Aumentos sin fin: los precios de los medicamentos aumentaron 5% en julio
En julio, los precios de los medicamentos interrumpieron la desaceleración -medida respecto del nivel promedio de la economía- de suba para arrojar un alza de 5%, lo que implica una aceleración del 2,2 puntos porcentuales contra el mes previo; es decir, casi duplicando la suba de junio previo.
Dentro del aumento de 5% en julio que sufrió la canasta de medicamentos, se destacan la suba del 9,2% en promedio de los diez medicamentos que más aumentaron. «Por encima del promedio encontramos subas mensuales de 13 y 10,9%», señala el informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA).
El incremento se inscribe dentro de un contexto generalizado de desregulación y devaluación del peso de diciembre, lo que repercute de manera directa en la caída del poder adquisitivo de los ingresos.
«Teniendo en cuenta que las personas mayores consumen en promedio cinco medicamentos mensuales, es notoria la proporción cada vez mayor que el gasto en medicación representa para sus ingresos», señala el informe.
Si se toma en cuenta los aumentos del 25,7% en noviembre, 40,9% en diciembre, 13,6% en enero, 15% en febrero, 8,4% en marzo, 2,5% en abril, 3,8% en mayo, 2,8 % en junio, con el dato de julio, desde que Javier Milei ganó el ballotage en noviembre de 2023, los medicamentos que las personas mayores utilizan habitualmente remarcaron sus precios en 188,2%, superando ampliamente a la ya elevada inflación de ese mismo período.
Muy por encima del 263% de inflación interanual a julio de 2024, el promedio de los diez medicamentos que más aumentaron en el último año alcanza una suba interanual del 386%. Por encima del promedio se encuentran subas interanuales de hasta 482% para DAFLON 500 y de 456% para IBUPIRAC 600 MG. «Estos medicamentos son bienes de primera necesidad para gran parte de la población, especialmente para las personas mayores», ejemplifica el informe del CEPA.
La fuerte concentración que existe en el mercado de medicamentos a nivel mundial también se evidencia en Argentina.
No obstante, pese a la existencia de un alto número de empresas en el mercado, según CILFA, las ventas están concentradas en las principales firmas: las primeras diez facturan casi el 51% del total y las primeras 20, el 71% del total.
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Reforma laboral: El juez Ojeda revirtió su propia cautelar y restituye un artículo clave
El juez Raúl Ojeda reconsideró su propia cautelar y habilitó la aplicación del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral 27.802, estableciendo un nuevo mecanismo para calcular intereses en indemnizaciones. La medida busca dar previsibilidad al sistema, en medio de un escenario judicial aún abierto.
En un movimiento que reconfigura el escenario judicial de la reforma laboral, el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Ojeda, resolvió restituir la vigencia del artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral, tras haber suspendido previamente un conjunto significativo de disposiciones de la norma.
La decisión introduce un cambio sustancial en el cálculo de los intereses sobre créditos laborales judicializados. A partir de ahora, las indemnizaciones deberán actualizarse bajo un esquema que combina la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina con un límite fijado en el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un 3% anual. El objetivo, según el fallo, es evitar distorsiones derivadas de sistemas de capitalización que, en algunos casos, derivaban en montos finales considerados excesivos.
El magistrado adoptó esta decisión mediante una figura procesal conocida como “revocación por contrario imperio”, lo que implica una reconsideración de su propia resolución cautelar anterior. En su fundamentación, Ojeda explicó que un análisis más profundo —apoyado en estudios de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo— lo llevó a concluir que la suspensión total del artículo podía generar efectos adversos, incluso para los trabajadores, en determinadas jurisdicciones.
El fallo introduce así un matiz en un debate altamente polarizado. Mientras sectores empresariales ven en la medida un avance hacia mayor previsibilidad y reducción de contingencias judiciales, desde el ámbito laboral persisten cuestionamientos sobre el impacto que este nuevo esquema podría tener en el valor real de las indemnizaciones.
Otro aspecto relevante es la implementación de herramientas para garantizar uniformidad en la aplicación del criterio. En ese sentido, el Banco Central prevé habilitar una calculadora oficial que permita determinar los montos de manera transparente, buscando reducir la dispersión de criterios entre tribunales.
La resolución también mantiene vigente la posibilidad de pago en cuotas para las indemnizaciones, diferenciando entre PyMEs —que podrán hacerlo en hasta 12 tramos— y grandes empresas, con un máximo de seis. Este punto refuerza la intención de dotar al sistema de mayor previsibilidad financiera, aunque también abre interrogantes sobre su impacto en los tiempos de cobro para los trabajadores.
El giro judicial se produce en un entorno más amplio de revisión de la reforma. Días atrás, el propio Ojeda había suspendido 82 artículos de la norma tras una presentación de la Confederación General del Trabajo. Con esta nueva resolución, uno de los ejes centrales del proyecto oficial recupera vigencia, mientras el resto del articulado continúa bajo análisis en la Justicia.
La restitución del artículo 55 introduce un elemento de equilibrio en una discusión marcada por posiciones contrapuestas. Al mismo tiempo que atiende reclamos de previsibilidad del sector empresario, mantiene abierto el debate sobre la protección efectiva de los derechos laborales.
El futuro de la reforma dependerá, en gran medida, de las definiciones judiciales que aún están pendientes. En ese terreno, cada fallo no solo interpreta la ley, sino que también moldea el alcance real de los cambios impulsados, en un escenario donde la seguridad jurídica y la equidad social siguen en estado de alerta.
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Golpe al bolsillo: los ingresos rinden cada vez menos frente al aumento de los combustibles
Un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal revela una fuerte caída del poder adquisitivo de los salarios frente al precio de los combustibles. Solo entre febrero y marzo, la capacidad de compra se redujo un 17%, en un entorno económico marcado por el encarecimiento del petróleo y la estabilidad de los ingresos.
El valor de la nafta se consolidó como uno de los indicadores más sensibles del deterioro del poder adquisitivo. En marzo, el litro registró un aumento real del 21%, impulsado por la suba internacional del petróleo en línea con el conflicto en Medio Oriente, lo que generó un impacto inmediato en el mercado local. La dinámica responde a múltiples factores: el precio internacional del crudo, el tipo de cambio, los costos de refinación y la estructura impositiva.
Sin embargo, el dato más relevante no es el precio en sí, sino su relación con los ingresos. Medido en litros de nafta, el salario registrado sufrió una caída del 17% en apenas un mes, evidenciando la rapidez con la que el aumento del combustible erosiona la capacidad de compra en un presente de ingresos prácticamente estancados.
La tendencia se profundiza al ampliar la perspectiva temporal. En la comparación interanual, el deterioro alcanza el 27%, mientras que frente a noviembre de 2023 el retroceso asciende al 48%. Incluso si se toma como referencia 2018, el salario medido en combustible muestra una caída cercana al 18%, consolidando un proceso sostenido de pérdida de capacidad adquisitiva.
Este tipo de medición, que vincula ingresos con bienes de consumo masivo, permite dimensionar con mayor claridad el impacto de la inflación en la vida cotidiana. La nafta, además de ser un insumo clave para la movilidad, incide de manera transversal en la estructura de costos de la economía, trasladándose a precios de bienes y servicios.
El fenómeno también expone un mecanismo intrincado: mientras el consumo de combustible puede verse condicionado por el precio, su carácter estratégico limita la posibilidad de sustitución. En ese marco, el encarecimiento del producto no solo afecta el gasto directo de los hogares, sino que amplifica el impacto inflacionario en cadena.
La caída del salario medido en litros de nafta sintetiza, de manera concreta, el deterioro del poder de compra en la Argentina. Más allá de los indicadores macroeconómicos, el dato revela una realidad tangible: los ingresos alcanzan cada vez para menos.
En un encuadre atravesado por factores externos y presiones internas, la evolución del precio del combustible seguirá siendo un termómetro clave. El desafío, hacia adelante, será recomponer el equilibrio entre ingresos y costos en una economía donde la capacidad de consumo continúa bajo amenaza.
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El Gobierno salteño y ASIJEMIN avanzan en una agenda común para el sector minero
El ministro de Producción y Minería de Salta, Ignacio Lupión, junto al secretario general de ASIJEMIN, Marcelo Mena Muñoz, y el referente gremial Roberto Velázquez, mantuvieron una reunión de trabajo para analizar la actividad minera en la provincia y el rol de los trabajadores profesionales en la industria.
Durante el encuentro, el Ministerio de Producción y Minería presentó los lineamientos estratégicos del Gobierno para el desarrollo de la minería, destacando su rol en la planificación de proyectos, fomento de inversiones, generación de empleo, apoyo a las empresas locales, impulso de energías y cuidado del medio ambiente.
Por su parte, ASIJEMIN subrayó la importancia del aporte técnico de los trabajadores profesionales, la capacitación continua, la seguridad laboral, la defensa de derechos laborales, paritarias y la promoción de buenas prácticas ambientales dentro de los proyectos mineros.
El encuentro permitió intercambiar perspectivas y avanzar en una línea de trabajo conjunta entre el Gobierno provincial y ASIJEMIN, con el objetivo de consolidar un sector minero seguro, profesional y sustentable, que impulse el desarrollo económico y laboral de la provincia. La reunión reafirma el compromiso del Gobierno de Salta y de ASIJEMIN en fortalecer la minería con visión profesional y garantizar que los trabajadores mineros cuenten con las herramientas, formación y derechos necesarios para su desempeño.
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