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El ministerio de Trabajo dispuso la prorroga del mandato hasta el 31 de agosto próximo

El secretariado nacional de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA)- que encabeza Héctor Laplace- informó sobre la disposición del Ministerio de Trabajo de la Nación por el cual se extiende hasta el 31 de agosto próximo los mandatos de las autoridades sindicales. A tal fin, la AOMA difundió los alcances de las disposiciones establecidas por la autoridad competente para disponer la extensión de los mandatos de las actuales autoridades en el marco de la emergencia sanitaria por COVID 19.

En los considerandos de la norma se estableció que en el marco de la ampliación de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, el Ministerio de Trabajo “ha dictado sucesivas normas para resolver la problemática institucional de las organizaciones sindicales reguladas por la Ley Nº 23.551, procurando evitar mayores contagios y que se asuman conductas que podrían poner en peligro la salud de las personas, decisión justificada en el marco de la emergencia sanitaria y el contexto general de incertidumbre que tal situación produce para los órganos de representación sindical y la conformación de la voluntad colectiva”.

En este sentido, agregó que “la vigencia de la emergencia sanitaria y el desconocimiento sobre el momento en que la evolución de la pandemia permita dar por finalizada la emergencia referida, genera situaciones de incertidumbre que resultan contraproducentes a los fines del ejercicio de las representaciones correspondientes al ámbito de las asociaciones sindicales» y que «la referida emergencia sanitaria conlleva la posibilidad de un rebrote del virus COVID-19, como ya acontece en distintas regiones del mundo”.

Cabe resaltar que AOMA con anterioridad a la crisis sanitaria desatada por el coronavirus, había convocada a los congresos Ordinario y Extraordinario para abril de 2020, En el primero se analizaría las cuestiones inherentes a los balances institucionales, en cambio la otra convocatoria todo lo referido a las elecciones que determinarían las autoridades para el período 2020-2024, ambas reuniones no se realizaron y se ajustaron a las normativas emanadas desde el Ministerio de Trabajo que regula a las entidades sindicales.

Ante esta situación, la cartera laboral dispuso recientemente prorrogar el plazo establecido por la Resolución 1199/20 “hasta el 31 de Agosto de 2021″ y también amplió “la prórroga del plazo establecido en el artículo 2° de la Resolución citada por el plazo de 180 días, a partir del 31 de agosto de 2021”.

La norma exceptúa de la prórroga de mandatos a “aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020”.

Asimismo, se estableció que “los actos institucionales emanados de los órganos directivos de las asociaciones sindicales, necesarios para el normal cumplimiento de la vida sindical, podrán materializarse de manera virtual, por cualquiera de las plataformas utilizables a tal efecto, debiendo los intervinientes suscribir los registros correspondientes una vez finalizada la situación de emergencia”.

Por último, AOMA, difundió que la misma Resolución instruye a la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales a “analizar y autorizar a petición de las entidades sindicales, la realización de las asambleas, congresos o actos que fueren factibles llevar a cabo, y a coordinar las acciones necesarias a fin de determinar los requisitos y cronogramas que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia de COVID-19 prestando especial atención a las razones de salud pública que motivan la presente, la situación de cada jurisdicción y el mantenimiento de la regularidad institucional, administrativa y contable de las entidades” termina señalando la decisión del gobierno.

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Las universidades rechazaron la propuesta oficial y sostienen la batalla judicial por el financiamiento

El Gobierno mejoró su oferta de recomposición presupuestaria y salarial, pero condicionó cualquier acuerdo al retiro de las acciones judiciales impulsadas por las casa de altos estudios. La exigencia fue descartada de plano por los rectores y el conflicto volvió a quedar sin una vía de resolución inmediata.

El conflicto entre el Gobierno nacional y las universidades públicas sumó un nuevo revés tras una reunión que terminó sin avances concretos y dejó aún más distante la posibilidad de un acuerdo. Aunque el Ejecutivo presentó una propuesta superadora respecto de planteos anteriores, las autoridades universitarias rechazaron una condición que consideran incompatible con la defensa de sus reclamos institucionales: abandonar la demanda judicial por el incumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario.

El encuentro reunió a representantes de la Secretaría de Políticas Universitarias y del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), en un intento por acercar posiciones frente a una crisis presupuestaria que se profundiza desde hace más de dos años. Sin embargo, las conversaciones quedaron rápidamente condicionadas por el requisito planteado por la administración nacional.

Desde las universidades sostienen que cualquier esquema de recomposición económica debe desarrollarse sin renunciar a las acciones legales actualmente en curso. La postura fue transmitida de manera categórica durante la reunión y dejó prácticamente clausurada la posibilidad de un entendimiento inmediato.

La propuesta oficial contemplaba una actualización salarial superior a la ofrecida en instancias anteriores, junto con incrementos para gastos de funcionamiento, hospitales universitarios y programas de becas. No obstante, las autoridades académicas consideran que los montos continúan lejos de compensar el deterioro acumulado en los ingresos docentes y en las partidas destinadas al sostenimiento de las instituciones.

Rectores y especialistas del sistema universitario señalan que el principal problema no se limita a una discusión coyuntural sobre porcentajes de aumento. El núcleo de la controversia reside en el cumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario, aprobada por el Congreso y actualmente judicializada tras la decisión del Ejecutivo de no aplicarla.

La norma establece mecanismos de actualización presupuestaria y salarial vinculados a la evolución de la inflación, con el objetivo de preservar el funcionamiento de las universidades y evitar el deterioro de los ingresos del personal docente y no docente.

En ese marco, las casas de estudio obtuvieron resoluciones favorables en distintas instancias judiciales y aguardan ahora una definición de la Corte Suprema de Justicia. El máximo tribunal deberá pronunciarse sobre una cuestión que excede la discusión presupuestaria y que podría sentar un precedente institucional de gran alcance respecto del cumplimiento de leyes sancionadas por el Poder Legislativo.

Mientras tanto, el sistema universitario continúa operando con recursos que las autoridades consideran insuficientes para afrontar las necesidades académicas, científicas y de extensión. La situación impacta sobre salarios, infraestructura, programas de investigación, becas estudiantiles y servicios esenciales vinculados a la vida universitaria.

La falta de acuerdo también profundiza la incertidumbre de cara al segundo semestre. Diversos sectores académicos advierten que, de no existir una solución estructural, podrían incrementarse las medidas de protesta y las dificultades para sostener con normalidad el calendario educativo.

Por ahora, las posiciones permanecen enfrentadas. El Gobierno busca cerrar el conflicto mediante una negociación integral, mientras que las universidades sostienen que cualquier salida deberá respetar el reclamo judicial en curso y garantizar el cumplimiento efectivo de la legislación vigente. Con las conversaciones interrumpidas y sin nuevas reuniones programadas, la definición parece trasladarse nuevamente al terreno político y a los tribunales.

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La Justicia de Estados Unidos ratificó un fallo favorable a Argentina y debilitó la demanda por YPF

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York rechazó el pedido de revisión presentado por Burford Capital y dejó firme la sentencia que había revertido una multimillonaria condena contra el Estado argentino. Aunque los demandantes aún conservan algunas vías de acción, la resolución representa un nuevo respaldo para la estrategia jurídica nacional.

La disputa judicial internacional derivada de la expropiación de YPF sumó un nuevo episodio favorable para la Argentina. La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York rechazó la solicitud presentada por Burford Capital para que el pleno del tribunal reconsiderara la sentencia que, meses atrás, había dejado sin efecto una de las mayores condenas económicas afrontadas por el país en el exterior.

La decisión consolidó un escenario más favorable para la defensa argentina al descartar el mecanismo de revisión extraordinaria conocido como “en banc”, una instancia reservada para casos de especial trascendencia institucional o jurídica.

El pronunciamiento adquiere relevancia porque reafirma la resolución emitida en marzo por una sala de la propia Cámara, que revocó la sentencia de primera instancia impulsada por la jueza Loretta Preska. Aquella decisión había impuesto a la Argentina una obligación de pago que ascendía a miles de millones de dólares en concepto de indemnización por la nacionalización de la petrolera concretada en 2012.

Los magistrados entendieron entonces que la ley de expropiación sancionada por el Congreso argentino constituía el marco jurídico determinante para analizar el caso y concluyeron que los reclamos formulados por los accionistas demandantes no reunían las condiciones necesarias para prosperar en los términos planteados.

La nueva resolución representa un golpe significativo para la estrategia judicial de Burford Capital, el fondo que adquirió los derechos de litigio de antiguos accionistas y que se convirtió en el principal impulsor de la demanda contra el Estado argentino.

No obstante, el conflicto judicial aún no está completamente cerrado. Los demandantes conservan la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema de Estados Unidos, una alternativa procesal de carácter excepcional cuya admisión depende exclusivamente del máximo tribunal norteamericano. También han manifestado su intención de explorar otras instancias internacionales vinculadas a controversias sobre inversiones.

Desde la Procuración del Tesoro destacaron que el fallo ratifica la solidez de los argumentos presentados durante el proceso de apelación y fortalece la posición argentina en una causa considerada estratégica por su magnitud económica e impacto institucional.

La resolución también fue valorada por las autoridades de YPF. Desde la compañía sostienen que la continuidad de este resultado judicial aporta previsibilidad para el desarrollo de proyectos de inversión y evita una contingencia financiera que habría tenido consecuencias significativas tanto para la empresa como para las cuentas públicas.

Más allá de los pasos que aún podrían intentar los demandantes, la decisión conocida en Nueva York representa uno de los resultados más relevantes obtenidos por la Argentina en los tribunales internacionales durante los últimos años. El rechazo a la revisión extraordinaria no sólo consolida una victoria judicial de enorme importancia económica, sino que también fortalece la posición del país frente a un litigio que llegó a poner en discusión cifras de una magnitud excepcional.

Con el expediente todavía abierto a eventuales recursos, la resolución marca, al menos por ahora, un nuevo avance para la defensa argentina en una de las controversias más trascendentes derivadas de la recuperación estatal de YPF.

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Argentina descendió al nivel más bajo en derechos laborales y quedó bajo observación internacional

Un informe de la Confederación Sindical Internacional ubicó al país en la categoría más crítica de su Índice Global de Derechos. El relevamiento advierte sobre limitaciones al ejercicio de la actividad gremial, conflictos en torno a la negociación colectiva y un marcado deterioro de las garantías laborales. La CGT y las CTA preparan una presentación ante la OIT.

La Argentina registró uno de los retrocesos más significativos en materia de derechos laborales a nivel global y fue incorporada al grupo de países con peor desempeño en la protección de las garantías sindicales y laborales. La advertencia surge del último Índice Global de Derechos elaborado por la Confederación Sindical Internacional (CSI), una de las principales organizaciones mundiales del movimiento obrero.

El informe degradó la calificación del país a la categoría 5, el escalón más bajo de la clasificación, reservado para aquellos Estados donde las vulneraciones a los derechos de los trabajadores son consideradas sistemáticas o de elevada gravedad. La decisión representa una fuerte caída respecto de evaluaciones anteriores y coloca a la Argentina entre los casos de mayor deterioro registrados durante los últimos años.

Entre los factores observados por la organización aparecen restricciones vinculadas al ejercicio de la protesta, conflictos relacionados con la autonomía sindical, cuestionamientos sobre la representación gremial y denuncias de prácticas consideradas incompatibles con los estándares internacionales de protección laboral.

El documento también señala un debilitamiento de los mecanismos de negociación colectiva y advierte sobre un contexto institucional que, según la evaluación de la CSI, dificulta el normal desarrollo de la actividad sindical.

La publicación adquiere especial relevancia en medio del proceso de reformas impulsado por el Gobierno nacional en el ámbito laboral. Diversas organizaciones gremiales sostienen que parte de las modificaciones introducidas en la legislación alteran equilibrios históricos en las relaciones entre trabajadores, empleadores y sindicatos.

A partir de este diagnóstico, la Confederación General del Trabajo (CGT) y las dos centrales de trabajadores CTA resolvieron trasladar la discusión al plano internacional. Las organizaciones presentarán una denuncia formal ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) durante la próxima Conferencia Internacional del Trabajo, que reúne anualmente a gobiernos, empleadores y representantes sindicales de todo el mundo.

La iniciativa contará con el acompañamiento de la Confederación Sindical de las Américas y de la propia CSI, que consideran necesario exponer la situación argentina en los ámbitos multilaterales especializados en derechos laborales.

El documento se inscribe además en una preocupación global por el debilitamiento de garantías laborales en distintos países. Sin embargo, el caso argentino aparece señalado por la magnitud del descenso registrado en un período relativamente corto, un dato que generó repercusiones tanto en el movimiento sindical como en sectores vinculados al derecho laboral.

Mientras el Gobierno sostiene que las reformas apuntan a modernizar el mercado de trabajo y promover la actividad económica, las organizaciones gremiales advierten que los cambios podrían traducirse en una reducción de derechos adquiridos y en una menor capacidad de representación de los trabajadores.

La controversia promete trasladarse ahora al escenario internacional, donde la situación argentina volverá a ser objeto de análisis y debate en uno de los principales foros mundiales dedicados a las relaciones laborales y la protección de los derechos sindicales.

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