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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.

El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.

“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.

El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.

“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.

En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.

El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.

Qué dice la presentación judicial de ATE

El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.

Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.

Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.

Fuente: Mundo Gremial

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Paro de colectivos: Trabajo ordenó levantar la medida y convocó a la UTA a una audiencia salarial

La Subsecretaría de Trabajo de San Juan dictó la conciliación obligatoria tras la acción de la UTA y ordenó a los choferes levantar la medida de fuerza y retomar la prestación del transporte público de pasajeros. La audiencia entre el gremio, las empresas y las autoridades fue convocada para este jueves a las 11.30.

La resolución establece que las partes deben retrotraer el conflicto al estado anterior al inicio de la protesta, por lo que las empresas deberán restablecer las frecuencias mientras se desarrolla la instancia de negociación. La medida alcanza al transporte urbano e interurbano de la provincia.

Esta intervención laboral se produjo después de una jornada en la que el cese del servicio afectó a miles de usuarios que debían trasladarse hacia sus trabajos, escuelas y otros destinos. La protesta había sido iniciada por los conductores en reclamo del pago de diferencias salariales correspondientes a la nueva escala acordada.

Según se pudo conocer, la nueva audiencia quedó fijada para este jueves 8 de octubre a las 11.30. Allí deberán participar representantes de la UTA, las empresas prestatarias y la autoridad laboral provincial, con el objetivo de encontrar una salida al reclamo que derivó en la paralización del servicio.

La autoridad laboral también objetó la falta de una notificación formal y oportuna del paro. Previo al dictado de la conciliación obligatoria, el Ejecutivo provincial ya había advertido que la alteración de las frecuencias daría lugar a sanciones.

En este sentido, la UTA sostiene que el reclamo salarial venía siendo planteado desde hacía semanas y cuestiona que las empresas y las autoridades no hubieran convocado previamente una instancia de diálogo para resolver las diferencias pendientes.

La conciliación obligatoria modifica ahora el escenario inmediato del conflicto: el paro debe quedar suspendido y comienza un período de negociación formal. Durante ese proceso, las partes deberán cumplir las disposiciones fijadas por Trabajo y procurar un acuerdo sobre las sumas salariales reclamadas.

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Financiamiento universitario: el Gobierno apeló el fallo que ordena liberar los fondos

El Ejecutivo recurrió la resolución del juez Martín Cormick, que declaró inconstitucional el Decreto 759/2025 y ordenó aplicar de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario. Los gremios docentes y nodocentes celebraron el fallo y ratificaron la movilización del 15 de octubre.

La sentencia había hecho lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) y ordenado al Poder Ejecutivo dictar las normas necesarias para ejecutar la legislación. El pronunciamiento alcanza a las partidas destinadas al funcionamiento de las universidades y a la recomposición de los salarios docentes y nodocentes.

El gobierno nacional sostiene que la aplicación integral de la norma tendría un impacto sobre las cuentas públicas y, además de la apelación, analiza alternativas jurídicas para evitar que la sentencia derive en una ejecución inmediata del gasto. La Oficina de Presupuesto del Congreso había estimado que el costo fiscal cuantificable de la ley equivaldría a 0,23% del PBI.

El fallo de Cormick cuestionó específicamente el mecanismo utilizado por el Gobierno para condicionar la aplicación de una ley que había sido ratificada por el Congreso luego del veto presidencial. El magistrado sostuvo que el Decreto 759/2025 no superaba un estándar mínimo de razonabilidad porque permitía suspender la aplicación de una norma aprobada con las mayorías legislativas requeridas.

La apelación vuelve a trasladar la disputa a la instancia superior de la Justicia Federal, mientras el financiamiento universitario continúa vinculado a la discusión salarial y presupuestaria de las casas de estudio. El Gobierno, en tanto, procura sostener su política de equilibrio fiscal y evitar que la aplicación de la ley genere una erogación inmediata.

La reacción de los gremios

Las organizaciones docentes y nodocentes celebraron la decisión judicial. Desde FATUN, que representa a los trabajadores nodocentes, señalaron que el fallo reconoce la voluntad expresada por el Congreso y lo consideraron un paso en defensa de las universidades nacionales y de sus trabajadores.

En FEDUBA, su secretario general, Pablo Perazzi, calificó la resolución como una victoria para la comunidad universitaria y sostuvo que el Poder Ejecutivo no puede suspender por decreto la aplicación de una ley ratificada por el Congreso.

En la misma línea, el dirigente de CONADU Federico Montero afirmó que el fallo constituye una herramienta para reclamar el cumplimiento de la normativa y convocó a participar de la Marcha Federal Universitaria del 15 de octubre, movilización que también cuenta con el respaldo de otras organizaciones del sistema universitario.

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Paro sorpresivo en San Juan: El gobierno cuestionó a la UTA y sancionará a las empresas

El secretario de Tránsito y Transporte, Marcelo Molina, cuestionó la retención de servicios de la UTA y afirmó que la Provincia no fue notificada previamente. Anticipó sanciones económicas a las empresas cuyos servicios hayan sido afectados y ordenó controlar la restitución de los recorridos habituales.

Las sanciones económicas desde la Secretaría de Transporte son para las empresas”, afirmó el funcionario, al precisar que la eventual penalización recaerá sobre las compañías responsables de la prestación.

Las inspecciones realizadas durante las primeras horas permitieron constatar, según informó Molina, que la mayoría de las unidades permaneció en los galpones, mientras que solo se registró la circulación ocasional de colectivos en algunas líneas. La interrupción afectó tanto recorridos urbanos como interurbanos y complicó el traslado de pasajeros hacia sus lugares de trabajo y establecimientos educativos.

El sindicato promovió la acción gremial debido al retraso en la liquidación del ajuste salarial reclamado por el personal. Ante lo que consideran un incumplimiento de los compromisos de pago por parte de las patronales, los conductores iniciaron un cese temporal de tareas hasta que se oficialice una solución.

La Provincia, sin embargo, separó el reclamo salarial de las obligaciones vinculadas con la prestación del transporte público. Molina sostuvo que el Gobierno auditará el cumplimiento de los recorridos y verificará la restitución progresiva de los diagramas habituales.

El funcionario también reconoció el malestar generado entre los usuarios por la interrupción del servicio. “La gente con toda razón está molesta, fue una medida intempestiva sin comunicación oficial”, precisó.


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