ATE solicitó a la Justicia que declare inconstitucional el capítulo de empleo público de la Ley Bases
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.
El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.
“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.
El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.
“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.
En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.
El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.
Qué dice la presentación judicial de ATE
El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.
Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.
Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.
Fuente: Mundo Gremial
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La carne vacuna subió 51,2% interanual y el consumo cayó a uno de sus niveles más bajos
La producción de carne vacuna cayó 6,8% entre enero y agosto y el consumo interno descendió hasta unos 46 kilos por habitante al año. En simultaneo, las exportaciones crecieron 6,5%, mientras los precios de los cortes acumularon una suba del 51,2% interanual y ampliaron la brecha frente al pollo.
La reducción de la oferta comenzó a hacerse más visible durante agosto. La faena de hembras cayó 20,8% interanual y acumuló un retroceso del 11,9% en los primeros ocho meses. Su participación sobre el total faenado fue del 42,9%, una proporción cercana al límite que los especialistas consideran compatible con la preservación del stock ganadero.
El menor ingreso de animales a los frigoríficos repercutió sobre la producción. En agosto se obtuvieron unas 248.000 toneladas de carne res con hueso, 8,7% menos que un año atrás. El mayor peso promedio de las reses, que alcanzó 246 kilos en gancho, permitió compensar parcialmente la caída de la faena, aunque no logró revertirla.
Mientras la oferta disminuye, el comercio exterior gana participación. Los embarques acumulados hasta agosto llegaron a unas 567.400 toneladas res con hueso, con una expansión interanual del 6,5%. En contraste, los despachos destinados al mercado interno retrocedieron 11,3%.
Estados Unidos aparece entre los destinos que más aceleraron sus compras. En julio recibió 11.339 toneladas de carne argentina, un salto del 336,9% respecto del mismo mes del año anterior, impulsado en buena medida por el nuevo cupo de 100.000 toneladas habilitado por ese país. Israel también incrementó sus adquisiciones, mientras China mantuvo su liderazgo como principal comprador, aunque con menores volúmenes.
El cambio también se refleja en los precios que enfrentan los consumidores. En agosto, el kilo de hacienda en pie en el Mercado Agroganadero de Cañuelas promedió $3.833,70, con una suba del 46% interanual. En los comercios, los cortes vacunos aumentaron 51,2% en doce meses, más del doble que el pollo entero, cuyo precio avanzó 24,2%.
La diferencia modificó de manera significativa la relación de precios entre ambas carnes: la vacuna se encareció 21,8% más que el pollo. Para los hogares, esa brecha refuerza la sustitución hacia productos de menor costo y contribuye a explicar el retroceso del consumo tradicional.
El consumo de carne vacuna se ubica actualmente en torno de los 46 kilos por habitante al año, uno de los registros más bajos de los últimos años. El dato adquiere particular relevancia en un país históricamente asociado a un elevado consumo de carne bovina y muestra que el precio dejó de ser una variable secundaria en la elección de los alimentos.
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El miedo al desempleo crece y ya desplaza a la inflación entre las inquietudes sociales
El 43,9% de los consultados por Latam Pulse Argentina señaló al desempleo como uno de los principales problemas del país, apenas 0,5 puntos por debajo de la corrupción. La inflación quedó en cuarto lugar, mientras siete de cada diez encuestados calificaron negativamente la situación laboral.
El temor al desempleo escaló hasta convertirse en la segunda mayor preocupación de los argentinos, prácticamente empatado con la corrupción y por encima de la inflación. El dato surge de la última medición de Latam Pulse Argentina, elaborada por AtlasIntel en colaboración con Bloomberg, que relevó las principales inquietudes de la población frente a la economía y el mercado laboral.
El 43,9% de los encuestados mencionó al desempleo entre los principales problemas del país, apenas medio punto por debajo de la corrupción, que alcanzó el 44,4%. La situación económica general quedó tercera, con 32,1%, mientras que los altos precios y la inflación descendieron al cuarto lugar, con 28,8%.
La encuesta fue realizada entre el 30 de agosto y el 3 de septiembre sobre 2.193 personas, con un margen de error aproximado de dos puntos porcentuales. Según la metodología informada por AtlasIntel, la muestra tiene representatividad nacional y fue procesada mediante herramientas propias de recolección y postestratificación.
El resultado marca un cambio en las prioridades que los argentinos atribuyen a la crisis económica. Mientras la inflación perdió peso relativo frente a mediciones anteriores, la preocupación por el trabajo ganó espacio hasta quedar prácticamente al mismo nivel que la corrupción, que encabeza el ranking.
La percepción sobre el mercado laboral es particularmente negativa. El 70% de los consultados calificó como mala la situación del empleo, mientras que sólo una porción minoritaria expresó una evaluación favorable. En materia económica, el 63% también tuvo una valoración negativa y apenas el 24% consideró buena la marcha del país.
Las expectativas para los próximos meses tampoco muestran un giro contundente. El 49% cree que la economía empeorará durante el siguiente semestre, frente a un 37% que espera una recuperación. La combinación entre una valoración desfavorable del presente y expectativas divididas sobre el futuro ayuda a explicar por qué el empleo adquiere un peso creciente entre las inquietudes de los hogares.
La percepción, sin embargo, no equivale a la medición estadística de la desocupación. El último dato del INDEC ubicó la tasa de desempleo en 7,8% de la población económicamente activa durante el primer trimestre de 2026. A ese indicador se suman registros de empleo formal que muestran una evolución menos favorable: la Encuesta de Indicadores Laborales de la Secretaría de Trabajo registró en junio una caída mensual de 0,1% en el empleo privado registrado de los principales aglomerados urbanos y una baja interanual de 1,3%.
La preocupación también se inscribe en un período atravesado por despidos, suspensiones y reclamos sindicales vinculados con los ingresos y la conservación de los puestos laborales. El empleo, de ese modo, vuelve a ocupar un lugar central en las demandas de trabajadores y organizaciones gremiales.
El relevamiento de AtlasIntel incorpora además una dimensión política: la desaprobación de Javier Milei alcanzó el 58%, frente a una aprobación del 38,1%. Aunque el rechazo retrocedió cuatro puntos respecto de julio, la mejora no modificó sustancialmente el balance de opiniones.
El dato de mayor peso para la economía cotidiana es otro: el desempleo dejó de ocupar un lugar secundario frente a la inflación y quedó a sólo medio punto de la principal preocupación nacional. La evolución de esa percepción estará estrechamente vinculada con la capacidad de la economía para sostener puestos formales, recuperar ingresos y generar nuevas oportunidades laborales en los próximos meses.
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Proceso Penal Juvenil: Diputados aprobó un régimen transitorio para San Juan
La Cámara de Diputados sancionó por unanimidad una ley que regula de manera provisoria distintas herramientas del proceso penal juvenil. La norma incorpora reglas para la conciliación, reparación integral, suspensión del proceso a prueba y juicio abreviado, hasta que San Juan adecue su legislación procesal a la Ley Nacional 27.801.
La iniciativa fue tratada durante la Tercera Sesión Especial, luego de que el cuerpo legislativo se constituyera en comisión para analizar el expediente 2250. El despacho recibió primero dictamen unánime y posteriormente fue aprobado por la totalidad de los diputados presentes. La sesión estuvo encabezada por el vicegobernador y presidente nato de la Cámara, Fabián Martín.
Esta nueva regulación establece mecanismos alternativos a la imposición de una pena y fija las condiciones bajo las cuales pueden aplicarse en causas que involucren a adolescentes. Entre las principales herramientas aparecen la conciliación, la reparación integral del perjuicio, la suspensión del proceso a prueba y el juicio abreviado.
En materia de conciliación, la norma permite acuerdos entre el adolescente imputado y la víctima en determinados delitos de contenido patrimonial cometidos sin grave violencia y en hechos culposos que no hayan provocado lesiones gravísimas ni la muerte. Quedan excluidos, entre otros, los delitos cuyo máximo de prisión supere los seis años y aquellos contra la vida, la integridad sexual y los poderes públicos y el orden constitucional.
El acuerdo deberá ser presentado ante el Juez Penal de Niñez y Adolescencia para su homologación. Si se acredita su cumplimiento, la acción penal se extinguirá; mientras tanto, el expediente permanecerá reservado. Ante un incumplimiento, el magistrado podrá disponer la continuidad del proceso o adoptar otra medida prevista por la legislación.
La reparación integral tendrá aplicación en un conjunto determinado de delitos, entre ellos lesiones leves, hurto y robo simple, determinadas estafas y defraudaciones, daño simple y encubrimiento. La resolución judicial deberá precisar la propuesta de reparación, la opinión de las partes y los criterios utilizados para establecer la obligación que deberá cumplir el adolescente. Una vez satisfecha, corresponderá el sobreseimiento.
Otro de los institutos regulados es la suspensión del proceso a prueba, que podrá ser solicitada desde la audiencia de indagatoria y hasta la de debate, con las excepciones previstas ante una eventual modificación de la calificación jurídica durante el juicio. El juez deberá resolver dentro de los cinco días posteriores a la audiencia y establecer, cuando corresponda, las reglas de conducta y la reparación simbólica.
El seguimiento estará a cargo del Equipo Técnico y del Supervisor que corresponda. La víctima deberá ser informada sobre el cumplimiento de las reglas impuestas y, si el adolescente cumple las condiciones establecidas, el magistrado declarará extinguida la acción penal conforme a la legislación de fondo. El incumplimiento podrá derivar en la revocación del beneficio y la continuidad del procedimiento ordinario.
La ley también habilita el juicio abreviado para los delitos de acción pública, siempre que exista un acuerdo escrito entre el fiscal, el adolescente, su defensor y el Asesor Penal de la Niñez y Adolescencia respecto del hecho, la participación y la calificación legal. El fiscal deberá formular el pedido de pena y las demás partes prestar su conformidad.
El control judicial constituye un requisito central. El juez podrá admitir el acuerdo y dictar sentencia o rechazarlo mediante una resolución fundada. En este último caso, las admisiones o conformidades expresadas por el adolescente no podrán utilizarse posteriormente en su contra como reconocimiento de culpabilidad, mientras que el pedido de pena del fiscal tampoco lo condicionará durante el debate.
La norma dispone además que la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, o el organismo que eventualmente la reemplace, tendrá a su cargo la designación del Supervisor transitorio y la aplicación de las medidas previstas, en articulación con la Ley Nacional 26.061 y las disposiciones que resulten pertinentes de la Ley 27.801.
El régimen tendrá carácter estrictamente transitorio. Su vigencia se extenderá hasta que San Juan complete la adecuación de su legislación procesal, tal como establece el artículo 49 de la Ley Nacional 27.801. De esta manera, la provincia incorpora reglas específicas para resolver y acompañar los procesos que involucren a adolescentes sin esperar a la reforma integral de su sistema procesal juvenil.
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