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El gobierno nacional publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 731/24, con el que busca regularizar el pago de propinas mediante la implementación de medios electrónicos en comercios y establecimientos de sectores como la gastronomía, hotelería, estaciones de servicio, y servicios de delivery, entre otros.

La medida apunta a facilitar el acceso a las propinas para trabajadores y trabajadoras afectados por la digitalización de los pagos, especialmente en un contexto donde el efectivo se usa cada vez menos.

El decreto establece que los comercios deben ofrecer la opción de que las propinas se paguen electrónicamente, garantizando siempre la libertad del consumidor respecto a la modalidad y la cuantía del pago. Esto busca mitigar el impacto que la falta de efectivo ha tenido en los ingresos de los trabajadores, particularmente en sectores donde las propinas pueden representar hasta el 70% del salario habitual, como es el caso de los camareros.

Sin embargo, no todo es favorable para los trabajadores. El DNU incluye un polémico artículo que modifica la Ley de Contratos de Trabajo. Esta ley, en su artículo 113, reconocía que las propinas, si son habituales, debían considerarse parte del salario y, por tanto, incluirse en el cálculo de aguinaldos e indemnizaciones por despido. Pero el nuevo decreto cambia esta disposición, estipulando que las propinas no serán consideradas parte de la remuneración, lo que significa un retroceso en los derechos laborales.

Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA Autónoma, fue uno de los primeros en advertir sobre esta modificación a través de su cuenta en la red social X. Según Campos, este cambio vulnera los derechos de los trabajadores y sienta un precedente peligroso, ya que permite al gobierno modificar la legislación laboral por decreto, eludiendo el debate y la aprobación parlamentaria.

León Piasek, abogado laboralista, advierte que este DNU abre la puerta a futuras reformas laborales vía decreto, algo que podría ser utilizado para avanzar en cambios que no se logren aprobar en el Congreso, como ocurrió en el pasado con el gobierno de Mauricio Macri.

Además, la formalización digital de las propinas podría tener implicancias fiscales, ya que permitiría al Estado gravar estos ingresos con el Impuesto a las Ganancias, sumando presión sobre los ingresos de los trabajadores sin otorgarles los beneficios correspondientes en materia de indemnizaciones.

En resumen, aunque el DNU 731/24 presenta avances en la formalización de propinas, la modificación al artículo 113 de la Ley de Contratos de Trabajo representa una amenaza para los derechos laborales, levantando críticas y preocupaciones entre trabajadores y expertos en derecho laboral.

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Turismo en modo ajuste: estadías cortas y gasto moderado durante el feriado largo

Aunque más de un millón de personas se movilizaron en todo el país, el consumo limitado y las estadías breves definieron un fin de semana largo de bajo impacto relativo. La Confederación Argentina de la Mediana Empresa advirtió sobre un cambio en los hábitos turísticos, atravesado por la pérdida de poder adquisitivo.

El último fin de semana largo dejó un balance ambivalente para el sector turístico. De acuerdo con el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, se movilizaron 1.012.000 personas en todo el país, generando un impacto económico estimado en $231.084 millones. Sin embargo, la entidad calificó el período como de “baja intensidad”, al considerar que el nivel de gasto y la duración de las estadías no estuvieron a la altura de un feriado extendido.

El informe detalla que el gasto se concentró principalmente en alimentos, bebidas, alojamiento, transporte, recreación y compras generales. Aun así, el desembolso promedio diario por turista se ubicó en $103.793, lo que representa una caída del 7% en comparación con el feriado de Carnaval de este año y una baja del 1,6% frente al mismo período del año anterior, medido a precios constantes.

En términos de movimiento, la comparación interanual muestra un crecimiento significativo del 48,8% en la cantidad de viajeros respecto a 2025. No obstante, desde la entidad explicaron que este incremento responde en gran medida a la extensión del calendario y a una mayor predisposición a viajar, aunque bajo modalidades más acotadas y de menor duración.

Uno de los datos más relevantes del informe es la reducción en el tiempo de permanencia. La estadía promedio fue de apenas 2,2 noches, una cifra baja para un fin de semana de cuatro días. Este comportamiento se explica, en parte, por el encarecimiento de los combustibles —un factor clave en la decisión de viajar— y por la particularidad del calendario: el lunes fue considerado jornada no laborable y no feriado, lo que limitó la extensión real del descanso para muchos trabajadores.

En este aspecto consolidó un cambio en el perfil del turista argentino. Según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, predominó un viajero más austero, que priorizó actividades culturales gratuitas o de bajo costo por sobre propuestas comerciales. La tendencia refleja una adaptación del consumo turístico a las restricciones económicas actuales.

En simultaneo, se observó una mayor presencia de turistas internacionales en centros urbanos y destinos consolidados, lo que aportó cierto dinamismo en un marco donde el turismo interno continúa mostrando señales de fragilidad.

El fin de semana largo dejó en evidencia una paradoja: más movimiento, pero menor intensidad económica. La combinación de inflación, pérdida de poder adquisitivo y costos elevados —especialmente en transporte— redefine los hábitos de viaje y obliga al sector turístico a adaptarse a un nuevo escenario, donde el volumen ya no garantiza rentabilidad.

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Salarios, despidos y ajuste: fuerte advertencia de Víctor Menéndez

El referente sindical Víctor Menéndez analizó el impacto de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, cuestionó los cambios en el régimen de indemnizaciones y advirtió sobre el deterioro del poder adquisitivo. También anticipó negociaciones clave con el sector empresario y destacó el crecimiento del rol femenino en la actividad.

En un escenario atravesado por una creceinte fragilidad económica, redefiniciones normativas y conflictividad laboral, el dirigente del Sindicato de Estaciones de Servicio de Cuyo, Víctor Menéndez, realizó una evaluación crítica sobre el presente del sector y, en particular, sobre los alcances de la reforma laboral promovida a nivel nacional.

Tras una reunión de comisión directiva realizada en Mendoza —convocada por el secretario general José Escoda—, el gremio avanzó en un análisis pormenorizado de los cambios normativos, con especial foco en su impacto sobre los trabajadores. “Es una reforma compleja y claramente perjudicial para el trabajador”, sintetizó el dirigente, al tiempo que subrayó que el equipo técnico del sindicato evaluó artículo por artículo las modificaciones introducidas respecto de versiones anteriores.

Uno de los ejes más sensibles del debate gira en torno al sistema de indemnizaciones. Menéndez cuestionó la posibilidad de establecer mecanismos de pago en cuotas e incluso en especie, así como la creación de fondos empresariales destinados a cubrir despidos. “Se configura un esquema que favorece al empleador y desprotege al trabajador. Es un negocio redondo”, advirtió, en línea con la postura crítica que también sostiene el movimiento sindical a nivel nacional.

En esta línea, el gremio mantiene expectativas en el frente judicial. Fallos recientes en distintas jurisdicciones comenzaron a poner límites a algunos artículos de la reforma, particularmente aquellos vinculados a la liquidación de indemnizaciones. “Confiamos en que la justicia laboral corrija estos aspectos y restituya derechos”, señaló.

Mientras tanto, el sindicato ya proyecta una agenda intensa de negociación. A fines de abril está previsto un encuentro con las cámaras empresarias para actualizar el convenio colectivo de trabajo, incorporando modificaciones que permitan sostener su vigencia en el nuevo contexto normativo. La discusión incluirá puntos sensibles como aportes sindicales, modalidades de contratación y condiciones laborales.

En este sentido, el frente salarial sigue siendo una prioridad. El sector acordó un incremento del 4% para marzo, cerrando así la paritaria 2025, con un esquema transitorio del 3% hasta reabrir negociaciones en abril. Sin embargo, Menéndez reconoció que el objetivo de recomponer ingresos se enfrenta a un escenario adverso. “La inflación real golpea más fuerte de lo que indican los números oficiales. Siempre intentamos ganarle, pero es muy difícil en este contexto”, planteó.

La preocupación del dirigente trasciende lo estrictamente sectorial y se inscribe en un diagnóstico más amplio sobre la economía. Señaló una caída de la actividad, cierre de empresas y retracción del consumo como factores que erosionan tanto el empleo como la recaudación estatal. “Hay menos producción, menos trabajo y menos consumo. Es un círculo que se retroalimenta negativamente”, explicó.

En ese aspecto, también cuestionó el achicamiento del Estado y la eventual eliminación de delegaciones del área laboral en las provincias, lo que podría derivar en la pérdida de miles de puestos de trabajo. “Se debilita la capacidad de control y se profundiza la precarización”, alertó.

El impacto ya se hace visible en el sector: el dirigente gremial confirmó despidos recientes y advirtió que la tendencia podría profundizarse. “Estamos muy atentos porque esto puede replicarse en otras empresas”, sostuvo.

El rol de la mujer y la agenda de inclusión

En contraste con el escenario económico adverso, Menéndez destacó avances en materia de inclusión dentro del sector. Actualmente, alrededor del 30% del padrón sindical está compuesto por mujeres, una presencia que el representne sindical calificó como “clave” para transformar dinámicas laborales históricamente masculinizadas.

El gremio impulsa políticas de igualdad de trato, prevención del acoso y acompañamiento ante situaciones de violencia laboral. “La mujer está ganando el lugar que le corresponde y los sindicatos tenemos la responsabilidad de garantizar condiciones de respeto y equidad”, afirmó.

En ese sentido, también valoró la creciente participación de identidades de género diversas dentro de la estructura sindical, con representación en espacios de conducción. “Es parte de una transformación que debe ser acompañada institucionalmente”, señaló.

El testimonio de Víctor Menéndez expone con claridad el delicado equilibrio que atraviesa hoy el mundo del trabajo: entre la necesidad de adaptación a nuevas reglas de juego y la defensa de derechos históricamente conquistados. La reforma laboral, lejos de presentarse como un proceso técnico o neutro, se configura —desde la mirada sindical— como un punto crucial que redefine las relaciones entre capital y trabajo.

En unmomento signado por la incertidumbre, la caída del poder adquisitivo y el debilitamiento del entramado productivo, el desafío para los gremios será sostener capacidad de negociación sin resignar protección. La resolución de esa presión no solo marcará el rumbo del sector de estaciones de servicio, sino que anticipa, en escala, el futuro inmediato del mercado laboral argentino.

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Segundo revés judicial para la reforma laboral: otro tribunal rechazó el artículo 55

La reforma laboral aprobada recientemente por el Congreso sumó un nuevo cuestionamiento en los tribunales. El Tribunal del Trabajo N.º 3 de La Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, una de las disposiciones centrales que regula la actualización de los créditos laborales en juicios por indemnización. El fallo se suma a una decisión similar dictada en Córdoba y refuerza el frente judicial contra la norma.

Los jueces consideraron que el mecanismo establecido por la norma puede generar una actualización insuficiente frente al contexto inflacionario, lo que vulneraría garantías constitucionales vinculadas a la protección del trabajo y al derecho de propiedad.

En su resolución, el tribunal sostuvo que la disposición resulta incompatible con principios consagrados en los artículos 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional Argentina, al afectar el derecho de los trabajadores a una reparación adecuada frente a un incumplimiento laboral.

El caso que originó la sentencia

La decisión judicial se produjo en el marco de una demanda iniciada por un trabajador gastronómico contra los responsables de un establecimiento de comidas, a quienes finalmente se condenó a pagar más de 12,8 millones de pesos en concepto de indemnizaciones laborales.

Según consta en el expediente, el trabajador decidió considerarse despedido ante la falta de registración del vínculo laboral, la ausencia de tareas asignadas y la falta de pago de salarios.

Los empleadores no respondieron a la demanda, lo que derivó en su declaración de rebeldía procesal. Frente a esta situación, el tribunal tuvo por acreditados los hechos denunciados y reconoció el derecho del trabajador a percibir indemnizaciones por despido, salarios adeudados, aguinaldos y otras compensaciones.

Cuestionamientos al sistema de actualización

El aspecto más relevante del fallo fue el análisis del artículo 55 de la reforma laboral, que establece un sistema especial para actualizar las deudas derivadas de juicios laborales.

Según los magistrados, aplicar tasas que no compensen adecuadamente la pérdida del valor del dinero frente a la inflación puede terminar reduciendo de manera irrazonable el monto real de las indemnizaciones.

En ese sentido, el tribunal señaló que la mora del empleador no puede convertirse en un beneficio para el deudor mediante mecanismos de actualización insuficientes. También advirtió que diferenciar los créditos laborales según el momento en que se inició el juicio resulta una distinción irrazonable.

“Es sabido que el principio constitucional de igualdad no implica una igualdad meramente aritmética o formal”, señalaron los jueces en el fallo, al explicar que el legislador no logró justificar adecuadamente la diferenciación introducida por la reforma.

Aplicación de la normativa anterior

Como consecuencia de la declaración de inconstitucionalidad, el tribunal decidió dejar sin efecto la aplicación del artículo cuestionado y aplicar el mecanismo general previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo para actualizar el crédito laboral.

Además, los magistrados remarcaron que en casos de trabajo no registrado el empleador debe asumir plenamente las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de sus obligaciones.

Finalmente, el tribunal condenó solidariamente a los demandados a pagar una suma de $12.819.011 al trabajador dentro de un plazo de diez días.

Un nuevo frente judicial para la reforma

Aunque se trata de un fallo de primera instancia, el pronunciamiento representa un nuevo golpe para el artículo 55 de la reforma laboral. La decisión se suma a una resolución reciente dictada por la Cámara del Trabajo de Córdoba, donde el juez Ricardo Giletta también declaró inconstitucional esa disposición.

La acumulación de fallos adversos comienza a delinear un escenario de creciente litigiosidad en torno a la aplicación de la reforma laboral impulsada por el gobierno del presidente Javier Milei.

El nuevo pronunciamiento judicial refuerza las dudas sobre la constitucionalidad del sistema de actualización de créditos laborales incorporado por la reforma. Si otros tribunales adoptan criterios similares, el artículo 55 podría enfrentar una creciente cadena de impugnaciones que obligaría a revisar uno de los puntos centrales de la normativa.

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