relación laboral impiden trasladar al trabajador el costo financiero derivado de la prolongación del proceso judicial.
IPC más interés puro
Luego de declarar la inconstitucionalidad del artículo 55, el tribunal dispuso que la deuda sea actualizada mediante la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), complementada con un interés puro anual del 3%, criterio que, según la sentencia, preserva el valor real del crédito sin producir enriquecimientos indebidos.
Con esa metodología, la empresa fue condenada a abonar $13.640.254,69, suma integrada por capital e intereses.
Un precedente que puede extenderse a miles de expedientes
Más allá de la reparación económica reconocida en este caso, el alcance institucional del pronunciamiento trasciende ampliamente el conflicto individual.
La resolución abre una discusión de fondo sobre la constitucionalidad del sistema de actualización incorporado por la reforma laboral y podría convertirse en un argumento relevante para miles de procesos que actualmente tramitan en los tribunales laborales del país.
El fallo también acompaña un debate que comienza a instalarse en distintas jurisdicciones, entre ellas Santa Fe, Córdoba y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde ya surgieron objeciones judiciales respecto de diversos aspectos de la Ley N.º 27.802.
Mientras la validez del nuevo régimen probablemente continúe recorriendo las instancias superiores del Poder Judicial, la decisión adoptada en Tucumán marca el primer límite concreto a uno de los componentes más sensibles de la reforma laboral y reinstala una discusión de fuerte trascendencia jurídica, sindical y económica: hasta dónde puede el legislador modificar el mecanismo de actualización de los créditos laborales sin comprometer la protección constitucional que ampara los derechos de los trabajadores.
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La Legislatura avaló el convenio con Vicuña para financiar obras por US$250 millones
La Cámara de Diputados de San Juan aprobó por 27 votos contra 9 el convenio entre el Gobierno provincial y Vicuña. El acuerdo contempla un aporte de hasta US$250 millones para infraestructura, con un fideicomiso administrado por el Banco San Juan y controles del Tribunal de Cuentas.
La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este miércoles el acuerdo entre el Gobierno provincial y Vicuña, en una sesión especial que terminó con 27 votos afirmativos y nueve negativos. La iniciativa habilita un aporte de hasta US$250 millones para financiar obras de infraestructura, incluso antes de que el proyecto minero alcance su etapa productiva.
El convenio ratifica el Acta Compromiso suscripta entre la Provincia y la compañía y establece un esquema de aportes definido. Según lo expuesto durante el debate, los recursos estarán disponibles desde el 20 de diciembre de 2026, tendrán carácter fijo y no podrán compensarse con futuras regalías ni serán considerados un adelanto sujeto a devolución.
El dinero será administrado mediante un fideicomiso en el Banco San Juan, bajo control provincial, con auditorías externas anuales y la intervención del Tribunal de Cuentas. Entre las obras mencionadas figura la intervención sobre la Ruta Nacional 40 Norte, uno de los principales puntos de interés durante el tratamiento legislativo.
El oficialismo defendió el entendimiento como una herramienta para anticipar infraestructura y generar previsibilidad para las inversiones vinculadas con Vicuña. El diputado Andrés Castro sostuvo que se trata de un aporte “claro, previsible” y afirmó que representa “previsibilidad política para el San Juan del futuro”.
Cruces por controles y facultades provinciales
El debate estuvo marcado por cuestionamientos de legisladores opositores, que plantearon dudas sobre las facultades provinciales, los controles ambientales, el uso del agua y las condiciones del convenio.
Desde el oficialismo, la diputada radical Alejandra Leonardo rechazó que San Juan haya resignado atribuciones. “San Juan no está renunciando a nada”, sostuvo, y afirmó que las exigencias ambientales continuarán sujetas a la Declaración de Impacto Ambiental y a los controles correspondientes.
En el peronismo también hubo posiciones diferenciadas. El diputado Miguel Vega acompañó la aprobación, aunque dejó asentado que uno de los motivos de su respaldo estaba vinculado con las obras previstas para la Ruta 40. En cambio, el titular de la bancada justicialista, Juan Carlos Quiroga Moyano, cuestionó el tiempo disponible para analizar la documentación y planteó reparos sobre las facultades provinciales en un radio de 75 kilómetros del emprendimiento.
La sesión tuvo además un cuarto intermedio de unos 40 minutos solicitado por el diputado oficialista Gustavo Usín, antes de retomar el debate y avanzar hacia la votación definitiva.
Orrego celebró la aprobación
Tras conocerse el resultado, el gobernador Marcelo Orrego destacó la sanción del convenio y remarcó que los recursos podrán utilizarse antes de que Vicuña comience a producir.
“Esto se traducirá en recursos para las obras que San Juan necesita, antes de que el proyecto comience a producir”, afirmó el mandatario. Luego cuestionó a quienes rechazaron la iniciativa y sostuvo que “la mayoría eligió acompañar este paso histórico”.
Con la aprobación legislativa, el Gobierno provincial obtuvo el aval necesario para avanzar en uno de los acuerdos económicos de mayor relevancia de su gestión. El próximo paso será la instrumentación del fideicomiso y la definición de las obras que recibirán los fondos comprometidos.
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El conflicto universitario se profundiza por el incumplimiento de la ley de financiamiento
Los gremios docentes iniciaron una nueva semana de paro y movilizaciones para exigir la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La protesta se extenderá hasta el sábado y combina huelgas, carpas y marchas en distintas universidades del país.
Los docentes de las universidades nacionales volvieron esta semana a las medidas de fuerza para reclamar al Gobierno de Javier Milei la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario, sancionada en 2025 y todavía pendiente de implementación, según denuncian las organizaciones gremiales.
La nueva protesta comenzó ayer martes 18 de agosto y se extenderá, en principio, hasta el sábado 22, luego del paro nacional realizado el pasado 12 de agosto. Los sindicatos aseguran que la adhesión volvió a ser elevada en las distintas casas de estudio y anticiparon la continuidad de las acciones mientras persistan los incumplimientos que atribuyen al Gobierno.
Una de las principales expresiones de la protesta se instaló frente al Palacio Pizzurno, sede de la Secretaría de Educación de la Nación. La Conadu montó allí una carpa que permanecerá hasta el viernes 21 y organizó actividades bajo la consigna “Carpas por la universidad y la soberanía”.
La iniciativa también se replicará en distintos puntos del país, junto con una movilización convocada para este miércoles al mediodía. Las federaciones buscan mantener visible el conflicto y reclamar una recomposición salarial que, según sostienen, continúa pendiente.
El reclamo salarial
Los gremios afirman que los haberes correspondientes a julio, percibidos en agosto, volvieron a evidenciar el incumplimiento de la norma. Reclaman una recomposición del 31,2%, además del pago retroactivo correspondiente al período transcurrido desde la entrada en vigencia de la ley.
A esa demanda se suman la restitución del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), recursos para capacitación y actualización y la recuperación de la garantía salarial para los trabajadores universitarios.
La Conadu Histórica resolvió el 5 de agosto mantener las medidas de fuerza y planteó incluso la posibilidad de avanzar hacia un paro por tiempo indeterminado hasta obtener el cumplimiento integral de la legislación.
Desde Feduba, su secretario general, Pablo Perazzi, sostuvo que el conflicto difícilmente pueda resolverse mediante una negociación salarial aislada. “No habrá solución para las universidades en la negociación sectorial con este gobierno”, afirmó, y planteó que será necesario modificar el rumbo económico y construir una alternativa política.
Una disputa que excede los salarios
Las organizaciones universitarias sostienen que la discusión abarca tanto los ingresos de docentes y no docentes como el financiamiento general de las instituciones públicas.
El conflicto se mantiene abierto pese a que la Corte Suprema de Justicia intervino en la disputa por la aplicación de la ley, un antecedente que los gremios utilizan para reforzar su reclamo ante el Poder Ejecutivo.
Con paros, movilizaciones y carpas instaladas en universidades de distintas provincias, la comunidad académica busca sostener la presión sobre el Gobierno. La continuidad de las medidas dependerá ahora de la respuesta oficial y de la posibilidad de alcanzar una salida que permita recomponer los salarios y garantizar los recursos previstos por la legislación vigente.
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El sindicalismo vuelve a la calle por la pérdida de ingresos y el endeudamiento
La CGT, las dos CTA y la UTEP se movilizarán este jueves al Ministerio de Economía para reclamar medidas frente al crecimiento de las deudas familiares. Denuncian que millones de hogares recurren al crédito para cubrir gastos esenciales y anticipan nuevas marchas. La concentración comenzará a las 14 en Paseo Colón e Independencia.
La protesta fue anunciada este miércoles en la sede de la CGT y tendrá como principal reclamo la necesidad de que el Gobierno adopte medidas frente a un fenómeno que las organizaciones vinculan directamente con la pérdida del poder adquisitivo.
Según datos recientes del Banco Central, 5,8 millones de personas registraron créditos impagos o atrasos graves durante el último año. A su vez, un relevamiento de la Defensoría del Pueblo bonaerense indicó que el 56,6% de los hogares tomó algún crédito en ese período y que, dentro de ese grupo, el 73,5% todavía mantiene deudas.
Las centrales sostienen que una parte importante de esos préstamos no se destina a consumos extraordinarios, sino a cubrir alquiler, alimentos, electricidad y gas. Para la secretaria adjunta de la UTEP, Norma Morales, se trata de una deuda que excede las decisiones individuales: “La deuda no es un tema individual, es una deuda colectiva”.
El secretario general de la CTA Autónoma, Hugo “Cachorro” Godoy, vinculó el endeudamiento con el deterioro de los ingresos y denunció la destrucción de unos 340.000 empleos formales y el cierre de cerca de 30.000 empresas, según sus estimaciones.
Desde la CGT, Cristian Jerónimo cuestionó la postura del Gobierno, que considera el endeudamiento una cuestión entre particulares. “Cuando la deuda es para poder comer es un problema social, un problema de economía y un problema de gobierno”, afirmó.
La movilización se inscribe en una sucesión de protestas sindicales y sociales que incluyó la marcha de San Cayetano y el acompañamiento a los reclamos de jubilados frente al Congreso. Jerónimo anticipó que la jornada del jueves no será el cierre de las medidas y advirtió que el movimiento obrero continuará con su plan de lucha.
El reclamo sindical coincidirá además con una movilización de entidades pyme frente a la Casa Rosada, convocada desde las 9 para reclamar una ley de emergencia productiva. El jueves concentrará así dos reclamos vinculados por un mismo problema: familias con menor capacidad de compra y empresas que enfrentan un mercado interno debilitado.
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