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El ministerio de Trabajo dispuso la prorroga del mandato hasta el 31 de agosto próximo

El secretariado nacional de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA)- que encabeza Héctor Laplace- informó sobre la disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación por el cual se extiende hasta el 31 de agosto próximo los mandatos de las autoridades sindicales. A tal fin, la AOMA difundió los alcances de las disposiciones establecidas por la autoridad competente para disponer la extensión de los mandatos de las actuales autoridades en el marco de la emergencia sanitaria por COVID 19.

En los considerandos de la norma se estableció que en el marco de la ampliación de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, el Ministerio de Trabajo “ha dictado sucesivas normas para resolver la problemática institucional de las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Nº 23.551, procurando evitar mayores contagios y que se asuman conductas que podrían poner en peligro la salud de las personas, decisión justificada en el marco de la emergencia sanitaria y el contexto general de incertidumbre que tal situación produce para los órganos de representación sindical y la conformación de la voluntad colectiva”.

En este sentido, agregó que “la vigencia de la emergencia sanitaria y el desconocimiento sobre el momento en que la evolución de la pandemia permita dar por finalizada la emergencia referida, genera situaciones de incertidumbre que resultan contraproducentes a los fines del ejercicio de las representaciones correspondientes al ámbito de las asociaciones sindicales» y que «la referida emergencia sanitaria conlleva la posibilidad de un rebrote del virus COVID-19, como ya acontece en distintas regiones del mundo”.

Cabe resaltar que AOMA con anterioridad a la crisis sanitaria desatada por el coronavirus, había convocada a los congresos Ordinario y Extraordinario para abril de 2020, En el primero se analizaría las cuestiones inherentes a los balances institucionales, en cambio la otra convocatoria todo lo referido a las elecciones que determinarían las autoridades para el período 2020-2024, ambas reuniones no se realizaron y se ajustaron a las normativas emanadas desde el Ministerio de Trabajo que regula a las entidades sindicales.

Ante esta situación, la cartera laboral dispuso recientemente prorrogar el plazo establecido por la Resolución 1199/20 “hasta el 31 de Agosto de 2021″ y también amplió “la prórroga del plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución citada por el plazo de 180 días, a partir del 31 de agosto de 2021”.

La norma exceptúa de la prórroga de mandatos a “aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020”.

Asimismo, se estableció que “los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la vida sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia”.

Por último, AOMA, difundió que la misma Resolución instruye a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a “analizar y autorizar a petición de las entidades sindicales, la realización de las asambleas, congresos o actos que fueren factibles llevar a cabo, y a coordinar las acciones necesarias a fin de determinar los requisitos y cronogramas que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19 prestando especial atención a las razones de salud pública que motivan la presente, la situación de cada jurisdicción y el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades” termina señalando la decisión del gobierno.

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A ochenta años de la instauración del aguinaldo: de la conquista social a la discusión sobre su alcance indemnizatorio

En el aniversario del Decreto-Ley 33.302/1945, que instituyó el sueldo anual complementario y consolidó un núcleo central de derechos laborales, resurgen las tensiones en torno al proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional, cuestionado por excluir estos beneficios del cálculo indemnizatorio.

Este 20 de diciembre se cumplen ochenta años de la publicación del Decreto-Ley 33.302, una de las normas más trascendentes de la historia laboral argentina. Promulgado durante el gobierno de Edelmiro Farrell e impulsado decisivamente por Juan Domingo Perón desde la entonces Secretaría de Trabajo y Previsión, el texto consagró el carácter obligatorio del sueldo anual complementario —conocido como aguinaldo— e introdujo un nuevo paradigma en la relación entre capital y trabajo.

La medida no fue un hecho aislado ni improvisado. Representó la culminación de un proceso iniciado en 1943, cuando la Secretaría de Trabajo y Previsión comenzó a intervenir activamente en los conflictos laborales, desplazando la lógica de la negociación desigual y colocando al Estado como garante de derechos. En ese marco, el Decreto 33.302 funcionó como un punto de llegada: sintetizó una concepción del trabajo como eje de la justicia social y como fundamento de la cohesión económica.

Durante ese período, se impulsaron transformaciones estructurales que redefinieron el mundo laboral argentino. El Estatuto del Peón Rural, sancionado en 1944, estableció por primera vez condiciones mínimas en el trabajo agrario, desafiando intereses históricos del sector terrateniente. A ello se sumó la generalización de las vacaciones pagas mediante el Decreto 1.740/1945, la creación de los Tribunales del Trabajo y una expansión inédita de los convenios colectivos, que alcanzaron a millones de trabajadores y consolidaron mejoras salariales, previsionales y de protección frente al despido.

El Decreto-Ley 33.302 coronó ese entramado normativo al fijar tres pilares centrales: el pago obligatorio de un salario anual complementario, la indemnización por despido injustificado y la creación del Instituto Nacional de Remuneraciones, encargado de establecer salarios mínimos acordes al costo de vida. “El aguinaldo no nació de un cuento de rosas. Existió un contexto político adverso y esta medida supuso un profundo convencimiento de que en la Nueva Argentina los trabajadores ocupaban un lugar central”, reflexionó el historiador Emmanuel Bonforti, al analizar el alcance político y social de aquella decisión.

Con el correr de las décadas, estos derechos se incorporaron al sentido común laboral argentino y atravesaron distintos ciclos económicos y políticos. Más allá de reformas parciales, el aguinaldo y las vacaciones pagas se consolidaron como componentes estructurales del salario y como resguardo ante la inestabilidad del empleo.

La reforma laboral y el nuevo enfoque oficial

El contraste se vuelve inevitable al observar el escenario actual. El proyecto de reforma laboral impulsado por el presidente Javier Milei reabre un debate de fondo sobre el alcance de esas conquistas. Entre los puntos más cuestionados por sindicatos y sectores de la oposición figura la exclusión de conceptos no mensuales —como el aguinaldo, las vacaciones pagas, premios y otros adicionales— del cálculo de las indemnizaciones por despido sin causa.

De prosperar esta modificación, el monto indemnizatorio se vería sensiblemente reducido, alterando uno de los mecanismos históricos de protección frente a la pérdida del empleo. La iniciativa incorpora, además, la posibilidad de establecer un fondo de cese laboral optativo con aportes patronales acotados, habilita el pago de indemnizaciones en cuotas y flexibiliza el régimen de vacaciones, permitiendo su fraccionamiento con un mínimo de siete días consecutivos.

Desde el oficialismo, el argumento central gira en torno a la necesidad de “modernizar” el sistema laboral, reducir costos y fomentar la formalización del empleo. Sin embargo, las principales centrales sindicales, encabezadas por la CGT, calificaron la propuesta como regresiva y convocaron movilizaciones en rechazo al proyecto, al considerar que debilita derechos consolidados y traslada el riesgo económico hacia los trabajadores.

El debate parlamentario, atravesado por tensiones políticas y falta de consensos, se intensificó durante diciembre y sufrió postergaciones. En paralelo, sectores del peronismo y bloques opositores preparan contrapropuestas orientadas a preservar el espíritu de las normas surgidas en 1945, en un contexto económico marcado por la precarización y la caída del poder adquisitivo.

A ochenta años de la implantación del aguinaldo, la discusión excede largamente un aspecto técnico del cálculo indemnizatorio. Lo que está en juego es el modelo de relaciones laborales que el país elige proyectar.

El Decreto-Ley 33.302 simbolizó una etapa de ampliación de derechos y de reconocimiento del trabajo como columna vertebral del desarrollo social. La reforma en debate, en cambio, interpela ese legado y reabre una disputa histórica entre la lógica de la protección y la de la flexibilización.

El aniversario no solo invita a recordar una conquista emblemática, sino también a reflexionar sobre su vigencia en un escenario donde el sentido del trabajo, su valor social y su protección vuelven a ser objeto de una discusión profunda y decisiva para el futuro.

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Infancia y ajuste: el costo de criar niños en edad escolar ya supera los $570.000

El costo mensual de criar niños y adolescentes volvió a incrementarse en noviembre y alcanzó valores históricos. Según datos del INDEC, la canasta de crianza para chicos de entre 6 y 12 años superó los 570 mil pesos, en un momento complejo sobre los ingresos familiares.

La canasta de crianza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) registró un nuevo aumento y alcanzó los $571.106 mensuales para niños y niñas de entre 6 y 12 años, el valor más alto entre los distintos tramos etarios relevados.

El informe oficial refleja con nitidez el impacto de la inflación y del encarecimiento del costo de vida sobre las familias con hijos, especialmente aquellas con niños en edad escolar, donde se combinan gastos crecientes en alimentos, educación, transporte y cuidado. En comparación, criar a un menor de un año demandó en noviembre $450.355 mensuales, mientras que el costo ascendió a $535.823 para el grupo de 1 a 3 años y a $454.165 para niños de 4 a 5 años.

La canasta de crianza, implementada por el INDEC como herramienta estadística, busca medir de manera integral el esfuerzo económico que implica la crianza, incorporando no solo los gastos directos sino también el valor del tiempo destinado al cuidado. En ese sentido, el indicador se compone de dos grandes rubros: bienes y servicios necesarios para el desarrollo infantil y la valorización económica de las tareas de cuidado.

En el caso de los bebés menores de un año, el costo total estuvo explicado por $142.416 en bienes y servicios —que incluyen alimentos, vestimenta, salud y otros consumos básicos— y $307.939 correspondientes al tiempo de cuidado. Para los niños de 1 a 3 años, los bienes y servicios representaron $183.892, mientras que el componente vinculado al cuidado ascendió a $351.930 mensuales.

Desde el organismo estadístico precisaron que el cálculo de los bienes y servicios se realiza a partir de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires, que contempla gastos en alimentación, transporte, educación, salud, indumentaria y vivienda, entre otros rubros esenciales. En tanto, el valor del cuidado surge de la estimación de las horas teóricas necesarias para la atención de los niños, tomando como referencia la remuneración del personal de casas particulares.

Un indicador clave en un contexto de ingresos tensionados

La evolución de la canasta de crianza se produce en un escenario marcado por la pérdida de poder adquisitivo y la dificultad de los salarios para acompañar el ritmo de los precios. En ese marco, el indicador se convierte en una referencia central para dimensionar el costo real de sostener la crianza y para visibilizar una carga económica que recae mayormente sobre las familias.

Además de su valor estadístico, la canasta de crianza cumple un rol estratégico en el diseño y evaluación de políticas públicas vinculadas a la infancia y la niñez. Sus datos son utilizados para analizar programas de asistencia, asignaciones familiares y mecanismos de acompañamiento económico, en un contexto donde el debate sobre el rol del Estado y la protección social se encuentra en el centro de la agenda.

El nuevo aumento de la canasta de crianza vuelve a poner en primer plano el impacto del contexto económico sobre los hogares con hijos. Con valores que ya superan ampliamente el medio millón de pesos mensuales, criar niños en la Argentina se consolida como un desafío cada vez más exigente, especialmente para los sectores de ingresos medios y bajos. Más allá de la cifra, el indicador expone una realidad estructural: el costo de garantizar condiciones dignas de desarrollo para la infancia crece a un ritmo que tensiona las economías familiares y plantea interrogantes de fondo sobre las políticas de acompañamiento y protección social.

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La reforma laboral y el avance de un modelo de ingresos bajos y empleo frágil


Aunque los indicadores oficiales muestran una leve mejora en la distribución del ingreso, la realidad del mercado laboral y los niveles salariales revelan un escenario de empobrecimiento extendido. En ese contexto, la reforma laboral impulsada por el Gobierno aparece más orientada a consolidar la precariedad que a generar empleo de calidad o ampliar derechos.

Los números pueden sugerir una cosa, pero la vida cotidiana suele contar otra historia. Según los últimos datos del Indec, el coeficiente de Gini —que mide la desigualdad en la distribución del ingreso— registró una leve mejora interanual durante el tercer trimestre de 2025. Sin embargo, esa aparente reducción de la brecha social convive con un dato contundente: el 80% de la población argentina tiene ingresos per cápita familiares que no superan el millón de pesos mensuales.

Lejos de reflejar un proceso virtuoso de inclusión o mejora del bienestar, este fenómeno responde a un achatamiento generalizado de la pirámide social, impulsado por la pérdida de poder adquisitivo, el avance de la informalidad laboral y la degradación de las condiciones de empleo. En otras palabras, se trata de una igualdad que no eleva, sino que empuja hacia abajo.

El propio Indec muestra que los ingresos del decil más rico multiplican por 13 a los del 10% más pobre, una brecha que sigue siendo estructural. Aun así, el descenso del coeficiente de Gini —de 0,435 en el tercer trimestre de 2024 a 0,431 en igual período de 2025— no expresa una mejora real en las condiciones de vida, sino una contracción generalizada de los ingresos, especialmente en los sectores medios y bajos.

Ingresos bajos y empleo frágil

La crisis de ingresos tiene un correlato directo en el mercado de trabajo. Los datos oficiales confirman un crecimiento sostenido del cuentapropismo informal, una modalidad que suele encubrir empleo precario, sin estabilidad ni derechos laborales. En este contexto, la reforma laboral enviada por el Poder Ejecutivo aparece como un factor de profundización del problema antes que como una solución.

La pregunta resulta inevitable —y retórica—: ¿qué derechos adicionales ganarán los trabajadores informales con la reforma laboral propuesta por el Gobierno? La evidencia disponible sugiere que ninguno. Por el contrario, el proyecto consolida un esquema donde la flexibilidad y la desregulación avanzan sobre la protección del trabajo formal, debilitando aún más la capacidad de negociación salarial.

De acuerdo al Indec, el 62,8% de la población (18.822.792 personas) percibió algún ingreso durante el período analizado, con un promedio de $993.771. El dato confirma que incluso el ingreso medio se ubica por debajo del umbral del millón de pesos, una cifra que, en el actual contexto inflacionario, dista de garantizar condiciones de vida dignas.

La brecha entre formales e informales

El análisis por deciles expone con mayor claridad la magnitud del deterioro. El 40% de la población registra ingresos promedio que no superan los $350.000 mensuales, mientras que el 80% cobra menos de $1.000.000. No se trata de interpretaciones ni de discursos: son datos oficiales.

La segmentación del mercado laboral profundiza esta desigualdad. El ingreso medio por decil de los trabajadores formales asciende a $1.247.462, frente a los $535.802 que perciben, en promedio, los ocupados informales. La diferencia no solo refleja salarios más bajos, sino también la ausencia de aportes, cobertura social y estabilidad.

Un informe del Instituto de Pensamiento y Políticas Públicas (IPyPP) aporta una clave estructural para comprender este proceso. Según el organismo, el crecimiento interanual de la actividad económica se apoya de manera desproporcionada en sectores con bajo efecto multiplicador sobre el empleo asalariado, como la intermediación financiera y la explotación de minas y canteras, mientras retroceden ramas históricamente generadoras de empleo formal, como la industria y la construcción.

La leve mejora estadística en los indicadores de desigualdad no alcanza para ocultar una realidad más profunda: el modelo económico actual avanza hacia una sociedad cada vez más homogénea en su empobrecimiento. La reforma laboral, lejos de revertir esa tendencia, parece alinearse con un esquema que normaliza ingresos bajos, empleo precario y pérdida de derechos.

La igualdad que emerge de este proceso no es la de oportunidades ni la de bienestar compartido, sino la de una pauperización extendida que redefine hacia abajo las condiciones de vida de la mayoría. En ese escenario, el desafío pendiente no es maquillar los indicadores, sino reconstruir un modelo productivo y laboral capaz de generar empleo de calidad, ingresos suficientes y una verdadera inclusión social.

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