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Luego de una negociación que incluyó el respaldo de UPCN y una polémica con ATE en disconformidad, el Gobierno homologó el acuerdo. Los estatales cobrarán la primera cifra de un 3,5% con los salarios de julio más un bono de 60 mil pesos.

Tras una negociación cargada de polémica, el Gobierno homologó el acuerdo de los estatales fijando una actualización salarial del 6,5% a pagar en dos tramos, un bono de $60.000 y un plus por asistencia. Así se confirmó a través del Decreto 682/2024 publicado en Boletín Oficial. El acuerdo fue firmado por el gremio mayoritario UPCN, pero tuvo la disidencia de ATE.

Los estatales cobrarán de la siguiente manera: 3,5% a partir del 1 de julio sobre salarios del 30 de junio.

3% a partir del 1 de agosto sobre salarios del 30 de julio. Además, se agregó un «premio estímulo» por asistencia.

En su cláusula cuarta, se le agregó una suma fija no remunerativa de $60.000 a liquidarse con los haberes de julio.

Desde la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) admitieron que no es el monto ideal, pero lo justifican por la situación critica que se vive. En cambio, la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) lo rechazó rotundamente. «Esta propuesta es inaceptable. Un recorte de esta magnitud en los ingresos del sector público no encuentra precedentes en las últimas décadas. Es un ajustazo», dijo Rodolfo Aguiar, secretario General de ATE Nacional.

El porcentaje firmado está muy cerca del pedido por UPCN. A la mesa negociadora, propusieron que para julio y agosto haya un 3,5% cada mes, acorde a la proyección del IPC. En agosto se volverán a reunir para acordar los salarios a partir de septiembre.

Desde ATE nacional, cuestionan el acuerdo por estar debajo de la inflación proyectada. «Los ofrecimientos ni siquiera se condicen con los niveles oficiales de inflación. Está claro que enfrentamos un plan deliberado para destruir los salarios y las condiciones de vida de todos los empleados públicos», afirmó su secretario general, Rodolfo Aguiar.

En lo que va de la gestión de Milei, la pérdida del poder adquisitivo en el sector público ya supera el 26%.

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La UOM denunció violación a la autonomía sindical y apeló contra el fallo judicial

La organización metalúrgica presentó un recurso extraordinario para dejar sin efecto la intervención por 180 días dictada por la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. El gremio denunció afectación de la autonomía sindical, irregularidades procesales y un desconocimiento de los mecanismos internos previstos en su estatuto.

La disputa institucional que atraviesa a la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) ingresó en una nueva fase de alta tensión judicial. La conducción del sindicato presentó un recurso de reposición “in extremis” ante la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con el objetivo de revertir la intervención judicial por 180 días dispuesta la semana pasada y cuestionó con dureza la actuación de los magistrados que impulsaron la medida.

La presentación fue encabezada por Daniel Daporta, delegado administrador designado por el Consejo Directivo del gremio, órgano que sesionó el pasado 26 de mayo para adoptar una serie de resoluciones orientadas a encauzar la situación institucional de la organización en el marco de las facultades contempladas por el estatuto sindical.

En el escrito, la UOM solicitó que se declaren nulos los puntos centrales de la sentencia firmada por los jueces Víctor Pesino y María Dora González, particularmente aquellos vinculados con la intervención del sindicato y la designación de un interventor judicial.

La Institución sostuvo que el fallo incurre en una interpretación arbitraria al desconocer los mecanismos internos previstos en el estatuto gremial para resolver eventuales situaciones de acefalía o reordenamiento institucional. Según argumentó el sindicato, la Ley de Asociaciones Sindicales únicamente habilita la designación de funcionarios normalizadores cuando la entidad carece de herramientas estatutarias propias para resolver ese tipo de contingencias.

Desde la conducción metalúrgica remarcaron que los artículos 21 y 22 del estatuto facultan expresamente al Consejo Directivo Nacional para designar delegados administradores tanto en seccionales como en el propio Secretariado Nacional cuando las circunstancias así lo requieran.

Para la UOM, la sentencia omitió deliberadamente considerar esas disposiciones internas y avanzó sobre facultades propias de la organización sindical, configurando —según señalaron— un “error manifiesto” que justifica el planteo excepcional presentado ante la Cámara.

El gremio también enfatizó que el mecanismo estatutario ya se encuentra en funcionamiento. El Consejo Directivo Nacional, integrado por representantes de las seccionales de todo el país, aprobó la Resolución N.º 5/2026 mediante la cual designó delegados administradores para conducir el proceso de normalización institucional.

En ese contexto, la conducción metalúrgica sostiene que la intervención judicial carece de sustento jurídico debido a que el órgano competente del sindicato nunca fue desplazado ni intervenido formalmente, y continúa ejerciendo plenamente sus atribuciones estatutarias.

La ofensiva judicial de la UOM no se limitó únicamente al pedido de nulidad. El sindicato además presentó un planteo de inconstitucionalidad sobre lo actuado por la Cámara laboral y reclamó la intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar el procedimiento llevado adelante por los magistrados cuestionados.

Dentro de los argumentos expuestos, la organización sindical afirmó que la resolución contradice jurisprudencia consolidada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en materia de autonomía sindical.

Como antecedente central, el escrito cita el fallo “García” de 2023, donde el máximo tribunal sostuvo un criterio restrictivo respecto de las facultades estatales y judiciales para intervenir organizaciones gremiales, reafirmando la protección establecida por el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La UOM también cuestionó la legitimidad procesal de la sentencia y denunció presuntas irregularidades vinculadas al trámite de recusaciones presentadas contra integrantes de la Sala VIII.

Según expuso el sindicato, al momento de dictarse el fallo todavía no se encontraba firme el rechazo de las recusaciones planteadas contra dos magistrados del tribunal, situación que —a criterio de la organización— afectó garantías elementales del debido proceso y del principio del juez natural.

En este sentido, la conducción dejó planteada la reserva del caso federal y anticipó que agotará todas las instancias recursivas disponibles para intentar revertir la intervención.

El conflicto adquiere una dimensión política y sindical de alto impacto dentro del movimiento obrero. La UOM no solo representa uno de los gremios industriales más influyentes del país, sino que además se convirtió en uno de los principales focos de resistencia contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.

Por eso, la decisión de la Cámara laboral y la posterior reacción del sindicato exceden el plano estrictamente jurídico. Detrás de la disputa subyace una discusión de fondo sobre los límites de la intervención judicial en la vida interna de las organizaciones sindicales, la autonomía gremial y el alcance de las reformas institucionales promovidas en el nuevo escenario político argentino.

Mientras la batalla judicial continúa escalando, la conducción metalúrgica apuesta a transformar el expediente en un caso testigo sobre la defensa de la autonomía sindical frente al avance de decisiones judiciales que considera incompatibles con la legislación vigente y con los principios históricos del derecho colectivo del trabajo.

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Fuerte respaldo provincial a la eliminación del aporte obligatorio que sostenía a COVIAR

La disputa por el financiamiento de la COVIAR escaló en las últimas horas y dejó expuesta una fractura profunda dentro del universo vitivinícola argentino. La decisión de la entidad de acudir a la Justicia para intentar restablecer el aporte obligatorio que sostenía su estructura institucional encontró en San Juan un rechazo prácticamente unificado entre el Gobierno provincial, las cámaras empresarias y las organizaciones de productores.

La controversia se desató luego de que la entidad presentara un recurso de amparo ante el Juzgado Federal N°2 de Mendoza contra la Resolución 55/2026 de la Secretaría de Agricultura de la Nación, normativa que eliminó el cobro compulsivo que debían afrontar bodegas y actores del sector para financiar el funcionamiento de la entidad creada por ley.

Sin embargo, lejos de consolidar apoyos, la avanzada judicial profundizó el malestar de numerosos referentes de la actividad, especialmente en San Juan, donde desde hace años distintos sectores cuestionan el esquema de contribuciones obligatorias y reclaman una revisión integral del modelo institucional que rige a la vitivinicultura nacional.

El primer posicionamiento político llegó desde el Ministerio de Producción, Trabajo e Innovación de la provincia, que respaldó públicamente la decisión del Gobierno nacional y tomó distancia de la estrategia impulsada por la corporación.

Desde la cartera productiva ratificaron que la promoción y el sostenimiento de la actividad vitivinícola deben construirse sobre mecanismos de adhesión voluntaria y no mediante aportes compulsivos destinados a sostener entidades privadas. Además, sostuvieron que la postura oficial coincide con el pensamiento mayoritario de los actores productivos sanjuaninos.

Aunque el Ejecutivo provincial reconoció que el organismo tuvo participación en distintos procesos de promoción sectorial, también advirtió que el esquema vigente terminó alimentando divisiones internas y dificultando la construcción de consensos estratégicos en una actividad golpeada por la caída del consumo, la pérdida de rentabilidad y el incremento sostenido de costos.

El rechazo también se replicó con fuerza entre las entidades empresarias. Desde CACEX cuestionaron la continuidad del sistema compulsivo y señalaron que cualquier estructura institucional vinculada al desarrollo vitivinícola debe sostenerse exclusivamente a partir de aportes voluntarios.

En la misma línea se expresó la Cámara Bodeguera de San Juan, donde insistieron en la histórica oposición del sector al financiamiento obligatorio y defendieron un esquema basado en consensos genuinos y participación libre.

La denominada Mesa Vitícola calificó la eliminación del aporte como un “alivio fiscal inmediato” para productores y bodegas, en un presente económico particularmente delicado para las economías regionales. Además, advirtió que reinstalar el mecanismo implicaría volver a cargar sobre la actividad costos que muchos consideran injustificados.

Buena parte de las críticas apuntaron además contra la continuidad del Plan Estratégico Vitivinícola (PEVI), diseñado originalmente con horizonte en 2020 y cuya vigencia extendida se convirtió en uno de los principales focos de cuestionamiento dentro del sector.

Las objeciones más duras llegaron desde la Federación de Viñateros y la Asociación de Viñateros Independientes, donde dirigentes históricos acusaron a la entidad de no haber cumplido las metas comprometidas y de sostener un esquema que terminó perjudicando al productor primario.

Entre los principales cuestionamientos aparecen la caída del consumo interno de vino, el deterioro de las exportaciones y la falta de resultados concretos pese a los años de financiamiento obligatorio. También surgieron reclamos vinculados a la transparencia y al destino de los fondos administrados durante las últimas dos décadas.

El conflicto sumó además un nuevo capítulo judicial luego de que el juzgado federal mendocino rechazara habilitar la vía rápida solicitada por la corporación y otorgara al Estado nacional un plazo de tres días para responder formalmente y defender la legalidad de la resolución cuestionada.

La discusión vuelve a colocar bajo análisis el papel institucional de la COVIAR, creada a partir de la Ley 25.849, en medio de una creciente demanda del sector por menores cargas, reducción de costos estructurales y políticas orientadas a recuperar competitividad en los mercados interno y externo.

Detrás del debate jurídico subyace una discusión mucho más profunda: quién debe financiar la representación sectorial y bajo qué mecanismos puede sostenerse una actividad que atraviesa uno de los períodos más complejos de las últimas décadas. En San Juan, al menos por ahora, la respuesta parece haber alcanzado un consenso poco frecuente entre el Estado provincial, las bodegas y los viñateros.

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Junio llega con nuevos aumentos en luz y gas y más presión sobre los hogares

El Gobierno nacional oficializó incrementos en las tarifas eléctricas y de gas que comenzarán a regir desde el 1° de junio. Las actualizaciones alcanzan a usuarios residenciales, comercios y entidades de bien público, mientras continúan los subsidios focalizados con recortes graduales en las bonificaciones. El impacto será más visible en los sectores de menor consumo debido al fuerte incremento de los cargos fijos.

Las actualizaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial mediante distintas resoluciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (Enrge), el organismo surgido tras la unificación de los entes reguladores energéticos. Las medidas impactarán sobre los cuadros tarifarios de las distribuidoras Edenor, Edesur y Metrogas, además de otras compañías del sector.

En electricidad, las resoluciones 25 y 26 fijaron nuevos valores para los usuarios residenciales. En el caso de Edesur, la tarifa variable para los hogares sin subsidios de la categoría R1 quedó establecida en $145,404 por kWh, mientras que Edenor aplicará un valor de $146,551 por kWh.

Para los usuarios alcanzados por el esquema de asistencia estatal, el precio dentro del bloque subsidiado continuará siendo menor. Edesur cobrará $70,513 por kWh y Edenor $71,518 por kWh para los consumos bonificados.

La administración nacional ratificó además la continuidad del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que mantiene cobertura parcial para consumos mensuales de hasta 300 kWh en determinados períodos del año. Sin embargo, el beneficio continuará reduciéndose de manera progresiva durante 2026, en línea con la política de recorte gradual de subsidios impulsada por el Ejecutivo.

A esto se suma una bonificación extraordinaria adicional del 11,97% para los usuarios subsidiados, aunque el porcentaje resulta inferior al aplicado en meses anteriores, consolidando el proceso de disminución paulatina de la asistencia estatal.

Desde la Secretaría de Energía aclararon que cualquier consumo que exceda los límites establecidos será facturado a tarifa plena, sin compensaciones. Las facturas seguirán exhibiendo el aporte estatal bajo la leyenda “Subsidio Estado Nacional”, mecanismo con el que el Gobierno busca transparentar el costo real de la energía.

Uno de los puntos que más preocupación genera entre especialistas y asociaciones de consumidores es el comportamiento de los cargos fijos. Mientras la variación en los componentes variables resulta relativamente moderada, los costos fijos registran incrementos considerablemente más elevados, afectando especialmente a los usuarios de menor consumo.

En Edesur, por ejemplo, el cargo fijo para un usuario residencial R1 ascenderá a $1.629,50 mensuales, con una suba cercana al 4,65%. En Edenor, el mismo concepto trepará a $1.661,69, con un incremento del 4,73%.

La situación también se trasladará al servicio de gas natural. A través de la Resolución 39/2026, el Gobierno aprobó nuevos cuadros tarifarios para Metrogas que alcanzarán tanto a usuarios residenciales como a comercios, clubes de barrio, entidades de bien público y grandes consumidores.

Para los usuarios R1 de la Ciudad de Buenos Aires, el cargo fijo mensual pasará a $4.151,79, mientras que el valor variable quedará en $287,45 por metro cúbico consumido. En el conurbano bonaerense, el cargo fijo ascenderá a $4.794,67.

En este segmento también continuará vigente el esquema de subsidios focalizados. El Ejecutivo decidió prorrogar una bonificación adicional del 25% sobre el consumo alcanzado por asistencia estatal para los hogares de menores ingresos, definidos como aquellos cuyos ingresos mensuales no superen el equivalente a tres Canastas Básicas Totales.

Desde el Gobierno sostienen que el promedio de aumento será del 2,81% para el gas y del 1,50% para la electricidad en el AMBA. Sin embargo, las variaciones finales dependerán del nivel de consumo, la región y la distribuidora correspondiente.

El nuevo ajuste llega en un momento particularmente delicado para el poder adquisitivo. Con salarios que continúan corriendo por detrás de numerosos costos esenciales y una desaceleración inflacionaria que aún no logra traducirse plenamente en alivio cotidiano, las tarifas vuelven a ocupar un lugar central en la estructura de gastos de los hogares argentinos.

La política energética oficial apunta a reducir progresivamente el peso de los subsidios sobre las cuentas públicas. No obstante, la aceleración de los costos fijos y la persistencia de aumentos mensuales generan gran inquietud entre usuarios residenciales, comerciantes y pequeñas entidades sociales, que advierten sobre las dificultades para sostener el pago regular de los servicios básicos.

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