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En medio de la discusión por el anunciado veto del presidente Javier Milei a la Ley votada recientemente por el Congreso de la Nación que le aumenta un promedio de casi 20 mil pesos a cada jubilado y jubilada, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) anunció la modificación del esquema de cobertura de medicamentos, por lo que gran parte de los remedios que contaban con un beneficio total ahora sólo tendrán una cobertura del 40% al 70%.

Ahora, solo quedarán con descuentos del 100% aquellos remedios de enfermedades crónicas o tratamientos especiales, como los oncológicos, hipoglucemiantes, insulina, tiras reactivas y antirretrovirales.

Por su parte, los afiliados en vulnerabilidad que no puedan abonar medicamentos ambulatorios podrán acceder a un subsidio social para obtener los remedios correspondientes, del cual no dieron más especificaciones.

Actualmente son 5 medicamentos con gratuidad total por afiliado, en medicamentos que estén en el vademécum. De acuerdo con lo informado, hay un 40% de descuento para medicamentos de uso ocasional o temporal para tratamientos cortos; 50% a 60% para remedios de enfermedades agudas que tienen un final de tratamiento establecido; 50% a 80% para medicamentos para patologías crónicas sin final establecido.

La palabra de PAMI

Desde la entidad pública comentaron a Tiempo Argentino que «los programas de PAMI incluyen descuentos de hasta el 100% en medicamentos y garantizan la cobertura total de tratamientos oncológicos y de tratamientos crónicos de enfermedades prevalentes, así como también en tratamientos especiales que requieren atención sostenida, como son los cardiovasculares, oncológicos, diabetes, HIV, hemofilia, trasplantes y hepatitis».

«En esta oportunidad lo que se ha modificado (de hecho se ha ampliado) es el requisito para solicitar el subsidio social, que cubre el 100% de los medicamentos para un pequeño grupo de personas que no puede costearse su tratamiento, y que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica. Es decir, para aquellas personas que tienen que pagar un copago y aún así no puede afrontar ese costo», acotaron.

Y completaron: «La mayoría de los afiliados utiliza el programa de medicamentos que ofrece 5 medicamentos con cobertura total y el resto con copagos que oscilan entre el 40% y el 80%. Además, los medicamentos ofrecidos por PAMI tienen un precio promedio un 30% más bajo que el precio de venta al público».

PAMI, sin medicamentos y sin límites

La Resolución 2431/24, con la firma del director ejecutivo Esteban Leguízamo, modificó la disposición original del programa «Vivir Mejor», lanzado al inicio de la gestión de Alberto Fernández (incluso antes de la pandemia), que abarcaba 170 monodrogas.

La medida se tomó con el objetivo de lograr un «manejo eficiente y planificado de los recursos en la que se priorice la sustentabilidad presupuestaria para salvaguardar la salud de los afiliados».

Así lo resaltaron a Tiempo: «las modificaciones están orientadas a mejorar la eficiencia del PAMI. Durante años, los subsidios han sido asignados a afiliados que no correspondían, y con estas nuevas medidas, buscamos asegurar que el instituto no solo funcione de manera más eficiente, sino que también sea sostenible a largo plazo.»

Ahora el beneficio quedó limitado a los fármacos para tratar la diabetes -pastillas, insulina y tiras reactivas-, el cáncer, el VIH, y otros tratamientos para enfermedades como la hemofilia, la hepatitis B y C y los que utilizan las personas trasplantadas.

Uno de los primeros en criticar la medida fue el diputado nacional y ex ministro de Salud, Daniel Gollán (UxP): «PAMI deja a millones de jubilados y jubiladas sin cobertura al 100 % en sus medicamentos. La perversidad de este gobierno no tiene límites».

También habló el abogado previsional, Magíster y docente, Christian Gonzalez D’Alessandro: «¿Se acuerdan diciembre los jubilados tenían los remedios gratis? Bueno, salúdenlos que se van. Lo que viene es la versión Macri pero peor».

La presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Misiones, Vania Ilchuk, dijo que «obviamente el abuelito empieza a preguntar qué es lo que prioriza, qué es lo que no le cubre». Si es una medicación que sí o sí debe tomar, el afiliado la paga y opta por no comprar las que no son tan prioritarias. En ese sentido Vania Ilchuk señaló que el omeprazol, que es un protector gástrico, es algo que el abuelo polimedicado sí o sí debe tomar y por ende lo paga.

«El problema que también se da es que por ahí el coseguro de estos medicamentos es alto entonces con la jubilación que cobra el abuelo, decirle que tiene que pagar 21 mil, 28 mil o 40 mil es un importe muy, muy grande para lo que es su salario».

«Anulamos muchas recetas porque los jubilados no llegan con el dinero. Ahora únicamente compran medicamentos crónicos y en menor medida los eventuales», acotaron desde el Colegio de Farmacéuticos de San Juan.

Otro problema en puerta

En diálogo con la radio Primera Edición, la presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Misiones indicó otro inconveniente que están teniendo: hay farmacias que tienen convenio con PAMI que sufren problemas de pago.

«La parte que nos tienen que abonar en efectivo por la prestación de los servicios no está saliendo, se está demorando. Nosotros estamos muy ajustados y dependientes de que el pago de PAMI salga porque eso nos oxigena la droguería . Al no tener ese oxígeno que nos da ese efectivo que entra de PAMI, se le va complicando a la farmacia y eso también va a complicar lamentablemente la prestación del servicio».

«Estamos hablando de remedios, no de ropa»

El presidente del Colegio Farmacéutico de Mendoza, Mario Valestra, consideró que es muy alto el impacto para los afiliados a PAMI de estas decisiones y muchos de ellos ya tienen que elegir qué remedios comprar y cuáles no.

Sostiene que el impacto es y será muy grande para la salud de los jubilados y jubiladas. «Estamos hablando de remedios, no de ropa que no se pueden comprar», sostuvo el referente de los farmacéuticos de Mendoza.

Además, explicó que PAMI tiene a esta altura un atraso de un mes en sus pagos, y a esto se le suma la reducción de la cobertura.

La secretaria general de la Confederación Farmacéutica Argentina, Claudia Martino, agregó el hecho de que en las últimas semanas quitó la ANMAT a medicamentos recetados que ahora pasaron a venta libre, pendiente el descuento de obras sociales, como los prazoles o el Hipoglós: «Muchas moléculas que antes solamente eran bajo receta, como son los prazoles, pasaron a ser de venta libre, pero sin embargo, algunas se conservan bajo receta. En PAMI, en el plan Vivir Mejor, se sacó los prazoles, los omeprazoles y de cubrir el 100% hoy se cubre un 40 o 50%».

Y remarcó: «pero aquel que necesite realmente y sea de uso crónico, hace un trámite por la resolución y todavía se lo siguen entregando». Eso sí: demanda que sea el jubilado o jubilada quien tenga que moverse hasta PAMI para reclamar y realizar el trámite. De lo contrario, pierde el beneficio.

«Es llamativo», lo definió el farmacéutico Valestra al referirse a que PAMI ya no cubre más al 100% los antibióticos, los antihipertensivos, la pregabalina (un medicamento que se utiliza para la epilepsia, pero también para la fibromialgia); y las drogas antipsicóticas, como la olanzapina o la quetiapina, que se utilizan comúnmente para los pacientes con demencia senil y que tienen altísimos costos. Quien tome 4 o 5 de ellas puede llegar a requerir abonar unos 100 mil pesos más por mes, que hasta hoy no los pagaba. Es más del triple de lo que el Congreso votó días atrás como refuerzo para los jubilados, y más de un tercio de la jubilación mínima actual.

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La Justicia ordenó actualizar salarios universitarios y becas estudiantiles y dejó sin efecto un decreto del Gobierno

Un fallo judicial de alto impacto político e institucional volvió a reinstaurar la tirantez entre el Gobierno nacional y el sistema universitario. El Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 resolvió este martes hacer lugar a una medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), ordenando la inmediata aplicación de los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario.

La resolución deja sin efecto, para el caso concreto, el Decreto 795/2025 mediante el cual el Poder Ejecutivo había suspendido la ejecución de la norma sancionada por el Congreso. Dichos artículos establecen la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como la actualización de las becas estudiantiles conforme a la evolución inflacionaria.

El conflicto se originó tras la sanción de la ley por ambas Cámaras del Congreso. Aunque el presidente Javier Milei vetó la norma, el Parlamento rechazó el veto, lo que dejó a la ley plenamente vigente. Sin embargo, el Ejecutivo apeló a la Ley 24.629 para sostener que la aplicación quedaba suspendida hasta que el Congreso definiera explícitamente las fuentes de financiamiento, argumento que dio sustento al decreto ahora cuestionado.

Ante este escenario, el CIN inició a fines de octubre de 2025 una acción colectiva solicitando la declaración de inconstitucionalidad del decreto y el cumplimiento inmediato de la ley. En su presentación, las universidades advirtieron sobre una “afectación colectiva y urgente”, al señalar que el congelamiento salarial y de becas profundizaba la pérdida del poder adquisitivo, afectaba el normal funcionamiento de las casas de estudio y vulneraba derechos constitucionales como el acceso a la educación superior y la autonomía universitaria.

Según datos aportados en el expediente, alrededor del 70% de los docentes y no docentes universitarios perciben ingresos por debajo de la línea de pobreza, situación que se agravó durante el último año por la inflación y la falta de actualizaciones salariales.

Análisis del fallo

En su resolución, el juez Martín Cormick consideró que existía una “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta” en el accionar del Poder Ejecutivo. En ese sentido, sostuvo que la suspensión dispuesta por el decreto impugnado lesionaba de manera clara e inequívoca derechos reconocidos constitucionalmente, sin que resultara necesario un análisis extenso de los hechos para advertir el perjuicio ocasionado.

El magistrado dispuso declarar inaplicable el decreto en lo referido a la suspensión de la Ley 27.795 y ordenó que la medida cautelar tenga vigencia hasta el dictado de la sentencia definitiva, que resolverá la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad del accionar del Ejecutivo.

El fallo se dictó en un contexto político particularmente sensible, atravesado por el debate del Presupuesto 2026. El proyecto enviado por el Gobierno incluía la derogación de las leyes de emergencia en discapacidad y de financiamiento educativo, lo que generó un fuerte rechazo en la oposición y en diversos sectores sociales.

La semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó en general el Presupuesto, pero rechazó los artículos vinculados a discapacidad y educación superior. Ahora el proyecto será tratado en el Senado, donde el oficialismo buscará revertir esa decisión.

La medida cautelar representa un respaldo judicial significativo para las universidades nacionales y reaviva la discusión sobre el rol del Estado en el financiamiento de la educación superior. Más allá de su carácter provisorio, el fallo expone los límites legales del Ejecutivo para suspender leyes vigentes y vuelve a colocar en el centro del debate la crítica situación salarial del sistema universitario, en un contexto de ajuste fiscal y fuerte conflictividad social.

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El ajuste silencioso: bolsillos vacíos y un consumo cada vez más selectivo

Mientras el Gobierno celebra supuestas mejoras macroeconómicas, los datos privados y la experiencia diaria de los hogares revelan un escenario opuesto: salarios que no alcanzan, inflación que dejó de desacelerarse y un consumo masivo que vuelve a caer. La tendencia se profundiza en el cierre de 2025 y proyecta un 2026 sin recuperación visible.

Las consignas oficiales sobre estabilidad económica y recuperación comienzan a desdibujarse cuando se las contrasta con la vida cotidiana de millones de trabajadores. “No me alcanza para llegar a fin de mes” dejó de ser una frase excepcional para convertirse en una descripción extendida de la realidad social. La pérdida sostenida del poder adquisitivo, combinada con una inflación que volvió a mostrar signos de aceleración, está impactando de lleno en el consumo masivo, incluso en un período tradicionalmente asociado a mayores gastos como las fiestas de fin de año.

Lejos de una reactivación sólida, los indicadores privados muestran un mercado interno frágil y en retroceso. Un relevamiento de Worldpanel by Numerator registró una caída del consumo del 0,7% en el último trimestre, lo que interrumpió la recuperación parcial del 1,5% acumulada entre enero y septiembre. “Tras la mejora del primer semestre, el tercer trimestre evidenció una pausa clara, con menor frecuencia de compra y canastas más ajustadas”, señalaron. El cierre del año encuentra a los hogares con presupuestos cada vez más exigidos y expectativas crecientemente polarizadas.

En la misma línea, un informe de NielsenIQ describió la dinámica del consumo masivo durante 2025 como una “recuperación frágil”. Si bien el primer semestre mostró un crecimiento del 2%, desde mediados de año se observó una desaceleración sostenida, profundizada por la incertidumbre política y económica del tercer trimestre. El dato interanual positivo, aclaran desde la consultora, se explica sobre una base extremadamente baja: una caída histórica del 16% registrada en 2023, que aún no fue compensada.

La contracción se extiende de manera transversal a casi todas las categorías. En supermercados, los rubros más golpeados fueron Limpieza (-10%), Lácteos (-7%), Bebidas (-5%) y Alimentos (-2%). Según Scentia, en noviembre los supermercados exhibieron una baja interanual del 7,2%, acumulando un retroceso del 5,3% en el año. Los mayoristas no mostraron un mejor desempeño: cayeron 7,5% interanual, con un acumulado anual del -5,5%, mientras que farmacias registraron una contracción del 6,9%.

“Todas las canastas dieron resultados negativos en supermercados y mayoristas”, resumieron desde la consultora, y agregaron que incluso en autoservicios y comercios tradicionales se observa una retracción en bebidas sin alcohol. A su vez, datos de Comer indicaron que en octubre el consumo cayó 4% interanual, con una disminución del 5,1% en el consumo de carne vacuna y un aumento en la demanda de pollo, una alternativa más económica que evidencia el ajuste en los hábitos alimentarios.

El deterioro del poder de compra también se refleja en la percepción de los consumidores. Worldpanel by Numerator destacó que el porcentaje de compradores que declara llegar “justo” a fin de mes saltó del 29% en el primer trimestre al 43%, una variación que explica el cambio de comportamiento en góndolas. El consumo se vuelve más selectivo, crece la elección de segundas y terceras marcas y se reducen las categorías consideradas prescindibles. Las marcas económicas aumentaron su volumen de ventas en 2,3%, mientras que las marcas propias de supermercados crecieron 6,8%. En los hogares de menores ingresos, estas opciones pasaron de representar el 28,1% del mix de compras al 45,1%, una señal clara de empobrecimiento relativo.

Canastas navideñas: una postal del ajuste

La fotografía más elocuente del retroceso del consumo se observa en las canastas navideñas. Según Consumidores Libres, el aumento promedio fue del 36%, con picos de hasta 45%, una cifra que supera la inflación oficial en varios de sus componentes. Productos emblemáticos de las fiestas registraron subas muy por encima del promedio: avellanas con cáscara (+94%), asado (+83%), almendras (+50%) y pan dulce (+39%).

Como resultado, el costo total de la canasta navideña pasó de $133.165 a $180.967 en apenas un año, un valor claramente restrictivo si se lo compara con un salario básico que no alcanza los $335.000. La celebración, para amplios sectores, se reduce o directamente se posterga.

El contraste entre el relato oficial y la realidad económica se vuelve cada vez más evidente. La persistente pérdida del poder adquisitivo no solo erosiona el bienestar de los trabajadores, sino que también debilita el mercado interno y redefine los patrones de consumo. Con salarios que no acompañan la inflación real y un horizonte de recuperación incierto, el cierre de 2025 deja una señal de alerta: sin recomposición de ingresos, el ajuste continúa trasladándose silenciosamente a la mesa familiar, a la góndola y a la vida cotidiana. Y las proyecciones para 2026, lejos de disipar las dudas, refuerzan la preocupación.

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Reforma laboral: La CGT advierte por posibles violaciones constitucionales

La Confederación General del Trabajo (CGT) adelantó que impugnará judicialmente la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional si el proyecto es aprobado por el Congreso en los términos actuales. La advertencia fue formulada por el cotitular de la central obrera, Jorge Sola, quien sostuvo que la iniciativa presenta “violaciones a conceptos de carácter constitucional” y anticipó un escenario de alta conflictividad institucional.

“Van a tener muchos líos. Esta reforma tiene violaciones a conceptos de carácter constitucional y a la vuelta de la esquina se van a chocar contra otra pared de nuevo”, afirmó el dirigente del Sindicato del Seguro, en alusión al antecedente del DNU 70/2023, cuyo capítulo laboral fue declarado inconstitucional por la Justicia.

El posicionamiento de la CGT se produce en una escalada de conflictos entre el Gobierno y el movimiento sindical, marcado por la reforma laboral, el ajuste fiscal y la discusión del Presupuesto 2026. Si bien la central obrera no descarta dar la batalla en el plano parlamentario, ya trabaja en una estrategia judicial para frenar la iniciativa en caso de que avance sin modificaciones sustanciales.

Diálogo político y preparación judicial

Sola explicó que la prioridad inmediata de la CGT es incidir en el debate legislativo, especialmente en el Senado, donde el oficialismo necesita construir mayorías para aprobar la reforma. “La hoja de ruta ahora es empezar a preguntar a senadores que aceptaron tener una mirada con nosotros; son muchos y de distintos sectores”, señaló en declaraciones radiales.

Sin embargo, el dirigente confirmó que el equipo jurídico de la central obrera ya analiza el texto del proyecto con vistas a una eventual judicialización. Se trata del mismo cuerpo de abogados que, a fines de 2023, impulsó la acción de amparo contra el DNU 70 y logró que la Justicia invalidara su capítulo laboral por inconstitucional.

Desde la CGT sostienen que varios artículos del proyecto replican disposiciones que ya fueron cuestionadas por los tribunales, lo que anticipa un escenario de litigiosidad prolongada si la ley se sanciona sin cambios.

El artículo 88 y el derecho de huelga, en el centro del conflicto

Uno de los puntos más sensibles para el sindicalismo es el artículo 88 del proyecto, que regula el ejercicio del derecho de huelga en un amplio abanico de actividades. La norma establece niveles mínimos de prestación durante los conflictos gremiales: un 75% en los servicios considerados esenciales y un 50% en aquellos calificados como de importancia trascendental.

Según la CGT, esta reglamentación excede los límites fijados por los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y restringe de manera desproporcionada un derecho constitucional. Además, remarcan que criterios similares ya fueron declarados inconstitucionales cuando formaban parte del DNU 70.

Servicios esenciales y actividades trascendentales

El proyecto define como servicios esenciales, entre otros, a la salud, la provisión de agua potable, energía y combustibles, las telecomunicaciones —incluido internet—, la aeronáutica comercial, los servicios aduaneros y migratorios, la educación obligatoria, el transporte marítimo y fluvial y la recolección de residuos.

En tanto, se consideran actividades de importancia trascendental a sectores como el transporte terrestre y subterráneo, los servicios de radio y televisión, industrias de proceso continuo, la industria alimenticia, la minería, la actividad agropecuaria y frigorífica, los servicios financieros, hoteleros y gastronómicos, el comercio electrónico y la producción destinada a la exportación.

Para la CGT, la amplitud de estas definiciones vacía de contenido el derecho de huelga y convierte a la excepción en regla.

Objeciones que trascienden al sindicalismo

Las críticas al proyecto no se limitan al ámbito gremial. El exministro de Trabajo Jorge Triaca advirtió que la reforma podría derivar en una fuerte judicialización debido a su redacción ambigua. En declaraciones periodísticas, señaló que el texto es “difuso y menos claro que los antecedentes existentes”.

Triaca reconoció que la iniciativa incluye aspectos que podrían reducir la litigiosidad, pero alertó sobre puntos que generan incertidumbre, como la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos —lo que habilitaría la revisión de más de 1.700 acuerdos vigentes— y la discusión sobre la jerarquía entre convenios por empresa y convenios de alcance nacional o regional.

“Si el sistema no es equilibrado, deja desguarnecidos a los trabajadores o genera imprevisibilidad al empleador. Y así no se genera más trabajo ni formalización”, concluyó.

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