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La CGT expuso ayer una aparente crisis financiera de las obras sociales luego de meses de negociar de manera infructuosa con el Gobierno nacional por una compensación que, aunque plasmada en el Presupuesto, no se cristalizó todavía. El encargado de dejar en evidencia el malestar fue José Luis Lingeri, del gremio de Obras Sanitarias y encargado de la secretaría de Acción Social de la central obrera. En un documento que difundió hizo saber que entre ingresos por recaudación y gastos proyectados, en particular por servicios a discapacitados, el «sistema solidario» de salud de las prestadoras gremiales alcanzará un déficit a fin de año de 132.610 millones de pesos.

El documento no hizo más que dejar asentado por escrito un quebranto creciente que los gremios con mayor número de afiliados en sus obras sociales denuncian desde hace años, producto de una suba exponencial de los gastos en rubros no estrictamente sanitarios como los de educación y transporte para afiliados discapacitados. Esa tendencia, presente en una negociación que la CGT inició en 2021 con Alberto Fernández, derivó en sucesivas promesas del Presidente primero, y de sus equipos económicos después, desde el año pasado con Sergio Massa a la cabeza, de reembolsos a cargo del Tesoro nacional para compensar las pérdidas.

De aquellos compromisos sólo hubo reparaciones puntuales a cargo del Tesoro nacional y la garantía, supuestamente enunciada por Massa, de que este año los reembolsos se harían de manera automática tras haber volcado al Presupuesto una reserva de fondos por alrededor de 138 mil millones de pesos. De aquel fondo, que el Gobierno propuso reforzar con una norma que haría su ejecución más automática y favorable a las obras sociales sindicales pero que fue bloqueada por el oposición en el Congreso, no hubo en lo que va del año los desembolsos prometidos.

El texto distribuido por la CGT despliega un mapa de las 288 obras sociales nacionales inscriptas que destaca una cobertura de salud para 14.244.066 personas, de las cuales 12 millones pertenecen al régimen general, 2 millones al monotributo y otras 255 mil provienen del estatuto para personal de casas particulares. Tras destacar que los aportes y contribuciones al sistema de seguridad social de cada trabajador no alcanzan en promedio a cubrir el costo del Programa Médico Obligatorio, el documento avanza sobre lo que es, a criterio de la central, el mayor problema: el financiamiento de sus afiliados discapacitados.

En esa línea señala que mientras en 2016 esos servicios representaban el 22% del Fondo Solidario de Redsitribución (FSR, el instrumento central de recursos que aportan las obras sociales y que administra el Estado) en la actualidad esa proporción subió al 75 por ciento. A continuación apunta que esa mayoría de presupuesto se dedica a 99.843 personas registradas como discapacitadas. Y que el 47% de los gastos totales «corresponde a educación y transporte, prestaciones no ligadas a situaciones sanitarias de manera directa».

«En otras palabras, el 0,7 % de los beneficiarios del sistema consume el 75% de los recursos del FSR», responsabiliza el estudio, en una lectura al menos sesgada: el espíritu con el que fue ideado el seguro de salud apunta a direccionar los recursos que apota una mayoría para sustentar las prestaciones médicas de una minoría. Al final la CGT reclama la definición de «una canasta básica de servicios» diferente del PMO para reducir el impacto en las cuentas de las obras sociales así como «la creación de un fondo especial que financie los medicamentos de altísimo costo» y de una agencia evaluadora de las prestaciones y remedios que deberán efectivamente brindar más allá de amparos judiciales que afectan al sistema. Y, esencialmente, crear «un fondo específico para financiar educación y transporte de personas con discapacidad».

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Reforma laboral: La Justicia declara inconstitucional un artículo que fija tope a las indemnizaciones

Un juez laboral de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley de reforma laboral, que fijaba un nuevo esquema para actualizar las deudas en juicios laborales en trámite. El magistrado consideró que la norma introduce un trato desigual entre procesos y podría afectar el carácter alimentario de los créditos laborales, al reducir significativamente su valor frente a la inflación.

La reciente reforma laboral aprobada por el Congreso comenzó a transitar su inevitable recorrido judicial. Y ese camino registró este jueves su primer hito: un fallo de la Justicia laboral de Córdoba que declaró inconstitucional uno de los artículos más sensibles de la nueva normativa.

La decisión fue adoptada por el juez laboral Ricardo Gileta, quien resolvió invalidar el artículo 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral, la disposición que establece cómo deben actualizarse los créditos laborales en aquellos juicios que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la reforma.

La sentencia, firmada el 10 de marzo y difundida en las últimas horas, marca el primer cuestionamiento judicial concreto al nuevo esquema legal impulsado por el Gobierno. El punto en discusión no es menor: el modo en que se recalculan las deudas derivadas de conflictos laborales.

El artículo impugnado introducía un criterio diferenciado para los procesos judiciales en curso. Según el nuevo régimen, las deudas debían actualizarse utilizando la tasa pasiva del Banco Central, con un límite máximo equivalente a la inflación más un 3% anual y un piso del 67% de ese cálculo. En la práctica, diversos especialistas advirtieron que esa fórmula podía implicar reducciones significativas en los montos que finalmente percibirían los trabajadores.

De acuerdo con estimaciones realizadas en distintos ámbitos judiciales, la aplicación del mecanismo previsto en la reforma podía recortar entre un 20% y un 60% el valor final de los créditos laborales respecto de los criterios que venían utilizando numerosos tribunales antes de la sanción de la ley.

Para el juez Gileta, ese cambio no sólo modifica el cálculo económico de las deudas sino que introduce una desigualdad jurídica difícil de justificar. En su fallo sostuvo que el artículo 55 “debe ser desechado por inconstitucional”, ya que establece un tratamiento diferenciado entre procesos iniciados antes y después de la sanción de la reforma.

En consecuencia, el magistrado dispuso que el crédito laboral del caso sea recalculado conforme al artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, recientemente reformado, que establece un mecanismo de actualización vinculado a la evolución del índice de precios al consumidor (IPC) con un adicional del 3% mensual desde la mora hasta el efectivo pago.

El núcleo del argumento judicial se centra en el principio de igualdad ante la ley. Según el fallo, aplicar un régimen más restrictivo a los juicios en trámite —en comparación con el previsto para los nuevos litigios— implica una distinción arbitraria que no encuentra justificación razonable en el sistema jurídico.

Pero la sentencia no se limita a ese planteo formal. El juez también enfatizó el carácter especial que poseen los créditos laborales dentro del ordenamiento jurídico argentino.

En el derecho del trabajo, recordó el magistrado, las acreencias derivadas de salarios, indemnizaciones o reparaciones por despido poseen naturaleza alimentaria. Es decir, están destinadas a garantizar la subsistencia del trabajador y su grupo familiar.

Desde esa perspectiva, cualquier mecanismo que reduzca sustancialmente el valor real de esos créditos frente a un contexto inflacionario puede entrar en conflicto con el principio de reparación plena y con el principio protectorio que la Constitución y la legislación laboral reconocen a favor de la parte más débil de la relación laboral.

El fallo aparece además en medio de una creciente judicialización de la reforma. Diversas organizaciones sindicales y asociaciones de abogados laboralistas ya anticiparon que recurrirán a la Justicia para cuestionar distintos capítulos de la norma, bajo el argumento de que introduce retrocesos en derechos sociales consolidados.

Revista Acción

En este aspecto, la Confederación General del Trabajo (CGT) también inició acciones judiciales para impugnar varios artículos de la reforma, en una disputa que promete extenderse durante meses en distintos tribunales del país.

El pronunciamiento del juzgado cordobés no implica, por ahora, la caída general del artículo cuestionado. Se trata de una sentencia de primera instancia, circunscripta al caso concreto. Sin embargo, su peso jurídico y simbólico es evidente.

La resolución inaugura un escenario de litigiosidad que probablemente acompañará la implementación de la reforma laboral durante los próximos años. En un sistema jurídico donde la interpretación judicial tiene un rol central, cada fallo comienza a delinear los contornos reales de una norma que todavía está lejos de mostrar su alcance definitivo.

Más allá del resultado final de los procesos judiciales que vendrán, el fallo deja una señal clara: la reforma laboral ya salió del terreno de la discusión parlamentaria para instalarse plenamente en el campo donde muchas veces se define el destino de las leyes en la Argentina contemporánea, el de los tribunales.

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Inflación sin respiro: febrero repitió el 2,9% y anticipan un marzo más caliente

El Índice de Precios al Consumidor volvió a marcar un 2,9% en febrero, según informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos. El dato repite la cifra de enero y deja al primer bimestre con una inflación acumulada de 5,9%. Sin embargo, la dinámica de alimentos y tarifas anticipa un escenario más caliente para marzo, con estimaciones privadas que ya ubican la suba mensual cerca del 3%.

La inflación de febrero volvió a situarse en el 2,9%, consolidando una meseta que, si bien refleja cierta desaceleración respecto de los niveles más elevados registrados meses atrás, todavía expone presiones persistentes en componentes clave del gasto cotidiano.

El dato difundido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos confirma que el proceso de desinflación avanza con cautela. Con el resultado de febrero, el aumento acumulado en los primeros dos meses del año alcanza el 5,9%, mientras que la variación interanual se ubica en 33,1%.

Detrás del promedio general, sin embargo, la estructura del índice revela que algunos rubros continúan avanzando a un ritmo significativamente mayor. El capítulo de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles fue el que más se incrementó durante el mes, con una suba del 6,8%, impulsada principalmente por ajustes en tarifas de servicios públicos y modificaciones en los esquemas de subsidios en distintas provincias.

Ese aumento —más del doble del promedio general— confirma el peso creciente que los servicios regulados tienen sobre el presupuesto de los hogares y sobre los costos de funcionamiento de comercios y pequeñas empresas.

Alimentos: el factor de mayor impacto en el bolsillo

Más allá de las tarifas, el rubro Alimentos y bebidas no alcohólicas volvió a convertirse en el principal motor del índice en términos de impacto cotidiano. Durante febrero registró una suba del 3,3%, impulsada fundamentalmente por el encarecimiento de carnes y derivados, un componente que históricamente condiciona la percepción social de la inflación en Argentina.

Según el informe oficial, esta división fue la que mayor incidencia tuvo en la variación mensual en la mayoría de las regiones del país. La única excepción fue la Patagonia, donde el peso relativo de los aumentos en servicios públicos terminó desplazando a los alimentos como principal factor inflacionario.

En contraste, los incrementos más moderados del mes se observaron en Bebidas alcohólicas y tabaco, con un aumento de apenas 0,6%, mientras que Prendas de vestir y calzado prácticamente no registraron variaciones.

Desde una mirada más técnica, los precios regulados lideraron las subas con un incremento del 4,3%, seguidos por la llamada inflación núcleo —que excluye estacionales y regulados— con un 3,1%. Los productos estacionales, en cambio, registraron una caída del 1,3%.

La metodología del índice, todavía en espera

El dato de febrero vuelve a difundirse bajo el esquema metodológico vigente del IPC, cuya actualización había sido anticipada meses atrás por el Ministerio de Economía.

Sin embargo, el titular del Palacio de Hacienda, Luis Caputo, decidió postergar la implementación del nuevo sistema de medición hasta que el proceso de desaceleración inflacionaria muestre señales más firmes de consolidación.

La decisión responde a la intención oficial de evitar cambios metodológicos en un clima todavía sensible para la evolución de los precios, aunque la demora también mantiene abierto el debate entre analistas sobre la necesidad de actualizar la estructura del índice para reflejar con mayor precisión los patrones actuales de consumo.

Consultoras anticipan un marzo con mayor presión inflacionaria

Más allá de la estabilidad relativa que muestran los primeros dos meses del año, las primeras mediciones privadas de marzo comienzan a encender algunas señales de alerta.

Un relevamiento de la consultora LCG indicó que, durante la segunda semana del mes, los precios de alimentos y bebidas registraron un aumento del 1,1% respecto de la semana anterior. Se trata de la segunda semana consecutiva con subas superiores al 1%, un ritmo que, de sostenerse, podría empujar el índice mensual por encima del 3%.

De acuerdo con ese informe, la inflación promedio de las últimas cuatro semanas se ubica en torno al 3,7%, mientras que la acumulada en lo que va de marzo ya alcanza el 2,7%.

La dinámica del aumento está concentrada en algunos productos claves de la canasta alimentaria. Entre las subas más significativas se destacan:

Carnes: 1,9% semanal
Productos lácteos: 1,8%
Verduras: 1%

En el análisis más amplio de las últimas cuatro semanas, los mayores incrementos se observaron en:

Carnes: 5,3%
Bebidas: 4,9%
Panificados, cereales y pastas: 4,3%
Lácteos y huevos: 3,5%

Según los analistas, estos rubros concentran buena parte de la presión inflacionaria reciente y explican aproximadamente el 75% del aumento semanal de precios.

Una inflación más baja, pero todavía incómoda

Aunque los registros actuales se ubican muy por debajo de los niveles de inflación mensual que caracterizaron etapas recientes de la economía argentina, el desafío sigue siendo significativo.

La estabilidad en torno al 3% mensual todavía implica una tasa anualizada elevada y mantiene bajo presión el poder adquisitivo de los salarios, especialmente en un contexto de recuperación económica aún desigual.

El comportamiento de los alimentos —que impactan con mayor intensidad en los sectores de menores ingresos— y la continuidad de los ajustes tarifarios aparecen hoy como los dos factores determinantes para definir si el proceso de desaceleración logra consolidarse o si, por el contrario, vuelve a encontrar nuevos límites en los próximos meses.

En ese delicado equilibrio se jugará buena parte de la evolución del costo de vida durante el resto del año. Porque, aunque los indicadores muestren señales de moderación, la inflación continúa siendo uno de los principales termómetros de la estabilidad económica y social del país.

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Polémica por el aire acondicionado en los colectivos de San Juan

Tras la viralización de un presunto mensaje interno de la empresa La Positiva que ordenaría a los choferes no utilizar el aire acondicionado, la Secretaría de Tránsito y Transporte de San Juan inició una investigación. El caso reavivó el debate sobre las condiciones del servicio en la Red Tulum y puso en evidencia las deficiencias estructurales del sistema, mientras el Gobierno impulsa una nueva ley para reformar el transporte público provincial.

Una captura de pantalla difundida en redes sociales fue suficiente para desatar una fuerte controversia en torno al transporte público sanjuanino. El mensaje, atribuido a la gerencia de la empresa de colectivos La Positiva, indicaba a los conductores que evitaran utilizar el aire acondicionado en las unidades, bajo advertencia de posibles sanciones en caso de incumplimiento.

La circulación de esa comunicación generó una inmediata reacción entre los usuarios de la Red Tulum, quienes cuestionaron la eventual decisión empresarial por su impacto directo en las condiciones de viaje, especialmente en una época de altas temperaturas que caracterizan al verano en la provincia.

Frente al malestar social que comenzó a multiplicarse en redes y grupos de mensajería, la Secretaría de Tránsito y Transporte decidió intervenir para determinar si la directiva existió efectivamente y si vulnera las obligaciones contractuales de las concesionarias.

El marco regulatorio es claro: el contrato de concesión establece que las empresas deben garantizar niveles mínimos de confort para los pasajeros. En ese esquema, el funcionamiento del sistema de refrigeración no constituye un servicio opcional, sino una prestación obligatoria cuando las condiciones climáticas así lo requieren.

En diálogo con medios locales, el secretario de Tránsito y Transporte, Marcelo Molina, reconoció que el problema del aire acondicionado excede el episodio puntual y responde a una falencia estructural del sistema.

“Cuando asumimos no había un 50% de colectivos con aire acondicionado. El sistema de refrigeración debe funcionar cuando la temperatura supera los 25 grados”, explicó el funcionario.

El diagnóstico oficial revela un escenario todavía incompleto en materia de modernización. Si bien durante el último año se incorporaron entre 80 y 90 unidades nuevas, la situación dista de estar resuelta. Según admitió Molina, muchas empresas continúan rezagadas en el mantenimiento y correcto funcionamiento de los equipos de climatización.

“Las empresas siguen atrasadas con el tema de los aires, pero estamos analizando la situación”, sostuvo.

La polémica expone así un problema más amplio: la distancia entre los estándares previstos en la regulación del sistema y la experiencia cotidiana de los usuarios, que reclaman mejoras en confort, frecuencia y calidad del servicio.

Hacia una reforma del sistema de transporte

A la par del conflicto, el Gobierno provincial avanza en la elaboración de un proyecto de nueva ley de transporte, con el objetivo de actualizar el marco normativo y reorganizar el funcionamiento del sector.

La iniciativa busca introducir cambios estructurales orientados a modernizar el servicio, mejorar la eficiencia operativa y ampliar la participación de prestadores mediante un esquema de competencia regulada.

“El cambio que planteamos es una ley para los usuarios y los trabajadores, que resuelva los inconvenientes del sistema. Buscamos un transporte moderno y seguro”, afirmó Molina.

Entre los ejes centrales del proyecto aparecen varias transformaciones relevantes. Por un lado, se propone ampliar la competencia, habilitando la participación de más empresas mediante un aumento en la cantidad de licencias disponibles por habitante.

Al mismo tiempo, el texto prevé mayores exigencias para los conductores, quienes deberán  reunir condiciones específicas vinculadas al respeto de la normativa vial y la seguridad de los pasajeros.

Otro punto novedoso será la incorporación de plataformas digitales como herramienta para la prestación de servicios, lo que permitiría integrar aplicaciones tecnológicas al esquema de movilidad urbana.

Finalmente, el Gobierno plantea una reducción de la carga impositiva del sector, con el objetivo de estimular inversiones y facilitar la renovación de las flotas.

“Queremos que todos puedan trabajar con las plataformas que quieran. La intención es quitar la mayor tasa de impuestos posible y asegurar el mejor servicio para los usuarios”, agregó el funcionario.

Un debate que trasciende un episodio puntual

Más allá de la investigación sobre la empresa señalada, el episodio puso de manifiesto un malestar persistente dentro del sistema de transporte público: la necesidad de equilibrar sostenibilidad económica, calidad del servicio y cumplimiento de estándares mínimos para los pasajeros.

 Bajo estas circunstancias, el aire acondicionado se transformó en un símbolo de una discusión mayor: la modernización efectiva del transporte urbano y la capacidad del Estado para garantizar que las mejoras prometidas se traduzcan en condiciones reales de viaje.

La investigación sobre la presunta prohibición del aire acondicionado en una empresa de colectivos terminó abriendo una ventana hacia un problema más profundo del transporte sanjuanino. La falta de equipamiento plenamente operativo, las dificultades de mantenimiento y desequilibrios surgidos entre costos empresariales y calidad del servicio configuran un escenario que exige definiciones estructurales.

La futura ley de transporte aparece, en ese marco, como una oportunidad para redefinir las reglas del sistema y elevar los estándares de prestación. Sin embargo, el verdadero desafío no radicará únicamente en la redacción de una nueva normativa, sino en su capacidad de traducirse en un servicio más eficiente, moderno y, sobre todo, digno para quienes dependen del transporte público cada día.

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