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La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.

El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.

“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.

El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.

“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.

En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.

El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.

Qué dice la presentación judicial de ATE

El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.

Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.

Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.

Fuente: Mundo Gremial

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Presupuesto 2026: aval general en el Senado y disputa abierta por ciencia y universidades

El Senado dio media sanción en general al Presupuesto 2026 impulsado por el Gobierno nacional. Sin embargo, la oposición anticipa una fuerte disputa en la votación en particular de artículos clave vinculados al financiamiento educativo, universitario y científico, que podrían comprometer la aprobación definitiva del texto.

En un clima de alta tirantez política y con el debate por el financiamiento educativo como telón de fondo, el Senado de la Nación aprobó en general el proyecto de ley del Presupuesto 2026. La iniciativa obtuvo 46 votos afirmativos, 25 negativos y una abstención, permitiendo al Gobierno del presidente Javier Milei avanzar con la denominada “ley de leyes” por primera vez en sus dos años de gestión.

El respaldo fue posible gracias al acompañamiento no solo del oficialismo, sino también de bloques de la Unión Cívica Radical, el PRO, un sector del peronismo referenciado en Convicción Federal y senadores alineados con distintos gobernadores o que actúan con independencia en la Cámara alta.

Tras la aprobación en general, el Senado comenzó el tratamiento por capítulos, instancia que concentra ahora el principal foco de conflicto. La oposición insiste en que determinados artículos se voten en particular, especialmente aquellos que afectan el financiamiento de la educación, la ciencia y áreas estratégicas del Estado.

Los artículos en disputa

El núcleo del debate se concentra en el artículo 12 y el artículo 30, incluidos en el Capítulo 2 del Presupuesto, que fue aprobado con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones.
El artículo 12 establece que las universidades nacionales contarán con recursos por 4,8 billones de pesos, aunque introduce condiciones y requisitos para que las casas de estudio puedan acceder efectivamente a esos fondos, un punto que genera preocupación en el sistema universitario.

Más controvertido aún es el artículo 30, que propone derogar normas clave del esquema de financiamiento educativo vigente. Entre ellas, elimina el mandato de destinar el 6% del PBI a educación, frena el aumento progresivo del presupuesto de Ciencia y Técnica —que preveía alcanzar el 1% del PBI en 2032— y suprime el piso del 0,2% del gasto educativo para escuelas técnicas.

Desde el inicio del debate, La Libertad Avanza logró imponer, junto a sus aliados, un criterio de votación que evitó discutir estos puntos durante la sesión en general, trasladando la controversia al tratamiento en particular. Esa estrategia fue aprobada por 39 votos contra 33, aunque dejó expuestas fisuras entre los aliados: tres senadores radicales y dos representantes de Santa Cruz rechazaron el mecanismo por su desacuerdo con el recorte de los pisos de financiamiento educativo.

Posicionamientos políticos

El bloque Justicialista, encabezado por José Mayans y alineado con la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, rechazó de manera unánime el Presupuesto. Desde ese espacio cuestionaron el ajuste implícito en áreas sensibles y recordaron que en Diputados ya había sido eliminado el Capítulo 11, que contemplaba la derogación de las leyes de Emergencia en Discapacidad y de Financiamiento Universitario.

Para la oposición, la discusión excede lo presupuestario y se inscribe en un debate más profundo sobre el rol del Estado en la garantía del derecho a la educación y el desarrollo científico.

Escenario abierto y próximos pasos

La votación en particular de los artículos más controvertidos mantiene en vilo al oficialismo. En caso de que el Senado introduzca modificaciones al texto, el Gobierno ya analiza convocar a una sesión especial en la Cámara de Diputados el próximo martes 6 de enero, con el objetivo de cerrar el trámite legislativo.

Mientras tanto, el Presupuesto 2026 avanza, pero lo hace atravesado por una disputa central: el alcance del ajuste en educación, ciencia y universidades, áreas que se consolidan como uno de los principales frentes de resistencia política y social frente al rumbo económico del Ejecutivo.

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Feriados 2026: El Gobierno habilitó tres fines de semana XL en 2026

Con la oficialización de tres días no laborables con fines turísticos, el Ejecutivo busca impulsar el turismo interno y generar fines de semana extralargos en un año atravesado por la recesión y la caída del consumo.

El Gobierno nacional oficializó el calendario definitivo de feriados y días no laborables para 2026, incorporando tres “puentes turísticos” que darán lugar a fines de semana extralargos de cuatro días consecutivos. La medida quedó formalizada a través de la Resolución 164/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Los días no laborables adicionales serán el lunes 23 de marzo, el viernes 10 de julio y el lunes 7 de diciembre. Según el Ejecutivo, el objetivo es fomentar el turismo interno, facilitar la planificación de actividades recreativas y dinamizar sectores clave como la hotelería, la gastronomía y el transporte.

Se trata de una herramienta ya utilizada en años anteriores, que apunta a compensar la estacionalidad del turismo y a generar movimiento económico en contextos de bajo consumo.

Diferencias entre sector público y privado

Los días no laborables con fines turísticos se suman a los feriados establecidos por la Ley N.º 27.399. En el sector privado, su otorgamiento queda a criterio del empleador, mientras que en la administración pública nacional suelen adoptarse como días de descanso efectivo.

Esta diferencia vuelve a poner en discusión la heterogeneidad de derechos según el sector de actividad, en un escenario laboral marcado por la precarización y la pérdida de poder adquisitivo.

Calendario completo de feriados y días no laborables 2026

Enero
Jueves 1: Año Nuevo (feriado inamovible).
Febrero
Lunes 16 y martes 17: Carnaval (feriados inamovibles).
Marzo
Lunes 23: Día no laborable con fines turísticos.
Martes 24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible).
Abril
Jueves 2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable).
Viernes 3: Viernes Santo (feriado inamovible).
Mayo
Viernes 1: Día del Trabajador (feriado inamovible).
Lunes 25: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).
Junio
Lunes 15: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable).
Sábado 20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).
Julio
Jueves 9: Día de la Independencia (feriado inamovible).
Viernes 10: Día no laborable con fines turísticos.
Agosto
Lunes 17: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable, sin modificación).
Octubre
Lunes 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable, sin cambios).
Noviembre
Lunes 23: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del viernes 20 para generar fin de semana largo).
Diciembre
Lunes 7: Día no laborable con fines turísticos.
Martes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible).
Viernes 25: Navidad (feriado inamovible).

Turismo como paliativo económico

La confirmación de los “puentes” turísticos llega en un contexto económico complejo, con caída del salario real y retracción del consumo. Si bien estas medidas generan alivio en economías regionales vinculadas al turismo, también exponen la dependencia de políticas de corto plazo para sostener sectores afectados por la recesión.

El calendario 2026 ofrece previsibilidad para trabajadores y empresas, pero deja abierta una discusión de fondo: hasta qué punto los fines de semana largos pueden compensar un escenario de pérdida de ingresos y deterioro del empleo.

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El Gobierno habilita la timba financiera con el Fondo de Asistencia Laboral y reactualiza el fantasma de las AFJP

El proyecto de “modernización laboral” que el Gobierno de Javier Milei envió al Congreso no solo propone una profunda reconfiguración de las relaciones laborales: también avanza silenciosamente hacia un cambio estructural en el uso de los recursos del trabajo, reeditando mecanismos que remiten de manera directa al modelo de capitalización privada que encarnaron las AFJP.

Aunque su tratamiento en el Senado fue postergado hasta febrero, en las últimas horas comenzaron a emerger con mayor nitidez los objetivos de fondo del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las piezas centrales de la iniciativa. Lejos de limitarse a facilitar el pago de indemnizaciones por despido, el esquema apunta a inyectar hasta 4.000 millones de dólares anuales al mercado de capitales, utilizando aportes obligatorios vinculados al empleo formal.

Indemnizaciones financiadas con recursos públicos

El propio secretario de Trabajo, Julio Cordero, explicitó sin eufemismos el espíritu del proyecto: el FAL funcionará como un sistema de financiamiento anticipado de despidos, con el objetivo declarado de reducir litigios laborales y bajar el costo empresario de las indemnizaciones.

“Uno de los pedidos era que bajen las indemnizaciones. Hay que evitar llegar a juicio”, sostuvo el funcionario, al tiempo que reconoció que los fondos provendrán de recursos que hoy se destinan a cargas laborales y previsionales. En otras palabras, se reasignan aportes del trabajo activo para cubrir despidos futuros, debilitando deliberadamente el sistema previsional.

La definición no es menor. Cordero llegó incluso a afirmar que el sistema jubilatorio “ya no puede ser financiado por el trabajo activo”, justificando así la reducción de contribuciones patronales que, según el Gobierno, encarecen el contrato laboral. El resultado es un esquema en el que se desfinancian las jubilaciones mientras se subsidia al capital, bajo la promesa de mayor empleo que nunca se garantiza.

Capitales, CNV y fondos cautivos

El diseño del FAL incluye un aspecto aún más controvertido: los fondos acumulados no quedarán inmovilizados, sino que podrán ser invertidos en el mercado de capitales, bajo lineamientos de la Comisión Nacional de Valores (CNV) y con supervisión del Ministerio de Economía y la ARCA.

El argumento oficial es “preservar el valor” de los recursos mediante inversiones financieras. En la práctica, se trata de fondos cautivos de origen laboral que pasarán a alimentar instrumentos financieros, en un contexto histórico donde experiencias similares terminaron en pérdidas para los trabajadores y ganancias concentradas para intermediarios y grandes actores del mercado.

El paralelismo con las AFJP no es casual ni forzado: aportes obligatorios, administración financiera, promesas de rentabilidad y un Estado que se corre de la responsabilidad directa sobre la protección social.

Caputo y la reivindicación explícita del modelo AFJP

El ministro de Economía, Luis Caputo, terminó de despejar cualquier duda conceptual. En declaraciones públicas, no solo defendió el rol financiero del FAL, sino que reivindicó abiertamente el sistema de capitalización privada eliminado en 2008.

“Te llevás las AFJP y te quedás sin mercado”, sostuvo, atribuyendo al kirchnerismo la destrucción del mercado de capitales local. En esa misma línea, confirmó que el Fondo de Asistencia Laboral —estimado en unos 4.000 millones de dólares— será una de las columnas vertebrales para desarrollar un nuevo mercado financiero interno y reducir la dependencia de Wall Street.

El planteo invierte la lógica social: no es el mercado el que debe servir al desarrollo productivo, sino el trabajo el que pasa a servir como combustible del sistema financiero.

Modernización o regresión estructural

Más allá del envoltorio discursivo, el proyecto expone una definición ideológica clara. La “modernización” no apunta a mejorar salarios, reducir informalidad ni fortalecer el empleo de calidad, sino a flexibilizar despidos, desfinanciar la seguridad social y canalizar recursos laborales hacia la especulación financiera.

La experiencia argentina ofrece antecedentes contundentes sobre este tipo de esquemas. Lejos de promover crecimiento sostenido, la financiarización del ahorro previsional derivó en crisis, endeudamiento y pérdida de derechos. Reactualizar ese modelo, en un contexto de salarios deprimidos y alta precarización, implica asumir riesgos sociales de enorme magnitud.

Una decisión política de largo alcance

El Fondo de Asistencia Laboral no es un detalle técnico ni una herramienta neutra. Es una decisión política estructural que redefine el destino del ahorro social y reconfigura la relación entre trabajo, Estado y capital.

Si el Congreso avanza en esta dirección, el debate ya no será únicamente laboral: será previsional, financiero y profundamente político. Y volverá a poner sobre la mesa una pregunta que la Argentina ya se hizo —y respondió— hace menos de dos décadas: ¿quién debe administrar los recursos del trabajo y en beneficio de quién?

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