ATE solicitó a la Justicia que declare inconstitucional el capítulo de empleo público de la Ley Bases
La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) presentó una demanda ante la Justicia Nacional el Trabajo para que se declare inconstitucional del capítulo de empleo público de la Ley Bases.
El gremio que conduce Rodolfo Aguiar activó la acción judicial contra el Poder Ejecutivo Nacional. Se trata de una acción declarativa de inconstitucionalidad de los artículos de la norma que modifican el régimen de disponibilidad de los trabajadores de la planta permanente en la Ley de Empleo Público y solicitó una medida cautelar para que se suspenda inmediatamente la aplicación.
“La Ley Bases aniquila el derecho a la estabilidad en el empleo público. La inconstitucionalidad de esta norma es manifiesta, es contraria al artículo 14 bis de la ley fundamental de nuestra nación”, apuntó Aguiar, Secretario General de ATE.
El documento señala la ilegalidad de los artículos 11 de la ley 25.164 (sustituido por el art. 52 de la ley 27.742) y 14 de la misma norma, como así también y sus reglamentaciones (art. 51 del Decreto 695/2024, que sustituye el art. 11 del Anexo I del Decreto 1421/2002), que afectan al derecho de estabilidad en el empleo público permitiendo los despidos arbitrarios por parte del Gobierno nacional.
“La convención que en 1957 reforma la Constitución, incorpora el artículo 14 bis estableciendo la garantía de estabilidad en el empleo público. Es decir, se estableció la protección contra el despido arbitrario en el ámbito privado mientras que en el sector público fue más allá y además de esa protección estableció una garantía propia. Le dio a los empleados públicos una mayor protección para evitar que sean tomados como botines de guerra por cada una de las gestiones políticas que se iban sucediendo en el poder. Estamos cansados de ser testigos de las cesantías en masa que se producen en la administración pública casi siempre que llega un nuevo intendente, gobernador, o presidente”, detalló el dirigente.
En este marco, Aguiar cargó contra la subjetividad de la nueva norma, en la cual se detalla que la declaración de disponibilidad puede darse con el objetivo de alcanzar la ‘dotación óptima necesaria’ en un determinado organismo: “De ninguna manera podemos aceptar la discrecionalidad que supone que sea el propio empleador quien defina cuál es la dotación óptima de personal en un organismo. Evidentemente esta definición subjetiva es la que no se corresponde con el espíritu que tuvieron los constituyentes al declarar la garantía de estabilidad en el empleo público. Alguien como Milei que nos dijo que ama destruir el Estado va a considerar que se excede la dotación óptima hasta en la casilla de seguridad de la Casa Rosada que tiene dos empleados”.
El Secretario General de ATE aseguró que “se tiene que suspender el cumplimiento de la Ley Bases en esta parte” y concluyó: “Por eso también hemos solicitado una medida cautelar, porque esta norma ya con su sola aplicación y sin ser revisada comienza a afectar de manera grave a los trabajadores. Quienes fueron declarados en disponibilidad sufren una drástica baja de salarios, se les recortan derechos y hasta pierden sus empleos”.
Qué dice la presentación judicial de ATE
El documento, que lleva la firma de Rodolfo Aguiar y de parte del equipo jurídico de ATE integrado por los abogados Matías Cremonte y Mariana Amartino, detalla que “el Gobierno está sentando las bases para la pulverización del empleo público y la destrucción del Estado, único órgano capaz de dar respuestas efectivas a las contingencias sociales y económicas de una crisis como la actual, y garante primigenio de los derechos fundamentales de quienes habitamos en el suelo de la Nación”.

El sindicato también acusa al Gobierno de violar la Constitución Nacional en sus artículos 1, 14 bis, 16, 17, 19, 28 y 75 inciso 22, destruyendo el derecho a la estabilidad en el empleo público mediante despidos arbitrarios.
Además, ATE alega que se encuentra “legitimado para accionar en función de lo previsto por el art. 43 de la Constitución Nacional, que otorga legitimidad activa para accionar judicialmente a las personas y a las asociaciones en tutela de derechos subjetivos y, también, de derechos de incidencia colectiva en general”.
Finalmente, el sindicato solicitó a la Secretaría de Transformación del Estado, dependiente del ministerio que maneja Federico Sturzenegger, que informe: a) La cantidad de trabajadores que se encuentran en planta permanente en la Administración Pública Nacional, desagregado por organismo con indicación de la antigüedad, cargo, función y nivel escalafonario; b) La desvinculación de trabajadores de la planta permanente de toda la administración pública nacional y sus organismos descentralizados desde el 26/12/2023 a la fecha; c) Si existe informe sobre la “dotación óptima” de empleados públicos en cada organismo.
Fuente: Mundo Gremial
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Judiciales nacionales con salarios bajo la línea de pobreza en la mayoría del país
Un informe de la Federación Judicial Argentina advierte que 16 provincias no alcanzan el umbral básico y expone una brecha salarial de hasta 300% entre jurisdicciones.
La estructura salarial del Poder Judicial argentino quedó bajo fuerte cuestionamiento tras el último relevamiento de la Federación Judicial Argentina, que confirma un deterioro sostenido del ingreso real y una fragmentación territorial que desafía cualquier criterio de equidad federal. El estudio, basado en datos de marzo y contrastado con la Canasta Básica Total definida por el INDEC, revela que en 16 de las 24 jurisdicciones analizadas los sueldos iniciales se ubican por debajo de la línea de pobreza.
El dato sintetiza una transformación profunda: el ingreso de quienes recién ingresan a la carrera judicial ya no garantiza cubrir necesidades elementales en gran parte del territorio.
Un mapa salarial fragmentado
El informe —impulsado por la conducción de Matías Fachal— describe un país dividido en bloques claramente diferenciados. En la región patagónica, algunos distritos logran sostener ingresos por encima del costo de vida, aunque con matices. Santa Cruz, Neuquén y Tierra del Fuego exhiben márgenes positivos, mientras que Río Negro y Chubut, pese a salarios nominalmente altos, no logran cubrir la canasta regional.
En el Área Metropolitana, la distancia resulta aún más elocuente. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires muestra ingresos que superan ampliamente el umbral de pobreza, en tanto que la Provincia de Buenos Aires presenta un cuadro crítico, con salarios iniciales muy por debajo del nivel necesario para sostener un hogar. Entre ambas jurisdicciones se registra una diferencia cercana al 300%, un dato que desnuda una asimetría estructural dentro de un mismo sistema judicial.
Regiones en retroceso sostenido
El relevamiento también identifica zonas donde la insuficiencia salarial es generalizada. En la región pampeana —que incluye distritos como Córdoba, Entre Ríos y La Pampa— ninguna jurisdicción alcanza la línea de pobreza, consolidando un patrón de ingresos rezagados frente al costo de vida.
Una situación similar se observa en Cuyo, donde San Juan, San Luis y Mendoza presentan brechas negativas, con este último distrito registrando uno de los desfasajes más pronunciados del país.
En el norte argentino, la situación combina heterogeneidad y fragilidad. Mientras Chaco logra sostener un margen favorable, provincias como Formosa, Misiones, Salta, Jujuy y La Rioja exhiben déficits significativos, con salarios que quedan muy por debajo del costo de subsistencia.
El salario judicial y la pérdida de referencia nacional
Más allá de las diferencias regionales, el informe plantea un cuestionamiento de fondo: la inexistencia de un piso salarial común vinculado al costo de vida. Esta ausencia ha convertido la remuneración judicial en una variable dependiente del territorio, desdibujando el principio de “igual tarea, igual remuneración”.
La federación advierte que el problema no se limita a la magnitud de los ingresos, sino a su desconexión con la realidad económica de cada región. Incluso en distritos donde los salarios parecen elevados en términos nominales, la presión de precios —especialmente en el sur— neutraliza cualquier ventaja aparente.
Reclamo gremial: paritaria nacional y convenios colectivos
Frente a este panorama, la Federación Judicial Argentina volvió a exigir la implementación de una paritaria nacional que establezca criterios mínimos homogéneos, junto con convenios colectivos en cada jurisdicción que contemplen particularidades locales sin profundizar desigualdades.
La organización sostiene que la actual dispersión salarial no solo afecta el poder adquisitivo, sino también las condiciones de trabajo y la calidad del servicio judicial, al generar realidades laborales profundamente dispares dentro de una misma estructura institucional.
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Cómo acceder a la jubilación para personal de casas particulares
El acceso a la jubilación para el personal de casas particulares exige mucho más que cumplir la edad requerida. Detrás del trámite hay una verificación exhaustiva de aportes, condiciones laborales y documentación respaldatoria que, en numerosos casos, termina siendo el principal obstáculo para quienes buscan iniciar el retiro.
El Ministerio de Gobierno de San Juan, a través de la Dirección de Asesoramiento Previsional, precisó los pasos y condiciones que rigen para este sector, uno de los más expuestos a la informalidad y a trayectorias laborales fragmentadas.
Quiénes pueden jubilarse y bajo qué condiciones
El esquema previsional vigente establece que las mujeres pueden acceder al beneficio a partir de los 60 años y los hombres desde los 65, con un requisito común: acreditar 30 años de aportes efectivos.
Sin embargo, en el caso del trabajo doméstico, ese requisito adquiere una particularidad central: las contribuciones deben corresponder, como mínimo, a una carga laboral equivalente a 16 horas semanales.
Cuando la actividad fue inferior a ese umbral, el sistema contempla la posibilidad de completar los aportes faltantes mediante un mecanismo de regularización. Este proceso no es automático: requiere evaluación técnica y la confección de formularios específicos para compensar los períodos incompletos.
El punto crítico: cómo demostrar la relación laboral
Uno de los aspectos más sensibles del trámite es la acreditación del vínculo laboral. A diferencia de otros sectores formales, donde los registros son más sistemáticos, en el servicio doméstico muchas relaciones se desarrollaron sin respaldo administrativo completo.
Por eso, la normativa exige una batería amplia de documentación que permita reconstruir la historia laboral. Entre los principales instrumentos se destacan:
.Certificación del empleador (Formulario PS 6.293)
.Declaraciones juradas del trabajador y sobre documentación (PS 6.292 y PS 6.294)
.Recibos de sueldo y comprobantes de pago
.Boletas de depósito previsional
.Constancias de obra social o afiliación sindical
.Registros médicos o laborales vinculados al domicilio de trabajo
.En ausencia de certificaciones formales, el sistema admite declaraciones juradas, aunque acompañadas de pruebas que respalden lo declarado.
Dónde y cómo iniciar el trámite
La gestión debe realizarse de manera presencial en la Dirección de Asesoramiento Previsional, ubicada en Casa de Gobierno, presentando:
.DNI
.Clave de Seguridad Social de ANSES
.Clave Fiscal de ARCA
El horario de atención es de lunes a viernes, de 7.30 a 14.30.
Desde el organismo recomiendan iniciar el proceso con anticipación y no esperar al cumplimiento exacto de la edad jubilatoria, debido a la complejidad administrativa que puede implicar la validación de aportes.
Trayectorias mixtas y evaluación diferencial
Un aspecto relevante es la situación de quienes alternaron tareas domésticas con otras actividades laborales. En esos casos, el análisis previsional no es uniforme: se ponderan los distintos regímenes para determinar tanto la edad de retiro como los años de aportes exigidos. Este criterio busca evitar inequidades, aunque introduce una mayor complejidad técnica en la evaluación de cada expediente.
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Recomposición del 3,4% para trabajadores de Claro, Telecom y Movistar
Los trabajadores de las principales operadoras del país —Claro, Telecom Argentina y Movistar— alcanzaron un nuevo entendimiento paritario que fija una recomposición salarial del 3,4%, en línea con la evolución reciente de los precios y la estrategia gremial de actualización periódica.
El acuerdo fue rubricado por la Confederación de Sindicatos de las Telecomunicaciones, espacio que nuclea a las principales federaciones del sector y que conduce Claudio Marín. La negociación consolida un esquema de incrementos escalonados que busca sostener el poder adquisitivo en un rubro altamente volátil y tecnológicamente intensivo.
Dos tramos: alivio inmediato y recomposición estructural
La pauta acordada se instrumenta en dos etapas consecutivas. Por un lado, se liquidará con los haberes de abril una suma extraordinaria equivalente al 3,4% de las escalas vigentes, concebida como compensación inmediata.
En este sentido, desde mayo ese mismo porcentaje se integrará de forma permanente al salario, impactando directamente en las escalas del sector. Esta segunda instancia no solo mejora los ingresos corrientes, sino que también eleva la base de cálculo para adicionales, antigüedad y futuras negociaciones.
Aplicación diferenciada según la actividad
El diseño del incremento contempla particularidades según el segmento laboral, con el objetivo de optimizar su efecto en la estructura salarial:
Servicios móviles: el aumento se traslada en su totalidad al salario básico, reforzando el ingreso directo.
Servicios fijos: la distribución adopta un esquema mixto. Un 3% se reparte entre salario básico (60%) y adicional especial (40%), mientras que el 0,40% restante se canaliza como viático convencional, con incidencia en productividad y turnos.
Este esquema refleja la heterogeneidad interna del sector, donde conviven tareas técnicas, operativas y comerciales con distintas modalidades de remuneración.
Proyección y efectos colaterales
Desde la representación sindical subrayaron que las nuevas escalas no solo impactan en los haberes mensuales, sino que también servirán como referencia para el cálculo del “Día del Trabajador Telefónico” correspondiente a 2027, un componente relevante dentro del esquema de ingresos anual.
El entendimiento ratifica, además, la continuidad de negociaciones periódicas en un rubro donde la actualización salarial se volvió una herramienta clave para amortiguar el deterioro del ingreso real.
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