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El ministerio de Trabajo dispuso la prorroga del mandato hasta el 31 de agosto próximo

El secretariado nacional de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA)- que encabeza Héctor Laplace- informó sobre la disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación por el cual se extiende hasta el 31 de agosto próximo los mandatos de las autoridades sindicales. A tal fin, la AOMA difundió los alcances de las disposiciones establecidas por la autoridad competente para disponer la extensión de los mandatos de las actuales autoridades en el marco de la emergencia sanitaria por COVID 19.

En los considerandos de la norma se estableció que en el marco de la ampliación de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, el Ministerio de Trabajo “ha dictado sucesivas normas para resolver la problemática institucional de las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Nº 23.551, procurando evitar mayores contagios y que se asuman conductas que podrían poner en peligro la salud de las personas, decisión justificada en el marco de la emergencia sanitaria y el contexto general de incertidumbre que tal situación produce para los órganos de representación sindical y la conformación de la voluntad colectiva”.

En este sentido, agregó que “la vigencia de la emergencia sanitaria y el desconocimiento sobre el momento en que la evolución de la pandemia permita dar por finalizada la emergencia referida, genera situaciones de incertidumbre que resultan contraproducentes a los fines del ejercicio de las representaciones correspondientes al ámbito de las asociaciones sindicales» y que «la referida emergencia sanitaria conlleva la posibilidad de un rebrote del virus COVID-19, como ya acontece en distintas regiones del mundo”.

Cabe resaltar que AOMA con anterioridad a la crisis sanitaria desatada por el coronavirus, había convocada a los congresos Ordinario y Extraordinario para abril de 2020, En el primero se analizaría las cuestiones inherentes a los balances institucionales, en cambio la otra convocatoria todo lo referido a las elecciones que determinarían las autoridades para el período 2020-2024, ambas reuniones no se realizaron y se ajustaron a las normativas emanadas desde el Ministerio de Trabajo que regula a las entidades sindicales.

Ante esta situación, la cartera laboral dispuso recientemente prorrogar el plazo establecido por la Resolución 1199/20 “hasta el 31 de Agosto de 2021″ y también amplió “la prórroga del plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución citada por el plazo de 180 días, a partir del 31 de agosto de 2021”.

La norma exceptúa de la prórroga de mandatos a “aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020”.

Asimismo, se estableció que “los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la vida sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia”.

Por último, AOMA, difundió que la misma Resolución instruye a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a “analizar y autorizar a petición de las entidades sindicales, la realización de las asambleas, congresos o actos que fueren factibles llevar a cabo, y a coordinar las acciones necesarias a fin de determinar los requisitos y cronogramas que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19 prestando especial atención a las razones de salud pública que motivan la presente, la situación de cada jurisdicción y el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades” termina señalando la decisión del gobierno.

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Pichetto propone un “monotributo laboral” para empleadores con hasta cinco trabajadores

El diputado nacional presentó una iniciativa que crea un régimen voluntario para personas humanas, microempresas y pequeñas empresas con hasta cinco empleados. Propone un pago mensual unificado, trámites digitales y beneficios para quienes incorporen a su primer trabajador.

El diputado nacional Miguel Ángel Pichetto presentó un proyecto de ley para crear un Régimen Simplificado de Registración Laboral y Seguridad Social destinado a empleadores que tengan hasta cinco trabajadores. La propuesta apunta a reducir las cargas administrativas y facilitar la incorporación de empleados al sistema formal.

El mecanismo sería voluntario y establecería una contribución mensual unificada por cada trabajador, destinada a cubrir aportes jubilatorios, obra social, asignaciones familiares, Fondo Nacional de Empleo y riesgos del trabajo. Los montos serían determinados por ARCA mediante escalas vinculadas con la remuneración.

La iniciativa también contempla una plataforma digital gratuita que permitiría realizar altas y bajas, liquidar salarios, calcular obligaciones y emitir certificaciones de servicios y remuneraciones mediante clave fiscal.

Uno de los puntos centrales es un régimen especial para regularizar trabajadores no registrados o deficientemente registrados. Los empleadores con hasta cinco personas en esa condición que adhieran durante los primeros seis meses de vigencia podrían acceder a la condonación de multas, sanciones y parte de las deudas previsionales, además de la baja del REPSAL, siempre que regularicen a todo su personal.

El proyecto incorpora, además, un incentivo para la contratación del primer empleado. El beneficio establece una reducción del 75% de la contribución unificada durante los primeros seis meses y del 50% durante el semestre siguiente, siempre que el empleador no haya tenido personal registrado durante el año anterior.

Para impedir el uso abusivo del régimen, la propuesta excluye a quienes fragmenten artificialmente sus empresas o actividades para permanecer dentro del límite de cinco trabajadores. Si el empleador supera esa cantidad, quedaría automáticamente fuera del sistema simplificado.

En los fundamentos, Pichetto sostiene que la informalidad continúa siendo uno de los principales problemas del mercado laboral argentino y que las mayores dificultades se concentran en pequeñas unidades productivas, que afrontan procedimientos administrativos similares a los de compañías de mayor tamaño.

El legislador asegura que su iniciativa no modifica derechos laborales ni prestaciones de la seguridad social, sino que procura simplificar la registración y ampliar la cantidad de trabajadores incorporados formalmente al sistema. La propuesta deberá ahora iniciar su recorrido parlamentario y ser debatida en las comisiones correspondientes.

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Sin acuerdo por el salario mínimo: los gremios cuestionaron la propuesta de los empresarios

La CGT y las dos CTA abandonaron la reunión del Consejo del Salario luego de rechazar una propuesta empresaria que contemplaba aumentos inferiores al 2% mensual. El piso legal permanece en $376.600 y acumula una pérdida real del 40,5% desde noviembre de 2023.

La reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil terminó este viernes sin consenso. Los representantes de la CGT y las dos CTA se retiraron en rechazo a la propuesta presentada por las cámaras empresarias, que contemplaba incrementos inferiores al 2% mensual para los próximos meses.

El salario mínimo permanece actualmente en $376.600 para los trabajadores mensualizados y no registra una actualización desde agosto. El monto funciona como piso legal para quienes no están comprendidos por convenios colectivos y también interviene en la determinación de la prestación por desempleo.

La discusión sindical estuvo acentuada por el deterioro acumulado del poder adquisitivo. Un informe del Instituto Interdisciplinario de Economía Política de la UBA (IIEP-UBA) calculó que el salario mínimo perdió 40,5% de su valor real entre noviembre de 2023 y julio de 2026. Solo durante julio retrocedió otro 0,8% frente a la inflación.

El estudio también ubicó el poder de compra del mínimo por debajo del nivel registrado en 2001, lo que dimensiona la magnitud del deterioro acumulado durante los últimos años.

La negociación tiene además una particularidad: el Gobierno impulsa que los salarios iniciales de determinados convenios colectivos alcancen al menos $1 millón, pero esa discusión no reemplaza la obligación de actualizar el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

La falta de acuerdo deja ahora en manos del Gobierno la continuidad del procedimiento para establecer un nuevo valor. Hasta que exista una definición oficial, el piso legal continuará en $376.600, pese a la pérdida de poder adquisitivo acumulada.

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Solo el 14,2% de los jóvenes tiene un empleo formal, según la UCA

Un informe del Observatorio de la Deuda Social Argentina de la UCA revela que apenas el 14,2% de los jóvenes de 18 a 25 años tiene un empleo formal. El acceso al trabajo estable y a la educación está fuertemente condicionado por el nivel socioeconómico del hogar.

La inserción laboral de los jóvenes argentinos permanece acentuada por la precariedad y profundas desigualdades sociales. Apenas el 14,2% de las personas de entre 18 y 25 años tiene un empleo formal, mientras una proporción significativa combina trabajos inestables, desempleo o desvinculación del mercado laboral.

El 30,2% posee un empleo regular, aunque dentro de ese grupo un 16% trabaja bajo condiciones precarias. Otro 22,5% se encuentra en empleos irregulares, changas, tareas eventuales o desempleo reciente, mientras que el 10,7% lleva más de seis meses sin trabajo. La inactividad alcanza al 36,6%.

La desigualdad se vuelve más evidente al comparar los extremos sociales. El empleo regular alcanza al 38,9% de los jóvenes del estrato medio alto, pero cae al 19,7% entre quienes pertenecen al estrato muy bajo. En este último grupo, además, el desempleo prolongado llega al 14,9%, frente al 5,2% registrado entre los jóvenes de mayores recursos.

La educación tampoco escapa a esas diferencias. El 26,6% estudia exclusivamente, mientras que el 39,7% trabaja sin estudiar y apenas el 13% consigue combinar ambas actividades.

Uno de los indicadores más sensibles es el de los jóvenes que no estudian ni trabajan: representan el 20,7% del total. La proporción trepa al 34,2% en los hogares de menores recursos y se reduce al 8,3% entre aquellos pertenecientes al estrato medio alto.

También existe una fuerte brecha en el acceso exclusivo a la formación. Mientras el 41,2% de los jóvenes de mayores ingresos se dedica solamente a estudiar, esa posibilidad se reduce al 15,6% entre los más vulnerables. En paralelo, el trabajo irregular sin estudiar pasa del 4,9% al 26,8%.

El ODSA advierte que las trayectorias juveniles están estrechamente relacionadas con las condiciones laborales del hogar. Cuando los adultos cuentan con empleos de calidad, aumentan las posibilidades de que los jóvenes permanezcan en el sistema educativo; cuando predominan la precariedad o la falta de trabajo, crecen las probabilidades de abandono y desvinculación.

Los datos muestran así que el acceso al primer empleo no depende únicamente de la edad o la formación: el origen socioeconómico continúa siendo un factor determinante para definir si un joven estudia, trabaja, combina ambas actividades o queda fuera de las dos.

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