El trabajo registrado acumula 32 meses de subas
Según datos difundidos por el ministerio de Trabajo, el empleo registrado privado creció nuevamente en marzo de 2023. El informe, basado en el Sistema Integrado de Previsional Argentino (SIPA-AFIP), da cuenta de la creación neta de 12.160 puestos de trabajo registrados entre marzo y abril de este año.
La tendencia acumula 32 meses consecutivos de crecimiento desde mayo de 2020 cuando el empleo registrado cayó a un piso histórico producto de las restricciones sanitarias creadas en el marco de la pandemia. En el período, según el informe de la cartera laboral, se crearon 1.353.687 que implican un crecimiento del 11,5% del empleo registrado.
En relación a la situación de marzo de 2022, el registro de la AFIP da cuenta de la creación neta de 538.553 puestos de trabajo, un crecimiento del 4,3% en apenas un año. A la hora de comparar con la situación previa a la pandemia surge que, desde marzo de 2019, se crearon más de 960 mil puestos de trabajo con un crecimiento acumulado del 8%.
Allí sin embargo, se incluyen diversas formas de empleo con modalidades de contratación diferentes. El informe discrimina entre el empleo registrado creado por el sector privado, el sector público, el empleo en casas particulares y las diversas formas de registración de trabajadores independientes como los trabajadores autónomos, los monotributistas tradicionales y los inscriptos en el monotributo social.
Según el propio informe el sector privado generó en el último año 252 mil empleos y el sector público fue el responsable de generar 74.500 empleos. Se trata de un crecimiento del 4,1% y el 2,2% respectivamente que contrastan con el crecimiento del 37,4% que registró el monotributo social responsable de la creación de 163.800 puestos de trabajo “registrados” del total de casi 540 mil que se generaron en un año.
Los monotributistas sociales son aquellos trabajadores que perciben un ingreso mensual bruto inferior a una jubilación mínima hoy en poco más de $70 mil o integran una cooperativa y, por ese motivo, reciben un subsidio del 100% del componente impositivo y previsional y del 50% en el componente de la obra social.
Si se analizara el desagregado en la creación de empleo registrado en los 32 meses de crecimiento acumulado, la tendencia a la precarización es todavía más profunda.
De hecho, del 1.353.700 puestos registrados creados desde mayo de 2020 solo 594 mil fueron creados por el sector privado que implican un crecimiento del 10,3% mientras que el empleo del sector público creció un 6,2%. El monotributo social se incrementó en 249.300 trabajadores independientes que implican un salto del 70,6% y el monotributo tradicional creció un 20,8% con 322 mil nuevos inscriptos bajo esa modalidad.
De esta forma la destrucción de empleo provocada por las restricciones propias de la pandemia sirvieron para profundizar un proceso de precarización del empleo bajo la forma del monotributismo, mecanismo utilizado muchas veces para encubrir una relación de dependencia encubierta.
Una década de deterioro
El proceso que se aceleró en los últimos tres años, sin embargo, se sostiene desde hace ya más de una década. Desde marzo de 2012 el empleo registrado creció un 19,2% pero en el sector privado apenas lo hizo en un 4,2%. El empleo en el sector público creció en un 30,5% y el empleo en casa particulares un 18,5%. El monotributo común creció en once años un 42,5% y el monotributo social en un 254,1%. Este último pasó de representar un 1,5% del total del trabajo registrado en marzo de 2012 hasta el 4,6% en la actualidad. El monotributo común pasó de representar el 12% del total del trabajo registrado hasta el 14,3% en la actualidad.
Más servicios, menos industria
Pero el deterioro de la calidad del empleo también se refleja al interior del empleo privado.
Mientras que en marzo de 2013 el empleo industrial representaba un 20,7% del total del empleo privado en la actualidad perdió dos puntos de representación cayendo hasta un 18,7%. La merma del sector que genera empleos de mejor calidad y mejor remunerados se dio en favor del comercio que ganó un punto porcentual de representación, los servicios sociales y de salud que mejoraron su participación en 0,7 puntos y la educación privada que avanzó 0,7 puntos.
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Revés para el Gobierno: La Justicia del Trabajo retiene la causa de la reforma laboral
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 rechazó el intento oficial de trasladar la causa al fuero contencioso administrativo y ratificó que el conflicto por la Ley 27.802 debe resolverse en la Justicia del Trabajo. La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En una resolución de alto impacto institucional, el juez Raúl Ojeda desestimó la estrategia del Gobierno nacional para desplazar la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo reafirma que la controversia debe tramitar en el ámbito laboral, al considerar que el núcleo del litigio está directamente vinculado con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
La decisión desactiva el intento del Ejecutivo de radicar el expediente en el fuero contencioso administrativo federal bajo el argumento de que la norma cuestionada pertenece al derecho público. El magistrado fue categórico al rechazar ese planteo: la competencia no se define por la calidad de las partes involucradas, sino por la materia en discusión. Bajo ese criterio, sostuvo que el caso involucra institutos centrales del derecho del trabajo, como convenios colectivos, derecho de huelga, régimen indemnizatorio, período de prueba y libertad sindical.
El pronunciamiento introduce, además, un razonamiento de fondo que excede la cuestión formal. Al caracterizar la materia como “exclusivamente de derecho social”, el juez refuerza la especialidad del fuero laboral y delimita el terreno en el que deberá dirimirse la controversia.
Esa definición no es menor: implica que cualquier análisis sobre la validez de la reforma deberá contemplar estándares propios del derecho laboral y de los tratados internacionales que protegen estos derechos.
La estrategia oficial, sin respaldo judicial
El Estado nacional había promovido la inhibitoria con el objetivo de modificar el ámbito de resolución del expediente. Sin embargo, el fallo desmonta ese intento con un argumento central: la presencia del Ejecutivo como parte no altera la naturaleza del conflicto. En esa línea, la resolución deja en claro que el debate gira en torno a derechos laborales sustantivos, lo que vuelve improcedente su tratamiento fuera del fuero especializado.
A su vez, el magistrado advierte que el traslado del expediente en esta instancia implicaría una alteración significativa del proceso en curso. La causa ya se encuentra inscripta en el registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agrupa múltiples presentaciones de sindicatos y federaciones. Un cambio de jurisdicción, sostiene, afectaría la economía procesal y podría generar incertidumbre jurídica.
Reforma en revisión judicial
Aunque la resolución no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de la Ley 27.802, introduce consideraciones que anticipan la dificultad del debate. La demanda impulsada por la CGT cuestiona una serie de artículos por presunta regresión en derechos laborales y sindicales, en posible contradicción con garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el país.
En ese aspecto, el fallo deja abierta la discusión sobre principios como la progresividad de los derechos sociales, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical. Incluso desliza que eventuales modificaciones orientadas a limitar la competencia del fuero laboral podrían enfrentar objeciones desde el control de constitucionalidad y convencionalidad.
El juez natural, en el centro del debate
Otro de los ejes relevantes del pronunciamiento es la defensa del principio de juez natural. El magistrado advierte que apartar la causa del fuero laboral podría comprometer garantías esenciales del debido proceso. Para sostener esta posición, recurre a estándares internacionales que subrayan la necesidad de tribunales especializados en materia laboral, una exigencia vinculada al acceso efectivo a la justicia. La advertencia no es menor: una eventual desviación de esos parámetros podría exponer al Estado argentino a responsabilidades en el plano internacional.
Definición pendiente
Con el rechazo de la inhibitoria, la controversia sobre la competencia será ahora resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Su dictamen marcará el rumbo inmediato del expediente y condicionará el desarrollo del litigio en torno a la reforma laboral.
El fallo consolida la centralidad del fuero laboral en el tratamiento de la Ley 27.802 y redefine el tablero judicial en el que se disputará su validez. Más allá del resultado final, la resolución fija un criterio claro: los conflictos que involucran derechos del trabajo deben ser analizados por los tribunales especializados en la materia. En ese terreno se jugará, de ahora en más, el destino de una de las reformas más controvertidas del actual Gobierno.
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Bancarios marcan el pulso salarial: sueldos por encima de $2,2 millones y bono récord
El gremio bancario acordó una nueva actualización salarial atada a la inflación que eleva el ingreso inicial a casi $2,3 millones. También se incrementó el bono por el Día del Bancario, que supera los $2 millones. El mecanismo se proyecta para los próximos meses.
En un presente donde predominan acuerdos salariales rezagados frente al avance de los precios, el sector bancario vuelve a destacarse con un esquema de recomposición que ajusta los ingresos de manera periódica. La Asociación Bancaria, aplicó en marzo una actualización del 3,4% que impacta sobre el conjunto de las remuneraciones y consolida un modelo de negociación diferenciado.
Como resultado de esta política, el sueldo inicial de la actividad quedó fijado en $2.259.305,03, posicionándose entre los más elevados del mercado laboral argentino. La actualización alcanza tanto a los componentes remunerativos como a aquellos adicionales contemplados en los convenios, lo que refuerza el alcance integral de la mejora.
El mecanismo acordado con las cámaras empresariales permite una revisión constante de los ingresos en función de la evolución inflacionaria. Durante el primer trimestre del año, el incremento acumulado alcanza el 9,4% respecto de los valores de diciembre de 2025, lo que contribuye a sostener la capacidad de compra en un entorno económico exigente.
En la misma línea, el tradicional bono por el Día del Bancario también fue ajustado bajo este esquema, elevando su piso a $2.014.092,28. Este monto, además, continuará sujeto a futuras actualizaciones, replicando la lógica aplicada a los salarios mensuales.
El entendimiento contempla la continuidad de este sistema durante abril y mayo, con el compromiso de las partes de mantener el mismo criterio de ajuste automático. Asimismo, se estableció una nueva instancia de negociación para la segunda quincena de junio, donde se evaluará la evolución de las variables económicas y se definirán eventuales adecuaciones.
Desde el sindicato subrayaron que esta modalidad busca resguardar los ingresos de los trabajadores frente al comportamiento de la inflación, evitando el deterioro que afecta a otros sectores. La estrategia combina revisiones frecuentes con una cobertura amplia de los conceptos salariales, lo que permite una respuesta más ágil ante cambios en el nivel de precios.
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Per saltum y pulseada institucional: el Gobierno busca reactivar su reforma laboral en la Corte
El Ejecutivo presentó un recurso extraordinario por per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para revertir la medida cautelar que suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral. Cuestiona la competencia del fuero laboral y la legitimación de la CGT.
El Gobierno de Javier Milei decidió acelerar el frente judicial y solicitó la intervención directa del máximo tribunal para restablecer la vigencia de la Ley N.º 27.802, eje de su programa de reformas en materia laboral. A través de un per saltum —una herramienta excepcional que permite eludir instancias intermedias— el Ejecutivo busca dejar sin efecto la cautelar dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que frenó aspectos centrales de la norma.
La presentación, impulsada por la Procuración del Tesoro, pone el foco en la necesidad de una resolución urgente. Según el escrito, la continuidad de la medida judicial implica un perjuicio institucional y económico de magnitud, al impedir la aplicación de modificaciones consideradas estratégicas por la administración nacional. Entre ellas se destacan cambios en el régimen de indemnizaciones, la ampliación de la jornada laboral bajo ciertos esquemas y nuevas regulaciones sobre la actividad sindical.
El Ejecutivo sostiene que la apelación concedida por la justicia laboral tuvo efecto devolutivo —es decir, sin suspender la vigencia de la ley—, por lo que entiende que la cautelar carece de sustento para paralizar su implementación. En ese sentido, plantea que la intervención de la Corte constituye la única vía eficaz para restablecer el orden jurídico que, a su criterio, fue alterado.
El escrito también despliega una batería de cuestionamientos al trámite judicial. Se mencionan obstáculos en el acceso al expediente, notificaciones incompletas y plazos considerados exiguos, además de inconsistencias en el tratamiento de cuestiones de competencia y legitimación. Uno de los puntos más controvertidos es la crítica a la capacidad de la CGT para representar al conjunto de los trabajadores sin acreditar una afectación concreta, lo que —según el Gobierno— debilita la validez de la acción colectiva.
Asimismo, se objeta la conducta del magistrado interviniente, quien modificó parcialmente su propia resolución pocos días después de haberla dictado. Para el Ejecutivo, ese giro refleja apresuramiento y falta de solidez en los fundamentos iniciales.
La decisión de recurrir al per saltum no es menor. Se trata de un mecanismo utilizado en contadas ocasiones dentro del sistema judicial argentino y reservado para situaciones que, por su trascendencia institucional, requieren una definición inmediata del máximo tribunal. Con este movimiento, la administración Milei busca no solo revertir el freno judicial, sino también obtener un pronunciamiento que siente precedente sobre los alcances del control judicial en reformas estructurales.
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