La intervención de la UOM desató un frente sindical unificado contra la Justicia laboral y el Gobierno
La anulación de los comicios de la Unión Obrera Metalúrgica y la intervención dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo generaron una reacción inmediata de las principales centrales obreras y de decenas de organizaciones sindicales. CGT, CTA, FreSU y gremios industriales denunciaron una “intromisión antidemocrática” sobre la autonomía gremial y vincularon la resolución judicial con la ofensiva oficial sobre los derechos laborales.
La decisión de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de dejar sin efecto las elecciones de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y desplazar a la conducción encabezada por Abel Furlán provocó una inmediata escalada política y sindical. En cuestión de horas, las principales organizaciones obreras del país cerraron filas en defensa del sindicato metalúrgico y denunciaron una avanzada institucional destinada a debilitar la representación gremial.
El fallo firmado por los magistrados Víctor Arturo Pesino y María Dora González no sólo impactó sobre una de las estructuras sindicales históricas de la industria argentina, sino que además reactivó un clima de máxima tensión entre el movimiento obrero y la administración de Javier Milei. Buena parte de las organizaciones que se pronunciaron recordaron que ambos jueces habían quedado recientemente en el centro de la polémica tras restablecer aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo.
Desde la Confederación General del Trabajo advirtieron que la intervención constituye un precedente de extrema gravedad institucional. La central obrera sostuvo que avanzar sobre la vida interna de una organización sindical representa una vulneración directa al principio de autonomía gremial garantizado por la legislación argentina y por los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo.
En la misma dirección se pronunciaron la CTA de los Trabajadores y la CTA Autónoma, que calificaron la resolución como un acto de naturaleza política antes que jurídica. Ambas centrales consideraron que el desplazamiento de las autoridades electas desconoce la voluntad expresada por los afiliados metalúrgicos y profundiza un escenario de hostilidad contra las organizaciones obreras.
El rechazo también alcanzó al Frente de Sindicatos Unidos, espacio que reúne a más de un centenar de sindicatos y que interpretó la medida como parte de una estrategia orientada a disciplinar a los sectores gremiales que confrontan con el programa económico oficial. Desde ese sector remarcaron que la UOM se había transformado en uno de los principales núcleos de resistencia sindical frente al DNU 70/23 y las reformas impulsadas por el Gobierno nacional.
Uno de los pronunciamientos más duros provino de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines. La organización aceitera denunció una “persecución política y judicial” contra el sindicalismo industrial y advirtió sobre un deterioro acelerado de las condiciones laborales, marcado por despidos, cierre de pequeñas y medianas empresas y caída del poder adquisitivo.
Incluso, el gremio abrió el debate sobre la posibilidad de avanzar hacia un plan de lucha de alcance nacional con medidas de fuerza de carácter indefinido. El posicionamiento elevó significativamente la tensión interna del movimiento obrero, especialmente por el peso estratégico que el sector aceitero posee dentro del complejo exportador argentino.
La ofensiva judicial sobre la estructura metalúrgica también despertó cuestionamientos dentro de sindicatos marítimos, judiciales, mineros y jerárquicos. Varias organizaciones coincidieron en advertir que el precedente podría habilitar futuras intervenciones sobre otros espacios gremiales en medio de un cuadro económico signado por el ajuste, la caída de la actividad y el deterioro salarial.
En paralelo, comenzaron a multiplicarse las convocatorias de respaldo a la UOM. La conducción sindical llamó a realizar un “abrazo” frente a la sede nacional del gremio, ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, en señal de rechazo a lo que definieron como una intervención “arbitraria y antidemocrática”.
El conflicto promete abrir una nueva etapa de confrontación entre el Ejecutivo y buena parte del sindicalismo argentino. La resolución judicial no sólo alteró el tablero interno de uno de los gremios industriales más influyentes del país, sino que además terminó por unificar a sectores sindicales que venían transitando diferencias tácticas frente al Gobierno. En ese punto, la disputa excede la discusión electoral dentro de la UOM y comienza a transformarse en un nuevo episodio de la pelea por el alcance de los derechos laborales y la autonomía sindical en la Argentina.
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San Juan acelera la repavimentación de Circunvalación con trabajos durante toda la jornada
Desde el jueves 22 de octubre, la Dirección Provincial de Vialidad incorporó un turno de 1 a 7 para trabajar sin interrupciones en el anillo interno, con cuadrillas que operan durante las 24 horas para ampliar el ritmo de ejecución y reducir los plazos de intervención.
La obra, ejecutada por el Ministerio de Infraestructura, Agua y Energía a través de la Dirección Provincial de Vialidad (DPV), contempla una renovación integral de la calzada y de sus sistemas de contención. Además del tendido de una nueva carpeta asfáltica, incluye reparaciones estructurales, limpieza de los tramos intervenidos y adecuación de las defensas metálicas.
En el anillo interno, uno de los trabajos de mayor extensión será la colocación de aproximadamente 9.000 postes nuevos. Para instalarlos es necesario excavar hasta un metro de profundidad, una tarea que se complica por la presencia de piedra y que, en determinados puntos, exige completar los pozos manualmente o con herramientas específicas.
La altura de cada poste debe ajustarse al nivel definitivo de la calzada para garantizar que las barandas queden a 70 centímetros sobre el pavimento terminado. Las defensas que se encuentran en buenas condiciones se mantienen, mientras que los componentes dañados se reemplazan.
Reparaciones debajo del pavimento
Durante los trabajos se detectó un socavón bajo la losa de aproximación del puente de calle España, causado por una filtración de agua que hundió 30 metros de pavimento.»
Para resolverlo, los equipos retiraron el asfalto, reconstruyeron la base y rellenaron la cavidad con hormigón. La reposición de la carpeta asfáltica se realizará una vez concluida la preparación de la superficie.
En el anillo externo se reparan las losas de hormigón rotas y se nivelan los accesos a los puentes. En estos puntos se reconstruyen las bases con suelo-cemento y se aplican capas niveladoras con geogrillas para impedir que las fisuras del pavimento viejo pasen a la nueva superficie.
Las tareas concluyen con la sustitución de los elementos de contención deteriorados, así como con la implementación de señalización vertical y marcas viales horizontales en calzadas y banquinas.
Los cortes de circulación abarcan, en el anillo interno, el tramo comprendido entre la salida hacia calle General Acha y el retorno posterior a calle 9 de Julio. En el externo, la intervención se extiende entre la salida hacia calle Mendoza Norte y avenida Libertador.
La incorporación de tareas nocturnas busca aprovechar cada franja horaria para acelerar una obra que combina renovación superficial, reparación de estructuras y mejoras en la seguridad vial. La continuidad de los trabajos deberá optimizar los tiempos de entrega sin comprometer la calidad de las soluciones aplicadas.
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La reforma laboral no revirtió la caída del empleo: se perdieron 36.000 puestos y cerraron casi 7.000 empresas
El Monitor de la Reforma Laboral del Instituto Argentina Grande registró 36.000 puestos de trabajo registrados menos y 6.905 empresas cerradas desde marzo. Desde noviembre de 2023, la pérdida acumulada de empleo privado formal asciende a 241.200 puestos, mientras el Gobierno posterga la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral.
El relevamiento, basado en estadísticas oficiales, contradice las expectativas de generación de empleo asociadas con la Ley de Modernización Laboral. La tendencia, sin embargo, precede a su entrada en vigencia: desde noviembre de 2023, el empleo privado registrado acumuló una caída de 241.200 puestos, mientras desaparecieron 32.290 empresas en todo el país, equivalentes al 6,3% del total considerado por el informe.
La contracción también alcanza a actividades vinculadas con la minería, el petróleo y la intermediación financiera, que no quedaron al margen de la pérdida de puestos laborales. El IAG describió una secuencia prolongada de retroceso del trabajo formal, con caídas mensuales consecutivas y un deterioro que atraviesa distintas ramas productivas.
El mapa territorial refleja diferencias pronunciadas. La Rioja registró una reducción del 21,7% en la cantidad de empresas y Tierra del Fuego, del 15,8%, según las cifras difundidas por el instituto. El informe estima que, desde el inicio de la actual gestión, la economía perdió en promedio 276 empleos registrados por día.
Rosario concentra las señales de alarma industrial
El cordón industrial de Rosario se convirtió en uno de los focos de preocupación para el movimiento obrero. El cierre de la planta de Electrolux, que dejó alrededor de 200 trabajadores sin empleo, se sumó a la paralización de una planta de caucho sintético de Pampa Energía, la reducción de operaciones de General Motors y los despidos denunciados en Nación Servicios.
La acumulación de casos profundizó las diferencias dentro de la CGT. Mientras la conducción nacional privilegió movilizaciones y acciones coordinadas sin convocar a una huelga general, la regional rosarina reclamó respuestas más contundentes ante el deterioro industrial.
El secretario general de la CGT Rosario, Miguel Vivas, se reunió con Jorge Sola, integrante de la conducción nacional, para analizar la pérdida de puestos y la situación de las empresas de la región. Tras el encuentro, cuestionó al Presidente por desconocer, según sostuvo, las dificultades que enfrentan los trabajadores para cubrir sus necesidades básicas.
La preocupación gremial apunta tanto a los despidos inmediatos como a las consecuencias sobre las economías familiares y las redes productivas locales. La reducción de las plantillas industriales repercute sobre proveedores, comercios y servicios vinculados con las fábricas.
El régimen de indemnizaciones vuelve a postergarse
A las cifras laborales se suman las demoras en la implementación de algunos componentes centrales de la reforma. El Decreto 1228/2026 postergó del 1 de noviembre al 1 de diciembre de 2026 la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados para financiar obligaciones vinculadas con las indemnizaciones por despido.
La norma también amplió de seis a doce meses completos y consecutivos el período de carencia antes de que los fondos puedan atender esas obligaciones. El Gobierno justificó los cambios por la necesidad de completar adecuaciones operativas y tecnológicas y permitir que los instrumentos acumulen recursos suficientes.
En simultaneo, la Secretaría de Trabajo homologó 19 acuerdos colectivos celebrados entre sindicatos y cámaras empresarias. Entre ellos figuran convenios de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores con entidades representativas del campo. La homologación les otorga validez oficial dentro de sus respectivos ámbitos, aunque no constituye por sí misma una evidencia de creación de empleo.
La discusión de fondo permanece abierta: la modificación de las reglas laborales no ha conseguido, hasta ahora, revertir la contracción del trabajo registrado. Los próximos indicadores permitirán evaluar si la reforma logra modificar esa trayectoria o si la recuperación del empleo continúa condicionada por la evolución de la producción, la inversión y el consumo.
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La Corte Suprema prohibió a las empresas elegir a qué afiliados descontarles la cuota sindical
La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que las empresas no pueden decidir unilateralmente a cuáles de sus trabajadores afiliados les descuentan la cuota sindical. En una resolución que refuerza la autonomía de las organizaciones gremiales, el tribunal consideró que esa facultad no pertenece al empleador y que su ejercicio puede vulnerar la libertad sindical y comprometer el financiamiento de los sindicatos.
El litigio tuvo su origen en una controversia entre el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa y Refinería del Norte S.A. (REFINOR), a raíz de la decisión de la empresa de limitar las retenciones de la cuota sindical a solo 12 afiliados, bajo el argumento de que el resto del personal administrativo no estaba incluido en el ámbito de representación de dicha entidad
El gremio cuestionó esa decisión y promovió un amparo con fundamento en el artículo 47 de la Ley 23.551, además de reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había rechazado la presentación al entender que la controversia involucraba cuestiones de encuadramiento sindical y convencional que debían resolverse mediante otros procedimientos.
El Tribunal Superior dejó sin efecto esa sentencia y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los criterios establecidos. La resolución contó con los votos de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces que intervinieron en la causa.
La representación gremial no depende de la empresa
Para fundamentar su decisión, el máximo tribunal recordó que el sindicato había obtenido su inscripción en 2007 y la personería gremial en 2011. También señaló que una disposición de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dictada en 2014, había establecido para los empleadores involucrados la obligación de retener una cuota equivalente al 2,5% de los conceptos remunerativos de los trabajadores afiliados, sobre la base de la nómina presentada por la organización.
El alto tribunal entendió que la empresa carecía de sustento legal para excluir por cuenta propia a determinados empleados. Las eventuales diferencias sobre el encuadramiento deben tramitar por las vías previstas en la legislación sindical, con intervención de las autoridades competentes y la posibilidad de revisión judicial.
El criterio se apoya en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que protegen la libertad de asociación y la independencia de las organizaciones frente a interferencias patronales.
El financiamiento, otra garantía de la libertad sindical
El fallo también recuperó un antecedente de 2021, referido a la Asociación del Personal Superior de Autopistas e Infraestructura (APSAI), en el que la Corte había reconocido la relevancia de las cuotas de afiliación para sostener el funcionamiento de las entidades gremiales.
En esa línea, vinculó la retención de los aportes con la capacidad de los sindicatos para organizarse, representar a sus afiliados y desarrollar sus tareas. El artículo 38 de la Ley 23.551 establece la obligación de los empleadores de actuar como agentes de retención en los términos previstos por la normativa.
Esta decisión no soluciona automáticamente todas las peleas entre sindicatos ni da una compensación económica al gremio. Sin embargo, deja algo muy claro: las empresas no tienen el poder de decidir a qué sindicato pertenece cada empleado, y no pueden usar el descuento de la cuota mensual para elegir a quién representa el gremio.
Con la devolución del expediente para una nueva sentencia, la Corte reafirmó un principio relevante para las relaciones laborales: la administración y el sostenimiento económico de los sindicatos no pueden quedar sujetos a decisiones discrecionales de las empresas.
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