CONÉCTATE CON NOSOTROS

La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.

El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.

“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.

El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.

“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.

En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.

El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.

Qué dice la presentación judicial de ATE

El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.

Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.

Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.

Fuente: Mundo Gremial

Continúe Leyendo

destacada

El FMI exige ampliar Ganancias y crece la preocupación por el impacto sobre salarios formales

El organismo internacional propone que el impuesto a las Ganancias alcance al 20% de los trabajadores registrados, frente al 8,2% actual. Para cumplir ese objetivo deberían incorporarse más de 1,5 millones de asalariados al tributo. Sindicatos y entidades pyme advierten que la medida reduciría el poder adquisitivo y profundizaría la desaceleración del consumo.

La negociación entre la Argentina y el Fondo Monetario Internacional volvió a colocar en el centro del debate una de las reformas con mayor impacto político y social: la ampliación del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia. En su último Staff Report, el organismo planteó que, antes de finalizar el año, el gravamen debería alcanzar al 20% de los asalariados formales, más del doble del universo actual, que representa el 8,2% de los empleados registrados.

Los números reflejan la magnitud del cambio. Hoy tributan 1.055.431 trabajadores. Para cumplir con la meta fijada por el FMI deberían incorporarse más de 1,5 millones de nuevos contribuyentes, acercándose nuevamente a los niveles registrados en 2020, cuando el impuesto alcanzaba a 2.425.880 asalariados.

El planteo forma parte del compromiso asumido por el Gobierno de avanzar hacia una reforma tributaria integral antes de fines de 2026. Sin embargo, la administración de Javier Milei procura dilatar cualquier modificación de alto costo político en un año atravesado por el calendario electoral, especialmente cuando la recuperación del salario real continúa siendo uno de los principales reclamos del mercado laboral.

La evolución reciente del tributo explica parte de la discusión. En 2023, la modificación impulsada por Sergio Massa redujo drásticamente el universo alcanzado, que cayó hasta unos 129.000 trabajadores. Un año más tarde, el Gobierno restituyó la cuarta categoría y amplió nuevamente la base imponible, aunque para el FMI ese nivel continúa siendo insuficiente frente al promedio regional.

Actualmente comienzan a tributar quienes perciben alrededor de $3 millones brutos mensuales si son solteros, o cerca de $4 millones en el caso de un trabajador con cónyuge y dos hijos. Ambos valores se ubican por encima del RIPTE, que en febrero de 2026 alcanzó un salario promedio de $1.734.357.

Las simulaciones incluidas en los análisis técnicos muestran con mayor claridad el eventual alcance de la reforma. Un trabajador soltero con ingresos equivalentes a 1,5 veces el RIPTE —unos $2.601.536 brutos— comenzaría a tributar con una carga anual estimada de entre $70.000 y $150.000, mientras que quien perciba el equivalente a dos RIPTE —aproximadamente $3.468.714 brutos— afrontaría una obligación cercana a $1,5 millones anuales. En los hogares con mayores deducciones familiares, el impacto sería sensiblemente menor.

La eventual ampliación del impuesto despertó un rechazo que trasciende al movimiento sindical. La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) cuestionó la propuesta del Fondo y sostuvo que profundizar la presión sobre los salarios registrados no resolverá los problemas estructurales del sistema tributario argentino. La entidad advirtió que, junto con la ampliación de Ganancias, el organismo también impulsa extender la base del IVA y reformular el Monotributo, concentrando el esfuerzo fiscal sobre trabajadores, pequeños contribuyentes y consumo interno.

Para CAME, el verdadero problema reside en la elevada carga impositiva provincial y municipal. Según sus estimaciones, tributos como Ingresos Brutos y distintas tasas locales representan entre el 2% y el 6% de las ventas brutas de una empresa, independientemente de su rentabilidad. Por ello propuso avanzar hacia un nuevo consenso fiscal entre Nación, provincias y municipios que permita revisar integralmente la estructura tributaria en lugar de incrementar la presión sobre los ingresos laborales.

La discusión también comenzó a instalarse en el ámbito gremial. Diversas organizaciones sindicales sostienen que ampliar el universo alcanzado por Ganancias implicaría reducir el ingreso disponible de trabajadores registrados que ya acumulan varios años de deterioro del poder adquisitivo, afectando además el consumo y la actividad económica.

La reforma que promueve el FMI enfrenta dos modelos contrapuestos de política fiscal: uno que privilegia elevar la recaudación mediante la ampliación de la base tributaria y otro que plantea revisar la estructura impositiva sin trasladar una mayor carga sobre los asalariados y las pequeñas empresas. Con cifras que involucran a más de 1,5 millones de potenciales nuevos contribuyentes, el impuesto a las Ganancias se perfila como uno de los ejes más sensibles de la agenda económica y laboral del segundo semestre.

Continúe Leyendo

destacada

Asociaciones civiles: cuáles son los requisitos para convocar una asamblea extraordinaria con aval oficial

El Ministerio de Gobierno difundió el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización previa de la Inspección General de Personería Jurídica. El trámite, obligatorio para garantizar la legalidad de las decisiones institucionales, exige presentar la documentación con al menos ocho días de anticipación e incluye requisitos estatutarios, administrativos y de fiscalización.

Con el objetivo de fortalecer la transparencia, la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil, el Ministerio de Gobierno recordó el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización de una Asamblea General Extraordinaria ante la Inspección General de Personería Jurídica, requisito indispensable para otorgar plena validez a las resoluciones que adopten sus órganos de conducción.

La autorización previa constituye uno de los principales mecanismos de fiscalización del Estado sobre las entidades civiles, ya que permite verificar que la convocatoria respete las disposiciones estatutarias y que las decisiones se adopten bajo condiciones de legalidad, representación y participación de los asociados.

El trámite comienza con la presentación de una nota dirigida al inspector o inspectora general solicitando la autorización para celebrar la asamblea. La documentación debe consignar el domicilio legal de la institución, la fecha prevista para la reunión, el horario de la primera y segunda convocatoria, el lugar de realización y el orden del día que será sometido a consideración de los asociados. Asimismo, la solicitud debe estar suscripta por el presidente y el secretario de la entidad.

Entre los requisitos exigidos también figura la presentación de la convocatoria confeccionada conforme a las previsiones del estatuto social y el Libro de Registro de Asociados debidamente actualizado al mes inmediato anterior a la asamblea, documentación que permite constatar la legitimidad del padrón habilitado para participar de las deliberaciones.

Otro aspecto central del procedimiento es el plazo de presentación. La solicitud deberá ingresarse con una anticipación mínima de ocho días corridos, requisito que posibilita a la autoridad de control analizar la documentación y autorizar formalmente la realización del acto institucional.

Las asociaciones también deberán abonar el derecho de inspección correspondiente, cuyo monto se determina de acuerdo con el patrimonio neto de cada institución. No obstante, la normativa vigente contempla la exención de ese arancel para las bibliotecas populares y las uniones vecinales, en reconocimiento de la función social que desarrollan dentro de sus comunidades.

Toda la documentación debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Inspección General de Personería Jurídica, ubicada en Santa Fe 54 Oeste, segundo piso, ala sur, donde se realiza el control administrativo previo a la emisión de la autorización.

Desde el organismo recordaron que la gestión reviste carácter exclusivo para la entidad interesada, por lo que la responsabilidad de iniciar el trámite, aportar la documentación exigida y cumplir los plazos establecidos recae íntegramente sobre las autoridades de cada asociación.

Continúe Leyendo

destacada

El CIN celebró la decisión de la Corte: «Se hizo justicia con la universidad pública»

El máximo tribunal dejó firme la medida cautelar que ordena cumplir los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario. El Consejo Interuniversitario Nacional consideró que la resolución consolida el reclamo impulsado por la comunidad académica, aunque advirtió que el desafío ahora será garantizar su cumplimiento efectivo.

La disputa por el financiamiento de las universidades nacionales sumó un capítulo decisivo. La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida cautelar que ordena aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, una resolución que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) definió como un hito para el sistema público de educación superior y un respaldo institucional al reclamo sostenido durante los últimos años por universidades, docentes, nodocentes y estudiantes.

A través de un comunicado, el organismo que reúne a los rectores de las universidades nacionales sostuvo que el fallo representa «un avance institucional de enorme trascendencia» porque ratifica las decisiones adoptadas por las instancias judiciales inferiores y consolida la vigencia de los mecanismos previstos por la ley para garantizar el financiamiento de salarios docentes, nodocentes y becas estudiantiles.

El pronunciamiento del máximo tribunal llega después de un prolongado conflicto entre el sistema universitario y el Gobierno nacional por el sostenimiento presupuestario. Durante los últimos meses, la comunidad académica protagonizó movilizaciones masivas, cuatro Marchas Federales Universitarias y una intensa estrategia judicial y parlamentaria para exigir el cumplimiento de una norma que había sido sancionada por el Congreso y posteriormente quedó envuelta en una fuerte controversia política.

Desde el CIN destacaron que el resultado no puede interpretarse únicamente como una victoria judicial. En su mensaje, atribuyeron el desenlace al compromiso colectivo de rectoras, rectores, docentes, trabajadores nodocentes, estudiantes y al acompañamiento de amplios sectores de la sociedad, cuya participación consideraron determinante para mantener vigente el reclamo en defensa de la universidad pública.

Para las autoridades universitarias, la decisión de la Corte también fortalece el principio de autonomía institucional y reafirma que la educación superior constituye una política pública protegida por el orden constitucional. En ese sentido, remarcaron que la defensa del sistema universitario logró respaldo en los tres poderes del Estado: el Congreso, a través de la sanción de la ley; la Justicia, mediante el sostenimiento de las medidas cautelares; y la sociedad, que convirtió el financiamiento universitario en una de las principales demandas del ámbito educativo.

No obstante, el Consejo Interuniversitario advirtió que el pronunciamiento no clausura el conflicto. Si bien la resolución representa un paso de gran relevancia, sostuvo que aún resta garantizar la ejecución plena de la Ley de Financiamiento Universitario y asegurar que los recursos lleguen efectivamente a las universidades nacionales conforme a los mecanismos previstos por la norma.

El organismo concluyó que el fallo marca uno de los antecedentes institucionales más significativos para la universidad pública en los últimos años, aunque insistió en que la estabilidad del sistema dependerá de que las decisiones judiciales se traduzcan en políticas presupuestarias sostenibles. Con ese objetivo, ratificó su decisión de continuar impulsando todas las acciones institucionales necesarias para consolidar un modelo de educación superior con financiamiento adecuado, previsibilidad presupuestaria y capacidad para sostener las funciones de enseñanza, investigación y extensión que desarrollan las universidades nacionales.

Continúe Leyendo

Tendencias