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Este martes miembros del Consejo Directivo nacional de la CGT asistieron a la reunión solicitada al secretario de Trabajo Julio Cordero. Allí, relatan, se entabló un diálogo sobre los temas de mayor actualidad y reclamo desde la representación de la central. Estuvieron ausentes dos miembros del triunvirato, Pablo Moyano y el barrionuevista Carlos Acuña. En dos semanas, se vuelven a reunir.

Este martes miembros del Consejo Directivo nacional de la CGT asistieron a la reunión solicitada al secretario de Trabajo Julio Cordero. Allí, relatan, se entabló un diálogo sobre los temas de mayor actualidad y reclamo desde la representación de la central.

Los presentes entre los que se encontraron Héctor Daer como único representante del triunvirato, Andrés Rodríguez, Gerardo Martínez, Armando Cavalieri, José Luis Lingeri, entre otros, solicitaron que se retire la Apelación hecha por la Procuraduría General de la Nación ante la Corte Suprema a la sentencia favorable a la postura de CGT sobre la inconstitucionalidad por el capitulo laboral del DNU 70/23 obtenida en la Cámara de Apelaciones del Trabajo.

Sobre la Ley Bases, llevaron cuestionamientos a los artículos que fueran votados por el Congreso respecto a aspectos de la llamada «reforma Laboral» tales como libertad sindical, protección antidiscriminatoria, intermediación laboral, la figura de los «trabajadores colaboradores» autónomos y la fiscalización del empleo informal.

El compromiso, aseguraron, es el de permitir dentro de la reglamentación pertinente las observaciones que el equipo técnico legal de CGT acerque a la Secretaría de Trabajo, por lo que se mantendrán reuniones al respecto dentro de los próximos 15 días.

Respecto a la Ley del Paquete Fiscal se expreso el rechazo a la reincorporación del impuesto de Ganancias sobre la Cuarta Categoría que representa a los salarios. «Mas allá de las presentaciones judiciales que cada gremio considere realizar a este respecto, se expresó también la inviabilidad de pisos salariales que fueran tenidos en cuenta, a los efectos de esta ley, en diciembre del año pasado, lo cual debieran considerarse (de persistir este capitulo legal) la actualización por inflación desde entonces», aclararon desde la CGT.

Al respecto de la discusión salarial, se solicito el mantenimiento del régimen paritario de discusión sobre salarios con la libre negociación de las partes, sin intromisión de pautas de porcentajes por parte del Gobierno. Se solicitó además la agilización inmediata de los acuerdos ya firmados que aún no fueron homologados.

«Por último, a modo de postura de esta central dejamos nuestra mirada diagnóstica y de reclamo respecto de un programa de Gobierno que vemos que no contempla la Producción, el Desarrollo y el Trabajo, privilegiando sólo la cuestión monetaria e inflacionaria. Destacamos el actual estado de profunda recesión, pérdidas de empleos en todas las actividades y caída del poder adquisitivo de trabajadores activos (regulares e informales) y pasivos con una falta de perspectivas de mejoras de recuperación económica en el corto plazo», detallaron a modo de cierre.

«La semana que viene se juntan con los empresarios y la otra semana va a haber una mesa técnica para definir con precisión la reglamentación de estos artículos que tienen una gran vaguedad y que salieron del capítulo laboral de la Ley Bases. Y vamos a tener respuesta sobre dos temas que pedimos, que son la Corte y la modificación del punto de partida del Impuesto a las Ganancias», agregó Daer tras retirarse del lugar.

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Día del Empleado de Comercio: supermercados, shoppings y grandes cadenas permanecen cerrados

Los empleados de comercio celebran este lunes 28 de septiembre su día, luego de que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias acordaran trasladar la conmemoración originalmente prevista para el sábado 26. La jornada tiene los mismos efectos laborales que un feriado nacional para quienes están comprendidos en la actividad mercantil.

Por esa razón, supermercados, shoppings, grandes tiendas y otras cadenas comerciales permanecen cerrados, salvo aquellos establecimientos cuyos trabajadores sean convocados a prestar servicios bajo las condiciones previstas por la legislación vigente.

La fecha está contemplada por la Ley 26.541, sancionada en 2009, que estableció el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio y dispuso que la jornada tenga carácter de feriado nacional obligatorio para sus trabajadores.

El traslado al lunes no modifica esos derechos. Si un empleado debe trabajar, corresponde aplicar las condiciones previstas para un feriado en materia de remuneración. Además, la jornada no puede ser utilizada como franco compensatorio del descanso semanal, una precisión que adquiere particular relevancia al coincidir la fecha original con un sábado.

La conmemoración tiene un antecedente histórico que se remonta a 1934, cuando el Congreso sancionó la Ley 11.729, impulsada por el diputado socialista Enrique Dickmann. La norma modificó disposiciones del Código de Comercio e incorporó derechos que marcaron una etapa decisiva en la legislación laboral argentina, entre ellos indemnizaciones por despido, vacaciones pagas, aguinaldo y disposiciones vinculadas con accidentes de trabajo y maternidad.

Aquel proceso se inscribió en una etapa de expansión de los derechos laborales que también había incorporado el descanso dominical, sancionado en 1905, y la regulación de la jornada laboral. Para el sindicalismo mercantil, esas conquistas constituyen parte de una tradición que comenzó mucho antes de la creación de la actual normativa específica.

El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que regula las condiciones laborales de los trabajadores, incorporó posteriormente el 26 de septiembre como jornada de celebración del gremio. Décadas después, la Ley 26.541 otorgó a esa fecha el alcance laboral que conserva actualmente.

A casi un siglo de aquella reforma, el Día del Empleado de Comercio mantiene una doble dimensión: constituye una jornada de descanso para millones de trabajadores mercantiles y, al mismo tiempo, funciona como una referencia histórica sobre la evolución de la legislación laboral argentina y el papel que tuvieron las organizaciones sindicales en su construcción.

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Estatales sanjuaninos cobrarán sus haberes de septiembre este miércoles

Los empleados de la Administración Pública Provincial de San Juan tendrán acreditados sus haberes correspondientes a septiembre este miércoles 30, según informó el Ministerio de Economía, Finanzas y Hacienda de la provincia.

A partir de esa fecha, los trabajadores podrán disponer de sus salarios mediante los cajeros automáticos, que permanecen habilitados durante las 24 horas. De esta manera, una vez efectivizado el depósito, cada agente podrá retirar o utilizar sus fondos sin necesidad de esperar el inicio de la jornada bancaria.

El Gobierno recordó la vigencia del servicio Visa Extra Cash, que permite retirar dinero en efectivo con tarjeta de débito en comercios adheridos como supermercados y estaciones de servicio.

La acreditación comprende a los trabajadores de la Administración Pública Provincial y corresponde a los haberes del mes de septiembre de 2026. La fecha fue comunicada oficialmente por la cartera económica, que de este modo estableció el cronograma de disponibilidad de los salarios estatales.

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Docentes universitarios profundizan la protesta y convocan a un paro desde el 30 de septiembre

Universidades: rechazo al 3%, nuevo paro y una quinta Marcha Federal en octubre
Paritaria universitaria: los docentes reclaman una recomposición del 33,4%
El conflicto universitario suma otro paro y queda atravesado por una disputa judicial
Universidades nacionales: paro desde el miércoles y presión para aplicar la Ley 27.795
Docentes universitarios vuelven al paro antes de la Marcha Federal de octubre

CONADU resolvió un paro total de actividades de entre 48 y 72 horas desde el miércoles 30 de septiembre. La medida quedó condicionada a que el Gobierno aplique antes del martes 29 la recomposición salarial que los gremios reclaman en el marco de la Ley 27.795. La disputa también llegó a la Justicia, que intimó al Ejecutivo a cumplir una cautelar en cinco días.

La huelga, sin embargo, quedó sujeta a una condición: los gremios anticiparon que podría levantarse si el Gobierno nacional efectiviza antes del martes 29 la recomposición salarial del 33,4% que reclaman en aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario. La última propuesta oficial había sido del 3%, porcentaje rechazado por las organizaciones sindicales.

La Ley 27.795, sancionada en 2025 luego de que el Congreso insistiera con dos tercios de los votos frente al veto presidencial, establece en su artículo 5 la actualización de los salarios docentes y no docentes tomando como referencia la variación del IPC desde diciembre de 2023. También dispone actualizaciones periódicas en las negociaciones paritarias. El artículo 6 establece la recomposición de las becas estudiantiles según la evolución de los precios.

La disputa incorporó en los últimos días un nuevo capítulo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11, intimó al Estado nacional a cumplir en un plazo de cinco días con la medida cautelar vinculada con los artículos 5 y 6 de la ley, bajo apercibimiento de aplicar multas por cada jornada de demora.

El Gobierno, en cambio, sostiene que ya cumplió con la cautelar y anunció que apelará la última resolución ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La controversia judicial se suma así a una negociación paritaria que permanece sin acuerdo.

Para Clara Chevalier, secretaria general de CONADU, la respuesta sindical debe sostener la organización colectiva frente a la fragmentación que, según afirmó, caracteriza el momento político y laboral. Su planteo acompañó la decisión de profundizar las medidas hasta la próxima movilización nacional.

El paro se inscribe además en una secuencia de protestas que tendrá otro punto central el 15 de octubre, cuando se realizará la quinta Marcha Federal Universitaria. Los gremios prevén llevar allí el reclamo salarial, la aplicación de la Ley 27.795 y la discusión sobre el financiamiento de las universidades en el Presupuesto 2027.

De este modo, el conflicto universitario llega a una nueva instancia con tres frentes simultáneos: una paritaria sin acuerdo, una disputa judicial por la aplicación de una ley sancionada por el Congreso y un calendario gremial que se extenderá hasta octubre. La definición sobre el aumento salarial antes del martes 29 determinará si el paro comienza el miércoles o si las partes encuentran una salida de último momento.

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