Docentes autoconvocados levantaron el paro
Tras más de 15 días de paro, los docentes autoconvocados aceptaron la propuesta salarial anunciada por el Gobierno de la provincia de San Juan, que otorgará una suma fija de hasta $42.500 para elevar el sueldo neto a $180.000. Los cuatro movimientos de educadores realizaron la votación en los diferentes departamentos y decidieron el retorno a las aulas.
“Nuestros compañeros y compañeras de cada departamento han decidido: 1 departamento se abstuvo de votar, 7 departamentos decidieron seguir con la lucha, 12 departamentos aceptan volver a las aulas en disconformidad y continuar con la lucha docente”, manifestó uno de los portavoces de los docentes autoconvocados.
Previamente, el comunicado oficial del ejecutivo que conduce Sergio Uñac informaba: “Considerando la necesidad de garantizar la educación de todos los alumnos y alumnas de San Juan mediante el dictado de clases y teniendo en cuenta la crisis económica que atraviesa el país en general, y San Juan en particular, siendo los más perjudicados los asalariados de menores ingresos, el gobernador toma la decisión política de incrementar los ingresos a estos sectores”.
Este aumento será para los sectores de menores ingresos de los docentes y el resto de los empleados del Estado en la misma condición, ya que “la meta es garantizar un salario neto a los maestros de grado jornada simple de $180.000”. Para alcanzarlo, se otorgará una suma fija de hasta $42.500 y a cuenta de futuros aumentos salariales.
El anuncio fue realizado por la ministra de Hacienda, Marisa López, quien trasladó el resultado de lo que había sido la nueva mesa de negociación entablada por parte del secretario de la Unidad de Gobernación, Luis Rueda, con los trabajadores de la educación sanjuanina. De este modo, aseguran que se cumplirá el objetivo de que los salarios estén por encima de la canasta familiar.
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Minería en San Juan: nueva ley para blindar el empleo y las compras locales
El borrador de la nueva Ley de Desarrollo Minero fija metas de incorporación laboral y adquisiciones dentro del territorio sanjuanino. También contempla incentivos fiscales, programas de capacitación y la creación de un registro específico para empresas vinculadas a la cadena minera.
La expansión de la minería metalífera volvió a instalar un debate de fondo sobre el modelo de crecimiento que busca consolidar la provincia en los próximos años. En ese marco, comenzó a discutirse un proyecto legislativo que pretende redefinir la relación entre las grandes operadoras y el entramado económico regional, con el objetivo de que la riqueza generada por los recursos naturales tenga una incidencia más visible sobre el empleo, la producción y la actividad empresaria.
El borrador de la denominada Ley de Desarrollo Minero —todavía abierto a modificaciones— propone una serie de obligaciones e incentivos destinados a incrementar la participación de trabajadores y firmas radicadas en San Juan dentro de la cadena de valor extractiva.
Uno de los capítulos centrales está vinculado con la contratación de mano de obra local. La iniciativa establece que las compañías deberán presentar planes específicos de incorporación laboral y avanzar progresivamente hasta alcanzar un piso cercano al 80% de personal con residencia efectiva en la provincia, incluyendo empleados propios y trabajadores tercerizados.
La propuesta incorpora además herramientas de formación técnica y reconversión laboral. Las compañías deberán elaborar diagnósticos periódicos sobre perfiles demandados y desarrollar programas de capacitación orientados a cubrir vacancias estratégicas para la industria. La intención oficial es que el crecimiento de la actividad deje capacidades instaladas más allá de la vida útil de cada yacimiento.
El otro gran eje del proyecto apunta al fortalecimiento del tejido empresario vinculado a la minería. El texto fija como meta que hasta un 60% de las compras de bienes y servicios sean realizadas a compañías con presencia operativa en la jurisdicción, siempre que existan condiciones competitivas de precio, disponibilidad y calidad.
Para estructurar ese esquema, el borrador crea el Registro de Proveedores Mineros (RE.PRO.MIN), una base oficial destinada a identificar a las firmas habilitadas para participar dentro del sistema de preferencia productiva impulsado por el Estado.
El régimen establece criterios estrictos de admisión. Las empresas deberán acreditar actividad real dentro del territorio, domicilio legal y fiscal en la provincia y una composición societaria mayoritariamente vinculada a residentes radicados en el distrito.
La normativa también segmenta a las firmas inscriptas en distintas categorías: industriales, comerciales, prestadoras de servicios y constructoras. A su vez, incorpora un orden de prioridad que favorece primero a las empresas ubicadas en las áreas de influencia directa de los proyectos extractivos, luego a las zonas cercanas y posteriormente al resto del entramado empresario radicado en la provincia.
El esquema contempla además beneficios fiscales y herramientas de promoción económica para aquellas compañías mineras que acrediten simultáneamente altos niveles de contratación regional y compras dentro del mercado interno provincial. Entre los incentivos aparecen certificados de crédito fiscal, acceso preferencial a financiamiento y asistencia técnica.
La iniciativa suma, además, compromisos vinculados con infraestructura comunitaria, sostenibilidad ambiental y programas sociales. Las operadoras deberán presentar proyectos de inversión social orientados a educación, deporte, cultura y fortalecimiento institucional de las comunidades cercanas a los emprendimientos.
La autoridad de aplicación quedará bajo la órbita del Ministerio de Minería de San Juan, acompañado por un consejo consultivo integrado por representantes estatales, cámaras empresarias y referentes de las zonas de influencia minera.
El texto también prevé un régimen sancionatorio para los incumplimientos. Las penalidades incluyen apercibimientos, multas económicas y hasta la suspensión dentro del registro oficial para quienes no cumplan las metas comprometidas o presenten documentación irregular.
Dentro del sector reconocen que uno de los puntos más sensibles de la discusión gira alrededor de los criterios que determinarán qué compañías podrán ser consideradas efectivamente arraigadas en la provincia y cuáles quedarán fuera del esquema de beneficios.
Más allá de los aspectos técnicos, el proyecto expone una discusión mucho más profunda: cómo evitar que el auge extractivo funcione como un enclave aislado y lograr que la actividad se convierta en una verdadera plataforma de desarrollo económico, industrial y laboral para toda la región.
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La Cámara Laboral anuló los comicios de la UOM y ordenó la intervención del gremio por 180 días
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió intervenir la UOM, declarar la nulidad de las elecciones en la seccional Campana y dejar sin efecto la reelección nacional de Abel Furlán. El tribunal consideró que el proceso electoral vulneró principios básicos de transparencia y democracia sindical.
La Unión Obrera Metalúrgica quedó sumida en una de las crisis institucionales más profundas de las últimas décadas. En un fallo de enorme repercusión política y sindical, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inválidas las elecciones desarrolladas en la seccional Campana y extendió esa nulidad al proceso nacional que había ratificado a Abel Furlán al frente del gremio metalúrgico.
La resolución, firmada por los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, dispuso además el cese inmediato de toda la conducción nacional y de las autoridades electas en Campana, al tiempo que ordenó la intervención judicial del sindicato durante un plazo de 180 días.
El expediente se originó tras una presentación impulsada por la Lista Naranja de la seccional Campana, que denunció graves irregularidades durante las elecciones celebradas entre el 2 y el 4 de marzo. La Cámara concluyó que el mecanismo de votación implementado por la Junta Electoral no ofreció garantías mínimas de transparencia, control ni seguridad sobre la integridad de las urnas.
En el centro de la sentencia aparece la cuestionada custodia del material electoral durante las tres jornadas de votación. Según los magistrados, las urnas permanecieron bajo control exclusivo del oficialismo sindical en la sede gremial, sin escrutinios parciales diarios ni mecanismos independientes que aseguraran la inviolabilidad de los votos.
El tribunal consideró particularmente grave que los fiscales opositores hubieran sido invitados a “pernoctar” dentro de la sede sindical para custodiar las urnas. Para la Cámara, esa situación resultó “inaceptable e irrazonable” y expuso una estructura electoral incapaz de garantizar imparcialidad.
La resolución también cuestionó la extensión excepcional del acto electoral durante tres días consecutivos. Los jueces señalaron que ese esquema sólo puede justificarse bajo circunstancias extraordinarias vinculadas a modalidades especiales de trabajo y remarcaron que, en este caso, no existieron controles reforzados acordes a semejante nivel de excepcionalidad.
A partir de esa conclusión, la Cámara sostuvo que la nulidad de la elección en Campana contaminó directamente la posterior elección nacional de la UOM, realizada el 18 de marzo. El motivo es estructural: el secretario general nacional surge de un Colegio Electoral integrado por delegados seccionales, entre ellos los representantes de Campana cuya legitimidad quedó anulada judicialmente.
“Si el Colegio Electoral se encontró deficientemente conformado, nunca pudo haber elegido válidamente al Secretario General Nacional”, afirmaron los magistrados en uno de los párrafos centrales de la sentencia.
El fallo provocó así la caída de toda la conducción encabezada por Furlán y dejó sin efecto las designaciones realizadas desde la asunción de las nuevas autoridades. La Cámara entendió además que el sindicato quedó formalmente “acéfalo”, ya que los mandatos anteriores habían expirado el 22 de marzo y las autoridades electas quedaron invalidadas por decisión judicial.
Frente a ese vacío institucional, el tribunal resolvió avanzar con la intervención integral de la organización y designó al abogado Alberto Biglieri como interventor con amplias facultades administrativas y electorales. Entre sus responsabilidades estará la convocatoria a nuevos comicios dentro de los próximos seis meses.
Otro de los aspectos que agravó la situación de la conducción sindical fue la decisión de continuar adelante con la elección nacional pese a la existencia de una cautelar previa dictada por la misma Sala que suspendía el proceso electoral del 18 de marzo. Según el fallo, la organización gremial había sido correctamente notificada y, aun así, decidió avanzar con los comicios.
La sentencia también adquiere relevancia por el contexto político y sindical en el que se produce. Furlán venía consolidando un perfil cada vez más crítico frente al gobierno de Javier Milei y trabajaba en la articulación de sectores gremiales enfrentados al programa económico libertario. Dentro del sindicalismo metalúrgico, el fallo ya es leído como un episodio de fuerte impacto en la disputa de poder que atraviesa al movimiento obrero argentino.
El pronunciamiento judicial, además, reabre el debate sobre la progresiva intervención de los tribunales en los procesos internos de los sindicatos tras las modificaciones introducidas por el decreto 342/2025, que redujo el margen de actuación administrativa del Estado en los conflictos electorales gremiales y trasladó ese control directamente al Poder Judicial.
En ese sentido, la Cámara invocó principios vinculados a la libertad sindical y al Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo para justificar la intervención. Los jueces sostuvieron que la medida no busca limitar la autonomía gremial, sino restablecer condiciones de legalidad y representación legítima dentro de la organización.

La decisión impacta de lleno sobre uno de los sindicatos industriales más influyentes del país y abre una etapa de fuerte incertidumbre dentro de la estructura metalúrgica, atravesada ahora por una compleja disputa judicial, política y sindical que promete extenderse mucho más allá de los próximos meses.
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La carrera por la Cámara Laboral entró en su etapa decisiva y el Consejo de la Magistratura acelera las entrevistas
El Consejo de la Magistratura comenzó este viernes una de las instancias más sensibles del proceso destinado a cubrir una vacante clave dentro del fuero laboral: las entrevistas personales para definir quién ocupará un lugar en la Cámara de Apelaciones del Trabajo. El concurso, que despertó un marcado interés dentro del ámbito jurídico, reúne a 171 postulantes entre abogados litigantes, funcionarios judiciales y especialistas en derecho laboral.
La convocatoria cobró especial relevancia por el peso institucional del cargo vacante, dejado por Guillermo Baigorrí tras su designación como Fiscal General de la Corte. La magnitud del interés quedó reflejada en el elevado número de aspirantes, lo que obligó al organismo a distribuir las evaluaciones en distintas jornadas.
Durante la primera etapa de entrevistas, el cuerpo tenía previsto avanzar con cerca de cuarenta exposiciones individuales, en un esquema que continuará la próxima semana para completar el análisis de antecedentes, perfiles técnicos y aptitudes profesionales de los candidatos.
Entre los nombres anotados para competir por el puesto aparece el abogado Roy Kirby, junto a otros referentes vinculados al ámbito judicial y al ejercicio profesional del derecho laboral, en una disputa que concentra atención tanto dentro de los tribunales como en sectores gremiales y empresariales atentos al futuro del fuero.
Uno de los aspectos que añadió particularidad al proceso fue la incorporación extraordinaria de Vanesa Mestre al Consejo de la Magistratura. La decisión se produjo luego de que Valeria Torres resolviera apartarse del concurso por razones de incompatibilidad, debido a que su esposo integra la nómina de candidatos. La sustitución permitió mantener la conformación plena del organismo y garantizar la continuidad administrativa del procedimiento.
La definición del futuro camarista laboral aparece en un momento de fuerte sensibilidad institucional para el mundo del trabajo y la Justicia. Las discusiones sobre reformas laborales, litigios sindicales y conflictos vinculados a despidos, convenios colectivos y relaciones de empleo volvieron a colocar al fuero laboral en el centro de las tensiones políticas y económicas del país.
En ese contexto, la cobertura de una vacante dentro de la Cámara adquiere una dimensión que excede lo estrictamente administrativo. Se trata de un cargo con capacidad de incidencia directa sobre expedientes de significativo impacto económico y social, en una etapa donde el sistema judicial laboral enfrenta una creciente exposición pública.
Las entrevistas continuarán el próximo martes, siempre sujetas a la disponibilidad de los integrantes del Consejo, que representan a distintos estamentos institucionales y deben compatibilizar sus funciones con el cronograma del concurso.
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