ATE solicitó a la Justicia que declare inconstitucional el capítulo de empleo público de la Ley Bases
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.
El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.
“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.
El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.
“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.
En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.
El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.
Qué dice la presentación judicial de ATE
El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.
Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.
Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.
Fuente: Mundo Gremial
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Universidades: FATUN confirmó movilizaciones y una nueva Marcha Federal
La federación que representa al personal nodocente rechazó la propuesta oficial de un aumento del 3% para octubre y ratificó nuevas acciones junto al Frente Sindical Universitario. Habrá una jornada nacional el 15 de septiembre, una concentración frente al Palacio Pizzurno el 17 y una nueva Marcha Federal Universitaria durante la primera semana de octubre.
El conflicto salarial de las universidades nacionales sumará nuevas jornadas de protesta. La Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (FATUN) ratificó el cronograma de medidas acordado con el Frente Sindical Universitario y anticipó una escalada de movilizaciones ante la falta de acuerdo con el Gobierno.
La decisión fue adoptada después del rechazo a la última propuesta oficial, que contempló un incremento salarial del 3% para octubre. Para la organización que representa a los trabajadores nodocentes, ese porcentaje resulta insuficiente frente al deterioro acumulado de los ingresos y no responde al reclamo de recomposición salarial.
El reclamo gremial también incorpora la aplicación efectiva de la Ley de Financiamiento Universitario, sancionada para garantizar recursos destinados al funcionamiento de las instituciones de educación superior. Las organizaciones universitarias sostienen que la discusión presupuestaria no puede quedar separada de la actualización de los salarios, las becas y los fondos necesarios para sostener las universidades públicas.
La primera fecha del nuevo cronograma será el 15 de septiembre, cuando se desarrollará la jornada nacional denominada “La universidad en la calle”, con actividades en espacios públicos de todo el país destinadas a visibilizar las demandas de docentes y nodocentes.
Dos días después, el 17 de septiembre, las organizaciones concentrarán sus reclamos frente al Palacio Pizzurno, sede de la Secretaría de Educación. La movilización coincidirá con las mesas paritarias convocadas para docentes y nodocentes, por lo que el encuentro será una instancia relevante para medir si el Gobierno modifica su propuesta salarial.
La protesta tendrá continuidad durante la primera semana de octubre, con la convocatoria a la quinta Marcha Federal Universitaria. Las organizaciones que integran el frente sindical buscarán volver a reunir a trabajadores, estudiantes y autoridades universitarias para reclamar una recomposición de los ingresos y mayores recursos para el sistema público de educación superior.
El nuevo calendario se suma al paro nacional del 8 de septiembre, que afectó las tareas académicas, administrativas y de servicios en las universidades. La medida expresó un reclamo que excede la discusión salarial e incluye el financiamiento institucional y la actualización de las becas estudiantiles.
FATUN, sostiene que la negociación colectiva requiere una propuesta que permita recuperar capacidad adquisitiva y una discusión con el Poder Ejecutivo que contemple la evolución real del costo de vida. El gremio también reclama el cumplimiento de las disposiciones vinculadas con el financiamiento universitario.
La federación integra el Frente Sindical Universitario junto con FEDUN, CONADU, CONADU Histórica, UDA, FAGDUT y CTERA, una articulación que permitió unificar las principales medidas de fuerza de la comunidad universitaria.
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La reforma laboral avanza con nuevos topes para las indemnizaciones
El Gobierno oficializó nuevos topes indemnizatorios para cuatro convenios colectivos vinculados con trabajadores de la construcción y de entidades deportivas y civiles. Las disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial por la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo y fijan valores que llegan hasta $7.473.092,40.
La medida no establece cuánto puede cobrar como máximo una persona despedida. El límite se aplica sobre la remuneración mensual utilizada como base para calcular la indemnización por antigüedad, conforme al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. El monto final depende, entre otros factores, de los años trabajados.
Para los empleados representados por la Unión de Empleados de la Construcción y Afines de la República Argentina (UECARA), los topes vigentes desde diciembre de 2025 fueron establecidos en $3.578.828,88 para la Zona Norte, $4.046.423,40 para la Zona Centro, $4.440.490,47 para la Zona Nor Patagónica Desfavorable, $6.435.877,65 para la Zona Sur Patagónica Desfavorable y $7.473.092,40 para la Zona Austral.
En los convenios correspondientes a UTEDYC, los valores dependen del empleador y de las condiciones de cada convenio. Para la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Provincia de Buenos Aires, el límite quedó en $1.118.778,87.
En el convenio con la Academia de Medicina de Buenos Aires, los topes oscilan entre $2.064.729,27 y $3.313.884,99, de acuerdo con la jornada laboral. Para el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), los valores van de $2.697.975 a $5.418.618,54.
La actualización forma parte de la aplicación de la Ley de Modernización Laboral 27.802, promulgada en marzo de 2026, que modificó distintos aspectos del régimen de indemnizaciones. Entre sus disposiciones incorporó nuevos criterios para determinar la remuneración computable y excluyó determinados conceptos que no tengan carácter mensual.
La reforma también creó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a facilitar el pago de indemnizaciones cuando las empresas no puedan afrontar esas obligaciones con recursos propios. A su vez, habilitó mecanismos de cancelación en cuotas: hasta 18 para pequeñas y medianas empresas y hasta 12 para grandes compañías.
Otro cambio relevante alcanzó la actualización de los créditos laborales, que quedó vinculada a la inflación más un adicional del 3% anual.
El alcance de estas modificaciones generó cuestionamientos desde el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), que advirtió que la reforma reduce los conceptos considerados para determinar la indemnización y mencionó, entre otros, aguinaldo, vacaciones, horas extras, premios y comisiones.
La discusión adquiere especial relevancia porque los nuevos topes trasladan a la negociación colectiva y a las disposiciones administrativas una parte sustancial de la determinación de la base indemnizatoria. La autoridad laboral quedó facultada para establecer estos valores en función de los promedios salariales de cada convenio, sin que cada actualización requiera una nueva intervención legislativa.
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La canasta básica trepó a $1,6 millones y profundizó la brecha con los salarios
Una familia de cuatro integrantes necesitó $1.605.497 en agosto para superar la línea de pobreza, mientras que el salario mínimo quedó en $383.800. La Canasta Básica Alimentaria alcanzó $726.469 y también superó ampliamente un ingreso mínimo. La distancia entre ambos valores vuelve a colocar el poder adquisitivo en el centro de las discusiones salariales.
El costo de sostener una familia volvió a ampliar su distancia respecto del salario mínimo. Según los datos difundidos por el INDEC, un hogar compuesto por cuatro integrantes necesitó $1.605.497 durante agosto para cubrir la Canasta Básica Total (CBT) y superar el umbral que determina la línea de pobreza.
El dato adquiere mayor dimensión al compararlo con el Salario Mínimo, Vital y Móvil, fijado en $383.800. Un solo ingreso mínimo representa apenas el 23,9% del costo de la canasta familiar, por lo que una familia tipo requiere el equivalente a más de cuatro salarios mínimos para alcanzar ese nivel de consumo.
La brecha también aparece en los alimentos. La Canasta Básica Alimentaria (CBA) llegó a $726.469, monto necesario para que un hogar de cuatro personas cubra los requerimientos alimentarios considerados por el organismo estadístico y no quede por debajo de la línea de indigencia. El salario mínimo alcanza para cubrir apenas el 52,8% de ese valor.
Incluso para un adulto equivalente, el ingreso mínimo resulta insuficiente. La CBT individual fue valuada en $519.578, por encima de los $383.800 del SMVM. Es decir, un trabajador que percibe el mínimo no a cubrir siquiera el conjunto de bienes y servicios contemplados por la medición para una persona.
La evolución de agosto agrega otro elemento a la discusión. Las canastas registraron un incremento mensual del 2,6%, superior al 1,7% que marcó el Índice de Precios al Consumidor. En términos interanuales, la CBA aumentó 39,6%, mientras que la CBT acumuló una suba del 38,3%.
La diferencia responde, entre otros factores, al comportamiento de algunos rubros que tienen una incidencia significativa en el presupuesto doméstico. En agosto, Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles encabezó las divisiones del IPC con un incremento del 2,8%, seguida por Educación, con 2,5%, y Salud, con 2,4%.
Los alimentos, en tanto, avanzaron 1,7% en el mes, aunque algunos productos mostraron aumentos considerablemente mayores. En Cuyo, por ejemplo, las verduras, tubérculos y legumbres acumularon incrementos anuales de hasta 86,3%, una evolución que impacta con mayor intensidad sobre los hogares de menores ingresos.
El cuadro vuelve a colocar los salarios en el centro de la discusión laboral. Con una canasta familiar que supera los $1,6 millones y un salario mínimo que representa menos de una cuarta parte de ese monto, las próximas negociaciones paritarias estarán atravesadas por la necesidad de recuperar capacidad de compra y evitar que los aumentos nominales queden rezagados frente al costo efectivo de los hogares.
Las organizaciones sindicales cuestionan, en ese sentido, las pautas de actualización cercanas al 1,5% o 2% mensual y reclaman mecanismos de recomposición que contemplen la evolución concreta de los gastos familiares. Entre las alternativas planteadas aparecen sumas fijas, cláusulas de revisión y aumentos que permitan corregir las diferencias acumuladas.
Los números oficiales ofrecen así una referencia que excede la discusión sobre la inflación mensual: el principal problema para los ingresos mínimos es la distancia que mantienen respecto del costo necesario para vivir. En agosto, esa brecha quedó nuevamente expuesta por una canasta familiar que superó los $1,6 millones mientras el salario mínimo permaneció por debajo de los $400.000.
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