Comercio acordó un aumento salarial del 8%
“Este acuerdo es un paso importante para asegurar el poder adquisitivo de nuestros trabajadores en un contexto económico complejo. Monitoreamos la situación económica para que los salarios pueden acompañar los incrementos de los precios, y que no se vean superados por la inflación”, destacó Cavalieri, secretario general de la FAECYS.
Y agregó: “Continuamos observando la dinámica del mercado laboral y vemos con preocupación el incremento de la desocupación que está empezando a reflejarse en los distintos indicadores de empleo”.
El acuerdo salarial firmado corresponde a la paritaria de Comercio de este año, que va de marzo 2024 a abril 2025.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) acordó este martes un aumento salarial del 8% para los trabajadores de la actividad, que se hará efectivo en dos tramos.
El gremio que conduce Armando Cavalieri determinó una suba salarial del 4,25% en septiembre y el 3,75% restante en octubre, tras negociaciones con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca).
El entendimiento establece un sueldo básico inicial de $ 926 mil pesos, con presentismo, según informó la entidad sindical a Mundo Gremial.
“Este acuerdo es un paso importante para asegurar el poder adquisitivo de nuestros trabajadores en un contexto económico complejo. Monitoreamos la situación económica para que los salarios pueden acompañar los incrementos de los precios, y que no se vean superados por la inflación”, destacó Cavalieri, secretario general de la FAECYS.
Y agregó: “Continuamos observando la dinámica del mercado laboral y vemos con preocupación el incremento de la desocupación que está empezando a reflejarse en los distintos indicadores de empleo”.
El acuerdo salarial firmado corresponde a la paritaria de Comercio de este año, que va de marzo 2024 a abril 2025.
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Crece la preocupación en la construcción por la paralización de proyectos públicos
La Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) volvió a manifestar su preocupación por la prolongada retracción que atraviesa el sector y reclamó medidas urgentes para recuperar el nivel de actividad, en un escenario marcado por la paralización de proyectos, la caída de inversiones y el deterioro de una cadena productiva que involucra a miles de empresas y trabajadores en todo el país.
Desde la entidad empresaria señalaron que el freno de numerosas obras de infraestructura comenzó a generar consecuencias cada vez más visibles sobre constructoras, proveedores de insumos, transportistas, industrias asociadas y mano de obra especializada, configurando un cuadro que amenaza con profundizarse si no se adoptan medidas de estímulo en el corto plazo.
Frente a este panorama, CAMARCO insistió en la necesidad de reactivar los proyectos suspendidos, regularizar pagos pendientes con contratistas y establecer una hoja de ruta que permita recuperar la inversión en infraestructura estratégica. Según planteó la organización, la ejecución de obras constituye una herramienta central para impulsar la actividad económica, fortalecer la competitividad y generar empleo formal en distintos puntos del territorio nacional.
La entidad propuso avanzar en un programa federal de infraestructura que contemple obras viales, ampliación de redes energéticas, modernización portuaria, desarrollo ferroviario y ampliación de sistemas de agua y saneamiento. A criterio del sector, estas iniciativas no sólo mejorarían la conectividad y la productividad, sino que también tendrían un efecto multiplicador sobre numerosas ramas de la economía.
El nerviosismo empresario surge en un entorno en el que la construcción continúa exhibiendo dificultades para recuperar el dinamismo perdido durante los últimos meses. La reducción de proyectos financiados por el Estado nacional, sumada a la cautela inversora del sector privado, impactó de manera directa sobre los niveles de ocupación y sobre la demanda de materiales vinculados a la actividad.
CAMARCO sostienen que la infraestructura debe ser considerada una política de desarrollo de largo alcance y no únicamente una variable de ajuste presupuestario. La entidad remarcó que la inversión en obras estratégicas resulta indispensable para acompañar el crecimiento económico, reducir costos logísticos y generar condiciones más favorables para la producción y el comercio.
Para empresarios y especialistas del sector, la discusión ya no se limita exclusivamente a la ejecución de proyectos pendientes. Lo que está en juego, sostienen, es la capacidad del país para sostener empleo, potenciar su competitividad y construir las bases materiales necesarias para acompañar cualquier estrategia de crecimiento a largo plazo.
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La UOM denunció violación a la autonomía sindical y apeló contra el fallo judicial
La organización metalúrgica presentó un recurso extraordinario para dejar sin efecto la intervención por 180 días dictada por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. El gremio denunció afectación de la autonomía sindical, irregularidades procesales y un desconocimiento de los mecanismos internos previstos en su estatuto.
La disputa institucional que atraviesa a la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) ingresó en una nueva fase de alta tensión judicial. La conducción del sindicato presentó un recurso de reposición “in extremis” ante la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con el objetivo de revertir la intervención judicial por 180 días dispuesta la semana pasada y cuestionó con dureza la actuación de los magistrados que impulsaron la medida.
La presentación fue encabezada por Daniel Daporta, delegado administrador designado por el Consejo Directivo del gremio, órgano que sesionó el pasado 26 de mayo para adoptar una serie de resoluciones orientadas a encauzar la situación institucional de la organización en el marco de las facultades contempladas por el estatuto sindical.
En el escrito, la UOM solicitó que se declaren nulos los puntos centrales de la sentencia firmada por los jueces Víctor Pesino y María Dora González, particularmente aquellos vinculados con la intervención del sindicato y la designación de un interventor judicial.
La Institución sostuvo que el fallo incurre en una interpretación arbitraria al desconocer los mecanismos internos previstos en el estatuto gremial para resolver eventuales situaciones de acefalía o reordenamiento institucional. Según argumentó el sindicato, la Ley de Asociaciones Sindicales únicamente habilita la designación de funcionarios normalizadores cuando la entidad carece de herramientas estatutarias propias para resolver ese tipo de contingencias.
Desde la conducción metalúrgica remarcaron que los artículos 21 y 22 del estatuto facultan expresamente al Consejo Directivo Nacional para designar delegados administradores tanto en seccionales como en el propio Secretariado Nacional cuando las circunstancias así lo requieran.
Para la UOM, la sentencia omitió deliberadamente considerar esas disposiciones internas y avanzó sobre facultades propias de la organización sindical, configurando —según señalaron— un “error manifiesto” que justifica el planteo excepcional presentado ante la Cámara.
El gremio también enfatizó que el mecanismo estatutario ya se encuentra en funcionamiento. El Consejo Directivo Nacional, integrado por representantes de las seccionales de todo el país, aprobó la Resolución N.º 5/2026 mediante la cual designó delegados administradores para conducir el proceso de normalización institucional.
En ese contexto, la conducción metalúrgica sostiene que la intervención judicial carece de sustento jurídico debido a que el órgano competente del sindicato nunca fue desplazado ni intervenido formalmente, y continúa ejerciendo plenamente sus atribuciones estatutarias.
La ofensiva judicial de la UOM no se limitó únicamente al pedido de nulidad. El sindicato además presentó un planteo de inconstitucionalidad sobre lo actuado por la Cámara laboral y reclamó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar el procedimiento llevado adelante por los magistrados cuestionados.
Dentro de los argumentos expuestos, la organización sindical afirmó que la resolución contradice jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de autonomía sindical.
Como antecedente central, el escrito cita el fallo “García” de 2023, donde el máximo tribunal sostuvo un criterio restrictivo respecto de las facultades estatales y judiciales para intervenir organizaciones gremiales, reafirmando la protección establecida por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La UOM también cuestionó la legitimidad procesal de la sentencia y denunció presuntas irregularidades vinculadas al trámite de recusaciones presentadas contra integrantes de la Sala VIII.
Según expuso el sindicato, al momento de dictarse el fallo todavía no se encontraba firme el rechazo de las recusaciones planteadas contra dos magistrados del tribunal, situación que —a criterio de la organización— afectó garantías elementales del debido proceso y del principio del juez natural.
En este sentido, la conducción dejó planteada la reserva del caso federal y anticipó que agotará todas las instancias recursivas disponibles para intentar revertir la intervención.
El conflicto adquiere una dimensión política y sindical de alto impacto dentro del movimiento obrero. La UOM no solo representa uno de los gremios industriales más influyentes del país, sino que además se convirtió en uno de los principales focos de resistencia contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.
Por eso, la decisión de la Cámara laboral y la posterior reacción del sindicato exceden el plano estrictamente jurídico. Detrás de la disputa subyace una discusión de fondo sobre los límites de la intervención judicial en la vida interna de las organizaciones sindicales, la autonomía gremial y el alcance de las reformas institucionales promovidas en el nuevo escenario político argentino.
Mientras la batalla judicial continúa escalando, la conducción metalúrgica apuesta a transformar el expediente en un caso testigo sobre la defensa de la autonomía sindical frente al avance de decisiones judiciales que considera incompatibles con la legislación vigente y con los principios históricos del derecho colectivo del trabajo.
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Fuerte respaldo provincial a la eliminación del aporte obligatorio que sostenía a COVIAR
La disputa por el financiamiento de la COVIAR escaló en las últimas horas y dejó expuesta una fractura profunda dentro del universo vitivinícola argentino. La decisión de la entidad de acudir a la Justicia para intentar restablecer el aporte obligatorio que sostenía su estructura institucional encontró en San Juan un rechazo prácticamente unificado entre el Gobierno provincial, las cámaras empresarias y las organizaciones de productores.
La controversia se desató luego de que la entidad presentara un recurso de amparo ante el Juzgado Federal N°2 de Mendoza contra la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Agricultura de la Nación, normativa que eliminó el cobro compulsivo que debían afrontar bodegas y actores del sector para financiar el funcionamiento de la entidad creada por ley.
Sin embargo, lejos de consolidar apoyos, la avanzada judicial profundizó el malestar de numerosos referentes de la actividad, especialmente en San Juan, donde desde hace años distintos sectores cuestionan el esquema de contribuciones obligatorias y reclaman una revisión integral del modelo institucional que rige a la vitivinicultura nacional.
El primer posicionamiento político llegó desde el Ministerio de Producción, Trabajo e Innovación de la provincia, que respaldó públicamente la decisión del Gobierno nacional y tomó distancia de la estrategia impulsada por la corporación.
Desde la cartera productiva ratificaron que la promoción y el sostenimiento de la actividad vitivinícola deben construirse sobre mecanismos de adhesión voluntaria y no mediante aportes compulsivos destinados a sostener entidades privadas. Además, sostuvieron que la postura oficial coincide con el pensamiento mayoritario de los actores productivos sanjuaninos.
Aunque el Ejecutivo provincial reconoció que el organismo tuvo participación en distintos procesos de promoción sectorial, también advirtió que el esquema vigente terminó alimentando divisiones internas y dificultando la construcción de consensos estratégicos en una actividad golpeada por la caída del consumo, la pérdida de rentabilidad y el incremento sostenido de costos.
El rechazo también se replicó con fuerza entre las entidades empresarias. Desde CACEX cuestionaron la continuidad del sistema compulsivo y señalaron que cualquier estructura institucional vinculada al desarrollo vitivinícola debe sostenerse exclusivamente a partir de aportes voluntarios.
En la misma línea se expresó la Cámara Bodeguera de San Juan, donde insistieron en la histórica oposición del sector al financiamiento obligatorio y defendieron un esquema basado en consensos genuinos y participación libre.
La denominada Mesa Vitícola calificó la eliminación del aporte como un “alivio fiscal inmediato” para productores y bodegas, en un presente económico particularmente delicado para las economías regionales. Además, advirtió que reinstalar el mecanismo implicaría volver a cargar sobre la actividad costos que muchos consideran injustificados.
Buena parte de las críticas apuntaron además contra la continuidad del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI), diseñado originalmente con horizonte en 2020 y cuya vigencia extendida se convirtió en uno de los principales focos de cuestionamiento dentro del sector.
Las objeciones más duras llegaron desde la Federación de Viñateros y la Asociación de Viñateros Independientes, donde dirigentes históricos acusaron a la entidad de no haber cumplido las metas comprometidas y de sostener un esquema que terminó perjudicando al productor primario.
Entre los principales cuestionamientos aparecen la caída del consumo interno de vino, el deterioro de las exportaciones y la falta de resultados concretos pese a los años de financiamiento obligatorio. También surgieron reclamos vinculados a la transparencia y al destino de los fondos administrados durante las últimas dos décadas.
El conflicto sumó además un nuevo capítulo judicial luego de que el juzgado federal mendocino rechazara habilitar la vía rápida solicitada por la corporación y otorgara al Estado nacional un plazo de tres días para responder formalmente y defender la legalidad de la resolución cuestionada.
La discusión vuelve a colocar bajo análisis el papel institucional de la COVIAR, creada a partir de la Ley 25.849, en medio de una creciente demanda del sector por menores cargas, reducción de costos estructurales y políticas orientadas a recuperar competitividad en los mercados interno y externo.
Detrás del debate jurídico subyace una discusión mucho más profunda: quién debe financiar la representación sectorial y bajo qué mecanismos puede sostenerse una actividad que atraviesa uno de los períodos más complejos de las últimas décadas. En San Juan, al menos por ahora, la respuesta parece haber alcanzado un consenso poco frecuente entre el Estado provincial, las bodegas y los viñateros.
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