Anses otorgará un bono a jubilados en febrero
Mientras avanza el calendario de pagos en enero, Anses confirmó que en febrero tres grupos recibirán un bono variable según sus ingresos.

La Administración Nacional de Seguridad Social ( Anses) confirmó que en febrero tres grupos recibirán un bono variable de acuerdo a la cantidad de ingresos que perciban. Uno de estos beneficiarios son los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
A su vez, el organismo a cargo de Fernanda Raverta está pronto a comenzar con el calendario de pagos de enero para las asignaciones, jubilaciones y pensiones, sumado a sus distintos extras, como el bono de $7.000 o $10.000 para este último grupo
Durante el primer mes del año, jubilados y pensionados también tienen la posibilidad de acceder a una tablet gratis a través del programaConectando Con Vos, una iniciativa lanzada por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).
Bono de febrero
El bono confirmado en febrero proviene de una medida anunciada por Raverta en noviembre del 2022. Se trata de un refuerzo de ingresos de $30.000, fraccionado en tres cuotas de $10.000, a entregarse en diciembre, enero y febrero. A su vez, dicho monto está dirigido a tres grupos y uno de ellos son los jubilados y pensionados.
En cuanto a las fechas de cobro, todavía no fueron confirmadas. El organismo publicará el cronograma de cobro los primeros días de febrero.
Bonopara jubilados en febrero
Este grupo recibirá un refuerzo de ingresos en febrero y será el mismo que percibieron en diciembre y que tendrán en enero. El valor de la ayuda económica será establecido teniendo en cuenta los ingresos de cada persona.
De esta forma, aquellos que perciban dos haberes mínimos cobrarán $7.000, mientras que quienes reciban el equivalente a un haber mínimo serán beneficiarios de $10.000.
Quiénes cobran el bono de Anses
El bono de Anses lo recibirán los siguientes tres grupos de beneficiarios:
Jubilados y pensionados
Titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor
Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)
Sin embargo, para cobrar el bono es necesario que los titulares tengan ingresos que no superes 2 haberes mínimos jubilatorios.
Cuándo cobran los jubilados en enero
Jubilados y pensionados que cobren un haber mínimo
DNI terminados en 0: martes 10 de enero de 2023
DNI terminados en 1: miércoles 11 de enero de 2023
DNI terminados en 2: jueves 12 de enero de 2023
DNI terminados en 3: viernes 13 de enero de 2023
DNI terminados en 4: lunes 16 de enero de 2023
DNI terminados en 5: martes 17 de enero de 2023
DNI terminados en 6: miércoles 18 de enero de 2023
DNI terminados en 7: jueves 19 de enero de 2023
DNI terminados en 8: viernes 20 de enero de 2023
DNI terminados en 9: lunes 23 de enero de 2023
Jubilados y pensionados que cobren más de un haber mínimo
DNI terminados en 0 y 1: martes 24 de enero de 2023
DNI terminados en 2 y 3: miércoles 25 de enero de 2023
DNI terminados en 4 y 5: jueves 26 de enero de 2023
DNI terminados en 6 y 7: viernes 27 de enero de 2023
DNI terminados en 8 y 9: lunes 30 de enero de 2023
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Sube el colectivo en San Juan: el boleto mínimo costará $1.300
El transporte público en San Juan vuelve a encarecerse. A partir de la última resolución oficial, el valor del boleto mínimo se fijó en $1.300, en una decisión adoptada por la Secretaría de Tránsito y Transporte dependiente del Ministerio de Gobierno provincial.
La actualización constituye el segundo ajuste tarifario en lo que va del año. El antecedente inmediato se remonta al 1 de enero, cuando el pasaje había experimentado un incremento significativo del 34%, llevando la tarifa a $1.070. Con la nueva suba, el acumulado en apenas cuatro meses supera el 21%, consolidando un encarecimiento sostenido del servicio.
Desde el Ejecutivo explicaron que la medida responde a la evolución de los costos operativos del sistema. Entre los factores determinantes se destacan el encarecimiento de los combustibles y la actualización de los salarios del personal, dos variables que inciden de manera directa en la estructura económica del transporte.
La suba de los combustibles, influido por la volatilidad internacional del petróleo, repercutió con fuerza en los gastos de las empresas prestatarias. A su vez, los acuerdos salariales del sector contribuyeron a elevar los costos laborales, otro componente clave en la ecuación del servicio.
Las autoridades señalaron que la actualización tarifaria busca garantizar la continuidad y calidad de las prestaciones, en un sistema que requiere ajustes periódicos para sostener su operatividad. En ese sentido, indicaron que se mantiene un monitoreo permanente sobre la evolución de los costos y el funcionamiento del transporte público.
Sin embargo, el impacto sobre los usuarios es inmediato. El encarecimiento del boleto se suma a otros incrementos registrados en servicios esenciales, configurando una carga creciente sobre los ingresos, especialmente en los sectores que dependen del transporte urbano para sus actividades cotidianas.
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¿Si cae el precio del petróleo, por qué no bajan los combustibles en en país?
La cotización internacional del petróleo registró una fuerte caída tras anuncios vinculados al Estrecho de Ormuz. Sin embargo, en Argentina no se esperan reducciones inmediatas en los precios de naftas y gasoil, condicionados por factores locales y la volatilidad global.
El mercado energético global vivió una jornada de alta sensibilidad tras conocerse la supuesta reapertura del Estrecho de Ormuz, una vía clave por donde circula cerca del 20% del petróleo mundial. La reacción inicial fue contundente: el barril de crudo tipo Brent llegó a desplomarse casi un 13% en las primeras horas de negociación.
Sin embargo, el entusiasmo inicial se moderó con rapidez. Reportes internacionales advirtieron que la navegabilidad en la zona dista de estar plenamente garantizada. La presencia de minas en el corredor marítimo y los elevados costos de los seguros —producto del riesgo latente— mantienen la operatoria bajo condiciones de alta incertidumbre. En ese marco, la cotización del Brent recortó pérdidas y cerró la jornada en torno a los 92 dólares, recuperando parte del terreno cedido.
La evolución del precio del crudo también está condicionada por factores geopolíticos más amplios. La tregua entre Israel y el Líbano, junto con las negociaciones en curso entre Estados Unidos e Irán, introduce un elemento de transitoriedad que limita cualquier previsión de estabilidad en el corto plazo.
En este tablero global, la pregunta que surge en el mercado local es inmediata: ¿puede esta baja trasladarse a los surtidores argentinos? La respuesta, al menos por ahora, es negativa.
Fuentes del sector energético coinciden en que los precios internos todavía no reflejan plenamente los valores internacionales. Durante marzo, los combustibles registraron incrementos superiores al 20%, aunque aún por debajo del ajuste que hubiera implicado una alineación completa con el mercado global.
A esta brecha se suma una decisión reciente de YPF, que estableció un congelamiento de precios por 45 días a partir de abril. Bajo este esquema, el valor de referencia del barril en el mercado interno se ubica en torno a los 85 dólares, lo que introduce un ancla adicional frente a eventuales variaciones externas.
Los analistas advierten que una ocasional reducción en los precios locales requeriría un escenario más consistente de baja en el crudo, con valores sostenidos por debajo de los 80 dólares. Hoy, esa posibilidad aparece lejana, en un entorno atravesado por oscilaciones permanentes y riesgos geopolíticos latentes.
En aspecto, proyecciones de organismos internacionales anticipan un año marcado por la volatilidad, con rangos estimados entre 80 y 90 dólares por barril. Este comportamiento errático del mercado global refuerza la cautela de las petroleras al momento de definir ajustes en el plano doméstico.
La reciente caída del petróleo ofrece un alivio parcial en el tablero internacional, pero no alcanza para modificar, en lo inmediato, la ecuación local de los combustibles. La combinación de precios internos aún desfasados, decisiones empresariales y un escenario global inestable configura un panorama donde las variaciones externas no se traducen automáticamente en beneficios para el consumidor.
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Revés para el Gobierno: La Justicia del Trabajo retiene la causa de la reforma laboral
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 rechazó el intento oficial de trasladar la causa al fuero contencioso administrativo y ratificó que el conflicto por la Ley 27.802 debe resolverse en la Justicia del Trabajo. La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
En una resolución de alto impacto institucional, el juez Raúl Ojeda desestimó la estrategia del Gobierno nacional para desplazar la causa iniciada por la CGT contra la reforma laboral contenida en la Ley 27.802. El fallo reafirma que la controversia debe tramitar en el ámbito laboral, al considerar que el núcleo del litigio está directamente vinculado con derechos individuales y colectivos de los trabajadores.
La decisión desactiva el intento del Ejecutivo de radicar el expediente en el fuero contencioso administrativo federal bajo el argumento de que la norma cuestionada pertenece al derecho público. El magistrado fue categórico al rechazar ese planteo: la competencia no se define por la calidad de las partes involucradas, sino por la materia en discusión. Bajo ese criterio, sostuvo que el caso involucra institutos centrales del derecho del trabajo, como convenios colectivos, derecho de huelga, régimen indemnizatorio, período de prueba y libertad sindical.
El pronunciamiento introduce, además, un razonamiento de fondo que excede la cuestión formal. Al caracterizar la materia como “exclusivamente de derecho social”, el juez refuerza la especialidad del fuero laboral y delimita el terreno en el que deberá dirimirse la controversia.
Esa definición no es menor: implica que cualquier análisis sobre la validez de la reforma deberá contemplar estándares propios del derecho laboral y de los tratados internacionales que protegen estos derechos.
La estrategia oficial, sin respaldo judicial
El Estado nacional había promovido la inhibitoria con el objetivo de modificar el ámbito de resolución del expediente. Sin embargo, el fallo desmonta ese intento con un argumento central: la presencia del Ejecutivo como parte no altera la naturaleza del conflicto. En esa línea, la resolución deja en claro que el debate gira en torno a derechos laborales sustantivos, lo que vuelve improcedente su tratamiento fuera del fuero especializado.
A su vez, el magistrado advierte que el traslado del expediente en esta instancia implicaría una alteración significativa del proceso en curso. La causa ya se encuentra inscripta en el registro de procesos colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y agrupa múltiples presentaciones de sindicatos y federaciones. Un cambio de jurisdicción, sostiene, afectaría la economía procesal y podría generar incertidumbre jurídica.
Reforma en revisión judicial
Aunque la resolución no se pronuncia aún sobre la constitucionalidad de la Ley 27.802, introduce consideraciones que anticipan la dificultad del debate. La demanda impulsada por la CGT cuestiona una serie de artículos por presunta regresión en derechos laborales y sindicales, en posible contradicción con garantías constitucionales y compromisos internacionales asumidos por el país.
En ese aspecto, el fallo deja abierta la discusión sobre principios como la progresividad de los derechos sociales, la tutela judicial efectiva y la libertad sindical. Incluso desliza que eventuales modificaciones orientadas a limitar la competencia del fuero laboral podrían enfrentar objeciones desde el control de constitucionalidad y convencionalidad.
El juez natural, en el centro del debate
Otro de los ejes relevantes del pronunciamiento es la defensa del principio de juez natural. El magistrado advierte que apartar la causa del fuero laboral podría comprometer garantías esenciales del debido proceso. Para sostener esta posición, recurre a estándares internacionales que subrayan la necesidad de tribunales especializados en materia laboral, una exigencia vinculada al acceso efectivo a la justicia. La advertencia no es menor: una eventual desviación de esos parámetros podría exponer al Estado argentino a responsabilidades en el plano internacional.
Definición pendiente
Con el rechazo de la inhibitoria, la controversia sobre la competencia será ahora resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Su dictamen marcará el rumbo inmediato del expediente y condicionará el desarrollo del litigio en torno a la reforma laboral.
El fallo consolida la centralidad del fuero laboral en el tratamiento de la Ley 27.802 y redefine el tablero judicial en el que se disputará su validez. Más allá del resultado final, la resolución fija un criterio claro: los conflictos que involucran derechos del trabajo deben ser analizados por los tribunales especializados en la materia. En ese terreno se jugará, de ahora en más, el destino de una de las reformas más controvertidas del actual Gobierno.
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