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La Justicia ordenó actualizar salarios universitarios y becas estudiantiles y dejó sin efecto un decreto del Gobierno

Un fallo judicial de alto impacto político e institucional volvió a reinstaurar la tirantez entre el Gobierno nacional y el sistema universitario. El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 resolvió este martes hacer lugar a una medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), ordenando la inmediata aplicación de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario.
La resolución deja sin efecto, para el caso concreto, el Decreto 795/2025 mediante el cual el Poder Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma sancionada por el Congreso. Dichos artículos establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como la actualización de las becas estudiantiles conforme a la evolución inflacionaria.
El conflicto se originó tras la sanción de la ley por ambas Cámaras del Congreso. Aunque el presidente Javier Milei vetó la norma, el Parlamento rechazó el veto, lo que dejó a la ley plenamente vigente. Sin embargo, el Ejecutivo apeló a la Ley 24.629 para sostener que la aplicación quedaba suspendida hasta que el Congreso definiera explícitamente las fuentes de financiamiento, argumento que dio sustento al decreto ahora cuestionado.
Ante este escenario, el CIN inició a fines de octubre de 2025 una acción colectiva solicitando la declaración de inconstitucionalidad del decreto y el cumplimiento inmediato de la ley. En su presentación, las universidades advirtieron sobre una “afectación colectiva y urgente”, al señalar que el congelamiento salarial y de becas profundizaba la pérdida del poder adquisitivo, afectaba el normal funcionamiento de las casas de estudio y vulneraba derechos constitucionales como el acceso a la educación superior y la autonomía universitaria.
Según datos aportados en el expediente, alrededor del 70% de los docentes y no docentes universitarios perciben ingresos por debajo de la línea de pobreza, situación que se agravó durante el último año por la inflación y la falta de actualizaciones salariales.
Análisis del fallo
En su resolución, el juez Martín Cormick consideró que existía una “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” en el accionar del Poder Ejecutivo. En ese sentido, sostuvo que la suspensión dispuesta por el decreto impugnado lesionaba de manera clara e inequívoca derechos reconocidos constitucionalmente, sin que resultara necesario un análisis extenso de los hechos para advertir el perjuicio ocasionado.
El magistrado dispuso declarar inaplicable el decreto en lo referido a la suspensión de la Ley 27.795 y ordenó que la medida cautelar tenga vigencia hasta el dictado de la sentencia definitiva, que resolverá la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad del accionar del Ejecutivo.
El fallo se dictó en un contexto político particularmente sensible, atravesado por el debate del Presupuesto 2026. El proyecto enviado por el Gobierno incluía la derogación de las leyes de emergencia en discapacidad y de financiamiento educativo, lo que generó un fuerte rechazo en la oposición y en diversos sectores sociales.
La semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó en general el Presupuesto, pero rechazó los artículos vinculados a discapacidad y educación superior. Ahora el proyecto será tratado en el Senado, donde el oficialismo buscará revertir esa decisión.
La medida cautelar representa un respaldo judicial significativo para las universidades nacionales y reaviva la discusión sobre el rol del Estado en el financiamiento de la educación superior. Más allá de su carácter provisorio, el fallo expone los límites legales del Ejecutivo para suspender leyes vigentes y vuelve a colocar en el centro del debate la crítica situación salarial del sistema universitario, en un contexto de ajuste fiscal y fuerte conflictividad social.