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El Consejo Superior de la UNSJ lo decidió en una votación nominal. Así, docentes tendrán derecho a elegir y a postularse en las próximas elecciones.

Los y las docentes que se desempeñaban en el seno de la UNSJ como interinos/as y que fueron regularizados/as en función de la aplicación del Artículo 73 del Convenio Colectivo de Trabajo para los Docentes de las Instituciones Universitarias, tendrán, finalmente, derecho a voto y a postularse a cargos en las próximas elecciones generales de esta Universidad el próximo 10 de junio. Así lo decidió esta tarde noche el Consejo Superior, mediante una votación nominal en que hubo 24 votos por el Dictamen B de la Comisión de Reglamento e Interpretación de este Consejo, cinco abstenciones y un voto por el Dictamen A.

Los dictámenes de la Comisión de Reglamento e Interpretación del CS fueron dos: el Dictamen A era una reconsideración de la Ordenanza 20/19 y contemplaba que se reglamenten los derechos políticos de acuerdo a lo que establece la Ley de Educación Superior. En tanto, el Dictamen B consideraba no modificar, no innovar, la Ordenanza 20/19, es decir, contemplaba que no perdieran derechos políticos los/as docentes interinos regularizados/as por el Convenio Colectivo de Trabajo.

El Artículo 18 del Anexo de la Ordenanza 20/19 de la UNSJ, dice: “Integran el Padrón de Docentes Universitarios ‘Regulares’, los/as docentes de la UNSJ que hubiesen accedido a un cargo docente mediante concurso abierto de antecedentes y oposición, o bien, hayan sido regularizados/as conforme con las prescripciones contenidas en el Artículo 73 del Decreto Nº 1246/2015 – PEN, en esta Universidad u otra Universidad nacional”.

Por su parte, el Convenio Colectivo de Trabajo para los Docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales (Decreto 1246/2015), en su Artículo 73, establece: “Las Instituciones Universitarias Nacionales, a través de la Comisión Negociadora de Nivel Particular, dispondrán los mecanismos para la incorporación a carrera docente de los docentes que revistan como interinos, y que a la firma del presente convenio tengan cinco años o más de antigüedad en tal condición, en vacantes definitivas de la planta estable”.

En otro orden, el Cuerpo Deliberativo también abordó la posibilidad de incluir o no a jubilados/as en padrones docentes, pero finalmente por votación decidió que ello no se llevará a cabo.

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Departamentales

Desmienten el cierre de la fábrica de galletitas de Albardón y aseguran que sigue operativa

El secretario de Industria y Comercio, Alejandro Martín, negó que la planta de Albardón haya dejado de funcionar y afirmó que conserva su dotación laboral. También explicó que desde enero la planta tiene un nuevo propietario y que la marca Tía Maruca quedó desvinculada de la operación sanjuanina.

Las versiones sobre un eventual cierre de la fábrica de galletitas de Albardón volvieron a circular en las últimas horas, pero fueron desmentidas por el Gobierno de San Juan. El secretario de Industria y Comercio, Alejandro Martín, aseguró que la planta continúa operativa y mantiene la misma cantidad de trabajadores.

El funcionario explicó que no se trata de una noticia nueva y cuestionó la reiteración de una versión que, según sostuvo, ya había circulado en abril. “Cada tanto esa noticia vuelve a aparecer”, señaló, al tiempo que reconoció que la caída del consumo y las dificultades que atraviesa buena parte de la industria nacional generan un terreno propicio para este tipo de versiones.

Uno de los cambios producidos durante este año estuvo vinculado con la propiedad de la empresa. Martín indicó que Juan Carlos Crovella adquirió en enero la totalidad del paquete accionario, aunque esa modificación no implicó el cierre ni la paralización de la planta ubicada en Albardón.

También hubo una modificación relevante en torno a la marca Tía Maruca. Según precisó el funcionario, esa denominación ya no forma parte de la operación de la fábrica sanjuanina y quedó en manos de Alejandro Ripani, quien continúa elaborando productos de la marca desde una planta ubicada en Luján.

El establecimiento industrial, en tanto, mantiene la elaboración de sus propias marcas, entre ellas Argentitas y Dale, además del resto de las líneas que permanecieron bajo la conducción de la planta. La dotación de personal, de acuerdo con la información brindada por Martín, tampoco sufrió modificaciones.

La aclaración oficial apunta así a separar dos cuestiones que habían quedado mezcladas en las versiones difundidas: el cambio de propietario y la desvinculación de Tía Maruca no significaron el cierre de la fábrica de Albardón.

Martín reconoció que la compañía enfrenta un período complejo por el menor consumo interno, pero sostuvo que la planta continúa sosteniendo sus operaciones. “La venta al consumo interno está difícil, pero esta planta se está sosteniendo”, afirmó.

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destacada

La Justicia ordenó completar el loteo de AMPUNSJ y fijó una indemnización millonaria

La jueza Adriana Tettamanti, del Juzgado Contencioso Administrativo, hizo lugar al reclamo de AMPUNSJ contra Proyectos Residenciales y Comerciales S.A. y ordenó completar el parcelamiento e inscripción de los terrenos del Loteo Valle Encantado. La empresa deberá cumplir en seis meses y pagar $15.369.487 más intereses.

La Justicia de San Juan condenó a Proyectos Residenciales y Comerciales S.A. (P.R.Y.C.S.A.) a completar la regularización parcelaria del emprendimiento inmobiliario Valle Encantado y estableció una reparación económica a favor de la Asociación Mutual del Personal de la Universidad Nacional de San Juan (AMPUNSJ).

La titular del Juzgado Contencioso Administrativo, resolvió la demanda interpuesta por la mutual, originada en la inobservancia de las obligaciones de un contrato suscrito el 15 de enero de 2021.

El fallo establece que la empresa deberá concretar el parcelamiento e inscripción parcelaria de los lotes comprendidos en el emprendimiento. Para hacerlo, dispone un plazo de seis meses desde la notificación de la sentencia, con la posibilidad de aplicar sanciones económicas si la orden judicial no es cumplida.

Además de la obligación de regularizar los terrenos, la magistrada fijó una indemnización de $15.369.487 por daños y perjuicios, suma que deberá actualizarse mediante los intereses correspondientes hasta su efectivo pago.

El veredicto también alcanza a 87 asociados de AMPUNSJ individualizados en el expediente. La determinación de cuánto corresponde a cada uno deberá efectuarse durante la etapa de ejecución de sentencia, por lo que todavía resta definir la distribución concreta de esos montos y la modalidad mediante la cual se harán efectivos.

El expediente tuvo una instancia de conciliación el 9 de abril de 2026, con participación de representantes de la mutual y de la empresa. El encuentro concluyó sin acuerdo, por lo que el juzgado dispuso continuar con la producción de prueba hasta arribar a la resolución ahora conocida.

El fallo corresponde a la primera instancia y, por lo tanto, la empresa tiene la posibilidad de recurrir ante la Cámara Contencioso Administrativa. Una eventual apelación abrirá una nueva instancia de revisión sobre la resolución, mientras que la ejecución de las obligaciones y los derechos económicos reconocidos en el proceso quedarán sujetos a las decisiones que adopte la Justicia.

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La carne vacuna subió 51,2% interanual y el consumo cayó a uno de sus niveles más bajos

La producción de carne vacuna cayó 6,8% entre enero y agosto y el consumo interno descendió hasta unos 46 kilos por habitante al año. En simultaneo, las exportaciones crecieron 6,5%, mientras los precios de los cortes acumularon una suba del 51,2% interanual y ampliaron la brecha frente al pollo.

La reducción de la oferta comenzó a hacerse más visible durante agosto. La faena de hembras cayó 20,8% interanual y acumuló un retroceso del 11,9% en los primeros ocho meses. Su participación sobre el total faenado fue del 42,9%, una proporción cercana al límite que los especialistas consideran compatible con la preservación del stock ganadero.

El menor ingreso de animales a los frigoríficos repercutió sobre la producción. En agosto se obtuvieron unas 248.000 toneladas de carne res con hueso, 8,7% menos que un año atrás. El mayor peso promedio de las reses, que alcanzó 246 kilos en gancho, permitió compensar parcialmente la caída de la faena, aunque no logró revertirla.

Mientras la oferta disminuye, el comercio exterior gana participación. Los embarques acumulados hasta agosto llegaron a unas 567.400 toneladas res con hueso, con una expansión interanual del 6,5%. En contraste, los despachos destinados al mercado interno retrocedieron 11,3%.

Estados Unidos aparece entre los destinos que más aceleraron sus compras. En julio recibió 11.339 toneladas de carne argentina, un salto del 336,9% respecto del mismo mes del año anterior, impulsado en buena medida por el nuevo cupo de 100.000 toneladas habilitado por ese país. Israel también incrementó sus adquisiciones, mientras China mantuvo su liderazgo como principal comprador, aunque con menores volúmenes.

El cambio también se refleja en los precios que enfrentan los consumidores. En agosto, el kilo de hacienda en pie en el Mercado Agroganadero de Cañuelas promedió $3.833,70, con una suba del 46% interanual. En los comercios, los cortes vacunos aumentaron 51,2% en doce meses, más del doble que el pollo entero, cuyo precio avanzó 24,2%.

La diferencia modificó de manera significativa la relación de precios entre ambas carnes: la vacuna se encareció 21,8% más que el pollo. Para los hogares, esa brecha refuerza la sustitución hacia productos de menor costo y contribuye a explicar el retroceso del consumo tradicional.

El consumo de carne vacuna se ubica actualmente en torno de los 46 kilos por habitante al año, uno de los registros más bajos de los últimos años. El dato adquiere particular relevancia en un país históricamente asociado a un elevado consumo de carne bovina y muestra que el precio dejó de ser una variable secundaria en la elección de los alimentos.

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