Alfredo Collado: “Desfederalizar el fuero laboral es debilitar la defensa del trabajador”
Tras la protesta convocada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación frente al Palacio de Tribunales, Alfredo Collado —referente de Judiciales Nacionales en San juan— cuestionó el eventual traspaso del fuero laboral a la órbita porteña y advirtió que, si se aprueba la reforma laboral, las centrales sindicales avanzarán con planteos de inconstitucionalidad. La Confederación General del Trabajo acompañó la manifestación y anticipó acciones judiciales.
La discusión por la reforma laboral sumó en las últimas horas un nuevo frente de rigidez: el intento de transferir el fuero laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. Para el sindicalismo judicial, la medida no es un cambio administrativo sino un movimiento con profundas implicancias institucionales y sociales.
“Desfederalizar la Justicia del Trabajo sería un retroceso enorme”, sostuvo Alfredo Collado en diálogo con Mundo Laboral SJ, luego de la movilización realizada frente al Palacio de Tribunales. La protesta, impulsada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación y respaldada por la CGT, buscó visibilizar el rechazo a una iniciativa que —según el dirigente— alteraría el acceso a la tutela judicial efectiva.
El eje del conflicto: competencia y alcance
El fuero laboral nacional tiene competencia en conflictos que involucran a trabajadores y empleadores de alcance federal. Su eventual traspaso a la órbita porteña implicaría concentrar en la Ciudad de Buenos Aires litigios que hoy se tramitan con una lógica federal.
Collado graficó el impacto con un ejemplo concreto: “Si un trabajador del interior tiene un conflicto con una empresa de alcance nacional, hoy puede litigar en su jurisdicción. Con el traspaso, debería hacerlo en Buenos Aires”. A su juicio, ello encarecería y dificultaría el acceso a la Justicia, además de reducir la cantidad de magistrados especializados.
El planteo sindical interpreta la medida como parte de una estrategia más amplia vinculada a la reforma laboral en debate. “No es un hecho aislado. Viene de la mano de cambios que tienden a debilitar la protección del trabajador”, afirmó.
Reforma laboral: entre la calle y los tribunales
En este sentido al debate parlamentario, las centrales obreras anticiparon una batería de presentaciones judiciales en caso de que la norma sea sancionada. La CGT ya anunció que, de avanzar el proyecto, recurrirá a la Justicia para impugnarlo por inconstitucionalidad y solicitar medidas cautelares que suspendan su aplicación hasta que se resuelva el fondo de la cuestión.
Collado fue categórico: “Según la doctrina y la jurisprudencia vigentes, hay aspectos que colisionan con garantías constitucionales”. El dirigente señaló que la estrategia incluiría pedidos de suspensión inmediata para evitar que la eventual entrada en vigencia genere efectos difíciles de revertir.
La movilización frente a Tribunales tuvo, además, un componente simbólico: trasladar la discusión al ámbito judicial antes incluso de que el Senado defina el texto concluyente. “Es una señal institucional y social”, explicó.
Impacto político y social
El debate no se agota en el plano técnico. Para el sindicalismo, la reforma laboral supone una redefinición del equilibrio entre empleadores y trabajadores. “Recuperar derechos perdidos después es extremadamente complejo”, advirtió Collado, al tiempo que cuestionó a los legisladores que acompañen la iniciativa sin considerar sus consecuencias.
El referente gremial convocó a los trabajadores a participar de las movilizaciones en sus respectivas provincias, más allá de sus afinidades partidarias. “Esto no tiene que ver con banderas políticas sino con condiciones laborales”, sostuvo, en un mensaje que busca ampliar el alcance del reclamo.
Ante una situación económica marcada por tensiones fiscales y desaceleración inflacionaria, el Gobierno sostiene que la reforma apunta a modernizar el mercado laboral y promover la creación de empleo. El sindicalismo, en cambio, advierte que la flexibilización podría traducirse en mayor precarización y litigiosidad.
Una disputa de fondo
La eventual transferencia del fuero laboral y la reforma en debate comparten un mismo trasfondo: la reorganización del sistema de relaciones laborales en la Argentina. Para los judiciales, el riesgo es doble: por un lado, limitar el acceso a la Justicia especializada; por otro, alterar el andamiaje normativo que regula la protección del empleo.
La ofensiva legal anunciada por la CGT abre un nuevo capítulo que podría trasladar la discusión desde el Congreso hacia los estrados judiciales. Allí se dirimirá no sólo la constitucionalidad de artículos específicos, sino también el alcance de los derechos laborales en la etapa que se inicia.
En ese escenario, la advertencia de Collado sintetiza el clima que atraviesa al sector: más allá del resultado parlamentario, la disputa recién comienza. Y su resolución definirá el equilibrio entre modernización normativa y garantías históricas del trabajo.
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San Juan acelera la repavimentación de Circunvalación con trabajos durante toda la jornada
Desde el jueves 22 de octubre, la Dirección Provincial de Vialidad incorporó un turno de 1 a 7 para trabajar sin interrupciones en el anillo interno, con cuadrillas que operan durante las 24 horas para ampliar el ritmo de ejecución y reducir los plazos de intervención.
La obra, ejecutada por el Ministerio de Infraestructura, Agua y Energía a través de la Dirección Provincial de Vialidad (DPV), contempla una renovación integral de la calzada y de sus sistemas de contención. Además del tendido de una nueva carpeta asfáltica, incluye reparaciones estructurales, limpieza de los tramos intervenidos y adecuación de las defensas metálicas.
En el anillo interno, uno de los trabajos de mayor extensión será la colocación de aproximadamente 9.000 postes nuevos. Para instalarlos es necesario excavar hasta un metro de profundidad, una tarea que se complica por la presencia de piedra y que, en determinados puntos, exige completar los pozos manualmente o con herramientas específicas.
La altura de cada poste debe ajustarse al nivel definitivo de la calzada para garantizar que las barandas queden a 70 centímetros sobre el pavimento terminado. Las defensas que se encuentran en buenas condiciones se mantienen, mientras que los componentes dañados se reemplazan.
Reparaciones debajo del pavimento
Durante los trabajos se detectó un socavón bajo la losa de aproximación del puente de calle España, causado por una filtración de agua que hundió 30 metros de pavimento.»
Para resolverlo, los equipos retiraron el asfalto, reconstruyeron la base y rellenaron la cavidad con hormigón. La reposición de la carpeta asfáltica se realizará una vez concluida la preparación de la superficie.
En el anillo externo se reparan las losas de hormigón rotas y se nivelan los accesos a los puentes. En estos puntos se reconstruyen las bases con suelo-cemento y se aplican capas niveladoras con geogrillas para impedir que las fisuras del pavimento viejo pasen a la nueva superficie.
Las tareas concluyen con la sustitución de los elementos de contención deteriorados, así como con la implementación de señalización vertical y marcas viales horizontales en calzadas y banquinas.
Los cortes de circulación abarcan, en el anillo interno, el tramo comprendido entre la salida hacia calle General Acha y el retorno posterior a calle 9 de Julio. En el externo, la intervención se extiende entre la salida hacia calle Mendoza Norte y avenida Libertador.
La incorporación de tareas nocturnas busca aprovechar cada franja horaria para acelerar una obra que combina renovación superficial, reparación de estructuras y mejoras en la seguridad vial. La continuidad de los trabajos deberá optimizar los tiempos de entrega sin comprometer la calidad de las soluciones aplicadas.
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La reforma laboral no revirtió la caída del empleo: se perdieron 36.000 puestos y cerraron casi 7.000 empresas
El Monitor de la Reforma Laboral del Instituto Argentina Grande registró 36.000 puestos de trabajo registrados menos y 6.905 empresas cerradas desde marzo. Desde noviembre de 2023, la pérdida acumulada de empleo privado formal asciende a 241.200 puestos, mientras el Gobierno posterga la entrada en vigencia del régimen de Fondos de Asistencia Laboral.
El relevamiento, basado en estadísticas oficiales, contradice las expectativas de generación de empleo asociadas con la Ley de Modernización Laboral. La tendencia, sin embargo, precede a su entrada en vigencia: desde noviembre de 2023, el empleo privado registrado acumuló una caída de 241.200 puestos, mientras desaparecieron 32.290 empresas en todo el país, equivalentes al 6,3% del total considerado por el informe.
La contracción también alcanza a actividades vinculadas con la minería, el petróleo y la intermediación financiera, que no quedaron al margen de la pérdida de puestos laborales. El IAG describió una secuencia prolongada de retroceso del trabajo formal, con caídas mensuales consecutivas y un deterioro que atraviesa distintas ramas productivas.
El mapa territorial refleja diferencias pronunciadas. La Rioja registró una reducción del 21,7% en la cantidad de empresas y Tierra del Fuego, del 15,8%, según las cifras difundidas por el instituto. El informe estima que, desde el inicio de la actual gestión, la economía perdió en promedio 276 empleos registrados por día.
Rosario concentra las señales de alarma industrial
El cordón industrial de Rosario se convirtió en uno de los focos de preocupación para el movimiento obrero. El cierre de la planta de Electrolux, que dejó alrededor de 200 trabajadores sin empleo, se sumó a la paralización de una planta de caucho sintético de Pampa Energía, la reducción de operaciones de General Motors y los despidos denunciados en Nación Servicios.
La acumulación de casos profundizó las diferencias dentro de la CGT. Mientras la conducción nacional privilegió movilizaciones y acciones coordinadas sin convocar a una huelga general, la regional rosarina reclamó respuestas más contundentes ante el deterioro industrial.
El secretario general de la CGT Rosario, Miguel Vivas, se reunió con Jorge Sola, integrante de la conducción nacional, para analizar la pérdida de puestos y la situación de las empresas de la región. Tras el encuentro, cuestionó al Presidente por desconocer, según sostuvo, las dificultades que enfrentan los trabajadores para cubrir sus necesidades básicas.
La preocupación gremial apunta tanto a los despidos inmediatos como a las consecuencias sobre las economías familiares y las redes productivas locales. La reducción de las plantillas industriales repercute sobre proveedores, comercios y servicios vinculados con las fábricas.
El régimen de indemnizaciones vuelve a postergarse
A las cifras laborales se suman las demoras en la implementación de algunos componentes centrales de la reforma. El Decreto 1228/2026 postergó del 1 de noviembre al 1 de diciembre de 2026 la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), creados para financiar obligaciones vinculadas con las indemnizaciones por despido.
La norma también amplió de seis a doce meses completos y consecutivos el período de carencia antes de que los fondos puedan atender esas obligaciones. El Gobierno justificó los cambios por la necesidad de completar adecuaciones operativas y tecnológicas y permitir que los instrumentos acumulen recursos suficientes.
En simultaneo, la Secretaría de Trabajo homologó 19 acuerdos colectivos celebrados entre sindicatos y cámaras empresarias. Entre ellos figuran convenios de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores con entidades representativas del campo. La homologación les otorga validez oficial dentro de sus respectivos ámbitos, aunque no constituye por sí misma una evidencia de creación de empleo.
La discusión de fondo permanece abierta: la modificación de las reglas laborales no ha conseguido, hasta ahora, revertir la contracción del trabajo registrado. Los próximos indicadores permitirán evaluar si la reforma logra modificar esa trayectoria o si la recuperación del empleo continúa condicionada por la evolución de la producción, la inversión y el consumo.
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La Corte Suprema prohibió a las empresas elegir a qué afiliados descontarles la cuota sindical
La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció que las empresas no pueden decidir unilateralmente a cuáles de sus trabajadores afiliados les descuentan la cuota sindical. En una resolución que refuerza la autonomía de las organizaciones gremiales, el tribunal consideró que esa facultad no pertenece al empleador y que su ejercicio puede vulnerar la libertad sindical y comprometer el financiamiento de los sindicatos.
El litigio tuvo su origen en una controversia entre el Sindicato del Personal Jerárquico y Profesional del Petróleo y Gas Privado de Salta, Jujuy y Formosa y Refinería del Norte S.A. (REFINOR), a raíz de la decisión de la empresa de limitar las retenciones de la cuota sindical a solo 12 afiliados, bajo el argumento de que el resto del personal administrativo no estaba incluido en el ámbito de representación de dicha entidad
El gremio cuestionó esa decisión y promovió un amparo con fundamento en el artículo 47 de la Ley 23.551, además de reclamar una indemnización por los perjuicios ocasionados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había rechazado la presentación al entender que la controversia involucraba cuestiones de encuadramiento sindical y convencional que debían resolverse mediante otros procedimientos.
El Tribunal Superior dejó sin efecto esa sentencia y ordenó que el tribunal de origen dicte un nuevo pronunciamiento conforme a los criterios establecidos. La resolución contó con los votos de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces que intervinieron en la causa.
La representación gremial no depende de la empresa
Para fundamentar su decisión, el máximo tribunal recordó que el sindicato había obtenido su inscripción en 2007 y la personería gremial en 2011. También señaló que una disposición de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dictada en 2014, había establecido para los empleadores involucrados la obligación de retener una cuota equivalente al 2,5% de los conceptos remunerativos de los trabajadores afiliados, sobre la base de la nómina presentada por la organización.
El alto tribunal entendió que la empresa carecía de sustento legal para excluir por cuenta propia a determinados empleados. Las eventuales diferencias sobre el encuadramiento deben tramitar por las vías previstas en la legislación sindical, con intervención de las autoridades competentes y la posibilidad de revisión judicial.
El criterio se apoya en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y en los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que protegen la libertad de asociación y la independencia de las organizaciones frente a interferencias patronales.
El financiamiento, otra garantía de la libertad sindical
El fallo también recuperó un antecedente de 2021, referido a la Asociación del Personal Superior de Autopistas e Infraestructura (APSAI), en el que la Corte había reconocido la relevancia de las cuotas de afiliación para sostener el funcionamiento de las entidades gremiales.
En esa línea, vinculó la retención de los aportes con la capacidad de los sindicatos para organizarse, representar a sus afiliados y desarrollar sus tareas. El artículo 38 de la Ley 23.551 establece la obligación de los empleadores de actuar como agentes de retención en los términos previstos por la normativa.
Esta decisión no soluciona automáticamente todas las peleas entre sindicatos ni da una compensación económica al gremio. Sin embargo, deja algo muy claro: las empresas no tienen el poder de decidir a qué sindicato pertenece cada empleado, y no pueden usar el descuento de la cuota mensual para elegir a quién representa el gremio.
Con la devolución del expediente para una nueva sentencia, la Corte reafirmó un principio relevante para las relaciones laborales: la administración y el sostenimiento económico de los sindicatos no pueden quedar sujetos a decisiones discrecionales de las empresas.
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