El trabajo registrado acumula 32 meses de subas
Según datos difundidos por el ministerio de Trabajo, el empleo registrado privado creció nuevamente en marzo de 2023. El informe, basado en el Sistema Integrado de Previsional Argentino (SIPA-AFIP), da cuenta de la creación neta de 12.160 puestos de trabajo registrados entre marzo y abril de este año.
La tendencia acumula 32 meses consecutivos de crecimiento desde mayo de 2020 cuando el empleo registrado cayó a un piso histórico producto de las restricciones sanitarias creadas en el marco de la pandemia. En el período, según el informe de la cartera laboral, se crearon 1.353.687 que implican un crecimiento del 11,5% del empleo registrado.
En relación a la situación de marzo de 2022, el registro de la AFIP da cuenta de la creación neta de 538.553 puestos de trabajo, un crecimiento del 4,3% en apenas un año. A la hora de comparar con la situación previa a la pandemia surge que, desde marzo de 2019, se crearon más de 960 mil puestos de trabajo con un crecimiento acumulado del 8%.
Allí sin embargo, se incluyen diversas formas de empleo con modalidades de contratación diferentes. El informe discrimina entre el empleo registrado creado por el sector privado, el sector público, el empleo en casas particulares y las diversas formas de registración de trabajadores independientes como los trabajadores autónomos, los monotributistas tradicionales y los inscriptos en el monotributo social.
Según el propio informe el sector privado generó en el último año 252 mil empleos y el sector público fue el responsable de generar 74.500 empleos. Se trata de un crecimiento del 4,1% y el 2,2% respectivamente que contrastan con el crecimiento del 37,4% que registró el monotributo social responsable de la creación de 163.800 puestos de trabajo “registrados” del total de casi 540 mil que se generaron en un año.
Los monotributistas sociales son aquellos trabajadores que perciben un ingreso mensual bruto inferior a una jubilación mínima hoy en poco más de $70 mil o integran una cooperativa y, por ese motivo, reciben un subsidio del 100% del componente impositivo y previsional y del 50% en el componente de la obra social.
Si se analizara el desagregado en la creación de empleo registrado en los 32 meses de crecimiento acumulado, la tendencia a la precarización es todavía más profunda.
De hecho, del 1.353.700 puestos registrados creados desde mayo de 2020 solo 594 mil fueron creados por el sector privado que implican un crecimiento del 10,3% mientras que el empleo del sector público creció un 6,2%. El monotributo social se incrementó en 249.300 trabajadores independientes que implican un salto del 70,6% y el monotributo tradicional creció un 20,8% con 322 mil nuevos inscriptos bajo esa modalidad.
De esta forma la destrucción de empleo provocada por las restricciones propias de la pandemia sirvieron para profundizar un proceso de precarización del empleo bajo la forma del monotributismo, mecanismo utilizado muchas veces para encubrir una relación de dependencia encubierta.
Una década de deterioro
El proceso que se aceleró en los últimos tres años, sin embargo, se sostiene desde hace ya más de una década. Desde marzo de 2012 el empleo registrado creció un 19,2% pero en el sector privado apenas lo hizo en un 4,2%. El empleo en el sector público creció en un 30,5% y el empleo en casa particulares un 18,5%. El monotributo común creció en once años un 42,5% y el monotributo social en un 254,1%. Este último pasó de representar un 1,5% del total del trabajo registrado en marzo de 2012 hasta el 4,6% en la actualidad. El monotributo común pasó de representar el 12% del total del trabajo registrado hasta el 14,3% en la actualidad.
Más servicios, menos industria
Pero el deterioro de la calidad del empleo también se refleja al interior del empleo privado.
Mientras que en marzo de 2013 el empleo industrial representaba un 20,7% del total del empleo privado en la actualidad perdió dos puntos de representación cayendo hasta un 18,7%. La merma del sector que genera empleos de mejor calidad y mejor remunerados se dio en favor del comercio que ganó un punto porcentual de representación, los servicios sociales y de salud que mejoraron su participación en 0,7 puntos y la educación privada que avanzó 0,7 puntos.
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El FMI exige ampliar Ganancias y crece la preocupación por el impacto sobre salarios formales
El organismo internacional propone que el impuesto a las Ganancias alcance al 20% de los trabajadores registrados, frente al 8,2% actual. Para cumplir ese objetivo deberían incorporarse más de 1,5 millones de asalariados al tributo. Sindicatos y entidades pyme advierten que la medida reduciría el poder adquisitivo y profundizaría la desaceleración del consumo.
La negociación entre la Argentina y el Fondo Monetario Internacional volvió a colocar en el centro del debate una de las reformas con mayor impacto político y social: la ampliación del impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia. En su último Staff Report, el organismo planteó que, antes de finalizar el año, el gravamen debería alcanzar al 20% de los asalariados formales, más del doble del universo actual, que representa el 8,2% de los empleados registrados.
Los números reflejan la magnitud del cambio. Hoy tributan 1.055.431 trabajadores. Para cumplir con la meta fijada por el FMI deberían incorporarse más de 1,5 millones de nuevos contribuyentes, acercándose nuevamente a los niveles registrados en 2020, cuando el impuesto alcanzaba a 2.425.880 asalariados.
El planteo forma parte del compromiso asumido por el Gobierno de avanzar hacia una reforma tributaria integral antes de fines de 2026. Sin embargo, la administración de Javier Milei procura dilatar cualquier modificación de alto costo político en un año atravesado por el calendario electoral, especialmente cuando la recuperación del salario real continúa siendo uno de los principales reclamos del mercado laboral.
La evolución reciente del tributo explica parte de la discusión. En 2023, la modificación impulsada por Sergio Massa redujo drásticamente el universo alcanzado, que cayó hasta unos 129.000 trabajadores. Un año más tarde, el Gobierno restituyó la cuarta categoría y amplió nuevamente la base imponible, aunque para el FMI ese nivel continúa siendo insuficiente frente al promedio regional.
Actualmente comienzan a tributar quienes perciben alrededor de $3 millones brutos mensuales si son solteros, o cerca de $4 millones en el caso de un trabajador con cónyuge y dos hijos. Ambos valores se ubican por encima del RIPTE, que en febrero de 2026 alcanzó un salario promedio de $1.734.357.
Las simulaciones incluidas en los análisis técnicos muestran con mayor claridad el eventual alcance de la reforma. Un trabajador soltero con ingresos equivalentes a 1,5 veces el RIPTE —unos $2.601.536 brutos— comenzaría a tributar con una carga anual estimada de entre $70.000 y $150.000, mientras que quien perciba el equivalente a dos RIPTE —aproximadamente $3.468.714 brutos— afrontaría una obligación cercana a $1,5 millones anuales. En los hogares con mayores deducciones familiares, el impacto sería sensiblemente menor.
La eventual ampliación del impuesto despertó un rechazo que trasciende al movimiento sindical. La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) cuestionó la propuesta del Fondo y sostuvo que profundizar la presión sobre los salarios registrados no resolverá los problemas estructurales del sistema tributario argentino. La entidad advirtió que, junto con la ampliación de Ganancias, el organismo también impulsa extender la base del IVA y reformular el Monotributo, concentrando el esfuerzo fiscal sobre trabajadores, pequeños contribuyentes y consumo interno.
Para CAME, el verdadero problema reside en la elevada carga impositiva provincial y municipal. Según sus estimaciones, tributos como Ingresos Brutos y distintas tasas locales representan entre el 2% y el 6% de las ventas brutas de una empresa, independientemente de su rentabilidad. Por ello propuso avanzar hacia un nuevo consenso fiscal entre Nación, provincias y municipios que permita revisar integralmente la estructura tributaria en lugar de incrementar la presión sobre los ingresos laborales.
La discusión también comenzó a instalarse en el ámbito gremial. Diversas organizaciones sindicales sostienen que ampliar el universo alcanzado por Ganancias implicaría reducir el ingreso disponible de trabajadores registrados que ya acumulan varios años de deterioro del poder adquisitivo, afectando además el consumo y la actividad económica.
La reforma que promueve el FMI enfrenta dos modelos contrapuestos de política fiscal: uno que privilegia elevar la recaudación mediante la ampliación de la base tributaria y otro que plantea revisar la estructura impositiva sin trasladar una mayor carga sobre los asalariados y las pequeñas empresas. Con cifras que involucran a más de 1,5 millones de potenciales nuevos contribuyentes, el impuesto a las Ganancias se perfila como uno de los ejes más sensibles de la agenda económica y laboral del segundo semestre.
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Asociaciones civiles: cuáles son los requisitos para convocar una asamblea extraordinaria con aval oficial
El Ministerio de Gobierno difundió el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización previa de la Inspección General de Personería Jurídica. El trámite, obligatorio para garantizar la legalidad de las decisiones institucionales, exige presentar la documentación con al menos ocho días de anticipación e incluye requisitos estatutarios, administrativos y de fiscalización.
Con el objetivo de fortalecer la transparencia, la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil, el Ministerio de Gobierno recordó el procedimiento que deben cumplir las asociaciones civiles para obtener la autorización de una Asamblea General Extraordinaria ante la Inspección General de Personería Jurídica, requisito indispensable para otorgar plena validez a las resoluciones que adopten sus órganos de conducción.
La autorización previa constituye uno de los principales mecanismos de fiscalización del Estado sobre las entidades civiles, ya que permite verificar que la convocatoria respete las disposiciones estatutarias y que las decisiones se adopten bajo condiciones de legalidad, representación y participación de los asociados.
El trámite comienza con la presentación de una nota dirigida al inspector o inspectora general solicitando la autorización para celebrar la asamblea. La documentación debe consignar el domicilio legal de la institución, la fecha prevista para la reunión, el horario de la primera y segunda convocatoria, el lugar de realización y el orden del día que será sometido a consideración de los asociados. Asimismo, la solicitud debe estar suscripta por el presidente y el secretario de la entidad.
Entre los requisitos exigidos también figura la presentación de la convocatoria confeccionada conforme a las previsiones del estatuto social y el Libro de Registro de Asociados debidamente actualizado al mes inmediato anterior a la asamblea, documentación que permite constatar la legitimidad del padrón habilitado para participar de las deliberaciones.
Otro aspecto central del procedimiento es el plazo de presentación. La solicitud deberá ingresarse con una anticipación mínima de ocho días corridos, requisito que posibilita a la autoridad de control analizar la documentación y autorizar formalmente la realización del acto institucional.
Las asociaciones también deberán abonar el derecho de inspección correspondiente, cuyo monto se determina de acuerdo con el patrimonio neto de cada institución. No obstante, la normativa vigente contempla la exención de ese arancel para las bibliotecas populares y las uniones vecinales, en reconocimiento de la función social que desarrollan dentro de sus comunidades.
Toda la documentación debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Inspección General de Personería Jurídica, ubicada en Santa Fe 54 Oeste, segundo piso, ala sur, donde se realiza el control administrativo previo a la emisión de la autorización.
Desde el organismo recordaron que la gestión reviste carácter exclusivo para la entidad interesada, por lo que la responsabilidad de iniciar el trámite, aportar la documentación exigida y cumplir los plazos establecidos recae íntegramente sobre las autoridades de cada asociación.
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El CIN celebró la decisión de la Corte: «Se hizo justicia con la universidad pública»
El máximo tribunal dejó firme la medida cautelar que ordena cumplir los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario. El Consejo Interuniversitario Nacional consideró que la resolución consolida el reclamo impulsado por la comunidad académica, aunque advirtió que el desafío ahora será garantizar su cumplimiento efectivo.
La disputa por el financiamiento de las universidades nacionales sumó un capítulo decisivo. La Corte Suprema de Justicia dejó firme la medida cautelar que ordena aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario, una resolución que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) definió como un hito para el sistema público de educación superior y un respaldo institucional al reclamo sostenido durante los últimos años por universidades, docentes, nodocentes y estudiantes.
A través de un comunicado, el organismo que reúne a los rectores de las universidades nacionales sostuvo que el fallo representa «un avance institucional de enorme trascendencia» porque ratifica las decisiones adoptadas por las instancias judiciales inferiores y consolida la vigencia de los mecanismos previstos por la ley para garantizar el financiamiento de salarios docentes, nodocentes y becas estudiantiles.
El pronunciamiento del máximo tribunal llega después de un prolongado conflicto entre el sistema universitario y el Gobierno nacional por el sostenimiento presupuestario. Durante los últimos meses, la comunidad académica protagonizó movilizaciones masivas, cuatro Marchas Federales Universitarias y una intensa estrategia judicial y parlamentaria para exigir el cumplimiento de una norma que había sido sancionada por el Congreso y posteriormente quedó envuelta en una fuerte controversia política.
Desde el CIN destacaron que el resultado no puede interpretarse únicamente como una victoria judicial. En su mensaje, atribuyeron el desenlace al compromiso colectivo de rectoras, rectores, docentes, trabajadores nodocentes, estudiantes y al acompañamiento de amplios sectores de la sociedad, cuya participación consideraron determinante para mantener vigente el reclamo en defensa de la universidad pública.
Para las autoridades universitarias, la decisión de la Corte también fortalece el principio de autonomía institucional y reafirma que la educación superior constituye una política pública protegida por el orden constitucional. En ese sentido, remarcaron que la defensa del sistema universitario logró respaldo en los tres poderes del Estado: el Congreso, a través de la sanción de la ley; la Justicia, mediante el sostenimiento de las medidas cautelares; y la sociedad, que convirtió el financiamiento universitario en una de las principales demandas del ámbito educativo.
No obstante, el Consejo Interuniversitario advirtió que el pronunciamiento no clausura el conflicto. Si bien la resolución representa un paso de gran relevancia, sostuvo que aún resta garantizar la ejecución plena de la Ley de Financiamiento Universitario y asegurar que los recursos lleguen efectivamente a las universidades nacionales conforme a los mecanismos previstos por la norma.
El organismo concluyó que el fallo marca uno de los antecedentes institucionales más significativos para la universidad pública en los últimos años, aunque insistió en que la estabilidad del sistema dependerá de que las decisiones judiciales se traduzcan en políticas presupuestarias sostenibles. Con ese objetivo, ratificó su decisión de continuar impulsando todas las acciones institucionales necesarias para consolidar un modelo de educación superior con financiamiento adecuado, previsibilidad presupuestaria y capacidad para sostener las funciones de enseñanza, investigación y extensión que desarrollan las universidades nacionales.
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