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Luego de realizar asambleas en todo el país, los trabajadores de los canales abiertos, productoras y señales de todo el país, aprobaron por “amplia mayoría” el principio de entendimiento alcanzado por los representantes del Sindicato Argentino de Televisión (SATSAID) con las cámaras empresarias ATA y CAPIT.

De acuerdo a lo que marca la propuesta de la fórmula conciliatoria para los convenios colectivos 131/75 y 634/11 en el periodo junio-septiembre 2023, la recomposición salarial es del 62 por ciento, alcanzando un aumento interanual del 118 por ciento. Además, las empresas abonarán una suma no remunerativa equivalente al impacto que tuviere en el salario neto de cada trabajador el porcentaje establecido para cada tramo.

Tal cual lo establece el acta, ambas partes serán convocadas nuevamente el 22 de agosto, por las autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a fin de realizar la revisión correspondiente del tramo acordado.

Pedido a ATVC

En tanto, en el marco de la negociación paritaria 2023-2024, representantes del SATSAID se reunieron con autoridades de la cámara empresaria ATVC y reiteraron su solicitud salarial del 26 por ciento para el tramo que comprende los meses de julio, agosto y septiembre del año en curso.

Mientras se desarrolló el encuentro, ambas partes intercambiaron posiciones y alternativas sin arribar un acuerdo. Por tal motivo, se fijó una nueva reunión para el próximo jueves 3 de agosto, a las 16:30 horas, a fin de continuar con la negociación salarial para trabajadoras y trabajadores del convenio colectivo de trabajo 223/75.

Protesta en Paraná

Por otra parte, la seccional Entre Ríos del SATSAID, que conduce Adrián Peserico, se manifestó este lunes frente a la sede de Canal 9 Litoral, en Paraná, para rechazar “despidos arbitrarios” en la empresa. La concentración gremial se concretó durante la mañana, en la céntrica calle 25 de Mayo de la capital entrerriana, con la participación de dirigentes de la seccional gremial y delegados de base de distintos puntos de la provincia.

En ese marco, el SATSAID Entre Ríos rechazó “despidos arbitrarios” de la empresa Paraná Pia SA, propietaria de Canal 9 Litoral, y exigió “la inmediata reincorporación” de los trabajadores afectados.

La Seccional del Sindicato de Televisión repudió el accionar empresario y se declaró a la espera de una respuesta a su reclamo, al anticipar que de lo contrario evaluará las próximas medidas a seguir.

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Las empresas proyectan aumentos salariales del 22% para 2027

Las empresas argentinas presupuestan aumentos salariales del 22,8% para 2027, con una previsión de inflación del 22,4%, según una encuesta de la consultora WTW. El relevamiento, presentado durante su Seminario Anual sobre Compensaciones y Beneficios, muestra que las compañías comenzaron a definir sus pautas de actualización para el personal fuera de convenio, con incrementos que, en esta primera etapa, se mantienen prácticamente alineados con los precios esperados. El 76% prevé distribuir los aumentos en dos o tres instancias, mientras que la mayoría no planea modificar los presupuestos de 2026.

El 56% de las empresas ya trabaja en el presupuesto salarial para el próximo año, mientras que el 44% todavía no inició esa tarea. Entre las compañías que avanzaron con las estimaciones, tanto la inflación proyectada como los ajustes salariales tienen una mediana del 22%, aunque los promedios se ubican en 22,4% y 22,8%, respectivamente.

Dos o tres aumentos concentrarían la mayoría de los ajustes

La modalidad de actualización también comienza a definirse. El 76% de las compañías prevé aplicar dos o tres incrementos durante 2027: el 38% contempla dos revisiones y otro 38%, tres.

Para el primer trimestre, la mediana del aumento acumulado previsto es del 10%, mientras que para el primer semestre alcanza el 10,1%. La referencia anual se mantiene en el 22%, aunque los porcentajes finales dependerán de la evolución económica y de las decisiones que adopte cada empleador.

Las previsiones presentan diferencias según la rama de actividad. Los servicios profesionales encabezan las estimaciones, con una mediana del 24%. Consumo, química, plásticos y pintura, y alta tecnología proyectan subas del 23%. En el extremo inferior, energía prevé un 20% y bancos y entidades financieras, un 21%.

Cautela para el cierre de 2026

Las decisiones pendientes sobre los salarios de este año reflejan una conducta más conservadora. El 58% de las empresas no prevé modificar el presupuesto salarial de 2026, mientras que el 34% todavía evalúa posibles cambios y apenas el 8% anticipa una revisión.
También permanece abierta la posibilidad de aplicar un ajuste compensatorio —conocido como catch up— al comienzo de 2027 para recuperar diferencias frente a la inflación. El 49% de las compañías descarta esa alternativa, el 39% la mantiene bajo análisis y el 12% confirmó que la implementará. Entre estas últimas, la mediana del incremento adicional previsto es del 5%.

Las cifras de WTW corresponden a proyecciones empresariales y no constituyen aumentos acordados ni garantizados para el conjunto de los trabajadores. Su evolución estará condicionada por la inflación efectiva, el desempeño de cada compañía y las decisiones que se adopten durante las negociaciones salariales.

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El Gobierno redujo a seis los medicamentos esenciales y excluyó fármacos de uso frecuente

La Resolución 1447/2026 del Ministerio de Salud derogó el listado aprobado en 2021 y estableció seis principios activos como referencia para la planificación y provisión de medicamentos. Quedaron excluidos fármacos para la diabetes, el hipotiroidismo, el asma y las infecciones, además de anticonceptivos. El alcance sobre la entrega efectiva dependerá de cómo se implemente el nuevo esquema.

Entre los medicamentos que quedaron fuera de la nueva nómina figuran la levotiroxina, utilizada para tratar el hipotiroidismo; la metformina, indicada para la diabetes tipo 2; la amoxicilina, un antibiótico de uso extendido; y el salbutamol, empleado para aliviar episodios de broncoespasmo, entre ellos los asociados al asma. También fueron excluidos el fluconazol, la loratadina y los anticonceptivos.

Los seis principios activos seleccionados

El nuevo listado incorpora ácido acetilsalicílico, atorvastatina, candesartán, hidroclorotiazida, ramipril y rosuvastatina. Se trata de medicamentos utilizados, según cada indicación clínica, para reducir el colesterol, controlar la presión arterial y prevenir complicaciones cardiovasculares.

La cartera sanitaria fundamentó la selección en la necesidad de priorizar tratamientos frente a la carga que representan las enfermedades vasculares para el sistema de salud. La resolución establece que la nómina servirá como referencia para organizar las compras, la planificación y la provisión de medicamentos en los efectores públicos.

Qué implica para Remediar

El cambio se vincula con la política de medicamentos esenciales, pero es necesario distinguir la modificación del vademécum de la disponibilidad efectiva de cada fármaco. La exclusión de un medicamento del nuevo listado no demuestra, por sí sola, que haya dejado de entregarse por todas las vías del sistema público.

Creado para facilitar el acceso gratuito a tratamientos mediante centros de atención primaria, Remediar constituye una herramienta de provisión para personas que dependen de la atención estatal. Por eso, el efecto concreto de la modificación estará determinado por las compras que se realicen, los mecanismos de distribución y las alternativas que permanezcan disponibles para cada tratamiento.

La prioridad sanitaria: las enfermedades vasculares

La actualización coincide con el anuncio del Plan Nacional de Abordaje Integral de Salud Vascular 2026-2030, orientado a fortalecer la prevención, la detección temprana y la atención de enfermedades cardiovasculares y cerebrovasculares, incluidos los infartos y los accidentes cerebrovasculares.

La resolución señala, además, que la modificación no requiere gastos presupuestarios adicionales para el Ministerio de Salud. Sin embargo, la reducción del listado abre interrogantes sobre la continuidad del acceso a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas, afecciones respiratorias e infecciones.

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En plena marcha universitaria, la Justicia suspendió las sanciones al Gobierno

La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal aceptó una queja del Ministerio de Capital Humano y suspendió provisoriamente la multa de $100.000 diarios que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli. La Cámara deberá revisar la apelación del Gobierno, mientras continúa la disputa por la actualización de los salarios universitarios y los fondos para becas.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió las multas diarias contra el jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. La decisión de la Sala III se conoció este jueves, mientras estudiantes, docentes, no docentes y organizaciones sociales participaban de la quinta Marcha Federal Universitaria en distintos puntos del país.

El tribunal hizo lugar a una presentación del Ministerio de Capital Humano y dispuso que la apelación del Gobierno se tramite con efecto suspensivo. De ese modo, quedó temporalmente frenada la aplicación de las astreintes, fijadas en $100.000 por día, hasta que avance la revisión judicial. La resolución no determina que el Ejecutivo haya cumplido con sus obligaciones ni resuelve el fondo de la controversia.

La sanción había sido dispuesta el miércoles por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11. El magistrado consideró que existía un incumplimiento de la cautelar que ordenaba actualizar los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales y garantizar los fondos destinados a las becas estudiantiles.

El fallo se había producido después de reiteradas intimaciones al Ejecutivo. El 22 de septiembre, Cormick había otorgado un plazo de cinco días para aplicar la ley bajo apercibimiento de sanciones económicas. Ante la falta de cumplimiento que tuvo por acreditada, el juez hizo efectiva la advertencia y dispuso la multa contra el titular de la Jefatura de Gabinete.

La representación legal del Estado cuestionó esa decisión y sostuvo que la cautelar ya se encontraba íntegramente cumplida. La Sala III, integrada por los jueces Sergio Gustavo Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán, admitió el recurso de queja y ordenó tramitar la apelación con efecto suspensivo.

El pronunciamiento modifica, por ahora, el alcance inmediato de la sanción económica, pero no elimina la obligación que originó la cautelar ni cierra la discusión sobre la aplicación de la ley. La controversia judicial continuará con el análisis de los argumentos del Gobierno y de los reclamos vinculados con el financiamiento universitario.

La coincidencia entre la resolución judicial y la protesta visibilizó dos dimensiones de una misma disputa: la exigencia de la comunidad universitaria de contar con recursos y salarios actualizados, y la discusión en los tribunales sobre los mecanismos para hacer cumplir las decisiones judiciales El próximo avance del expediente será determinante para establecer si se mantiene la suspensión de las multas y cómo continúa el reclamo por la ejecución de la ley.

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