ATE solicitó a la Justicia que declare inconstitucional el capítulo de empleo público de la Ley Bases
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.
El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.
“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.
El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.
“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.
En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.
El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.
Qué dice la presentación judicial de ATE
El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.
Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.
Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.
Fuente: Mundo Gremial
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Subsidios de luz y gas: habrá 60 días para actualizar los datos y evitar la baja
El Gobierno revisará las solicitudes del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados que llevan un año sin poder vincularse con un suministro. Los usuarios serán notificados y tendrán dos meses para corregir o completar la información. Si no lo hacen, quedarán fuera del beneficio.
La disposición fue oficializada mediante la Disposición 11/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada en el Boletín Oficial. A partir de ahora, las personas alcanzadas recibirán una notificación y podrán corregir, completar o actualizar la información declarada al momento de solicitar el beneficio.
El procedimiento apunta a resolver inconsistencias que impiden identificar correctamente el servicio asociado al pedido de asistencia. Entre los posibles inconvenientes figuran errores en los datos personales, domicilios, números de suministro o información necesaria para establecer la correspondencia entre el usuario y la conexión de electricidad o gas.
El plazo será de 60 días corridos desde la notificación. Una vez vencido ese período, aquellas solicitudes que continúen sin regularizarse serán dadas de baja del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados.
La revisión tiene un alcance definido: comprende los servicios de electricidad y gas natural o propano distribuido mediante redes. Quedan fuera del procedimiento los usuarios que utilizan gas licuado de petróleo envasado, como las garrafas.
La decisión introduce así una instancia adicional para quienes mantienen trámites pendientes de vinculación con un suministro. Para conservar la solicitud dentro del régimen, deberán verificar que la información registrada permita identificar de manera precisa tanto al titular como al servicio asociado.
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El nuevo campeón de baristas de San Juan tiene 24 años y competirá en Tucumán
Agustín Campilongo, de 24 años, se consagró en el 6° Campeonato de Baristas de San Juan. Nacido en Chubut y radicado en la provincia desde hace cuatro años, representará a San Juan en la próxima instancia nacional que se disputará en Tucumán.
El certamen se desarrolló en el Centro Cultural Conte Grand y reunió a profesionales y aficionados vinculados con el universo del café. Campilongo, integrante de RAIZAL, logró imponerse ante un jurado especializado que evaluó técnica, creatividad, equilibrio sensorial, conocimiento del grano y presentación de cada preparación.
El segundo puesto correspondió a Máxima Irrazabál, de Vereda Sur, mientras que Estrella Aguilera, de Estrellita Café Bar, completó el podio.
Más allá del resultado, el campeonato expuso la evolución que atraviesa el barismo en San Juan, con propuestas que combinan formación profesional, conocimiento técnico y nuevas formas de consumo. Durante la jornada hubo degustaciones, demostraciones de extracción, charlas sobre preparación, bebidas de autor y un mercado gastronómico.
Para Campilongo, el título es también la consecuencia de un proceso de formación que comenzó en la Academia de Baristas. Desde allí fue perfeccionando sus conocimientos y desarrollando una técnica basada en la precisión, un rasgo que se convirtió en una de sus principales características frente a la máquina.
Hace casi un año se incorporó a RAIZAL, el café-restaurante ubicado en el Aeropuerto de San Juan, donde trabaja en una propuesta gastronómica que combina productos locales con una identidad vinculada al territorio. Allí encontró un espacio para profundizar su especialización y ganar experiencia frente al público.
Su perfil excede la cafetería. Campilongo es aficionado al ajedrez y colecciona cubos Rubik, dos pasatiempos que demandan concentración, paciencia y atención al detalle. Son cualidades que también aparecen en la preparación de un café de especialidad, donde pequeñas variaciones en la molienda, la extracción o el tiempo pueden modificar el resultado final.
Ahora deberá trasladar esa precisión a una competencia de mayor alcance. En Tucumán ya no disputará solamente un título personal: llegará como representante de San Juan, después de haber superado la instancia provincial.
Su victoria coloca además a RAIZAL y a la formación de baristas de San Juan en una competencia que trasciende una cafetería o un certamen puntual. El próximo desafío será convertir ese reconocimiento local en una actuación destacada frente a representantes de otras provincias.
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Pobreza y bajos ingresos alcanzan al 52% de los hogares
Un informe de la Consultora W revela que más de la mitad de las familias (52%) subsiste entre la pobreza y el sector bajo no pobre. El panorama de ingresos evidencia una gran desigualdad: el promedio por hogar ronda los $2,8 millones al mes, pero casi ocho de cada diez hogares (78%) no alcanzan ese monto. Debido a este desajuste frente al costo de vida, la pérdida del poder adquisitivo vuelve a consolidarse como el eje central de las discusiones salariales.
Más de la mitad de los hogares argentinos se concentra en los dos niveles inferiores de la pirámide de ingresos. Según un relevamiento de Consultora W difundido por Agencia Noticias Argentinas (NA), el 21% de las familias se encuentra en situación de pobreza y otro 31% integra la denominada clase baja no pobre. En conjunto, ambos grupos reúnen al 52% de los hogares.
La reparto adquiere particular relevancia porque el ingreso familiar promedio alcanza los $2,8 millones netos mensuales, aunque esa cifra está lejos de representar lo que recibe la mayoría: el 78% de los hogares percibe menos que ese promedio. El dato evidencia el efecto que tienen los ingresos más elevados sobre la media general y explica por qué una cifra promedio puede ofrecer una imagen muy diferente de la realidad de la familia típica.
En el escalón inferior aparecen los hogares pobres, que representan el 21% y registran ingresos promedio cercanos al millón de pesos mensuales. Por encima se ubica la clase baja no pobre, con el 31% y un piso de ingresos estimado en torno de $1,5 millones por familia.
La distancia respecto del costo de vida resulta significativa. De acuerdo con los datos consignados, una familia de cuatro integrantes necesitó $1.564.716 durante julio para superar la línea de pobreza. El ingreso promedio atribuido al grupo de hogares pobres queda, por lo tanto, alrededor de $565.000 por debajo de ese umbral.
La clasificación continúa con la clase media baja, que concentra el 26% de los hogares y parte de ingresos familiares próximos a $2,5 millones mensuales. La clase media alta, con el 17%, registra ingresos desde aproximadamente $4,5 millones y puede llegar hasta $6,5 millones. En la cima aparece el 5% correspondiente a la clase alta, con ingresos de referencia desde los $9 millones mensuales.
El resultado configura una distribución en la que los hogares de menores ingresos reúnen una mayoría frente al 48% restante, que se reparte entre las distintas franjas de la clase media y alta.
Salarios, pobreza y poder de compra
La fotografía adquiere una dimensión adicional en el mundo laboral, donde la discusión sobre recomposición salarial continúa atravesada por la pérdida del poder adquisitivo. Desde septiembre, el Salario Mínimo, Vital y Móvil fue fijado en $383.800 mensuales, una cifra equivalente a apenas una cuarta parte del ingreso que necesitó en julio un hogar de cuatro integrantes para superar la línea de pobreza.
La comparación no supone equiparar el salario mínimo con el ingreso familiar ni constituye una medición de pobreza por sí misma, pero permite dimensionar la distancia entre el piso salarial legal y el costo de una canasta familiar de referencia.
Para los sindicatos, esta relación constituye uno de los principales argumentos en las negociaciones paritarias y reclamos de actualización salarial. Para las familias ubicadas en los niveles inferiores de ingresos, cualquier deterioro del salario real tiene un efecto directo sobre la capacidad de afrontar alimentación, vivienda, transporte, educación y servicios.
El relevamiento también expone un fenómeno distributivo relevante: cuando una minoría concentra ingresos significativamente superiores, el promedio general se eleva aunque la mayoría permanezca por debajo de ese valor. En este caso, que el 78% de los hogares gane menos de $2,8 millones muestra que esa cifra no puede interpretarse como el ingreso representativo de la familia argentina.
Consultora W utiliza una segmentación socioeconómica propia para ordenar a los hogares según sus ingresos. Sus categorías de clase baja, media baja, media alta y alta no equivalen a las mediciones oficiales de pobreza e indigencia del INDEC, que se elaboran con una metodología específica y toman como referencia los ingresos de los hogares frente al valor de determinadas canastas.
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