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El máximo tribunal rechazó el recurso extraordinario presentado por el Gobierno nacional para intervenir de manera directa en la causa que discute la validez de la reforma laboral. La decisión llegó en medio de una compleja pulseada judicial por la competencia del expediente y representó un nuevo obstáculo para la estrategia oficial de obtener una definición rápida sobre uno de los pilares centrales de su programa económico.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional volvió a quedar en el centro de la disputa institucional luego de que la Corte Suprema rechazara el pedido de per saltum presentado por la Procuración del Tesoro para acelerar una resolución definitiva sobre la constitucionalidad de la norma. La decisión del máximo tribunal no sólo frustró el intento oficial de llevar el conflicto directamente a la instancia suprema, sino que además dejó expuesta la complejidad jurídica y política que rodea a una de las iniciativas más sensibles de la administración libertaria.

Con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, la Corte entendió que no se encuentran acreditadas las condiciones excepcionales previstas por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para habilitar la vía extraordinaria del per saltum. El mecanismo, de aplicación restrictiva, permite omitir las instancias judiciales ordinarias únicamente cuando existe una cuestión federal de gravedad institucional manifiesta y una necesidad impostergable de intervención inmediata.

El Gobierno había recurrido a esa herramienta luego de que un juez de primera instancia declarara la inconstitucionalidad de varios puntos centrales de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Aquella resolución representó el primer gran traspié judicial para la reforma. Sin embargo, posteriormente la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revirtió ese fallo y restituyó la vigencia plena de la normativa, modificando parcialmente el tablero jurídico que enfrentaba el oficialismo.

Aun así, la administración nacional insistió en llevar el expediente de manera directa a la Corte Suprema con el objetivo de obtener una definición definitiva que despejara incertidumbres alrededor del nuevo régimen laboral. El rechazo del per saltum desactivó esa posibilidad y obligó al Ejecutivo a continuar transitando el recorrido judicial ordinario.

La decisión del máximo tribunal se conoció en simultáneo con otra disputa de alto voltaje institucional: la pelea por el fuero que debe intervenir en la causa promovida por la CGT. Esa discusión, lejos de ser un tecnicismo procesal, se convirtió en un elemento central dentro de la estrategia política y jurídica de cada sector involucrado.

La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había ordenado recientemente al juez laboral Raúl Ojeda remitir en un plazo de 24 horas el expediente al fuero contencioso administrativo. La resolución, firmada por los camaristas Rogelio Vincenti, Jorge Eduardo Morán y Marcelo Daniel Duffy, incluyó además la habilitación de días y horas inhábiles para garantizar el traslado inmediato de la causa.

La definición fue interpretada en ámbitos judiciales como un avance favorable para el Gobierno, que busca desplazar el tratamiento del expediente fuera de la Justicia laboral, un ámbito históricamente más receptivo a los planteos sindicales. De hecho, fue allí donde la CGT consiguió inicialmente una medida cautelar contra varios artículos de la reforma.

La central obrera sostiene que buena parte de los cambios introducidos por la ley afectan derechos adquiridos y alteran principios fundamentales del derecho laboral argentino. Entre otros puntos, el sindicalismo cuestiona modificaciones vinculadas a indemnizaciones, modalidades contractuales, mecanismos de registración y regulaciones sobre conflictos colectivos.

Para el oficialismo, en cambio, la reforma constituye una pieza clave dentro de su programa de desregulación económica y flexibilización del mercado laboral. El argumento central del Gobierno apunta a reducir costos de contratación, fomentar la formalización y generar condiciones más favorables para la inversión privada. Sin embargo, la resistencia sindical y las objeciones judiciales terminaron convirtiendo el debate en uno de los principales focos de confrontación política y social de los últimos meses.

La negativa de la Corte a intervenir de forma inmediata también deja entrever la decisión del máximo tribunal de evitar, al menos por ahora, involucrarse anticipadamente en una discusión atravesada por fuertes implicancias institucionales y económicas. En los hechos, el expediente continuará su curso en instancias inferiores mientras persiste la disputa sobre la competencia y sobre el fondo de la cuestión.

Detrás del debate jurídico subyace una discusión mucho más profunda: el alcance de las reformas estructurales impulsadas por el Gobierno y los límites constitucionales de esos cambios. La controversia alrededor de la reforma laboral ya excede el terreno estrictamente técnico y se proyecta sobre el vínculo entre el Estado, el sindicalismo, el sector empresario y el modelo de relaciones laborales que pretende instalar la actual administración.

Con el rechazo del per saltum, la Corte Suprema no resolvió la cuestión de fondo, pero sí trazó un límite claro a la estrategia oficial de acelerar los tiempos judiciales. La reforma laboral seguirá atravesando un extenso recorrido en tribunales, mientras el Gobierno busca sostener uno de los ejes más ambiciosos de su proyecto político y la CGT redobla su ofensiva para frenar modificaciones que considera regresivas para los trabajadores.

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La Justicia concedió la apelación del Gobierno, pero mantiene la obligación de financiar a las universidades

El juez Martín Cormick concedió el recurso presentado por el Gobierno nacional contra el fallo que ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario, pero dispuso que continúe la ejecución de la medida cautelar. La Cámara deberá revisar la resolución mientras los gremios sostienen la marcha federal del 15 de octubre.

La disputa por el financiamiento universitario sumó una nueva instancia judicial sin modificar, por ahora, la obligación del Gobierno de cumplir con la cautelar vigente. El juez federal Martín Cormick concedió la apelación del Poder Ejecutivo contra la resolución que ordenó aplicar la Ley 27.795, pero dispuso que continúe el trámite para hacer efectiva esa medida mientras interviene la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

La resolución mantiene abierto el reclamo por la actualización de los salarios docentes y nodocentes, las partidas para el funcionamiento de las universidades nacionales y las becas estudiantiles. El tribunal de segunda instancia deberá determinar si confirma o revoca el fallo de primera instancia, mientras el expediente continúa su curso.

Los argumentos del Gobierno

El Ministerio de Capital Humano, encabezado por Sandra Pettovello, cuestionó la medida por considerar que provoca perjuicios institucionales y compromete el equilibrio fiscal. En su presentación, sostuvo que la aplicación de la ley tendría efectos presupuestarios de gran magnitud sin identificar una fuente de financiamiento específica y suficiente.

La cartera también objetó la utilización del amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA). Según su planteo, la vía judicial elegida no sería adecuada para resolver una controversia que requiere establecer montos, fuentes de recursos y alcances normativos.

El Ejecutivo argumentó, además, que el financiamiento debería instrumentarse mediante reasignaciones presupuestarias y advirtió que esa alternativa comprometería una proporción significativa de los créditos disponibles para gastos primarios. Para fundamentar su posición, invocó las leyes 24.629, 24.156 y 27.798, vinculadas con la administración y ejecución del gasto público.

La discusión enfrenta así dos cuestiones centrales: el alcance de una ley aprobada por el Congreso y la posición oficial de que su cumplimiento debe ajustarse a las reglas presupuestarias y a la disponibilidad de recursos.

Los gremios ratificaron la marcha del 15 de octubre

Mientras avanza la revisión judicial, las federaciones universitarias confirmaron la Quinta Marcha Federal Universitaria del 15 de octubre. La convocatoria se mantiene ante la falta de certezas sobre la aplicación efectiva de la ley y la recomposición de los ingresos del personal.

El titular de la Federación de Docentes de las Universidades (FEDUN), Daniel Ricci, ratificó la movilización. La Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN), que representa al personal nodocente, también anunció que sostendrá las medidas gremiales, incluidos paros escalonados en distintas instituciones.

Según las cifras difundidas por las organizaciones sindicales, el Gobierno habría cancelado el 21,3% de los montos reclamados, mientras que seguiría pendiente un 33,4% de la recomposición salarial y un 20% de los fondos vinculados con presupuesto y becas.

Con la concesión del recurso de apelación y la subsistencia de la medida cautelar, la controversia se eleva a la Cámara sin que se haya dirimido la cuestión presupuestaria. Simultáneamente, las entidades gremiales sostienen las medidas de fuerza como mecanismo de presión, demandando que la resolución judicial impacte de manera efectiva en el sistema universitario nacional.

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Milei y Sturzenegger avanzan con un nuevo plan de retiros voluntarios en el Estado

El Gobierno de Javier Milei prepara un nuevo régimen de retiros voluntarios para reducir la dotación de personal de la Administración Pública Nacional (APN). El proyecto, elaborado por la Secretaría de Transformación del Estado, a cargo de Maximiliano Fariña, bajo la conducción del ministro Federico Sturzenegger.

La iniciativa contempla compensaciones diferenciadas por edad y antigüedad, la eliminación de las vacantes y una prohibición de reingreso al Estado durante ocho años. La iniciativa también exige renunciar a la representación sindical y deja la aprobación de cada solicitud en manos de las autoridades de cada organismo.

La plan todavía debe completar su trámite para convertirse en una norma vigente. Entre sus principales condiciones figura la supresión del cargo presupuestario de cada trabajador que se retire, con la prohibición de cubrir esa vacante durante al menos dos años. El mecanismo busca que las desvinculaciones se traduzcan en una reducción efectiva de la estructura estatal.

El régimen alcanzaría al personal de planta permanente comprendido en la Ley 25.164 y a trabajadores con contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo. Quedarían excluidos, entre otros, integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad, personal del Servicio Exterior, organismos de inteligencia y cargos docentes. Tampoco podrían adherir quienes afronten determinados sumarios disciplinarios o procesos judiciales, ni quienes ya estén en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria.

Tres modalidades de compensación

El borrador divide a los posibles beneficiarios en tres grupos, con fórmulas de pago diferentes:
Próximos a la edad jubilatoria: mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no reúnan los aportes necesarios. Podrían optar por una prestación mensual equivalente al 60% del sueldo bruto habitual hasta alcanzar la edad jubilatoria, con un máximo de 36 meses, o por un pago calculado a razón de un sueldo por año de antigüedad, hasta 18 remuneraciones.

Con edad y aportes para jubilarse: mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 que reúnan los años de servicio requeridos. La compensación sería de un sueldo por año de antigüedad, con un tope de 18 salarios, más un adicional equivalente a cinco sueldos.

Trabajadores de menor edad: mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62. Recibirían un sueldo por año trabajado, con un máximo de 20 remuneraciones, más una compensación adicional de cuatro o cinco sueldos según la antigüedad.

En los casos previstos de pago en cuotas, el proyecto establece desembolsos mensuales consecutivos y fija un límite de $20 millones para cada uno de los dos primeros pagos, con cancelación del saldo restante en una tercera cuota.

Restricciones para volver al Estado

Uno de los puntos centrales del borrador es la prohibición de reingresar al Sector Público Nacional durante ocho años desde la desvinculación. La restricción abarcaría distintas formas de contratación, incluidos cargos jerárquicos, asesorías y programas financiados por organismos internacionales. La excepción contemplada corresponde a la docencia en universidades nacionales.

Si una persona incumpliera esa condición, debería devolver la totalidad de la compensación recibida, actualizada por el índice de precios al consumidor (IPC), más un interés anual del 3%.

El texto también establece una condición que podría generar cuestionamientos sindicales: los empleados con mandato gremial vigente deberían renunciar a su condición de delegados y acreditar esa decisión al solicitar el retiro. La exigencia se extendería a quienes se hubieran postulado como candidatos sindicales.

La facultad de decisión final corresponderá a cada entidad

La incorporación al régimen tendrá carácter voluntario pero requerirá aprobación expresa. Los ministros, secretarios de la Presidencia y demás autoridades competentes estarán facultados para admitir o denegar las solicitudes por necesidades del servicio, conforme al procedimiento establecido en la propuesta.

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Minicuotas Ribeiro bajó la persiana definitiva y dejó a extrabajadores sin cobrar

La cadena de electrodomésticos cerró su local de Villa Mercedes, San Luis, donde había nacido en 1910. Llegó a contar con 87 sucursales y unos 2.500 empleados, pero su crisis financiera derivó en cierres, despidos y salarios pagados en cuotas. Años después, numerosos extrabajadores todavía reclaman las indemnizaciones adeudadas.

El deterioro financiero comenzó a hacerse visible con fuerza durante el gobierno de Mauricio Macri y, hacia fines de 2018, la compañía empezó a fraccionar el pago de los salarios en cuotas. La modalidad que había dado nombre a su negocio se convirtió así en una expresión de la incertidumbre que atravesaba su propia plantilla.

De la expansión al derrumbe

La historia de Ribeiro comenzó como un comercio de joyería, relojería y óptica fundado por Manuel Ribeiro. Con el paso de las décadas, incorporó electrodomésticos y desarrolló un sistema de financiación dirigido a personas que, por sus ingresos o su situación laboral, encontraban dificultades para acceder al crédito tradicional.

Las minicuotas comenzaron como experiencia piloto en 2001 y se lanzaron oficialmente en 2006. El mecanismo permitió ampliar la clientela y sostener la expansión territorial, pero no logró evitar el deterioro posterior de las cuentas de la empresa.

En 2019, Ribeiro solicitó un Procedimiento Preventivo de Crisis, cerró establecimientos y avanzó con despidos mientras buscaba un inversor que permitiera sostener la operación. La incorporación de un socio no se concretó y la reducción de la estructura comercial continuó.

La crisis también estuvo marcada por episodios que reflejaron la desesperación de los trabajadores ante la falta de pago. En Tartagal, una empleada llegó a iniciar una huelga de hambre para reclamar sus haberes. Ese mismo año, otro hecho ocurrido en una sucursal de Caballito expuso el grado de deterioro que atravesaban las relaciones laborales.

Una deuda que sobrevive al cierre

El final comercial de Ribeiro deja una cuenta pendiente: las indemnizaciones que numerosos exempleados todavía esperan cobrar. Durante el proceso de desvinculación, parte de los trabajadores recibió propuestas de pago en cuotas, pero las obligaciones denunciadas permanecieron sin resolución para quienes continúan reclamando.

Para esas familias, la desaparición de la marca no representa el cierre definitivo de la historia. A la pérdida del empleo se sumaron salarios adeudados, incertidumbre económica y años de espera por compensaciones que debían afrontar las consecuencias de los despidos.

El final de Ribeiro encierra una ironía dolorosa. La emblemática cadena, famosa por facilitar el consumo en pequeños pagos, claudicó al no poder afrontar sus propios compromisos con su personal. Hoy, tras el cierre definitivo de su última tienda tras un siglo de historia, el capítulo sigue abierto y amargo para los trabajadores que aún esperan el pago de sus deudas.

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