En San Juan un juez declaró inconstitucional un punto central de la nueva ley laboral
Un fallo del Cuarto Juzgado del Trabajo de San Juan declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral 27.802, al considerar que reduce de manera significativa los montos indemnizatorios. La decisión abre un debate judicial con impacto en todo el sistema laboral.
La reciente implementación de la Ley de Modernización Laboral comenzó a mostrar sus primeras fricciones en el ámbito judicial. El pronunciamiento del juez Federico Soria marcó un punto de inflexión al declarar la inconstitucionalidad del artículo 55 en un caso concreto, encendiendo una discusión que promete escalar en los próximos meses.
El núcleo del conflicto radica en el sistema de cálculo de intereses sobre créditos laborales. Según el magistrado, la aplicación de la nueva normativa implica una reducción sustancial en los montos que perciben los trabajadores, estimada en torno al 33% respecto del esquema anterior. La situación se vuelve particularmente sensible en causas iniciadas antes de la entrada en vigencia de la ley, el pasado 6 de marzo, donde la modificación impacta sobre derechos ya en curso.
En su argumentación, Soria sostuvo que esta diferencia configura una vulneración del principio de igualdad ante la ley, al establecer tratamientos distintos en función de la fecha del despido. En consecuencia, resolvió mantener el criterio previo y aplicar la tasa activa del Banco Nación, en línea con la jurisprudencia histórica del fuero.
El fallo no es un hecho aislado, sino parte de un mosaico de interpretaciones judiciales que reflejan la complejidad del cambio normativo. La jueza Gabriela Padín, del Tercer Juzgado, centró su análisis en el principio de irretroactividad de la ley, al considerar que una norma no puede alterar condiciones jurídicas preexistentes. Bajo ese enfoque, dispuso que los casos iniciados antes de la reforma continúen rigiéndose por el sistema anterior, apoyándose en el precedente “Huaquinchay” de la Corte de Justicia provincial.
En este sentido, los jueces Matías Pallito y Mariela Berón adoptaron una postura intermedia. Su criterio propone un esquema mixto: aplicar la tasa activa hasta la entrada en vigencia de la ley y, a partir de allí, utilizar el nuevo mecanismo basado en la tasa pasiva del Banco Central, con los límites establecidos por la normativa.
Este abanico de decisiones —emitidas entre el 16 y el 30 de marzo— anticipa un panorama de alta litigiosidad y falta de uniformidad en los tribunales de primera instancia. Ninguna de las resoluciones se encuentra firme, por lo que será la instancia superior —la Cámara de Apelaciones del Trabajo o la Corte de Justicia de San Juan— la que deberá fijar un criterio definitivo.
El debate local se inscribe, además, en un contexto nacional más amplio. Una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo ya suspendió la aplicación de 82 artículos de la reforma, incluyendo aspectos sensibles como el derecho de huelga y modificaciones en el régimen indemnizatorio. En ese marco, las decisiones sanjuaninas refuerzan la idea de que la ley enfrenta cuestionamientos estructurales tanto en el plano político como judicial.
Los primeros fallos en San Juan revelan que la reforma laboral no solo será discutida en el ámbito legislativo o sindical, sino también en los tribunales. La declaración de inconstitucionalidad del artículo 55 introduce un elemento de incertidumbre sobre la aplicación efectiva de la norma y sus consecuencias económicas.
El desenlace dependerá de la capacidad del sistema judicial para unificar criterios y establecer límites claros. Mientras tanto, la coexistencia de interpretaciones divergentes impacta directamente en trabajadores y empleadores, reconfigurando la previsibilidad del sistema laboral. En ese terreno, la disputa ya no es solo jurídica: es, en esencia, una discusión sobre el alcance de los derechos en un nuevo entorno económico.
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Subieron los viajes durante el feriado, pero cayó el nivel de consumo
El último fin de semana largo dejó un panorama de fuerte movimiento turístico en distintos puntos del país, aunque con un comportamiento de consumo mucho más prudente que en temporadas anteriores. Si bien aumentó la cantidad de viajeros y se consolidaron las escapadas cortas como tendencia dominante, el gasto promedio mostró límites marcados por la cautela económica y el encarecimiento de los costos asociados al turismo.
De acuerdo con el relevamiento difundido por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, el feriado por el 25 de Mayo se ubicó entre los de mayor circulación turística del año, impulsado por festivales populares, recitales, celebraciones patrias y actividades recreativas desarrolladas en distintas provincias.
La entidad precisó que el movimiento de viajeros superó en más de un 9% al registrado durante el mismo feriado de 2023, aunque aquella edición había contado con una extensión mayor de días. El crecimiento en el flujo turístico, sin embargo, no se tradujo de manera proporcional en el nivel de gasto general.
El informe señaló que la permanencia promedio se mantuvo en apenas 2,1 noches, reflejando un esquema cada vez más orientado a viajes breves, de cercanía y con presupuestos más ajustados. En ese contexto, el desembolso diario por visitante alcanzó los $112.385, una cifra que mostró una suba en términos reales frente a mediciones anteriores, aunque fuertemente condicionada por el incremento de los costos de transporte, alojamiento y gastronomía.
A pesar del mayor movimiento, el impacto económico global quedó por debajo de otros fines de semana largos comparables debido a la menor duración del descanso. Según la medición empresarial, el volumen total de consumo turístico alcanzó los $339.880 millones.
Uno de los aspectos más destacados del relevamiento fue la consolidación del turismo interno frente a la retracción de los viajes al exterior. Las búsquedas de destinos nacionales crecieron de manera significativa durante las semanas previas al feriado, mientras que el interés por opciones internacionales mostró una desaceleración asociada a la necesidad de reducir gastos y priorizar escapadas más accesibles.
La dinámica turística estuvo fuertemente influenciada por eventos culturales, deportivos y musicales que funcionaron como motores de atracción en diferentes regiones del país.
En Córdoba, por ejemplo, la ocupación hotelera alcanzó niveles elevados impulsada por espectáculos masivos y por la final del Torneo Apertura disputada entre River Plate y Belgrano. También hubo una intensa actividad vinculada a recitales y festivales populares.
En Santa Fe, los shows de Abel Pintos y Ciro y los Persas, junto con encuentros deportivos de la Copa Argentina, impulsaron un importante flujo de visitantes y consumo vinculado a hotelería, gastronomía y entretenimiento.
Por su parte, Buenos Aires aprovechó el aniversario número 90 del Obelisco para desplegar una agenda cultural especial que incluyó espectáculos audiovisuales y actividades públicas, favoreciendo una ocupación hotelera cercana al 70%.
Las condiciones climáticas también jugaron un rol favorable para los destinos de naturaleza y montaña. Lugares como Puerto Iguazú, San Carlos de Bariloche, Esteros del Iberá y Valles Calchaquíes mantuvieron una actividad sostenida durante todo el receso.
El balance acumulado de los fines de semana largos de 2026 refleja una recuperación sostenida del movimiento turístico interno, aunque bajo un formato diferente al de años anteriores: viajes más cortos, mayor planificación de gastos y una marcada búsqueda de promociones y alternativas económicas.
En aspecto, Aerolíneas Argentinas informó que transportó más de 147.000 pasajeros durante el feriado, con predominio de vuelos de cabotaje y un fuerte nivel de reservas concentrado en la jornada previa al inicio del descanso.
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La intervención de la UOM desató un frente sindical unificado contra la Justicia laboral y el Gobierno
La anulación de los comicios de la Unión Obrera Metalúrgica y la intervención dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo generaron una reacción inmediata de las principales centrales obreras y de decenas de organizaciones sindicales. CGT, CTA, FreSU y gremios industriales denunciaron una “intromisión antidemocrática” sobre la autonomía gremial y vincularon la resolución judicial con la ofensiva oficial sobre los derechos laborales.
La decisión de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de dejar sin efecto las elecciones de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y desplazar a la conducción encabezada por Abel Furlán provocó una inmediata escalada política y sindical. En cuestión de horas, las principales organizaciones obreras del país cerraron filas en defensa del sindicato metalúrgico y denunciaron una avanzada institucional destinada a debilitar la representación gremial.
El fallo firmado por los magistrados Víctor Arturo Pesino y María Dora González no sólo impactó sobre una de las estructuras sindicales históricas de la industria argentina, sino que además reactivó un clima de máxima tensión entre el movimiento obrero y la administración de Javier Milei. Buena parte de las organizaciones que se pronunciaron recordaron que ambos jueces habían quedado recientemente en el centro de la polémica tras restablecer aspectos centrales de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo.
Desde la Confederación General del Trabajo advirtieron que la intervención constituye un precedente de extrema gravedad institucional. La central obrera sostuvo que avanzar sobre la vida interna de una organización sindical representa una vulneración directa al principio de autonomía gremial garantizado por la legislación argentina y por los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo.
En la misma dirección se pronunciaron la CTA de los Trabajadores y la CTA Autónoma, que calificaron la resolución como un acto de naturaleza política antes que jurídica. Ambas centrales consideraron que el desplazamiento de las autoridades electas desconoce la voluntad expresada por los afiliados metalúrgicos y profundiza un escenario de hostilidad contra las organizaciones obreras.
El rechazo también alcanzó al Frente de Sindicatos Unidos, espacio que reúne a más de un centenar de sindicatos y que interpretó la medida como parte de una estrategia orientada a disciplinar a los sectores gremiales que confrontan con el programa económico oficial. Desde ese sector remarcaron que la UOM se había transformado en uno de los principales núcleos de resistencia sindical frente al DNU 70/23 y las reformas impulsadas por el Gobierno nacional.
Uno de los pronunciamientos más duros provino de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines. La organización aceitera denunció una “persecución política y judicial” contra el sindicalismo industrial y advirtió sobre un deterioro acelerado de las condiciones laborales, marcado por despidos, cierre de pequeñas y medianas empresas y caída del poder adquisitivo.
Incluso, el gremio abrió el debate sobre la posibilidad de avanzar hacia un plan de lucha de alcance nacional con medidas de fuerza de carácter indefinido. El posicionamiento elevó significativamente la tensión interna del movimiento obrero, especialmente por el peso estratégico que el sector aceitero posee dentro del complejo exportador argentino.
La ofensiva judicial sobre la estructura metalúrgica también despertó cuestionamientos dentro de sindicatos marítimos, judiciales, mineros y jerárquicos. Varias organizaciones coincidieron en advertir que el precedente podría habilitar futuras intervenciones sobre otros espacios gremiales en medio de un cuadro económico signado por el ajuste, la caída de la actividad y el deterioro salarial.
En paralelo, comenzaron a multiplicarse las convocatorias de respaldo a la UOM. La conducción sindical llamó a realizar un “abrazo” frente a la sede nacional del gremio, ubicada en la Ciudad de Buenos Aires, en señal de rechazo a lo que definieron como una intervención “arbitraria y antidemocrática”.
El conflicto promete abrir una nueva etapa de confrontación entre el Ejecutivo y buena parte del sindicalismo argentino. La resolución judicial no sólo alteró el tablero interno de uno de los gremios industriales más influyentes del país, sino que además terminó por unificar a sectores sindicales que venían transitando diferencias tácticas frente al Gobierno. En ese punto, la disputa excede la discusión electoral dentro de la UOM y comienza a transformarse en un nuevo episodio de la pelea por el alcance de los derechos laborales y la autonomía sindical en la Argentina.
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El PJ salió en defensa de la UOM y denunció un avance “antidemocrático” contra el sindicalismo
La intervención judicial de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) profundizó el enfrentamiento político y sindical en torno al conflicto que atraviesa una de las organizaciones obreras más influyentes del país. Este sábado, el Partido Justicialista nacional repudió con dureza el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que anuló las elecciones internas del gremio y desplazó de la conducción a Abel Furlán, al considerar que se trata de una decisión “arbitraria” que vulnera la autonomía sindical.
A través de un comunicado difundido por la conducción partidaria encabezada por Cristina Fernández de Kirchner, el PJ sostuvo que la resolución judicial constituye “una grave afectación a la democracia sindical” y la vinculó con un escenario más amplio de retroceso sobre los derechos laborales y las estructuras gremiales.
“Sin autonomía sindical, con persecución y proscripciones, no hay democracia”, expresó el documento partidario, que además interpretó el fallo como parte de un proceso político orientado a debilitar la capacidad de organización de los trabajadores en medio del ajuste económico impulsado por el gobierno de Javier Milei.
La conducción justicialista remarcó que la resolución contra la UOM se produce en simultáneo con un cuadro de deterioro industrial, caída del empleo registrado y pérdida del poder adquisitivo. En ese marco, cuestionó el rumbo económico nacional y sostuvo que el país atraviesa una etapa de “desindustrialización acelerada” que impacta de manera directa sobre la estructura productiva y el mercado laboral.
El comunicado también trazó una conexión política y simbólica con el reciente pronunciamiento de la Corte Internacional de Justicia, que ratificó que el derecho de huelga se encuentra protegido por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo sobre libertad sindical. Para el PJ, mientras los organismos internacionales fortalecen garantías laborales históricas, en Argentina “se avanza en sentido inverso mediante restricciones, judicialización y presión sobre las organizaciones sindicales”.
La declaración partidaria elevó además el tono político del conflicto al advertir sobre un supuesto deterioro institucional. Según planteó el texto, la ofensiva contra dirigentes gremiales y políticos “no constituye hechos aislados”, sino que forma parte de una dinámica que, a juicio del espacio opositor, pone en tensión el funcionamiento democrático.
El pronunciamiento llegó horas después de que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, integrada por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, resolviera declarar la nulidad de los comicios realizados en la seccional Campana de la UOM y extendiera esa invalidez a la elección nacional que había ratificado a Furlán al frente del gremio metalúrgico.
En la sentencia, el tribunal consideró que existieron irregularidades severas durante el desarrollo electoral, especialmente en relación con la custodia de urnas, la extensión de la votación durante tres jornadas consecutivas y la ausencia de mecanismos de fiscalización considerados adecuados para garantizar transparencia y control del proceso.
Los magistrados sostuvieron que las condiciones bajo las cuales se desarrollaron los comicios comprometieron principios elementales de confiabilidad electoral y afectaron garantías vinculadas a la democracia interna sindical.
La causa había sido impulsada por la Lista Naranja de la seccional Campana, encabezada por Ángel Derosso, que denunció irregularidades en el procedimiento y cuestionó el esquema de custodia de urnas implementado por la Junta Electoral.
Como consecuencia del fallo, toda la conducción nacional de la UOM quedó desplazada y el sindicato pasó a estar intervenido judicialmente por 180 días. El tribunal designó al abogado Alberto Biglieri al frente de la organización, con la misión de reorganizar la estructura gremial y convocar a nuevas elecciones.
La resolución abrió un escenario de alta tensión dentro del movimiento obrero, donde distintos sectores sindicales comenzaron a expresar preocupación por el alcance institucional del fallo y por el precedente que podría generar sobre la autonomía de las organizaciones gremiales en medio de un contexto político y económico cada vez más confrontativo.
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