Reglamentaron el nuevo piso de Ganancias
Finalmente se publicó en el Boletín Oficial la reglamentación de los nuevos parámetros que regirán para quienes deban abonar el impuesto

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó finalmente la ley 27.617, que eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de $ 150.000, a través de la resolución general 5008/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
De este modo, se exime del gravamen a más de 1.200.000 trabajadoras y trabajadores a partir del mes próximo, con lo cual más del 90% de los asalariados no pagará este tributo, y generará una inyección de recursos en la economía por $ 50.000 millones de julio a noviembre.
Además, determinó que más de 1.200.000 trabajadores en relación de dependencia cobrarán a partir de julio, en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas, la devolución retroactiva de los montos retenidos entre enero y mayo en concepto de anticipos del Ganancias.
Asimismo, los cambios en Ganancias también alcanzan al aguinaldo que cobran los trabajadores con un salario bruto de $ 150.000, e incluye al medio aguinaldo que se abonará este mes.
A esto se suman cerca de 200.000 personas con remuneraciones mensuales de entre $ 150.000 y $173.000 brutos, que a partir de julio afrontarán una menor carga tributaria.
Sin embargo, si un trabajador cobraba menos de $ 150.000 brutos al empezar el año y en algún momento de 2021 recibe un aumento que lleva su sueldo por encima de ese mínimo no imponible, no pagará Ganancias si el promedio anual lo ubica por debajo de esa cifra.
La RG definió que «deberá considerarse el promedio del monto de la remuneración o haber bruto mensual correspondiente al período fiscal anual». Por lo tanto, «no corresponderá retención alguna del impuesto a las Ganancias en aquellos meses en que la remuneración o haber bruto de ese mes o el promedio de las remuneraciones y haberes brutos mensuales a ese mes -el que fuere menor- no supere $ 150.000».
Además, subrayó que la retención de Ganancias debe tener en cuenta «las variaciones normales y habituales que pueden sufrir las remuneraciones y haberes brutos, por motivos estacionales, como mayor demanda de trabajadores, negociaciones colectivas o situaciones similares».
La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, destacó que «los cambios en el Impuesto a las Ganancias ofrecerán un importante estímulo al mercado interno», y subrayó que «la medida permite recomponer ingresos y apuntalar el consumo».
«Alrededor del 90% de las trabajadoras y los trabajadores no pagarán el impuesto», aseguró la funcionaria.
La normativa de la AFIP también instrumentó las modificaciones introducidas por la ley 27.617 en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.
Del mismo modo incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre próximo, beneficio que había vencido en diciembre pasado.
En el caso de las jubilaciones, no tributarán el gravamen quienes ganen hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta los $ 164.000 anuales.
Además, se mantiene el beneficio del «22% adicional» en la región patagónica pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que «beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados».
Asimismo, se excluyó del pago de Ganancias al reintegro de gastos de guardería para los hijos e hijas de hasta tres años, con un monto de hasta $ 67.000 por año.
Por otra parte, la normativa incrementó de $ 2 millones a $ 2,5 millones el umbral de ingresos y rentas, a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales para el período fiscal 2020.
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El sindicalismo de ANSES abre un debate nacional sobre el futuro de las jubilaciones
Impulsado por APOPS junto a la CGT, el Foro Federal «Pensar la Argentina Previsional» reúne a trabajadores, universidades, especialistas, sindicatos y organizaciones sociales para construir propuestas sobre el futuro del sistema jubilatorio frente a los cambios demográficos, tecnológicos y laborales que redefinirán la seguridad social en las próximas décadas.
El debate sobre el futuro del sistema previsional argentino comenzó a salir de los ámbitos técnicos y gubernamentales para incorporar una mirada más amplia y federal. Con ese propósito, la Asociación del Personal de los Organismos de Previsión Social (APOPS) puso en marcha el Foro Federal «Pensar la Argentina Previsional», una iniciativa que convoca a trabajadores de ANSES, especialistas, universidades, organizaciones sociales, representantes sindicales y referentes institucionales con el objetivo de elaborar una agenda de propuestas para modernizar la seguridad social y proyectarla hacia los próximos treinta años.
La propuesta parte de una premisa que atraviesa toda la discusión: las transformaciones demográficas, el envejecimiento de la población, la expansión del empleo informal, la irrupción de nuevas modalidades laborales y el impacto de la innovación tecnológica obligan a revisar el funcionamiento del sistema previsional desde una perspectiva de largo plazo. Para los organizadores, limitar el debate a la actualización de haberes, la edad jubilatoria o el equilibrio fiscal implica dejar de lado desafíos estructurales que condicionarán la sustentabilidad del régimen en las próximas décadas.
El recorrido ya comenzó con encuentros en la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, continuó en el municipio bonaerense de San Martín y tuvo una nueva escala en la ciudad cordobesa de Villa María, en una jornada organizada junto a UTEDYC. La próxima convocatoria tendrá lugar en el histórico Salón Felipe Vallese de la CGT, donde se buscará ampliar la participación de organizaciones gremiales, académicas y sociales de todo el país.
La central obrera respalda la iniciativa al considerar que el diseño del sistema previsional no puede quedar circunscripto a especialistas o decisiones exclusivamente gubernamentales. La intención es construir consensos desde el territorio, incorporando la experiencia de quienes administran diariamente la seguridad social, estudian su evolución o representan a los trabajadores y jubilados.
El secretario general de APOPS, Fabián Montaño, sostuvo que el propósito del foro es intervenir antes de que cualquier reforma previsional quede definida. Según planteó, el objetivo consiste en que quienes sostienen el sistema participen activamente en la elaboración de las propuestas y no sean meros destinatarios de decisiones ya adoptadas.
El dirigente también cuestionó que, durante años, el debate previsional haya quedado reducido casi exclusivamente a variables fiscales. A su entender, la seguridad social representa uno de los principales instrumentos de cohesión de un Estado moderno y constituye un compromiso colectivo destinado a garantizar protección frente a la vejez, la discapacidad y otras contingencias sociales. Desde esa perspectiva, defendió la necesidad de preservar sus principios fundacionales mientras se actualizan las herramientas para responder a una realidad laboral y demográfica profundamente distinta a la que dio origen al sistema vigente.
Cada encuentro incorpora aportes de especialistas en derecho previsional, economistas, académicos, funcionarios locales, representantes sindicales y trabajadores de ANSES. La diversidad de miradas apunta a construir diagnósticos compartidos sobre cuestiones que ya condicionan el presente del sistema: la baja densidad de aportes provocada por la informalidad, la mayor expectativa de vida, la digitalización de la administración pública, la aparición de nuevas formas de empleo y la necesidad de ampliar la cobertura sin comprometer la sustentabilidad financiera.
APOPS adelantó que las conclusiones del recorrido no quedarán circunscriptas al ámbito gremial. La intención es consolidar un documento que pueda alimentar la discusión legislativa, académica e institucional sobre una eventual reforma previsional, aportando una visión construida desde las distintas realidades regionales del país.
Con nuevas universidades, sindicatos y organizaciones incorporándose a cada convocatoria, el Foro Federal busca consolidarse como un espacio permanente de reflexión sobre uno de los desafíos más relevantes de la Argentina: construir un sistema previsional capaz de garantizar derechos, responder a los cambios del mercado laboral y sostener su viabilidad financiera en las próximas décadas.
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Los combustibles inician agosto con un incremento y otra suba prevista para septiembre
El incremento responde a una actualización parcial del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y del tributo al dióxido de carbono. La suba rondará el 0,5% en las naftas y el 0,75% en el gasoil, mientras que el resto del ajuste impositivo quedó diferido hasta septiembre.
Los precios de los combustibles volverán a modificarse desde el 1° de agosto como consecuencia de una actualización parcial de los impuestos que gravan la comercialización de naftas y gasoil. La medida fue oficializada por el Gobierno nacional mediante el Decreto 693/2026 y forma parte del esquema de adecuación gradual de los tributos que permanecían parcialmente congelados desde períodos anteriores.
La decisión impacta sobre el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos (ICL) y el impuesto al dióxido de carbono, dos componentes que integran el precio final que pagan los consumidores en los surtidores. Según las estimaciones del mercado, el ajuste representará un incremento promedio del 0,5% para las naftas y del 0,75% para el gasoil.
En términos nominales, la actualización equivale a una suba cercana a los $11 por litro en la nafta y de aproximadamente $14 por litro en el gasoil. De esta manera, el valor de referencia de la nafta súper pasará de $2.047 a alrededor de $2.058, mientras que el gasoil aumentará de $2.106 a unos $2.120 por litro, aunque los precios finales podrán variar de acuerdo con la política comercial de cada empresa y las particularidades de cada región del país.
El decreto mantiene, sin embargo, el criterio de aplicar el ajuste tributario de manera gradual. El remanente correspondiente a las actualizaciones pendientes de 2024 y de los tres primeros trimestres de 2025 volverá a diferirse hasta el 1° de septiembre, cuando el Poder Ejecutivo deberá definir si completa esa recomposición o extiende nuevamente el cronograma.
La decisión responde a la política oficial de administrar el impacto de los impuestos sobre los precios de los combustibles, uno de los componentes con mayor capacidad de trasladarse a los costos del transporte, la logística y buena parte de la estructura productiva. Desde el Gobierno sostienen que el diferimiento parcial busca preservar el proceso de desaceleración inflacionaria sin resignar el objetivo de normalizar gradualmente la carga tributaria.
En el caso del gasoil continuará vigente el tratamiento diferencial previsto para las provincias comprendidas en el régimen patagónico, que incluye a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido bonaerense de Patagones y el departamento mendocino de Malargüe, donde se mantiene un adicional específico contemplado por la legislación vigente.
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Paritaria de encargados de edificios: aumento para julio y agosto y revisión en septiembre
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal pactó incrementos para julio y agosto, mantuvo una suma fija remunerativa de $25.000 hasta septiembre y estableció una cláusula de revisión para redefinir los salarios de los próximos meses según la evolución de la economía.
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH) alcanzó un nuevo acuerdo paritario que fija las remuneraciones de los encargados de edificios para el trimestre julio-septiembre de 2026. El entendimiento incorpora incrementos escalonados sobre los salarios básicos, mantiene una suma fija remunerativa mensual y deja abierta la negociación mediante una cláusula de revisión prevista para septiembre.
El convenio, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo 589/10, fue suscripto entre la organización sindical y las entidades empleadoras del sector: la Unión Administradores de Inmuebles, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal. El objetivo es preservar el poder adquisitivo de los trabajadores en un proceso de negociación que continúa adaptándose a la evolución de la inflación y de los ingresos reales.
Para los haberes de julio se estableció un incremento del 2% sobre los salarios básicos vigentes en junio para la cuarta categoría del convenio, porcentaje que se traslada de manera proporcional al resto de las categorías y a los adicionales convencionales. Además, se actualizó la suma fija remunerativa mensual, que quedó establecida en $25.000.
En agosto, los salarios volverán a incrementarse un 1,9% sobre las escalas vigentes de julio, manteniendo el mismo criterio de aplicación para todas las categorías previstas en el convenio colectivo. La suma fija de $25.000 también continuará abonándose junto con los haberes mensuales.

Para septiembre no se incorporó un nuevo porcentaje de incremento sobre los básicos, aunque se resolvió sostener el pago de la suma fija remunerativa. Ese mes será determinante para la continuidad de la negociación, ya que las partes acordaron volver a reunirse para evaluar la evolución de los principales indicadores económicos y definir una eventual recomposición para el último tramo del año.
La incorporación de una cláusula de revisión refleja una modalidad que comenzó a consolidarse en las negociaciones colectivas de distintos convenios. Frente a una inflación que continúa condicionando las paritarias, los acuerdos de corto plazo permiten ajustar las escalas con mayor frecuencia y reducir el riesgo de un nuevo atraso salarial entre una negociación y otra.
El acta será remitida a la Secretaría de Trabajo para su homologación. No obstante, las partes establecieron que, si el trámite administrativo no concluye antes del vencimiento de los salarios correspondientes a julio, agosto o septiembre, los empleadores deberán liquidar igualmente los incrementos previstos bajo el concepto de «a cuenta del acuerdo paritario», tomando como referencia las escalas salariales difundidas por FATERYH.
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