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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.

El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.

“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.

El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.

“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.

En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.

El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.

Qué dice la presentación judicial de ATE

El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.

Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.

Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.

Fuente: Mundo Gremial

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Paritarias congeladas y tensión sindical: crece la disputa entre la Casa Rosada y los trabajadores públicos

En medio de la definición legislativa de la reforma laboral y a horas de un paro de 36 horas con movilización al Congreso, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) denunció que el Poder Ejecutivo evalúa no liquidar adicionales salariales en febrero. La medida, según el gremio, implicaría una reducción directa en los ingresos de miles de empleados públicos y agravaría una pérdida de poder adquisitivo que ya supera el 45%.

De concretarse, la decisión implicaría —según el gremio— una merma directa de al menos 50.000 pesos para trabajadores no jerárquicos cuyos ingresos netos, de acuerdo con cifras oficiales, oscilan entre 400.000 y 1.500.000 pesos. La posible quita alcanzaría ítems como el premio estímulo a la asistencia, un componente que forma parte habitual de la liquidación mensual.

El planteo sindical se inscribe en un escenario de salarios congelados y negociaciones paritarias paralizadas en lo que va del año. Para ATE, el Ejecutivo no solo incumplió el compromiso de retomar el cuarto intermedio acordado el 26 de diciembre, sino que además “clausuró” en los hechos la discusión salarial. El secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, fue categórico al atribuir al Gobierno la escalada del conflicto: “Al congelamiento se le suma ahora la decisión de privar a los trabajadores del cobro de adicionales. Es una práctica desleal y de mala fe”, sostuvo.

Desde el sindicato advierten que la eventual reducción impactaría en la calidad de los servicios públicos. “No vamos a tolerar un nuevo recorte. Exigimos que se cumpla en tiempo y forma con el pago de los sueldos”, enfatizó Aguiar, quien vinculó la medida con un deterioro sostenido del poder adquisitivo. Según los registros internos de la organización, durante la gestión de Javier Milei los salarios del sector acumulan una caída real superior al 45,3%.

La controversia salarial se superpone con la pulseada legislativa por la reforma laboral. ATE integra el Frente de Sindicatos Unidos (FreSU), que convocó a un paro de 36 horas con movilización al Congreso el día en que la Cámara alta trate el proyecto aprobado en Diputados.

La estrategia combina presión en la calle con acciones judiciales: los equipos legales del sindicalismo ya trabajan en presentaciones para cuestionar la constitucionalidad de la norma si finalmente se convierte en ley.

En ese punto, la conducción del gremio coincide con sectores de la Confederación General del Trabajo que anticipan una batalla en tribunales. Para Aguiar, el texto en discusión es “inaplicable y destinado al fracaso”, y advirtió que el oficialismo pretende convertir al Senado en una “escribanía”. La definición parlamentaria, así, no solo determinará el futuro del régimen laboral sino que marcará el tono del vínculo entre el Gobierno y el movimiento obrero en los próximos meses.

El trasfondo excede la coyuntura. La administración libertaria sostiene una política de ajuste fiscal orientada a reducir el gasto público y contener la inflación, mientras los gremios alertan que el equilibrio macroeconómico no puede sostenerse a costa de una licuación persistente de ingresos. En ese delicado equilibrio se juega buena parte de la gobernabilidad.

La inminente votación en el Senado será, entonces, mucho más que un trámite legislativo: funcionará como termómetro político y social. Si prospera la denuncia de ATE y se concreta la quita de adicionales, el conflicto podría escalar hacia un escenario de mayor confrontación, con impacto directo en la prestación de servicios esenciales.

En un entorno de alta sensibilidad económica y fragilidad salarial, la disputa entre el Estado empleador y sus trabajadores se convierte en un capítulo decisivo de la actual etapa. La resolución del diferendo —en el Congreso o en los tribunales— determinará no solo el alcance de la reforma laboral, sino también el margen de maniobra del Gobierno para sostener su programa sin profundizar la fractura social.

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CGT y CTA preparan una ofensiva judicial contra la nueva legislación laboral

Con la inminente sanción de la reforma impulsada por el presidente Milei, las centrales sindicales anticipan una batería de presentaciones judiciales. Especialistas en derecho laboral y constitucional advierten sobre un escenario complejo: la disputa podría fragmentarse en litigios individuales y recorrer un largo derrotero hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, sin garantías de un fallo con efectos generales.

Apenas la ley sea promulgada, la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) acudirán a los tribunales. Así lo confirmaron sus dirigentes, entre ellos Jorge Sola y el diputado sindical Hugo Yasky, quienes anticiparon que la estrategia combinará planteos por inconstitucionalidad, afectación de derechos individuales y vulneración de derechos colectivos.

El cuestionamiento central se apoya en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional —que consagra el principio protectorio del trabajo— y en tratados internacionales con jerarquía constitucional, incluidos los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según los especialistas consultados por distintos medios, la reforma introduciría una regresión en estándares mínimos de tutela laboral, lo que chocaría con el principio de progresividad de los derechos sociales.

  1. Amparo colectivo en la Justicia del Trabajo
    La primera vía probable es la presentación de un amparo colectivo ante la Justicia Nacional del Trabajo. Esta herramienta permitiría impugnar la constitucionalidad de la norma en su conjunto o de artículos específicos —como los vinculados al banco de horas, la fragmentación de vacaciones o el Fondo de Asistencia Laboral— con el objetivo de obtener una declaración de invalidez general.
    Sin embargo, el antecedente del DNU 70/2023 dejó una señal ambigua. Si bien la Cámara Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral, la cuestión terminó diluyéndose en un laberinto procesal que reforzó la tendencia a analizar cada conflicto en forma individual. La clave será si los jueces reconocen legitimación amplia a las centrales sindicales o restringen la discusión a casos concretos.
  2. Demandas individuales “caso por caso”
    Aquí aparece la principal apuesta del oficialismo: que cualquier controversia se dirima únicamente cuando exista un trabajador afectado en un conflicto específico —por ejemplo, ante un despido o la aplicación de una jornada extendida—.
    En ese escenario, la discusión se atomiza. Cada trabajador debería iniciar su propio juicio, atravesar primera y segunda instancia, eventualmente llegar a una corte provincial y recién después aspirar a la revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El proceso sería largo, costoso y con efectos limitados al caso particular.
    El riesgo señalado por constitucionalistas es evidente: aun cuando un artículo sea declarado inconstitucional en un expediente puntual, la estructura general de la ley seguiría vigente para el resto de las relaciones laborales.
  3. Fuero Contencioso Administrativo
    Otra alternativa es accionar en el fuero Contencioso Administrativo Federal, sobre todo si se cuestionan actos reglamentarios del Poder Ejecutivo o la validez formal del proceso legislativo. Esta vía podría habilitar planteos más amplios, aunque también enfrenta el escollo de la legitimación y la posible fragmentación de criterios entre tribunales.
  4. Planteos sectoriales y derechos colectivos
    Sindicatos específicos ya analizan acciones focalizadas. El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA), por ejemplo, prepara un planteo por la derogación del Estatuto del Periodista, alegando regresividad e irrazonabilidad normativa. La estrategia apunta a defender derechos colectivos como la negociación paritaria, la huelga y la libertad sindical.
    En estos casos, la discusión podría adquirir mayor densidad constitucional, ya que involucra garantías que trascienden la esfera individual y afectan la estructura de representación gremial.
    El factor Corte y el nuevo mapa judicial
    Un elemento adicional complejiza el panorama: tras el precedente “Levinas”, el tribunal revisor de la Cámara Nacional del Trabajo pasó a ser el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires antes de la eventual intervención de la Corte nacional. Este rediseño institucional altera la dinámica tradicional y podría influir en los tiempos y alcances de los fallos.
    En la práctica, cualquier definición de fondo podría tardar años en consolidarse. Y aun así, el máximo tribunal podría optar por resolver únicamente sobre el caso concreto, sin invalidar la norma en abstracto.
    Un conflicto de fondo
    La discusión judicial no será meramente técnica. En juego está la tensión entre el principio protectorio del derecho laboral y la potestad del Congreso para redefinir el marco normativo de las relaciones de trabajo.
    Para el movimiento obrero, la reforma implica una regresión estructural incompatible con el mandato constitucional. Para el oficialismo, en cambio, se trata de modernizar un esquema que consideran rígido y disfuncional.

    Las vías judiciales existen y ya están en preparación. Amparos colectivos, demandas individuales y planteos sectoriales conformarán una ofensiva legal que buscará frenar o al menos limitar la aplicación de la reforma laboral. Sin embargo, el escenario es incierto.
    Si los tribunales optan por el “caso por caso”, la disputa se fragmentará y se extenderá en el tiempo, reduciendo el impacto general de cualquier fallo favorable a los trabajadores. El desenlace dependerá, en última instancia, de cómo el Poder Judicial interprete su rol frente a una ley que redefine —y para muchos recorta— el alcance de los derechos consagrados en el artículo 14 bis.
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Educación privada: nuevo ajuste en las cuotas desde marzo

La Dirección de Educación Privada dispuso un nuevo incremento sobre el valor vigente a diciembre de 2025. Los establecimientos deberán presentar una declaración jurada antes del 31 de marzo para poder aplicar el ajuste. La medida completa el esquema de actualización previsto para el ciclo 2025.

A días del inicio del ciclo lectivo 2026, la Dirección de Educación Privada confirmó el aumento en las cuotas de los colegios de gestión privada. El ajuste será del 5,80% y comenzará a regir con la cuota correspondiente a marzo, según lo establece la Disposición N° 009-DEP-2026.

La resolución se inscribe en el cuarto tramo del esquema de actualización arancelaria definido para el ciclo 2025. Durante el año pasado ya se habían autorizado tres subas: en mayo, del 9,04%; en agosto, del 7,49%; y en noviembre, del 7,47%. Con el porcentaje dispuesto ahora, la autoridad educativa completa el cronograma previsto para acompañar el impacto inflacionario y los mayores costos operativos que afrontan las instituciones.

La suba alcanza a todos los establecimientos públicos de gestión privada incorporados a la enseñanza oficial. No obstante, la aplicación del nuevo valor no será automática. Cada institución deberá presentar, antes del 31 de marzo de 2026, una declaración jurada ante el organismo de control para formalizar la actualización.

Ese documento deberá consignar el valor de la matrícula, el monto actualizado de la cuota, el porcentaje de aporte estatal que recibe el establecimiento, la cantidad de alumnos matriculados, la fecha prevista de implementación y la constancia de que la medida fue debidamente comunicada a padres o tutores.

La presentación deberá estar firmada por el representante legal del colegio. Solo una vez cumplido ese requisito administrativo quedará habilitada la aplicación del nuevo arancel.

Desde el sector educativo privado argumentan que los incrementos buscan preservar la sustentabilidad del sistema, especialmente ante el aumento de salarios docentes, servicios y mantenimiento edilicio. Sin embargo, para los hogares con ingresos medios y medios bajos, cada ajuste representa un desafío adicional para sostener la continuidad educativa en instituciones aranceladas.

La dinámica de aumentos escalonados —cuatro tramos en menos de un año— refleja el delicado equilibrio entre la necesidad de garantizar la prestación del servicio y la capacidad de pago de las familias.

Con la oficialización del incremento del 5,80%, el esquema de actualización arancelaria correspondiente al ciclo 2025 queda formalmente completado. Ahora, el foco se traslada al cumplimiento de los requisitos administrativos por parte de las instituciones y al impacto concreto que el nuevo cuadro tarifario tendrá en la economía doméstica al comenzar el año escolar 2026.

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