Trabajadores de estaciones de servicio acordaron nuevos aumentos
El Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garages y Playas de Estacionamiento (SOESGyPE) informó de las mejoras salariales que estarán recibiendo los empleados del sector, producto de los acuerdos alcanzados con la cámara empresaria en el marco de las negociaciones paritarias vigentes.
En ese sentido, el gremio que conduce el secretario general adjunto de la Confederación General del Trabajo (CGT), Carlos Acuña, pudo cerrar la discusión de los incrementos que se solicitaban para el período 2022/23, vigente hasta el 31 de marzo, para los trabajadores del convenio colectivo de trabajo 521/07, y pautar las primeras subas del 2023/24.
Desde la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina (FECRA), calificaron de “intensas” las reuniones mantenidas con el sindicato, en las que se definió que haya aumentos salariales, no acumulativos y que serán computados en su totalidad sobre las remuneraciones básicas establecidas para el mes de marzo 2022.
Por lo pronto, el personal de expendio de combustible tendrá un 15% de carácter no remunerativo, con los haberes del mes de enero 2023, que será tenido en cuenta para el cálculo de los adicionales el Sueldo Anual Complementario (SAC), que pasará a integrar el básico del mes de febrero de 2023. Además, recibirán un 10% remunerativo con los salarios de febrero 2023 y otro 10% remunerativo con marzo 2023.
Por su parte, para el acuerdo salarial del 2023/24 se establecieron un 11% para abril, 10% para julio y 9% para agosto. Estos aumentos salariales serán no acumulativos y a computarse en su totalidad sobre las remuneraciones básicas establecidas para marzo 2023.
Por último, las partes coincidieron en establecer en septiembre la cláusula de revisión: “nos volveremos a reunir para proceder con la revisión de los compromisos y hacer, si correspondiera, un ajuste del salario provocado por la suba de la inflación”.
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Reforma laboral: La Justicia declara inconstitucional un artículo que reduce créditos de trabajadores
Un juez laboral de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley de reforma laboral, que fijaba un nuevo esquema para actualizar las deudas en juicios laborales en trámite. El magistrado consideró que la norma introduce un trato desigual entre procesos y podría afectar el carácter alimentario de los créditos laborales, al reducir significativamente su valor frente a la inflación.
La reciente reforma laboral aprobada por el Congreso comenzó a transitar su inevitable recorrido judicial. Y ese camino registró este jueves su primer hito: un fallo de la Justicia laboral de Córdoba que declaró inconstitucional uno de los artículos más sensibles de la nueva normativa.
La decisión fue adoptada por el juez laboral Ricardo Gileta, quien resolvió invalidar el artículo 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral, la disposición que establece cómo deben actualizarse los créditos laborales en aquellos juicios que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la reforma.
La sentencia, firmada el 10 de marzo y difundida en las últimas horas, marca el primer cuestionamiento judicial concreto al nuevo esquema legal impulsado por el Gobierno. El punto en discusión no es menor: el modo en que se recalculan las deudas derivadas de conflictos laborales.
El artículo impugnado introducía un criterio diferenciado para los procesos judiciales en curso. Según el nuevo régimen, las deudas debían actualizarse utilizando la tasa pasiva del Banco Central, con un límite máximo equivalente a la inflación más un 3% anual y un piso del 67% de ese cálculo. En la práctica, diversos especialistas advirtieron que esa fórmula podía implicar reducciones significativas en los montos que finalmente percibirían los trabajadores.
De acuerdo con estimaciones realizadas en distintos ámbitos judiciales, la aplicación del mecanismo previsto en la reforma podía recortar entre un 20% y un 60% el valor final de los créditos laborales respecto de los criterios que venían utilizando numerosos tribunales antes de la sanción de la ley.
Para el juez Gileta, ese cambio no sólo modifica el cálculo económico de las deudas sino que introduce una desigualdad jurídica difícil de justificar. En su fallo sostuvo que el artículo 55 “debe ser desechado por inconstitucional”, ya que establece un tratamiento diferenciado entre procesos iniciados antes y después de la sanción de la reforma.
En consecuencia, el magistrado dispuso que el crédito laboral del caso sea recalculado conforme al artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, recientemente reformado, que establece un mecanismo de actualización vinculado a la evolución del índice de precios al consumidor (IPC) con un adicional del 3% mensual desde la mora hasta el efectivo pago.
El núcleo del argumento judicial se centra en el principio de igualdad ante la ley. Según el fallo, aplicar un régimen más restrictivo a los juicios en trámite —en comparación con el previsto para los nuevos litigios— implica una distinción arbitraria que no encuentra justificación razonable en el sistema jurídico.
Pero la sentencia no se limita a ese planteo formal. El juez también enfatizó el carácter especial que poseen los créditos laborales dentro del ordenamiento jurídico argentino.
En el derecho del trabajo, recordó el magistrado, las acreencias derivadas de salarios, indemnizaciones o reparaciones por despido poseen naturaleza alimentaria. Es decir, están destinadas a garantizar la subsistencia del trabajador y su grupo familiar.
Desde esa perspectiva, cualquier mecanismo que reduzca sustancialmente el valor real de esos créditos frente a un contexto inflacionario puede entrar en conflicto con el principio de reparación plena y con el principio protectorio que la Constitución y la legislación laboral reconocen a favor de la parte más débil de la relación laboral.
El fallo aparece además en medio de una creciente judicialización de la reforma. Diversas organizaciones sindicales y asociaciones de abogados laboralistas ya anticiparon que recurrirán a la Justicia para cuestionar distintos capítulos de la norma, bajo el argumento de que introduce retrocesos en derechos sociales consolidados.
Revista Acción
En este aspecto, la Confederación General del Trabajo (CGT) también inició acciones judiciales para impugnar varios artículos de la reforma, en una disputa que promete extenderse durante meses en distintos tribunales del país.
El pronunciamiento del juzgado cordobés no implica, por ahora, la caída general del artículo cuestionado. Se trata de una sentencia de primera instancia, circunscripta al caso concreto. Sin embargo, su peso jurídico y simbólico es evidente.
La resolución inaugura un escenario de litigiosidad que probablemente acompañará la implementación de la reforma laboral durante los próximos años. En un sistema jurídico donde la interpretación judicial tiene un rol central, cada fallo comienza a delinear los contornos reales de una norma que todavía está lejos de mostrar su alcance definitivo.
Más allá del resultado final de los procesos judiciales que vendrán, el fallo deja una señal clara: la reforma laboral ya salió del terreno de la discusión parlamentaria para instalarse plenamente en el campo donde muchas veces se define el destino de las leyes en la Argentina contemporánea, el de los tribunales.
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Alarma en los supermercados por el ajuste en ChangoMás
La cadena ChangoMás inició una nueva ola de despidos que ya impactó en varias provincias y podría extenderse a todo el país. El plan de ajuste, en un entorno de fuerte retracción del consumo, se suma a otras señales de crisis en el sector supermercadista, donde varias empresas reducen estructuras, cierran locales o avanzan con recortes de personal.
La reciente decisión de la cadena ChangoMás de avanzar con despidos en distintas sucursales del país reactivó las alertas dentro del sector mercantil, en un clima marcado por la caída sostenida del consumo y el creciente deterioro del empleo en el comercio minorista.
El episodio más reciente se produjo en San Juan, donde 11 trabajadores fueron notificados de su desvinculación a última hora del viernes pasado. Según relataron empleados afectados a medios locales, las cesantías forman parte de un nuevo plan de reestructuración de personal impulsado por la compañía.
La empresa pertenece a Dorinka, controlada por el empresario Francisco de Narváez, quien adquirió en 2020 la operación local de Walmart con la promesa de impulsar un ambicioso plan de inversión. Sin embargo, a cinco años de aquella operación, el escenario parece haber cambiado drásticamente.
Un ajuste que podría extenderse a todo el país
Las desvinculaciones registradas en San Juan no constituyen un hecho aislado. Situaciones similares se detectaron en La Pampa, donde también fueron afectados trabajadores y algunos cargos jerárquicos. En ambos casos, los gremios mercantiles comenzaron a intervenir para verificar las condiciones en las que se realizaron los despidos y el cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias.
Desde el ámbito sindical sostienen que la reestructuración podría ampliarse rápidamente. Algunas estimaciones hablan de alrededor de 200 despidos en todo el país, mientras que otras fuentes elevan el número a cerca de 300 cesantías, lo que configuraría uno de los ajustes laborales más significativos en la cadena desde 2024.
“La información que manejamos es que el recorte alcanzará a sucursales de todo el país. Es una medida muy dura, similar a la que se aplicó el año pasado”, señaló un dirigente mercantil que sigue de cerca el conflicto.
De acuerdo con las primeras evaluaciones gremiales, en muchos casos los trabajadores desvinculados pertenecen a las líneas de caja o a puestos con menor antigüedad, un perfil que suele ser el primero en ser afectado cuando las empresas deciden reducir estructuras.
Antecedentes recientes y promesas incumplidas
El nuevo plan de ajuste revive un antecedente cercano. En mayo de 2024, la empresa había despedido al menos a 152 empleados en ocho sucursales del país, una medida que en aquel momento generó protestas y conflictos sindicales.
La compañía justificó aquella decisión en la caída de las ventas y el contexto económico general, argumentos que vuelven a aparecer ahora como fundamento de la nueva reducción de personal.
Actualmente, ChangoMás cuenta con 93 sucursales en Argentina y alrededor de 8.600 trabajadores, lo que dimensiona el impacto potencial de un proceso de achicamiento que podría alterar el funcionamiento de varios locales.
Según advierten desde el sector sindical, en algunos casos el recorte de personal podría derivar incluso en cierres de sucursales o en operaciones con plantillas mínimas, una estrategia cada vez más frecuente en el rubro para sostener la rentabilidad en escenarios de baja demanda.
Retiros voluntarios y advertencias sindicales
Tras los despidos iniciales, la empresa comenzó además a ofrecer retiros voluntarios a empleados con más de diez años de antigüedad, una modalidad que el Sindicato de Empleados de Comercio de San Juan observa con cautela.
La información fue confirmada por Mirna Moral, secretaria general del gremio, quien advirtió que los ofrecimientos suelen ubicarse por debajo de la indemnización que correspondería por ley.
“Cuando un trabajador firma un retiro voluntario pierde automáticamente el subsidio por desempleo. También queda sin cobertura de obra social para su familia y, en el caso de los mayores de 40 años, pierde la extensión automática del beneficio durante seis meses”, explicó la dirigente gremial.
Según Moral, desde el sindicato se asesora a cada trabajador antes de tomar una decisión para que evalúe con precisión las implicancias legales y económicas de aceptar estas propuestas.
Un sector que enfrenta dificultades estructurales
El caso de ChangoMás no es el único que muestra conflictos dentro del sector supermercadista. Otras cadenas también atraviesan dificultades operativas y financieras, en un mercado cada vez más condicionado por la retracción del consumo.
Uno de los ejemplos más visibles es La Anónima, empresa con fuerte presencia en la Patagonia. La firma reconoció ante autoridades laborales una caída cercana al 25% en sus ventas, lo que la llevó a reducir personal en los últimos años.
Su gerente general, Nicolás Braun, fue explícito al describir el escenario que enfrentan las grandes cadenas.
“Hoy a los supermercados nos está costando muchísimo ser rentables. Trabajar en la formalidad en Argentina se volvió extremadamente difícil”, sostuvo en una reciente entrevista periodística.
A estas dificultades se suma otro problema financiero relevante: la morosidad de su tarjeta de crédito propia, que pasó de 2.000 millones a 17.000 millones de pesos, multiplicándose por siete en un corto período.
Un mapa comercial en transformación
La problemática no se limitan a dos compañías. En distintas regiones del país, cadenas como Vea, Easy, Libertad o Yaguar también comenzaron a revisar sus estructuras.
La empresa chilena Cencosud, propietaria de Vea y Easy en Argentina, avanzó en los últimos meses con el cierre de varias sucursales en diferentes provincias, además de aplicar recortes de personal en distintas plazas del interior.
En consecuencia, otros supermercados optan por operar con dotaciones mínimas, reducir superficies de venta o concentrarse en formatos comerciales más pequeños, estrategias que buscan sostener la actividad en un ámbito de menor circulación de clientes.
Incluso en San Juan ya se perciben señales de esta reconfiguración. Días atrás dejó de funcionar el tradicional patio de comidas de un hipermercado Vea, una decisión que implicó la pérdida de alrededor de 20 puestos de trabajo directos.
El nuevo ajuste en ChangoMás vuelve a exponer la fragilidad laboral que atraviesa el sector del comercio en un escenario económico marcado por la contracción del consumo. Entre despidos, retiros voluntarios y reestructuraciones empresariales, el mapa supermercadista argentino parece ingresar en una etapa de redefinición profunda.
Para los gremios, el desafío inmediato consiste en garantizar el respeto de los derechos laborales y evitar que los costos de la crisis recaigan exclusivamente sobre los trabajadores.
Para las empresas, en cambio, la prioridad pasa por sostener la rentabilidad en un mercado cada vez más competitivo y con márgenes cada vez más estrechos.
En ese delicado equilibrio entre actividad económica y protección del empleo se juega hoy una parte central del futuro del comercio minorista en la Argentina. Mientras el consumo no recupere dinamismo, todo indica que la tensión entre empresas y trabajadores seguirá ocupando un lugar central en la agenda del sector.
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Actualización salarial para el trabajo en casas particulares: incrementos graduales y sumas extraordinarias
A través de una resolución oficial, el Gobierno nacional dispuso un aumento del 1,5% para febrero y otro porcentaje igual para marzo en las remuneraciones del personal de casas particulares. La medida incluye además el pago de un bono extraordinario que oscilará entre $8.000 y $20.000 según la carga horaria, en un intento por sostener el poder adquisitivo de un sector históricamente vulnerable a la inflación.
La normativa fija un aumento del 1,5% a partir de febrero, que se aplicará sobre las remuneraciones mínimas vigentes en enero de 2026. A este ajuste se sumará un nuevo incremento del mismo porcentaje en marzo, calculado sobre la base de los valores ya actualizados del mes anterior.
El esquema fue confirmado por Sara Gatti, presidenta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, organismo tripartito que reúne a representantes del Estado, de los trabajadores y de los empleadores. Desde ese ámbito se definió la necesidad de introducir una actualización que, si bien moderada, permita acompañar el deterioro del ingreso real frente a la dinámica inflacionaria.
Bonos para complementar la recomposición
Además de la suba porcentual, el acuerdo contempla el pago de bonos extraordinarios, que serán abonados junto a los salarios correspondientes a febrero y marzo. El monto variará según la carga horaria semanal, con el objetivo de contemplar la heterogeneidad de un sector caracterizado por una amplia diversidad de modalidades laborales.
El esquema quedó establecido de la siguiente manera:
$20.000 para quienes trabajen 16 horas semanales o más.
$11.500 para jornadas de entre 12 y 15 horas semanales.
$8.000 para quienes cumplan menos de 12 horas semanales.
Este beneficio fue acordado durante la sesión plenaria realizada el 24 de febrero en el seno de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, instancia en la que participaron representantes sindicales, delegados de empleadores y funcionarios del Gobierno.
Nuevos valores salariales
Con la actualización correspondiente a febrero, los salarios mínimos mensuales del sector se ubicaron en un rango que oscila entre $448.000 y $547.000, según la categoría laboral y la modalidad de trabajo.
Para marzo, con la aplicación del nuevo incremento del 1,5%, las remuneraciones volverán a ajustarse. En el caso del personal dedicado a tareas generales, la hora trabajada pasará a abonarse $3.348,33 con retiro y $3.599,87 sin retiro.
Las categorías superiores también reflejarán esta actualización. Por ejemplo, el personal que se desempeña como supervisor o supervisora podrá alcanzar remuneraciones mensuales que rondarán los $556.024,77 en la modalidad sin retiro, consolidando el techo salarial del sector.
Un sector clave y aún vulnerable
El trabajo en casas particulares constituye uno de los segmentos más amplios del empleo registrado en la economía doméstica, aunque también convive con elevados niveles de informalidad. En ese marco, cada negociación salarial adquiere una relevancia particular, ya que impacta directamente en los ingresos de miles de hogares.
Sin embargo, las subas graduales acordadas reflejan también las limitaciones de un esquema paritario condicionado por la situación macroeconómica. Mientras los incrementos buscan evitar un mayor deterioro del poder adquisitivo, el debate sobre la suficiencia de estas actualizaciones continúa abierto tanto entre los representantes de los trabajadores como entre especialistas en empleo y políticas sociales.
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