ATE solicitó a la Justicia que declare inconstitucional el capítulo de empleo público de la Ley Bases
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.
El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.
“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.
El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.
“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.
En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.
El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.
Qué dice la presentación judicial de ATE
El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.
Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.
Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.
Fuente: Mundo Gremial
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San Juan transformará la Ruta 20 con una autopista hasta Caucete
El Gobierno de San Juan proyecta transformar 24,5 kilómetros de la Ruta Nacional 20, entre calle Gorriti y el Acceso a Caucete, con dos calzadas separadas, colectoras, intercambiadores, nuevos puentes y mejoras para peatones y transporte público. La obra tendrá un plazo estimado de 36 meses y será financiada mediante el Bono San Juan bajo legislación de Nueva York.
El corredor de la Ruta Nacional 20 entre San Juan y Caucete será transformado en una autopista de 24,5 kilómetros, con doble calzada, cruces a distinto nivel, colectoras y un nuevo puente sobre el río San Juan. El gobernador Marcelo Orrego anunció el proyecto junto a los ministros de Infraestructura, Agua y Energía, Fernando Perea, y de Economía, Finanzas y Hacienda, Roberto Gutiérrez.
La obra se extenderá desde calle Gorriti hasta el Acceso a Caucete y tendrá un plazo previsto de 36 meses. Según explicó Orrego, el financiamiento se realizará mediante el Bono San Juan emitido bajo legislación de Nueva York, una herramienta que permitirá afrontar una de las intervenciones viales de mayor alcance previstas para la conexión con los departamentos del Este.
La nueva configuración contará con dos calzadas físicamente separadas, de 7,30 metros de ancho cada una y dos carriles por sentido, además de banquinas y un separador central. El proyecto incorpora colectoras laterales destinadas al tránsito vecinal y al acceso a propiedades, mientras la circulación principal quedará diferenciada de los movimientos urbanos.
Uno de los cambios fundamentales se centrará en los nudos viales de mayor congestión. La traza de la Ruta 20 se elevará mediante la construcción de nuevos puentes en puntos estratégicos, como el Acceso Este, el ingreso al Aeropuerto Domingo Faustino Sarmiento y el empalme con la RP 182 hacia 9 de Julio. Adicionalmente, cada intersección contará con un diseño específico dotado de ramas y rotondas para optimizar la fluidez y distribución del tráfico.
También se construirán pasos superiores en Patricia Sanjuanina (RP 193) y calle San Isidro (RP 230). En esos lugares, la autopista mantendrá la circulación continua mientras las vías transversales conservarán su recorrido a nivel, sin conexiones directas con las calzadas principales.
En calle La Plata (RP 246) se levantará otro puente, de aproximadamente 35 metros, acompañado por dos rotondas inferiores. El extremo oeste, en calle Gorriti, quedará articulado con una intersección a nivel, mientras que el acceso a Santa Lucía, próximo a la estación de servicio YPF, mantendrá la continuidad transversal sin ingreso directo a la autopista.
La obra tendrá además una intervención de gran escala sobre el río San Juan. Está previsto construir un nuevo puente de aproximadamente 206 metros de longitud, distribuido en ocho vanos, que permitirá completar la doble calzada. La estructura incorporará una vereda peatonal lateral y convivirá con el puente existente, que continuará operativo.
En el extremo este, el Acceso a Caucete se reestructurará con una rotonda partida para mantener los cuatro carriles y organizar el tránsito de entrada, salida y giro a la ciudad.
El proyecto también contempla la movilidad cotidiana de quienes viven y trabajan a ambos lados de la ruta. Las colectoras permitirán sostener los recorridos del sistema Red Tulum, con paradas vinculadas a cruces peatonales, iluminación y espacios de detención diferenciados.
En Caucete y 9 de Julio se prevén, además, veredas y bicisendas donde las condiciones físicas y de seguridad lo permitan.
La infraestructura peatonal incluirá pasos inferiores en sectores próximos a la Escuela Procesa Sarmiento de Lenoir, la Escuela Dr. Luis Agote y la Capilla Santa Rosa de Lima. A esto se sumarán nuevas defensas, barreras de hormigón donde sean necesarias, señalización vertical y demarcación horizontal.
La intervención abarcará también obras hidráulicas para adecuar cunetas, alcantarillas y canales de riego, además de trabajos destinados a compatibilizar las redes de servicios y los accesos existentes. La iluminación alcanzará tanto las calzadas principales como las colectoras.
Para San Juan, la transformación de la RN20 supone intervenir uno de los corredores que concentra simultáneamente tránsito regional, transporte de cargas, circulación urbana y acceso al aeropuerto. La separación de ambos flujos y la eliminación de cruces directos sobre la calzada principal buscan reducir interferencias y mejorar los tiempos de desplazamiento.
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La Justicia ordenó aplicar de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional la cláusula del Decreto 759/2025 que había condicionado la aplicación de la Ley 27.795 a la identificación de fuentes de financiamiento y a la incorporación de partidas en el Presupuesto. Ordenó al Ejecutivo cumplir de inmediato con la norma y volvió a fijar un plazo de cinco días para acatar las medidas cautelares vigentes.
La Justicia volvió a fallar contra el Gobierno nacional en la disputa por el financiamiento de las universidades públicas. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, declaró este martes la inconstitucionalidad del tramo del Decreto 759/2025 que había condicionado la aplicación de la Ley 27.795 de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
La resolución hizo lugar al amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y distintas universidades, junto con la causa iniciada por la Universidad de Buenos Aires (UBA). Cormick ordenó al Poder Ejecutivo aplicar de inmediato la ley y dictar las normas reglamentarias y ejecutorias necesarias para hacerla efectiva.
El punto cuestionado se encuentra en el propio decreto de promulgación. El Gobierno había establecido que la Ley 27.795 quedaba sujeta a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629, una condición que en los hechos supeditaba su ejecución a que se determinaran las fuentes de financiamiento y se incorporaran las partidas correspondientes al Presupuesto. Esa fórmula quedó ahora invalidada judicialmente.
Para Cormick, el mecanismo utilizado por el Ejecutivo no supera un control mínimo de razonabilidad. El magistrado sostuvo que, después de que el Congreso insistiera con la ley mediante las mayorías agravadas previstas por la Constitución tras el veto presidencial, el Poder Ejecutivo no podía introducir por decreto una nueva instancia que demorara su aplicación.
El juez consideró, además, que esa decisión funcionó en los hechos como una forma de veto no contemplada por la Constitución. También rechazó que el control judicial sobre decisiones con impacto presupuestario constituya una intromisión excepcional: señaló que forma parte de las atribuciones propias de los tribunales cuando están en juego derechos y obligaciones establecidos por una ley vigente.
La sentencia también puso bajo análisis el argumento fiscal utilizado para justificar la demora. Según la resolución, el impacto estimado de la ley durante 2025 representaba aproximadamente 0,23% del PBI nominal proyectado, de acuerdo con información de la Oficina de Presupuesto del Congreso. El magistrado recordó, además, que los Presupuestos de 2024 y 2025 no fueron aprobados y que durante esos ejercicios se prorrogaron partidas del Presupuesto 2023.
El nuevo pronunciamiento se suma a una cadena de decisiones judiciales que comenzó a fines de 2025. En diciembre, el mismo juzgado había dictado una medida cautelar que dejó inaplicable la condición introducida por el Decreto 759/2025. La Cámara Contencioso Administrativa Federal mantuvo posteriormente esa protección y la Corte Suprema dejó firme la cautelar en junio.
A esa secuencia se agregó en septiembre una nueva intimación de Cormick al Estado nacional para que cumpliera en cinco días con los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, referidos a la recomposición de los salarios docentes y no docentes y a las becas universitarias. El tribunal advirtió entonces que podía aplicar multas por cada día de demora.
Los gremios universitarios recibieron el fallo como un respaldo a sus reclamos y ratificaron la movilización nacional convocada para el jueves 15 de octubre. La quinta Marcha Federal Universitaria reunirá a sindicatos docentes y nodocentes, estudiantes y autoridades universitarias en reclamo del cumplimiento de la Ley 27.795, la recomposición salarial y un mayor financiamiento para las casas de estudios.
La resolución coloca nuevamente al Poder Ejecutivo ante la obligación de ejecutar una ley sancionada por el Congreso y, al mismo tiempo, mantiene abierta la confrontación por los recursos que deberán incorporarse al sistema universitario. Con la discusión del Presupuesto 2027 en el Congreso y una nueva movilización ya convocada, el financiamiento de las universidades vuelve a quedar en el centro de una pulseada que ahora suma un pronunciamiento judicial sobre la validez constitucional del mecanismo utilizado por el Gobierno para postergar su aplicación.
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Los alimentos empujan la inflación de septiembre y frenaron la desaceleración
La inflación habría vuelto a acelerarse en septiembre, después del descenso registrado en agosto. Las principales consultoras privadas ubican el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en torno al 2%, por encima del 1,7% informado para el mes anterior, en un movimiento explicado principalmente por aumentos en verduras y carne.
Las estimaciones se conocen antes de la publicación de nuevos indicadores oficiales y privados que permitirán precisar la evolución de los precios. El dato marca, de confirmarse, un freno a la desaceleración que había predominado durante buena parte del primer semestre y que tuvo una interrupción en julio, cuando el IPC había alcanzado el 2,1%.
Entre las mediciones privadas, Libertad y Progreso proyectó una inflación mensual del 2% y señaló que el rubro de alimentos y bebidas no alcohólicas registró una suba del 3,2%, convirtiéndose en el principal impulsor del resultado general.
La medición de C&T Asesores Económicos fue algo inferior, con una estimación de 1,9%. Según su relevamiento, alimentos y bebidas tuvieron en septiembre el mayor incremento desde mayo, con una suba cercana al 2%. Dentro de esa categoría, las verduras aumentaron 11%, mientras que la carne avanzó 2,1%.
El comportamiento de los productos básicos también fue registrado por LCG. La consultora detectó un incremento del 1,7% en alimentos durante la última semana de septiembre, mientras que el acumulado de las últimas cuatro semanas llegó al 2,7%. Por su peso dentro de la canasta de consumo, esos movimientos tienen una incidencia relevante sobre el índice general.
Analytica, en tanto, relevó una suba semanal del 0,8% en alimentos y bebidas durante los últimos días del mes y calculó un aumento del 2,8% en cuatro semanas. Con esos datos, también estimó una inflación general del orden del 2% para septiembre.
Eco Go coincidió con esa proyección. La consultora calculó un avance del 2% y señaló que componentes de comportamiento estacional tuvieron una incidencia importante en la aceleración, lo que llevaría al índice general a ubicarse aproximadamente 0,3 puntos porcentuales por encima de agosto.
El movimiento de septiembre adquiere relevancia porque modifica la trayectoria observada en los meses anteriores. Después de una sucesión de registros descendentes, julio había mostrado un repunte al 2,1% y agosto volvió a marcar una baja, con 1,7%, el menor registro en 14 meses según la información difundida entonces.
La presión de los alimentos introduce además un componente especialmente sensible sobre los hogares, dado que se trata de uno de los rubros con mayor incidencia en el gasto cotidiano. Las subas concentradas en productos de consumo frecuente pueden tener un impacto más inmediato sobre el presupuesto familiar aun cuando el índice general mantenga variaciones moderadas.
Las estimaciones privadas deberán ser contrastadas con el IPC oficial de septiembre, que permitirá determinar la magnitud definitiva del repunte y la evolución de los distintos componentes. El dato será además una referencia para las próximas mediciones de expectativas y para las decisiones de empresas y trabajadores en materia de precios, salarios y consumo.
Si las proyecciones se confirman, septiembre habrá interrumpido nuevamente la trayectoria descendente de la inflación mensual. El regreso a valores cercanos al 2%, con los alimentos entre los principales impulsores, mostraría que la desaceleración de los precios continúa siendo irregular y todavía expuesta a movimientos fuertes dentro de la canasta básica.
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